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Jueces del TSE: ¿verdugos de la oposición o víctimas de las luchas políticas?
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9 años agoon
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LA REDACCIÓNDesde el 2012, los jueces del TSE han sido acusados de parcialidad para favorecer al PLD y aliados

Los jueces del Tribunal Superior Electoral en una pasada audiencia.
Los jueces del primer Tribunal Superior Electoral (TSE) que se instaló en la República Dominicana han emitido 831 decisiones contenciosas electorales, la gran mayoría, 535, sobre conflictos en los cuatro partidos mayoritarios. Sobre el PLD han emitido 82 sentencias favorables y 97 en contra; el PRM, 105 a favor y 134 en contra; el PRD, 14 a favor y 31 en contra y el PRSC 32 a favor y 40 en contra.
Los números no son más que estadísticas frías, pero por cada una de las decisiones que los jueces emitieron en contra de la oposición política del país le sumó una ola de críticas y calificativos como que tienen “una guillotina en contra de los partidos de opositores” y ahora se han unificado y exigen que ninguno sea reelecto en el cargo por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). Los magistrados Mariano Rodríguez, presidente, y los titulares, Mabel Féliz Báez, Marino Mendoza, José Manuel Hernández Peguero y John Guiliani Valenzuela han sido acusados de parcialidad política a favor del PLD y de ser los responsables de la división del PRD.
De los cinco magistrados solo Hernández Peguero no inscribió su candidatura para seguir en la corte. Los jueces llevan casi seis años y fueron juramentados el 28 de diciembre del 2011 y el periodo para el que fueron electos venció el 16 de agosto del año pasado.
Las quejas contra los jueces iniciaron desde el 2012, encabezadas por el expresidente Hipólito Mejía y Luis Abinader, que organizaron marchas denunciando la supuesta parcialidad de la corte a favor del sector de Miguel Vargas en el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), al punto de que sobre los hombros de los jueces lanzaron la responsabilidad de la división más grande que ha sufrido el partido blanco, el más viejo y grande del país.
Entre las sentencias más sonadas del TSE está la que ratificó la expulsión del expresidente Mejía y Andrés Bautista del PRD. También echaron para atrás la expulsión del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) de Amable Aristy Castro y más recientemente dejó sin efecto la suspensión de la presidencia de la organización de Federico (Quique) Antún Batlle igual que de un grupo de más de 20 dirigentes que habían sido separados.
Para las elecciones del 2016, una decisión de la corte obligó al PRSC a inscribir a David Collado como candidato alcalde del Distrito Nacional, en lugar de hacerlo su partido, el PRM, porque los jueces del TSE ratificaron como buena y válida la candidatura de (Fello) Suberví Bonilla como candidato del Partido Moderno en contra del PRM.
Igualmente, el pasado año anuló una decisión del Comité Político del PLD que prohibía a sus miembros ir a los tribunales del país a dirimir los conflictos internos; en el 2014, dejó sin efecto la elección de dos mujeres para el Comité Central del PLD que a pesar de que habían obtenido menos votos que los hombres habían sido elegidas para ese órgano alegando cumplir la cuota del 33%.
Los cuatro jueces que quieren seguir en el cargo volvieron a sentir la hostilidad de la oposición durante las entrevistas a que han sido sometidos los aspirantes al TSE por el Consejo Nacional de la Magistratura, donde la oposición está representada por José Ignacio Paliza y Josefa Castillo.
Los actuales jueces del TSE han actuado de manera tan parcializada a favor del PLD y de sus aliados como plantea la oposición y son víctimas de las luchas internas de los partidos políticos y al mismo tiempo de la batalla entre los partidos por dominar el escenario político.
Los sociólogos Cándido Mercedes, exdirectivo de Participación Ciudadana, y Marcos Villamán, catedrático y director del Instituto Global de Altos Estudios en Ciencias Sociales, difieren al evaluar la labor de los jueces electorales. Mercedes es tajante al calificar de parcializada en contra de la oposición las decisiones del TSE y para ilustrarlo tomó el caso de Suberví del que dijo fue el TSE el que “eligió un candidato por encima de un partido, el PRM”.
