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La petición de los desnacionalizados afectados por sentencia TC

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Manifestación de hoy frente JCE por dominicanos de ascendencia haitiana.Hoy/Fuente Externa 12/4/12. Archivo.

Manifestación de hoy frente JCE por dominicanos de ascendencia haitiana.Hoy/Fuente Externa 12/4/12. Archivo.

El Comité de Solidaridad con las Personas  Desnacionalizadas que lucha junto a las personas afectadas por la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional (TC), emitió un documento donde hace una solicitud a las autoridades.

Esta es su petición:

** Demandamos juicio político al presidente de la JCE e interpelación al Ministro de Interior por violación de la ley 169-14

** A más de 4 meses de promulgada la ley muy pocos de sus beneficiarios han recibido sus documentos

** En tres semanas se acaba el plazo del Reglamento de la ley para el grupo B, los nacidos en el país sin registro civil, y son escasos los que han podido cumplir requerimientos extralegales.

Más de 4 meses después de la promulgación de la Ley 169-14 y a más de dos meses de su reglamento,  sus objetivos están tan lejos de alcanzarse  que podemos sostener que se encaminan a la frustración y el fracaso, lo que tendrá serias repercusiones en el país y en los ámbitos internacionales.

Es deplorable que el propósito del gobierno del presidente Danilo Medina, materializado por una ley del Congreso Nacional, que ha tenido tanto reconocimiento nacional e internacional, esté siendo abiertamente obstruido por actitudes y requerimientos que sobre pasan o ignoran el mandato legal. .

Debido a la continuada e ilegal política de incumplimiento y retardación desarrollada por la Junta Central Electoral (JCE) y el Ministerio de Interior y Policía (MIP), el Comité de Solidaridad con las Personas Desnacionalizadas se ve en la obligación de reiterar su denuncia sobre la burla  al Congreso Nacional y al Poder Ejecutivo en curso, y apelar a los poderes públicos para que se tomen medidas urgentes que reviertan el boicot contra la Ley No. 169-14 y su Reglamento desarrollado por las instituciones responsables de su implementación.

Es harto conocido que esta Ley beneficiaría a dos grupos de personas:

a)      Las personas nacidas en el territorio nacional de padres extranjeros no residentes inscritos en los libros del Registro Civil, cuyo trámite está a cargo de la Junta Central Electoral (JCE).

b)     Las personas nacidas en el territorio nacional de padres extranjeros en situación irregular que no figuran inscritos en el Registro Civil, cuyo proceso está a cargo del Ministerio de Interior y Policía (MIP).

Respecto de las personas pertenecientes al grupo a), la ley no exige condiciones, trámites o atributos adicionales para beneficiarse del régimen especial establecido por ella.  Por el contrario, establece claramente en su Artículo 2 que “La Junta Central Electoral procederá a regularizar y/o transcribir en los Libros del Registro Civil, libre de todo trámite administrativo a cargo de los beneficiarios, las actas de las personas que se encuentren en la situación establecida en el literal a) del artículo anterior.”

Más de cuatro meses después de la promulgación de la Ley 169-14, el 23 de mayo pasado, la JCE continúa negando las actas de nacimiento a los beneficiarios del régimen especial, estableciendo requisitos y procedimientos que violan de forma arbitraria las disposiciones de orden público dispuestas en la misma. Como resultado de este flagrante desacato al principio de legalidad que debe regir  a la administración pública, a la fecha, menos del 1% de las personas que integran el grupo a)  han podido percibir los beneficios de esta Ley y el resto siguen a la espera que el Estado les dé una solución para que tengan sus documentos de identidad y puedan ejercer sus derechos.

Aunque el 23 de Septiembre la JCE publicó el listado de unas 13 mil personas que deberían entrevistarse con sus inspectores y “llevar o aportar cualquier documento o información que pueda ser de utilidad para esta auditorìa”, a muchos de los que han acudido se les remite al Plan Nacional de Regularización bajo el alegato de que son extranjeros.

Como ya había sido denunciado anteriormente por este Comité, el boicot institucional desarrollado por la JCE en adición a contradecir la Constitución de la República, desconoce abiertamente numerosos preceptos  legales, como por ejemplo las disposiciones del Artículo 31 de la Ley No. 659 de 1944, sobre Actas del Estado Civil, que establece la naturaleza fedataria  de las actas de nacimiento y el derecho  universal de acceder a las mismas que asiste a toda persona, así como los principios rectores de la actuación de la administración pública consagrados en nuestra constitución y desarrollados en la Ley 107-13 sobre los Derechos de Las Personas Frente a la Administración Pública, como la juridicidad, buena fe, racionalidad, servicio objetivo a las personas, igualdad de trato, eficacia, seguridad jurídica, previsibilidad y certeza normativa, relevancia, y confianza legitima, entre otros.

