Conecta con nosotros

Nacionales

Proyecto ley de lavado condiciona forma pago

Published

on

LA MODIFICACIÓN DEL SENADO EXCLUYE LAS BANCAS DE APUESTAS Y LOTERÍAS

El proyecto, que ahora pasa a la Cámara de Diputados, aumenta el monto de las multas.

Santo Domingo.- El proyecto de reforma de la ley 72-02, sobre lavado de activos,  que aprobó este  viernes el Senado, prohíbe realizar y aceptar pagos  con dinero en efectivo, ni a través de metales preciosos,  por valores que superen desde  250,000  hasta un millón de pesos, dependiendo del tipo de bienes y operaciones.

Esa restricción abarca  a toda persona,  física o moral (entidades), y  a todo tipo de monedas, ya sea nacional o extranjera.

 La pieza legislativa detalla,  en el artículo 64,  el tipo de operaciones y actos que están vedados liquidar  en efectivo y los montos correspondientes en cada caso.

Establece que para la constitución o transmisión de derechos sobre inmuebles, se prohíbe hacer transacciones en efectivo por un monto superior a  RD$1,000,000, y  sobre vehículos de motor, aeronaves y embarcaciones, por más de RD$500,000.

En las transmisiones de propiedad de relojes, joyas preciosas, ya sea por pieza o por lote, y de obras de arte, el monto vedado para el pago en efectivo es superior a RD$450,000.00.

Para la adquisición de boletos para participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos, así como la entrega o pago de premios, por un monto superior a RD$250,000.00. Ese mismo valor se aplicará  para participar o jugar en casinos, loterías y otros juegos de azar.

Igual tope de hasta RD$250,000 se fijó para poder recibir o pagar  en efectivo cuando se trate de la transmisión de propiedades o constitución de acciones o partes.

Exclusión de bancas y loterías
Entre las modificaciones propuestas está la exclusión del alcance de esta ley de más de 30,000 bancas, loterías y otros juegos de azar con la excepción de los casinos.

Para materializar esta exclusión, los legisladores argumentaron que aun no existe una plataforma tecnológica que permita un control efectivo de las mismas. Igualmente, la nueva ley contempla que los notarios y los registradores deben abstenerse de instrumentar o registrar cualquiera de las operaciones en efectivo prohibidas, a menos que se les entregue constancia fehaciente del medio de pago, para fines de conservación.

Infracciones y sanciones
El proyecto de ley, aún pendiente de aprobación por la Cámara  de Diputados,  incrementa las penas y el monto de las multas  a imponer por la comisión de las actuaciones ilícitas contenidas en esa legislación.  Señala que incurre en el delito de lavado de activos la persona que convierta, transfiera o transporte bienes, con el propósito de ocultar, disimular o encubrir la naturaleza, el origen, la localización, disposición  el movimiento o la propiedad real de bienes o derechos sobre bienes, a sabiendas de que son el producto de esa infracción.

En ese caso,  la pena mínima a imponer será de  10 años, en vez cinco como prevé la ley 72-02, y las multas se elevan de 200 a 400 salarios mínimos, cuando por ese tipo de actuación ilegal la norma vigente establece de 50 a  200 salarios mínimos.

También comete la infracción de lavado de activos la persona que oculte, disimule, o encubra la naturaleza, el origen, la localización, la disposición, el movimiento o la propiedad real de esos bienes,  así como que adquiera, posea, administre o los utilice.  Esta actuación ilícita también es sancionada con una pena de 10 a 20 años de prisión y multa de 200 a 400 salarios mínimos.

Igualmente,  la persona que asista, asesore, ayude, facilite, incite o colabore con  implicados en lavado de activos para eludir la persecución, sometimiento o condenaciones penales, para lo cual se prevé condena de cuatro a diez años de prisión.

El proyecto establece que también será sancionado con una pena de 4 a 10 años de prisión y  multa de 100  a 200  salarios mínimos,  la participación, en calidad de cómplice, la asociación para cometer este tipo de actos, la tentativa de perpetrarlas y el hecho de ayudar a su comisión con una prestación esencial para realizarlas o facilitar su ejecución.