“Si se leen las sentencias bien, estaban sesgados”, subrayó. Sin embargo, reconoce que no es inteligente llevar los conflictos políticos a la justicia. “Un problema político no se puede judicializar porque en la justicia hay uno que gana y uno que pierde, pero en la lucha política no”, dijo.
Villamán contextualiza la labor de los magistrados del TSE en que cuando se imparte justicia las decisiones benefician a unos y perjudican a otros y en que los jueces están en medio de las luchas políticas por lo que en esa batalla en algún momento resultarán afectados.
“Si usted recorre las decisiones que han tomado, se dará cuenta de que han beneficiado y perjudicado indiferentemente a los sectores de partidos diversos, de manera que no creo que sea una intención de favorecer a nadie”, dijo.
Cuestionado de si observa que los jueces del TSE han sido víctima de las luchas políticas que se suscitan en el país, respondió: “Yo creo que sí. Yo creo que participar en este país con las tensiones políticas que se dan los va a colocar a ellos en el medio y alguno de los flechazos los va a afectar”, razonó.
Conflicto competencia entre la JCE y el TSE
Los jueces del TSE también han enfrentado conflictos de competencia con la Junta Central Electoral (JCE) y por ese motivo el Tribunal Constitucional le dio ganancia de causa a la JCE y ahora enfrentan otro conflicto de ese tipo por la decisión del TSE de echar para atrás la decisión del órgano sobre el orden de los partidos en la boleta. La rectificación de actas del Estado Civil es otra de las responsabilidades del TSE, el cual desde que inició su periodo hasta el 18 de mayo de este año ha emitido 29 mil 199 rectificaciones. El primer tribunal electoral del país comenzó a operar en el 2011, por lo que los actuales jueces también tuvieron la responsabilidad de elaborar un reglamento interno para la metodología de trabajo y adecuar su primer local, ubicado en la quinta planta del edificio que aloja al Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, en el Centro de los Héroes en la capital.
elcaribe.com
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Juez evaluará este miércoles solicitud de Pepca para extender investigación del caso Senasa.
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3 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Deiby Peguero, juez del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, fijó para este miércoles el conocimiento de la solicitud de prórroga de cuatro meses presentada por el Ministerio Público para concluir la investigación y depositar la acusación contra el exdirector del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa), Santiago Marcelo Hazim, y los demás implicados en el caso Cobra.
La solicitud de prórroga fue depositada por fiscales de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), con el propósito de analizar minuciosamente las evidencias recabadas durante allanamiento. Así lo informó recientemente el procurador adjunto, Wilson Camacho.
Camacho indicó que la institución cuenta con un equipo especializado dedicado al estudio del contenido de 16,800 cajas de documentos ocupadas durante los recientes operativos de intervención como parte de la investigación que realiza del caso.
El exdirector de SeNaSa, Santiago Marcelo Hazim, junto a otros imputados, es señalado de conformar una estructura criminal que habría perpetrado un desfalco superior a RD$15 mil millones en perjuicio del Estado dominicano, a través de la entidad pública de salud.
Además de Hazim, figuran como imputados Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Francisco Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speakler Mateo, Ada Ledesma Ubiera, Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención y Heidi Mariela Pineda Perdomo, quienes cumplen distintas medidas de coerción impuestas en diciembre de 2025.
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Asesino de conductor de camión recolector de basura es apresado en Jamaica.
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3 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Jhovanny de Jesus Metz Crus, conocido como «Macho», señalado como el principal sospechoso de la muerte del conductor Deivy Carlos Abreu Quezada, quien falleció luego de ser atacado por una turba de motociclistas durante una persecución, fue apresado en Jamaica.
La información fue confirmada a Diario Libre por una fuente de la Procuraduría General de la República (PGR).
De acuerdo con las investigaciones, «Macho» habría sido quien presuntamente propinó varias estocadas a Abreu Quezada durante el ataque ocurrido el pasado 17 de abril en el parqueo del Palacio de Justicia de Santiago, donde la víctima intentó refugiarse tras ser perseguida durante varios kilómetros por un grupo de motociclistas.
