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Proyecto ley de lavado condiciona forma pago

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LA MODIFICACIÓN DEL SENADO EXCLUYE LAS BANCAS DE APUESTAS Y LOTERÍAS

El proyecto, que ahora pasa a la Cámara de Diputados, aumenta el monto de las multas.

Santo Domingo.- El proyecto de reforma de la ley 72-02, sobre lavado de activos,  que aprobó este  viernes el Senado, prohíbe realizar y aceptar pagos  con dinero en efectivo, ni a través de metales preciosos,  por valores que superen desde  250,000  hasta un millón de pesos, dependiendo del tipo de bienes y operaciones.

Esa restricción abarca  a toda persona,  física o moral (entidades), y  a todo tipo de monedas, ya sea nacional o extranjera.

 La pieza legislativa detalla,  en el artículo 64,  el tipo de operaciones y actos que están vedados liquidar  en efectivo y los montos correspondientes en cada caso.

Establece que para la constitución o transmisión de derechos sobre inmuebles, se prohíbe hacer transacciones en efectivo por un monto superior a  RD$1,000,000, y  sobre vehículos de motor, aeronaves y embarcaciones, por más de RD$500,000.

En las transmisiones de propiedad de relojes, joyas preciosas, ya sea por pieza o por lote, y de obras de arte, el monto vedado para el pago en efectivo es superior a RD$450,000.00.

Para la adquisición de boletos para participar en juegos con apuesta, concursos o sorteos, así como la entrega o pago de premios, por un monto superior a RD$250,000.00. Ese mismo valor se aplicará  para participar o jugar en casinos, loterías y otros juegos de azar.

Igual tope de hasta RD$250,000 se fijó para poder recibir o pagar  en efectivo cuando se trate de la transmisión de propiedades o constitución de acciones o partes.

Exclusión de bancas y loterías
Entre las modificaciones propuestas está la exclusión del alcance de esta ley de más de 30,000 bancas, loterías y otros juegos de azar con la excepción de los casinos.

Para materializar esta exclusión, los legisladores argumentaron que aun no existe una plataforma tecnológica que permita un control efectivo de las mismas. Igualmente, la nueva ley contempla que los notarios y los registradores deben abstenerse de instrumentar o registrar cualquiera de las operaciones en efectivo prohibidas, a menos que se les entregue constancia fehaciente del medio de pago, para fines de conservación.

Infracciones y sanciones
El proyecto de ley, aún pendiente de aprobación por la Cámara  de Diputados,  incrementa las penas y el monto de las multas  a imponer por la comisión de las actuaciones ilícitas contenidas en esa legislación.  Señala que incurre en el delito de lavado de activos la persona que convierta, transfiera o transporte bienes, con el propósito de ocultar, disimular o encubrir la naturaleza, el origen, la localización, disposición  el movimiento o la propiedad real de bienes o derechos sobre bienes, a sabiendas de que son el producto de esa infracción.

En ese caso,  la pena mínima a imponer será de  10 años, en vez cinco como prevé la ley 72-02, y las multas se elevan de 200 a 400 salarios mínimos, cuando por ese tipo de actuación ilegal la norma vigente establece de 50 a  200 salarios mínimos.

También comete la infracción de lavado de activos la persona que oculte, disimule, o encubra la naturaleza, el origen, la localización, la disposición, el movimiento o la propiedad real de esos bienes,  así como que adquiera, posea, administre o los utilice.  Esta actuación ilícita también es sancionada con una pena de 10 a 20 años de prisión y multa de 200 a 400 salarios mínimos.

Igualmente,  la persona que asista, asesore, ayude, facilite, incite o colabore con  implicados en lavado de activos para eludir la persecución, sometimiento o condenaciones penales, para lo cual se prevé condena de cuatro a diez años de prisión.

El proyecto establece que también será sancionado con una pena de 4 a 10 años de prisión y  multa de 100  a 200  salarios mínimos,  la participación, en calidad de cómplice, la asociación para cometer este tipo de actos, la tentativa de perpetrarlas y el hecho de ayudar a su comisión con una prestación esencial para realizarlas o facilitar su ejecución.