En relación con las personas que integran el grupo b), para acogerse a Ley No. 169-14 y su Reglamento (del 23 de Julio) deben agotar un procedimiento de registro cuyo proceso está a cargo del MIP y para el cual solo disponen de 90 días. No obstante lo exiguo del plazo, y trascurridos 70 días de iniciado el mismo y a 20 de concluir el plazo legal:

1)     El MIP impone a los solicitantes requisitos que no están previstos en la Ley y su Reglamento

* Rechazan solicitudes de personas nacidas después del 18 de abril de 2007.

• Exigen un documento de identidad de la madre, que es muy difícil obtener en el plazo establecido por la Ley.

* Reclaman la presentación de la madre y/o el padre del solicitante

2)     Aún no están todas las Unidades de Ejecución previstas funcionando, o funcionan de manera precaria.

• Hay 15 provincias en la que NO HAY Unidades de Ejecución y no atienden a personas provenientes de otras jurisdicciones.

• Es recurrente la falta de electricidad y fallas del sistema informático en los centros.

3) En múltiples caos los inscriben en el Plan Nacional de Regularización de extranjeros

4)     Hay falta de información a la población afectada.

• La información de los requisitos no llega a la población eficazmente, principalmente a zonas rurales y lugares de difícil acceso.

5) Obstáculos en los hospitales para la entrega de certificados de nacimientos

     6) Renuencias a legalizar actos notariales en la Procuraduría General    6)55fdedeffve      

Como resultado de todas estas limitaciones, hasta el momento a menos de 500 personas se les ha aceptado la solicitud de inscripción en el Libro de Extranjería, requisito indispensable para optar por la regularización migratoria y eventual naturalización previstas en la Ley y su Reglamento.

Las violaciones y retardación del cumplimiento de la Ley No. 169-14 y su Reglamento por parte del MIP a estas alturas del curso del plazo de 90 días concedido, llevan inexorablemente a concluir que el  procedimiento de naturalización en tres pasos (registro en libro de extranjería, regularización migratoria y naturalización) se encamina al fracaso.

Es importante recordar que el único propósito de este procedimiento en tres etapas, es evitar el riesgo de apatridia en que se encuentran las personas que integran el grupo b), como resultado de la desnacionalización operada mediante la Sentencia No. 168-13 del Tribunal Constitucional. De esa forma el Estado Dominicano pretende cumplir con  las obligaciones de rango constitucionales que se le imponen como resultado de diversas convecciones internacionales debidamente ratificadas de que es signatario.

Reiteramos que el incumplimiento y retardación en que incurren la JCE y el MIP se erige como un desafío a la autoridad  del Poder Legislativo, instituidas en el mandato constitucional de cumplimiento obligatorio a las leyes emanadas del Congreso Nacional, que vinculan a todos los poderes públicos, conforme disponen los Artículos  93 y 109 de la Constitución de la República Dominicana.

En consecuencia, por estos medios, cursamos una petición al Congreso Nacional, para que, en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 93 de la Constitución de la República Dominicana, se inicie un proceso de investigación del Presidente de la JCE y el Ministro de Interior y Policía con la finalidad de que, de confirmarse las faltas graves derivadas del incumplimiento de la ley por parte de estos funcionarios, se lleve a cabo un juicio político que resulte en la destitución del Presidente de la JCE, la interpelación del Ministro de Interior y Policía  y la implementación de las reformas a la Ley No. 169-14 y su Reglamento que sean necesarias para asegurar el cumplimiento de sus propósitos.

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Cerca de dos meses después de concluido el periodo del presidente de la SCJ Abinader aún no ha convocado CNM

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Santo Domingo, R.D.-El pasado 5 de abril concluyó el periodo de siete años para el cual fue escogido el presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Luis Henry Molina en el 2019, quien al momento de su designacion por el presidente de entonces Danilo Medina fungia como miembro del Comite Central del Partido de la Liberacion Dominicana, pero casi dos meses después el presidente Abinader no ha  convocado el Consejo Nacional de la Magistratura para su reevaluacion.