En principio, se informó que la persecución se produjo a raíz de un incidente de tránsito.
Posteriormente, trascendió que la agresión habría sido motivada por una presunta deuda económica que el conductor mantenía con sus atacantes.
Visado a JamaicaEn marzo pasado, Jamaica eliminó el requisito de visa para los dominicanos que viajen a ese país por turismo o negocio por un periodo de 180 días.
Mets Cruz también enfrenta un proceso judicial por las heridas de bala ocasionadas en 2023 al sargento de la Policía Nacional Christopher Almánzar García, adscrito a la unidad SWAT.
El imputado no se presentó al juicio de fondo pautado para el miércoles 20 de mayo ante el Cuarto Tribunal Colegiado de Santiago, por lo que la sala ordenó declararlo en rebeldía y activar las consecuencias legales correspondientes.
En ese expediente, Mets Cruz enfrenta acusaciones por intento de homicidio y asociación de malhechores.
El hecho ocurrió el 7 de mayo de 2023 en el sector El Ejido, de Santiago.
Durante el incidente, el sargento Almánzar García sufrió fracturas en el fémur y la rodilla izquierda, mientras que su sobrino, Jeison Willian Almánzar Núñez, resultó herido en la pierna izquierda cuando intentaba auxiliarlo.
Según las informaciones ofrecidas en el tribunal, Mets Cruz cumplía medidas de coerción consistentes en presentación periódica, impedimento de salida del país y orden de alejamiento de las víctimas.
Tras su incomparecencia al juicio, el tribunal dispuso su declaratoria en rebeldía, mientras las autoridades activaron su búsqueda.
Ahora, con su detención en Jamaica, las autoridades dominicanas deberán realizar las gestiones correspondientes para establecer su eventual retorno al país y que responda ante la justicia por los procesos que tiene pendientes.
Formalmente no hay un tratado de extradición entre República Dominicana y Jamaica. El intercambio judicial y la colaboración policial se apoyan en organismos internacionales como Interpol.
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Tribunal Constitucional rechaza amparo contra embargo inmobiliario.
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3 horas agoon
agosto 18, 2026
Santo Domingo, R.D.-Declaro inadmisible el Tribunal Constitucional (TC) por notoria improcedencia, la acción de amparo interpuesta por el empresario Alexander Montilla Sierra, con la que pretendía suspender un proceso de embargo inmobiliario en su contra y obtener la reposición de los plazos procesales de dicho caso.
La Alta Corte, mediante la sentencia TC/0784/26, tomó la decisión al rechazar la acción presentada por el cuñado del expresidente Danilo Medina contra la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) y la señora Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
La decisión fue aprobada por la mayoría de los jueces del pleno. Por su parte, el magistrado José Alejandro Vargas se inhibió de participar en la deliberación y el fallo, debido a que intervino en el proceso en su anterior condición de juez del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, cuando conoció una medida de coerción vinculada al caso penal.
El caso se remonta a una investigación de la PEPCA dirigida contra Alexander Montilla Sierra y su hermano Maxy Gerardo, junto a otras personas físicas y jurídicas. Las indagatorias se originaron en una de las líneas de investigación de la Operación Antipulpo, por presuntos actos de corrupción y lavado de activos relacionados con contratos públicos y licitaciones irregulares.
En esas pesquisas, la jueza coordinadora de los Juzgados de la Instrucción del Distrito Nacional, Kenya Romero, autorizó entre diciembre de 2020 y enero de 2021 la inmovilización de fondos y la oposición a transferencias de bienes muebles e inmuebles de los investigados.
Según el expediente, estas medidas dejaron a Alexander Montilla Sierra sin capacidad para disponer de su patrimonio, impidiéndole honrar un pagaré notarial por RD$20,000,000.00 suscrito en 2018 con Francisca Elizabeth Castillo de los Santos.