Penaliza a los miembros del ministerio público y de los organismos de investigación, que al margen de la ley dispongan de bienes o fondos incautados o lo retengan para su uso personal o de terceros, sin que estos bienes le hayan sido temporalmente asignados por escrito por las autoridades para su conservación. Para esa actuación ilegal se contempla penas de dos a cinco años de prisión y multas de 200 a 400 salarios mínimos.

Se condenará  de la misma forma a los encargados de custodiar y administrar los bienes incautados que hagan un uso personal o en beneficios de terceros, o que los destinen a una finalidad distinta a la establecida en la norma.

La sanción incluye en todos los casos,  el decomiso de todos los bienes ilícitos, valores, instrumentos y derechos sobre ellos, la inhabilitación permanente para desempeñar funciones, prestar servicios o contratar con entidades de intermediación financieras, participantes del mercado de valores y entidades públicas.

Financiamiento del terrorismo
Como un delito asociado al lavado de activo, se introduce  la infracción de financiamiento del terrorismo, con  penas que oscilan entre 20 y 40 años de prisión.

Conforme al proyecto de ley,  incurrirá en el delito de financiamiento del terrorismo la persona que provea, facilite, administre,  custodie, o entregue bienes o servicios, con la intención de promover o subvencionar a  individuos y organizaciones terroristas, aún en la ausencia de una relación directa con un acto terrorista, al igual que los cómplices.

Serán sancionadas también con penas de 20 a 30 años,  las personas que viajen a un Estado distinto al de residencia o nacionalidad para cometer, planificar o preparar actos terroristas o participar en ellos, o para proporcionar o recibir adiestramiento con fines terroristas, que reciba la financiación de sus viajes o actividades relacionadas.

“Las infracciones por financiamiento del terrorismo descritas en este artículo constituirán un delito penal aun cuando los actos terroristas no hayan sido realizados, la asistencia a los terroristas no haya sido brindada o el acto terrorista se hubiese cometido o se intenta cometer en otra jurisdicción territorial”, establece el proyecto de ley.

Igualmente, la iniciativa introduce circunstancias agravantes en el caso de financiamiento de terrorismo,  cuyas actuaciones se castigarán con el máximo de la pena,  que incluye, entre otras actuaciones,  ofrecer recompensa o que se recompense la comisión de cualquier acto terrorista con el propósito de causar la muerte o graves lesiones corporales;  se ofrezca compensación o se compense a terceros por la muerte o lesiones de la persona que cometa o participe en un acto terrorista o que está en prisión como resultado de dicho acto.

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MEDIDAS CAUTELARES Y EL MINISTERIO PUBLICO

Faculta al  Ministerio Público para adoptar,  excepcionalmente, medidas cautelares cuando la demora pueda poner en peligro la investigación o producirse la distracción de los bienes, mediante resolución motivada.

El proyecto indica que en esta circunstancia, el Ministerio Público deberá presentar el caso ante la jurisdicción competente, sin necesidad de notificación ni audiencia previa, con la debida justificación, para que conozca de su confirmación o no dentro de las 72 horas siguientes a su adopción.

En la ley 72-02, la imposición de medidas cautelares,  consistentes en orden de secuestro, incautación o inmovilización provisional de bienes muebles o productos bancarios, u oposición a transferencia de bienes inmuebles,  solo es potestad de la autoridad judicial competente, es decir, del  juez.

Ese tipo de medidas se impone,  según prevé tanto el proyecto como la norma legal vigente, con el fin de preservar la disponibilidad de bienes muebles e inmuebles, productos o instrumentos relacionados con la infracción, hasta tanto intervenga una sentencia judicial con autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada.

listindiario.com

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Cerca de dos meses después de concluido el periodo del presidente de la SCJ Abinader aún no ha convocado CNM

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Santo Domingo, R.D.-El pasado 5 de abril concluyó el periodo de siete años para el cual fue escogido el presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Luis Henry Molina en el 2019, quien al momento de su designacion por el presidente de entonces Danilo Medina fungia como miembro del Comite Central del Partido de la Liberacion Dominicana, pero casi dos meses después el presidente Abinader no ha  convocado el Consejo Nacional de la Magistratura para su reevaluacion.

Tras asumir la silla presidencial en 2020, el gobernante Luis Abinader pasó a ser el encargado de instruir las labores del CNM en la selección de los jueces que conforman las altas cortes del país, dentro de las que se encuentran el Tribunal Superior Electoral (TSE), Tribunal Constitucional (TC), la Procuraduría General de la República (PGR) y la SCJ.