Penaliza a los miembros del ministerio público y de los organismos de investigación, que al margen de la ley dispongan de bienes o fondos incautados o lo retengan para su uso personal o de terceros, sin que estos bienes le hayan sido temporalmente asignados por escrito por las autoridades para su conservación. Para esa actuación ilegal se contempla penas de dos a cinco años de prisión y multas de 200 a 400 salarios mínimos.

Se condenará  de la misma forma a los encargados de custodiar y administrar los bienes incautados que hagan un uso personal o en beneficios de terceros, o que los destinen a una finalidad distinta a la establecida en la norma.

La sanción incluye en todos los casos,  el decomiso de todos los bienes ilícitos, valores, instrumentos y derechos sobre ellos, la inhabilitación permanente para desempeñar funciones, prestar servicios o contratar con entidades de intermediación financieras, participantes del mercado de valores y entidades públicas.

Financiamiento del terrorismo
Como un delito asociado al lavado de activo, se introduce  la infracción de financiamiento del terrorismo, con  penas que oscilan entre 20 y 40 años de prisión.

Conforme al proyecto de ley,  incurrirá en el delito de financiamiento del terrorismo la persona que provea, facilite, administre,  custodie, o entregue bienes o servicios, con la intención de promover o subvencionar a  individuos y organizaciones terroristas, aún en la ausencia de una relación directa con un acto terrorista, al igual que los cómplices.

Serán sancionadas también con penas de 20 a 30 años,  las personas que viajen a un Estado distinto al de residencia o nacionalidad para cometer, planificar o preparar actos terroristas o participar en ellos, o para proporcionar o recibir adiestramiento con fines terroristas, que reciba la financiación de sus viajes o actividades relacionadas.

“Las infracciones por financiamiento del terrorismo descritas en este artículo constituirán un delito penal aun cuando los actos terroristas no hayan sido realizados, la asistencia a los terroristas no haya sido brindada o el acto terrorista se hubiese cometido o se intenta cometer en otra jurisdicción territorial”, establece el proyecto de ley.

Igualmente, la iniciativa introduce circunstancias agravantes en el caso de financiamiento de terrorismo,  cuyas actuaciones se castigarán con el máximo de la pena,  que incluye, entre otras actuaciones,  ofrecer recompensa o que se recompense la comisión de cualquier acto terrorista con el propósito de causar la muerte o graves lesiones corporales;  se ofrezca compensación o se compense a terceros por la muerte o lesiones de la persona que cometa o participe en un acto terrorista o que está en prisión como resultado de dicho acto.

(+)
MEDIDAS CAUTELARES Y EL MINISTERIO PUBLICO

Faculta al  Ministerio Público para adoptar,  excepcionalmente, medidas cautelares cuando la demora pueda poner en peligro la investigación o producirse la distracción de los bienes, mediante resolución motivada.

El proyecto indica que en esta circunstancia, el Ministerio Público deberá presentar el caso ante la jurisdicción competente, sin necesidad de notificación ni audiencia previa, con la debida justificación, para que conozca de su confirmación o no dentro de las 72 horas siguientes a su adopción.

En la ley 72-02, la imposición de medidas cautelares,  consistentes en orden de secuestro, incautación o inmovilización provisional de bienes muebles o productos bancarios, u oposición a transferencia de bienes inmuebles,  solo es potestad de la autoridad judicial competente, es decir, del  juez.

Ese tipo de medidas se impone,  según prevé tanto el proyecto como la norma legal vigente, con el fin de preservar la disponibilidad de bienes muebles e inmuebles, productos o instrumentos relacionados con la infracción, hasta tanto intervenga una sentencia judicial con autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada.

listindiario.com

Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Nacionales

La construcción de la autopista del Ambar se inicia el próximo mes, según lo anunció el Gobierno.

Published

on

Santo Domingo, R.D.-El próximo mes está previsto el inicio de la construcción de la autopista del Ambar, de acuerdo a un anuncio en este sentido hecho este sabado por la vicepresidenta Raquel Peña, la cual conectará las provincias de Santiago y Puerto Plata en menos de 30 minutos y que  permitirá impulsar el turismo, el comercio, la logistica y el desarrollo económico de la region Norte.