Ante el incumplimiento de pago, Castillo de los Santos inició en 2021 un proceso de embargo inmobiliario sobre dos propiedades de Montilla Sierra: una unidad en el condominio Terrazas del Mirador II y un apartamento en el condominio Karla I.
Tras un acuerdo de colaboración entre Maxy Montilla y la PEPCA, la Coordinación de los Juzgados de la Instrucción autorizó, mediante auto del 12 de diciembre de 2025, el levantamiento parcial de las oposiciones e inmovilizaciones. La PEPCA tramitó la ejecución de dicha orden ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Superintendencia de Bancos el 30 de diciembre de 2025.
El 6 de febrero de 2026 antes de tener conocimiento formal del levantamiento, notificado por la DGII el 17 de febrero, Alexander Montilla interpuso una acción de amparo en la que solicitó la publicidad registral de las oposiciones, la suspensión del embargo inmobiliario y la reposición de los plazos procesales.
La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible dicha acción el 3 de marzo de 2026 (Sentencia núm. 037-2026-SSEN-00109), al considerar que había perdido su objeto tras el levantamiento parcial de las medidas.
Montilla Sierra recurrió el fallo ante el Tribunal Constitucional alegando vulneraciones al debido proceso, la tutela judicial efectiva, el derecho de propiedad, la igualdad de armas y el principio de inviolabilidad de las nulidades constitucionales, entre otros.
El TC coincidió en que la sentencia de primera instancia era errónea, pero por una razón distinta a la planteada por el recurrente: consideró que el juez de amparo no debió declarar la inadmisibilidad por «falta de objeto», sino por «notoria improcedencia». Esto se apoya en su jurisprudencia reiterada, la cual establece que el amparo no puede utilizarse para suspender, modificar o dejar sin efecto decisiones dictadas por otro tribunal en un proceso judicial ordinario en curso.
En consecuencia, el TC revocó la sentencia recurrida y, actuando directamente sobre el fondo de la acción original, concluyó que las pretensiones de Montilla Sierra excedían el ámbito del amparo. De concederlas, el juez constitucional estaría sustituyendo a la jurisdicción ordinaria en la conducción de un proceso iniciado desde el año 2021.
El tribunal señaló que cualquier objeción sobre la falta de publicidad de las oposiciones administrativas debió plantearse oportunamente ante el propio juez del embargo, mediante los mecanismos procesales correspondientes.
Cabe destacar que el Ministerio Público obtuvo la homologación de un acuerdo bajo el criterio de oportunidad, mediante el cual Maxy Gerardo Montilla Sierra y un grupo de sus empresas aceptaron su responsabilidad penal y autorizaron el decomiso de RD$2,000 millones en efectivo a favor del Estado dominicano.
El acuerdo, homologado por el juez Raymundo Mejía del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, compromete a Montilla a pagar una indemnización de RD$600 millones a las distribuidoras de electricidad EdeEste, EdeSur y EdeNorte, en resarcimiento por los perjuicios ocasionados.
Asimismo, contempla la disolución en un plazo de dos años de las empresas Transformadores Solomon Dominicana, S.A.S., Electrocable Aluconsa, S.A.S., NSD, Importaciones Diversas, SRL, Distribuidora de Materiales Eléctricos FEE, SRL, Distribuidora Eléctrica Henan Jinshui, SRL, Importadora Eaglerise, SRL, TLC Negocios Globales, SRL, Watmax Lighting, SRL, Herrajes Eléctricos RPC, SRL, y MG Solomon Corporation.
También fija el pago de RD$431,816,307.90 a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el decomiso de un terreno de 200.18 metros cuadrados ubicado en la avenida Roberto Pastoriza núm. 2, Ensanche Naco, valorado en RD$50,901,692.13.
Por el caso Antipulpo, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a Alexis Medina, hermano del expresidente Danilo Medina, a siete años de prisión en el centro penitenciario de Najayo.
La decisión fue recurrida y está pendiente de revisión para el próximo 8 de septiembre en la Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional. Otros imputados recibieron penas menores y algunos fueron declarados noculpables, entre ellos Magaly Medina.