Precisamente, una de las evaluaciones pendientes es la del puesto de Henry Molina. Sin embargo, 49 días después de que concluyeran los siete años del magistrado, el mandatario Abinader se mantiene todavía sin convocar a los integrantes del Consejo para determinar si escogerán un nuevo o mantendrán el mismo presidente en el Poder Judicial.

También forman parte de la lista de vencidos los jueces Fran Euclides Soto Sánchez, Manuel Herrera Carbuccia y Francisco Antonio Jerez, Molina Peña, los jueces Vanessa E. Acosta Peralta, Samuel Arias Arzeno, Anselmo Alejandro Bello, María G. Garabito, Justiniano Montero Montero, Nancy Salcedo Fernández y Rafael Vásquez Goico, quienes componen el pleno de la SCJ.

El artículo 26 de la Ley Orgánica 138-11 es el que delimita el tiempo de funciones que tendrán los presidentes de las principales instancias judiciales.

En caso de que la intención de Molina sea permanecer en la posición por un segundo periodo consecutivo, los integrantes del CNM deberán utilizar el siguiente criterio para decidir sobre su confirmación durante la evaluación de desempeño: “Su integridad, imagen pública, reputación intelectual, destrezas profesionales, capacidad de análisis, laboriosidad, competencias académicas, atención y eficiencia a casos asignados, y tendrá como base de sustentación de informes”.

“Permanencia de jueces. Los jueces del Tribunal Constitucional, de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal Superior Electoral, vencido el período para el que fueron designados, permanecerán en sus cargos hasta la toma de posesión de quienes les sustituyan”, artículo 38.

La prima en hacerlo fue La Red de Observadores por la Institucionalidad (ROI) luego de que el pasado 28 de abril le pidiera al presidente Abinader reunir “de manera inmediata” al CNM para concluir con la selección o confirmación de 11 jueces que terminaron su periodo.

En tanto, la Alianza Dominicana Contra la Corrupción (Adocco) comunicó el pasado 6 de mayo que el proceso debe realizarse “sin más dilaciones, debido a la importancia que reviste la renovación y evaluación de los jueces para la estabilidad democrática y la confianza ciudadana en el Poder Judicial”.

El Instituto Dominicano de Derecho Penal (IDDP) coincidió el pasado 12 de mayo con la ROI y Adocco, advirtiendo que esta situación coloca a la matrícula de la Suprema en una fase de “rezago”.

El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, es uno de los ocho miembros que tiene el CNM. El pasado 7 de abril, Pacheco aseguró al ser entrevistado en el Congreso Nacional que “dentro de muy poco tiempo” se reuniría el Consejo.

47 días después de esas declaraciones, el presidente Abinader ni ninguno de los integrantes han adelantado la fecha en que sostendrían el encuentro.

Mientras tanto, el Poder Judicial ha registrado durante los últimos días un episodio de inestabilidad, luego de que el pasado jueves aproximadamente 500 jueces decidieran realizar un paro laboral de 24 horas en alrededor de 36 distritos judiciales del territorio nacional para visibilizar sus exigencias: mejoras en las “precarias” condiciones de trabajo, la necesidad de que se implemente una reforma estructural en el sistema, entre otras.

Esta situación ha provocado señalamientos en contra de Henry Molina. Según el director del IDDP, Carlos Balcácer, entiende que el magistrado no ha sido capaz de exigirle al presidente Luis Abinader el cumplimiento de la entrega del dinero que debe recibir el Poder Judicial para solucionar la insatisfacción de los servidores.

“Lamentablemente, el presidente de la Suprema no ha sido capaz, como sí lo hicieron presidentes anteriores con autonomía económica propia, de exigirle al presidente de la nación que aporte las partidas económicas que merece el Poder Judicial. Eso es lo que explica esa situación”, expresó Balcácer el pasado miércoles durante una actividad realizada en el Palacio Nacional.

¿Continuarán los paros laborales en la Justicia?

La Asociación Dominicana de Jueces y Juezas de Paz (Adojupa), Jueces y Juezas por la Democracia (Judemo) aclaró ayer a los medios de comunicación que hasta el momento no ha sostenido un diálogo con el Consejo del Poder Judicial (CPJ) para alcanzar un acuerdo.