Peña ofreció la información a la prensa al concluir una sesión de trabajo ampliada de la Asociación de Comerciantes e Industriales de Santiago (ACIS), en la que participaron instituciones aliadas, representantes de las provincias del Cibao y el ministro de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), Eduardo Estrella, entre otros.

Raquel Peña manifestó que la obra llevará numerosos beneficios, crecimiento y desarrollo a las 14 provincias de la región Norte. «Estamos muy contentos con el inicio de esta obra», expresó.

El ministro de Obras Públicas y ComunicacionesEduardo Estrella, aseguró que la Autovía del Ámbar se encuentra en la etapa de «firma de contratos» y socialización con las empresas adjudicatarias del proceso de licitación.

A principios de julio, el Consorcio Autopista del Ámbar, S.R.L., integrado por las empresas Ingeniería Estrella, Rizek Constructora, Magna y Constructora Mar, ganó la licitación para el diseño y construcción de la Autopista del Ámbar, convocada por el Fideicomiso RD Vial.

La vicepresidenta resaltó que Santiago y el Cibao atraviesan una etapa de importante crecimiento económico y urbano, lo que ha incrementado la demanda de nuevas infraestructuras para responder a las necesidades de movilidad, conectividad y desarrollo de la población.

El encuentro, en las instalaciones de la ACIS, fue organizado en respuesta a las inquietudes planteadas por líderes regionales durante una reunión de trabajo celebrada la semana pasada en el despacho de la Vicepresidencia, en el Palacio Nacional.

Durante la actividad, Estrella también presentó un balance de los principales proyectos de infraestructura que el Gobierno desarrolla en Santiago y la región Norte. Destacó que estas inversiones buscan mejorar la conectividad, fortalecer la seguridad vial e incrementar la competitividad del Cibao.

Entre las obras prioritarias mencionó:

  • La ampliación a cuatro carriles de la circunvalación de Navarrete.
  • La expansión de la carretera Santiago-Licey.
  • Los trabajos de conexión vial hacia Moca y otras localidades.

En cuanto a los programas de asfaltado, indicó que el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones mantiene brigadas trabajando de manera simultánea en Santiago, Puerto Plata, San Francisco de Macorís y otras provincias.

Explicó que, debido a las limitaciones presupuestarias y al incremento de los costos de los materiales, las intervenciones se ejecutan siguiendo criterios técnicos y de prioridad, con el propósito de atender de manera equilibrada las necesidades de todo el país.

Por otro lado, el presidente de la ACISMarcos Santana, consideró que la presencia de representantes de los principales sectores productivos, comerciales, industriales y de servicios de la región Norte evidencia el interés del empresariado y de la sociedad organizada en trabajar de manera articulada con el Gobierno para impulsar iniciativas que contribuyan al desarrollo del Cibao.

Tras finalizar el encuentro estratégico, la vicepresidenta Raquel Peña se trasladó a la catedral de la ciudad para participar en la celebración de sus fiestas patronales en honor a Santiago Apóstol El Mayor. Con la tradicional fiesta religiosa finalizan las actividades conmemorativas.

Continue Reading

Nacionales

Sigue endeudamiento de economía con préstamos de más RD$27 mil millones

Published

on

Santo Domingo, R.D.-El Poder Ejecutivo no para en su politica de endeudamiento al lograr la aprobacion en el Congreso Nacional este viernes de dos préstamos provernmiente del  Poder Ejecutivo por US$465 millones, los cuales equivalen a aproximadamente 27 mil millones en pesos dominicanos.

El Senado de la República fue el último órgano legislativo en aprobarlo. Estos empréstitos aprobados la tarde de ayer por la Cámara de Diputados.

En ambas cámaras legislativas, los representantes de la Fuerza del Pueblo (FP), del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), votaron en contra de los dos empréstitos.