Tras asumir la silla presidencial en 2020, el gobernante Luis Abinader pasó a ser el encargado de instruir las labores del CNM en la selección de los jueces que conforman las altas cortes del país, dentro de las que se encuentran el Tribunal Superior Electoral (TSE), Tribunal Constitucional (TC), la Procuraduría General de la República (PGR) y la SCJ.

Precisamente, una de las evaluaciones pendientes es la del puesto de Henry Molina. Sin embargo, 49 días después de que concluyeran los siete años del magistrado, el mandatario Abinader se mantiene todavía sin convocar a los integrantes del Consejo para determinar si escogerán un nuevo o mantendrán el mismo presidente en el Poder Judicial.

También forman parte de la lista de vencidos los jueces Fran Euclides Soto Sánchez, Manuel Herrera Carbuccia y Francisco Antonio Jerez, Molina Peña, los jueces Vanessa E. Acosta Peralta, Samuel Arias Arzeno, Anselmo Alejandro Bello, María G. Garabito, Justiniano Montero Montero, Nancy Salcedo Fernández y Rafael Vásquez Goico, quienes componen el pleno de la SCJ.

El artículo 26 de la Ley Orgánica 138-11 es el que delimita el tiempo de funciones que tendrán los presidentes de las principales instancias judiciales.

En caso de que la intención de Molina sea permanecer en la posición por un segundo periodo consecutivo, los integrantes del CNM deberán utilizar el siguiente criterio para decidir sobre su confirmación durante la evaluación de desempeño: “Su integridad, imagen pública, reputación intelectual, destrezas profesionales, capacidad de análisis, laboriosidad, competencias académicas, atención y eficiencia a casos asignados, y tendrá como base de sustentación de informes”.

“Permanencia de jueces. Los jueces del Tribunal Constitucional, de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal Superior Electoral, vencido el período para el que fueron designados, permanecerán en sus cargos hasta la toma de posesión de quienes les sustituyan”, artículo 38.

La prima en hacerlo fue La Red de Observadores por la Institucionalidad (ROI) luego de que el pasado 28 de abril le pidiera al presidente Abinader reunir “de manera inmediata” al CNM para concluir con la selección o confirmación de 11 jueces que terminaron su periodo.

En tanto, la Alianza Dominicana Contra la Corrupción (Adocco) comunicó el pasado 6 de mayo que el proceso debe realizarse “sin más dilaciones, debido a la importancia que reviste la renovación y evaluación de los jueces para la estabilidad democrática y la confianza ciudadana en el Poder Judicial”.

El Instituto Dominicano de Derecho Penal (IDDP) coincidió el pasado 12 de mayo con la ROI y Adocco, advirtiendo que esta situación coloca a la matrícula de la Suprema en una fase de “rezago”.

El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, es uno de los ocho miembros que tiene el CNM. El pasado 7 de abril, Pacheco aseguró al ser entrevistado en el Congreso Nacional que “dentro de muy poco tiempo” se reuniría el Consejo.

47 días después de esas declaraciones, el presidente Abinader ni ninguno de los integrantes han adelantado la fecha en que sostendrían el encuentro.

Mientras tanto, el Poder Judicial ha registrado durante los últimos días un episodio de inestabilidad, luego de que el pasado jueves aproximadamente 500 jueces decidieran realizar un paro laboral de 24 horas en alrededor de 36 distritos judiciales del territorio nacional para visibilizar sus exigencias: mejoras en las “precarias” condiciones de trabajo, la necesidad de que se implemente una reforma estructural en el sistema, entre otras.

Esta situación ha provocado señalamientos en contra de Henry Molina. Según el director del IDDP, Carlos Balcácer, entiende que el magistrado no ha sido capaz de exigirle al presidente Luis Abinader el cumplimiento de la entrega del dinero que debe recibir el Poder Judicial para solucionar la insatisfacción de los servidores.

“Lamentablemente, el presidente de la Suprema no ha sido capaz, como sí lo hicieron presidentes anteriores con autonomía económica propia, de exigirle al presidente de la nación que aporte las partidas económicas que merece el Poder Judicial. Eso es lo que explica esa situación”, expresó Balcácer el pasado miércoles durante una actividad realizada en el Palacio Nacional.

¿Continuarán los paros laborales en la Justicia?

La Asociación Dominicana de Jueces y Juezas de Paz (Adojupa), Jueces y Juezas por la Democracia (Judemo) aclaró ayer a los medios de comunicación que hasta el momento no ha sostenido un diálogo con el Consejo del Poder Judicial (CPJ) para alcanzar un acuerdo.