A pesar de que prevén continuar con las manifestaciones en caso de que sus exigencias no sean atendidas, las asociaciones reiteraron su disposición de participar en un diálogo institucional.

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El PLD participó en discusion sobre encuestas, dice Paliza.

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Santo Domingo, R.D.-José Ignacio Paliza,  presidente del PRM,  reaccionó este domingo a las críticas del expresidente Danilo Medina sobre la prohibición de publicar encuestas fuera de los plazos establecidos, recordándole que el PLD participó en la discusión del reglamento elaborado por la Junta Central Electoral (JCE) que tomó la medida.

Paliza respondió a declaraciones de Medina, quien consideró «sospechosa» la decisión de suspender las encuestas fuera de tiempo, señalando que el reglamento fue socializado previamente con todos los partidos políticos y firmas encuestadoras.

«La JCE publicó en abril de 2025, a través de diversos medios, el borrador de reglamento para encuestas conforme lo establece la Ley 107-13″, expresó el dirigente oficialista en una publicación en redes sociales.

Asimismo, recordó que el pasado 5 de junio la Junta celebró una audiencia pública con representantes de las organizaciones políticas, incluyendo al Partido de la Liberación Dominicana (PLD), para escuchar observaciones y sugerencias sobre el documento.

«El PLD participó en ella. Inclusive, fue otorgado un plazo adicional para observaciones», sostuvo Paliza en una nota de prensa.

Con estas declaraciones, el presidente del PRM defendió el proceso llevado a cabo por la JCE y rechazó los cuestionamientos hechos por Medina en torno a la regulación de las encuestas electorales.

Medina, presidente del PLD y expresidente de la República, dijo este domingo que se le hacía «sumamente sospechosa» la prohibición de la JCE en torno a las encuestas y planteó que la medida buscaba tapar lo mal que está el gobernante Partido Revolucionario Moderno. También expresó que estaba consciente que la Junta podía tomar la medida.

«La ley la autoriza a hacer eso, pero es sumamente sospechoso que sea en este momento que se eliminen las encuestas. Eso no se hizo en el 2024, cuando las utilizaron para crear la percepción de invencibilidad del Gobierno», indicó a periodistas en Sánchez Ramírez, donde encabezó un acto de juramentación.

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Autoridades desmantelan red de trata de personas en Puerto Plata.

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Santo Domingo.- Sesenta y dos mujeres fueron rescatadas de la explotacion sexual comercial en Puerta Plata con el desmantelamiento por parte de miembros de la Unidad Especializada de Investigación Conjunta Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Delitos Conexos (UITIMC), adscrita a la Procuraduría Especializada Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (PETT).

La acción contra el grupo criminal, integrado por dominicanos y extranjeros, se llevó a cabo durante un amplio operativo ejecutado en distintas zonas del distrito municipal de Cabarete, municipio de Sosúa, Puerto Plata, en una labor conjunta con el Departamento II, Especial de Investigación de Delitos Transnacionales (Deidet), bajo la coordinación de la Procuraduría Fiscal de Puerto Plata.

Las autoridades ejecutaron en total siete órdenes judiciales de allanamientos y arrestaron a seis personas en el marco de una investigación contra la red dedicada a la trata de personas, bajo la modalidad de explotación sexual y proxenetismo.

La teniente coronel de la Policía, Lidavel Pérez Beltré, coordinadora de la UITIMC, dijo que los detenidos fueron trasladados a la Fiscalía de Puerto Plata para los fines judiciales correspondientes.

Durante el operativo fueron rescatadas 51 mujeres de nacionalidad dominicana y 11 haitianas, que fueron entregadas al personal de Asistencia y Protección a Víctimas y Testigos de la Procuraduría General de la República para los procedimientos de lugar.

También, un total de veinticinco (25) hombres indocumentados, aproximadamente, en su mayoría de nacionalidad haitiana, los cuales fueron entregados al personal de interdicción de la Dirección General de Migración de la provincia.

Las autoridades también ocuparon armas de fuego, vehículos, varios equipos electrónicos, incluyendo teléfonos celulares, computadoras portátiles, CPU, tabletas y DVR, así como cuadernos, libros de registros, sumas importantes de dinero en efectivo y una gran cantidad de preservativos, así como varios objetos relacionados a esa actividad delictiva.

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Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
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