Se trata de dos acuerdos, firmados por la gestión del presidente Luis Abinader con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Uno de estos le entregaría US$200 millones al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), así como al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), para financiar el programa de implementación de la política nacional de seguridad vial en el país.

El informe favorable que presentó la Comisión de Hacienda de la Cámara Baja precisa que el objetivo es contribuir a una movilidad segura, previniendo los accidentes de tránsito.

Además, fortalecer la fiscalización, educación y atención a víctimas en el territorio nacional.

El presidente de esa Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados, Frank Paulino, explicó los pasos que aplicará el Gobierno para lograrlo.

Mientras que el otro empréstito, de US$265 millones, sería destinado para el financiamiento del proyecto Plan de Manejo de Cuenca del Río Yuna, previsto a ser ejecutado por el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (Indhri).

La carta enviada por el mandatario Abinader al órgano legislativo establece que los recursos incrementarían la resiliencia ante los riesgos de inundación en la parte baja del recurso hídrico.

Continue Reading

Nacionales

RD no aceptará productos y bienes elaborados mediante “trabajo forzoso”

Published

on

Santo Domingo, R.D.-El Gobierno dominicano dispuso la prohibición de la importación hacia al territorio nacional de mercancías, productos y bienes producidos, fabricados, extraídos, procesados o elaborados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, incluyendo aquellas mercancías respecto de las cuales exista evidencia razonable de que en alguna fase de su cadena de suministro se ha producido la distorsión, cuya decision se produce tras el pais ser sancionado mediante arancel por la administracion del presidente Donald Trump.

La disposición gubernamental busca establecer las disposiciones administrativas necesarias para la prevención, identificación, verificación y prohibición de la importación de mercancías, productos y bienes producidos, fabricados, extraídos, procesados o elaborados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, con el fin de proteger los derechos humanos, preservar la integridad del comercio internacional y garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por la República Dominicana.

La medida, contenida en el decreto 502-26, será aplicada a toda mercancía, producto o bien destinado a ser importado al territorio aduanero del país sobre el cual existan indicios razonables de que ha sido producido, fabricado, extraído, procesado o elaborado, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, independientemente de su país de origen o procedencia.

La medida se toma apenas horas después de que la Administración del presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, anunciara nuevos aranceles de entre el 10 % y el 12,5 % a las importaciones procedentes de República Dominicana y otros 59 países y economías, justificándose en una investigación sobre «esfuerzos insuficientes para combatir el trabajo forzoso».

En su artículo siete, el decreto señala que para la identificación de casos productos creados total o parcialmente, mediante trabajo forzoso se tomará en consideración información proveniente de fuentes nacionales o internacionales, tanto públicas como privadas incluyendo importadores, exportadores, operadores económicos, asociaciones empresariales u otros actores del sector privado.

Cuando existan indicios razonables, la Dirección General de Aduanas solicitará al Ministerio de Trabajo que, dentro del ámbito de sus competencias, elabore el informe técnico correspondiente. Luego se realizará una evaluación técnica correspondiente para determinar si existen elementos suficientes para concluir que la mercancía sí tuvo incidencias, durante su creación del trabajo forzoso.

El Ministerio de Hacienda y Economía, la Dirección General de Aduanas y las demás instituciones competentes podrán adoptar dentro del ámbito de las atribuciones que les confieren las leyes, las normas generales, medidas administrativas, operativas y técnicas necesarias para la ejecución del presente decreto, siempre que dichas medidas no impliquen la creación de nuevas obligaciones, restricciones o prohibiciones distintas de las previstas en el ordenamiento jurídico vigente, ni alteren el contenido esencial de los derechos reconocidos por las leyes.

Se define como trabajo forzoso todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente, de conformidad con la definición contenida en el Convenio núm. 29 de la OIT, ratificado por la República Dominicana mediante la Résolución núm. 4505, del 21 de julio de 1956, y de conformidad con los estándares internacionales aplicables en materia de derechos humanos y erradicación del trabajo forzoso.

Continue Reading

Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
www.larepublicaonline.com  / Email: periodico@larepublicaonline.com
Copyright © 2021 Blue National Group