A pesar de que prevén continuar con las manifestaciones en caso de que sus exigencias no sean atendidas, las asociaciones reiteraron su disposición de participar en un diálogo institucional.

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El PLD participó en discusion sobre encuestas, dice Paliza.

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Santo Domingo, R.D.-José Ignacio Paliza,  presidente del PRM,  reaccionó este domingo a las críticas del expresidente Danilo Medina sobre la prohibición de publicar encuestas fuera de los plazos establecidos, recordándole que el PLD participó en la discusión del reglamento elaborado por la Junta Central Electoral (JCE) que tomó la medida.

Paliza respondió a declaraciones de Medina, quien consideró «sospechosa» la decisión de suspender las encuestas fuera de tiempo, señalando que el reglamento fue socializado previamente con todos los partidos políticos y firmas encuestadoras.

«La JCE publicó en abril de 2025, a través de diversos medios, el borrador de reglamento para encuestas conforme lo establece la Ley 107-13″, expresó el dirigente oficialista en una publicación en redes sociales.

Asimismo, recordó que el pasado 5 de junio la Junta celebró una audiencia pública con representantes de las organizaciones políticas, incluyendo al Partido de la Liberación Dominicana (PLD), para escuchar observaciones y sugerencias sobre el documento.

«El PLD participó en ella. Inclusive, fue otorgado un plazo adicional para observaciones», sostuvo Paliza en una nota de prensa.

Con estas declaraciones, el presidente del PRM defendió el proceso llevado a cabo por la JCE y rechazó los cuestionamientos hechos por Medina en torno a la regulación de las encuestas electorales.

Medina, presidente del PLD y expresidente de la República, dijo este domingo que se le hacía «sumamente sospechosa» la prohibición de la JCE en torno a las encuestas y planteó que la medida buscaba tapar lo mal que está el gobernante Partido Revolucionario Moderno. También expresó que estaba consciente que la Junta podía tomar la medida.

«La ley la autoriza a hacer eso, pero es sumamente sospechoso que sea en este momento que se eliminen las encuestas. Eso no se hizo en el 2024, cuando las utilizaron para crear la percepción de invencibilidad del Gobierno», indicó a periodistas en Sánchez Ramírez, donde encabezó un acto de juramentación.

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Autoridades desmantelan red de trata de personas en Puerto Plata.

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Santo Domingo.- Sesenta y dos mujeres fueron rescatadas de la explotacion sexual comercial en Puerta Plata con el desmantelamiento por parte de miembros de la Unidad Especializada de Investigación Conjunta Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Delitos Conexos (UITIMC), adscrita a la Procuraduría Especializada Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (PETT).

La acción contra el grupo criminal, integrado por dominicanos y extranjeros, se llevó a cabo durante un amplio operativo ejecutado en distintas zonas del distrito municipal de Cabarete, municipio de Sosúa, Puerto Plata, en una labor conjunta con el Departamento II, Especial de Investigación de Delitos Transnacionales (Deidet), bajo la coordinación de la Procuraduría Fiscal de Puerto Plata.

Las autoridades ejecutaron en total siete órdenes judiciales de allanamientos y arrestaron a seis personas en el marco de una investigación contra la red dedicada a la trata de personas, bajo la modalidad de explotación sexual y proxenetismo.

La teniente coronel de la Policía, Lidavel Pérez Beltré, coordinadora de la UITIMC, dijo que los detenidos fueron trasladados a la Fiscalía de Puerto Plata para los fines judiciales correspondientes.

Durante el operativo fueron rescatadas 51 mujeres de nacionalidad dominicana y 11 haitianas, que fueron entregadas al personal de Asistencia y Protección a Víctimas y Testigos de la Procuraduría General de la República para los procedimientos de lugar.

También, un total de veinticinco (25) hombres indocumentados, aproximadamente, en su mayoría de nacionalidad haitiana, los cuales fueron entregados al personal de interdicción de la Dirección General de Migración de la provincia.

Las autoridades también ocuparon armas de fuego, vehículos, varios equipos electrónicos, incluyendo teléfonos celulares, computadoras portátiles, CPU, tabletas y DVR, así como cuadernos, libros de registros, sumas importantes de dinero en efectivo y una gran cantidad de preservativos, así como varios objetos relacionados a esa actividad delictiva.

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