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Procuraduría tiene seis meses para concluir acusación del caso Odebrecht

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El abogado Pujals reprochó además que el Ministerio Público exponga mediante comunicados de prensa, que posee pruebas otorgadas por la empresa brasileña pero que no revele la información.

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Dos meses es el tiempo que ha transcurrido desde la imposición de medida de coerción contra los acusados de recibir sobornos por parte de la empresa constructora Odebrecht, desde el año 2001 hasta el 2014.

El magistrado Francisco Ortega Polanco, de la Suprema Corte de Justicia, fijó que la presentación de la acusación formal tiene que presentarse en un plazo de ocho meses por parte del Ministerio Público a partir de las imposiciones de medida.

“Si bien el proceso se ha declarado complejo, para los expedientes que tienen que ver con funcionarios públicos la ley establece que los medios de comunicación pueden acceder a esa información”

Este viernes 4 de agosto se completó el círculo con el dictamen de la garantía económica, presentación periódica e impedimento de salida, contra el exdirector técnico de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana, Bernardo Castellanos, quien se encontraba fuera del país por asuntos de negocios.

Castellanos, el imputado número 14, arribó el miércoles 2 de agosto luego de ser requerido en varias ocasiones por las autoridades dominicanas desde que se emitió una orden de arresto en perjurio de los señalados de recibir sobornos.

Bernardo Castellanos de Moya salió en libertad en la tarde de este mares 8 de agosto, luego de pagar una fianza que le impusiera un juez el viernes pasado, ante el que compareció por ser uno de los imputados de los sobornos que pagó en el país la brasileña Odebrecht para adjudicarse infraestructuras públicas.

Además de los cinco millones de pesos de fianza , el juez de la Suprema Corte de Justicia, Francisco Ortega, impuso a Castellanos impedimento de salida del país y presentación cada mes ante la Procuraduría General de la República.

“Como estamos en la fase de investigación, el juez lo que hace es que impone medidas de coerción a los imputados para que el Ministerio Público en el tiempo que duran las medidas pueda ampliar la investigación”, explicó el abogado penalista Bartolomé Pujals.

Pujals destacó que dicho periodo tiene como objetivo determinar si las pruebas que el Ministerio Público obtenga son lo suficientemente contundentes para que llegue a juicio, y pueda lograr una condena.

Agregó que la investigación preliminar que dio lugar al expediente inicial de 336 páginas, debe profundizarse. “Esa investigación se supone que se debe profundizar, y uno de los puntos son los resultados del acuerdo con Odebrecht del cual el pueblo no tiene conocimiento a pesar de que el Procurador dijo que había recibido una serie de correos electrónicos”.

Criticó que parte de los datos importantes que se deben utilizar para un mejor sustento de la acusación final, son los documentos que debe otorgar la empresa Odebrecht por el acuerdo arribado con la Procuraduría General de la República.

“Algo que no se da en cuenta en la medida de coerción porque esta solo se sustentó en las delaciones premiadas que se obtuvieron a partir del acuerdo de cooperación que se suscribió con las autoridades de Brasil”, resaltó el también miembro del movimiento Somos Pueblo.

Añadió que debido a esto la magistrada Miriam Germán Brito, mediante su voto disidente destacó la debilidad probatoria del expediente que podría dar cara a una presentación acusatoria carente de sustento.

El abogado Pujals reprochó además que el Ministerio Público exponga mediante comunicados de prensa, que posee pruebas otorgadas por la empresa brasileña pero que no revele la información.

“Deben de presentarla, porque lo primero es que debió haberla presentado conjuntamente con las demás declaraciones de las delaciones premiadas”, indicó.

El experto en temas judiciales, el Ministerio Público además de los resultados del acuerdo de Odebrecht no ha hecho ningún intento de ir a Brasil para refrendar, robustecer u obtener mayor información sobre el caso, lo cual se puede hacer a través del acuerdo de cooperación que se firmó con Brasil y el acuerdo con Odebrecht.

Argumentó que el Ministerio Público puede hacer uso de la reserva de información, pero antes emitir una resolución manifestando el proceso de discreción.

“Si el Ministerio Público va a hacer uso de la reserva o sea que se va a reservar las pruebas por un asunto de asegurar el curso de la investigación por lo que sea, tendría que emitir un auto o dictamen donde establezca las razones por las cuales no va a presentar esas pruebas; y no mediante notas de prensas y declaraciones demagógicas”, expresó.

A su juicio la Procuraduría General de la República ha tratado de utilizar dicho expediente como una forma de garantizar la impunidad a la compañía de Odebrecht.

Empero concluyó que el gobierno dominicano “está apelando a la misma estrategia que desde el primer día utilizado de apostar al desgaste de la exigencia ciudadana y buscar una manera de sacar este tema de la palestra pública ”.

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Senado aprueba ley de liberación de impuestos la importación de cámaras para sistemas de seguridad

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Santo Domingo, R.D.-Fue aprobada en primera lectura en el Senado un proyecto de ley que libera de impuestos la importación de cámaras digitales utilizadas en los sistemas de seguridad del país para combatir la delincuencia.

La pieza, que contó con 22 votos a favor y uno en contra, busca exonerar durante 10 años, partiendo de su promulgación, los pagos tributarios que deben realizar quienes importen cámaras grabadoras destinadas a contribuir con la seguridad y protección.

De acuerdo a los considerando presentados en el documento, los sistemas de videovigilancia son una de las herramientas «preventivas y disuasorias» que aportan a la lucha contra la inseguridad.

Las residencias, empresas, propiedades campestres, condominios, colmados, supermercados, hoteles, bares, restaurantes, escuelas, colegios, clínicas, hospitales y otros sectores relacionados son quienes serán exentos, a través de la Dirección General de Aduanas (DGA), de los pagos tributarios requeridos en la adquisición de este tipo de videocámaras.

TIPOS DE CÁMARAS

La pieza legislativa delibera las cámaras tipo balas, domos, box y “PTZ”, que se pueden instalar en ambos ambientes, interior y exterior, para grabaciones de video de 720p, 1080p y 4K.

Además, los videograbadores con capacidad de grabación y audio no mayor de 32 canales con entradas tipo analógico, digital y de red (IP).

Esta ley modificaría el capítulo 85 de la Ley 146-00 sobre Reforma Arancelaria y Compensación Fiscal, que hace referencia a las cámaras digitales de seguridad y sus componentes.

Asimismo, reformará cualquier otra disposición legal que le sea contraria a este proyecto de ley, según lo dicta el quinto artículo denominado “Modificación”.

El 16 de julio del año 2012, el Congreso de la República Dominicana creó la Ley 171-12, que tuvo como objeto facilitar la adquisición de cámaras de videovigilancia, a través de la exoneración del pago de todo tipo de impuestos de importación, por un periodo de 10 años.

Este plazo finalizó en 2022 y género en consecuencia que estos equipos tecnológicos no sean beneficiados, en la actualidad, con ningún incentivo fiscal.

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Fue supuestamente por infidelidad que mujer habría mandado a matar a su esposo.

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Santo Domingo, R.D.-Tres millones de pesos habría pagado Daneri Antonia Pérez Espinal habría para que le dieran muerte a su esposo, según lo informo el Ministerio Publico.

Así lo establece el expediente acusatorio instrumentado por el Ministerio Público en contra de la señora, imputada por la muerte a tiros de Julio César Rodríguez Paula, de 68 años de edad, durante un hecho ocurrido el 18 de septiembre del año 2020. La mujer pasó de víctima a cómplice del crimen el mes pasado cuando apresada en el Palacio de Justicia de Santiago donde se conoce el caso, luego de que el Minsterio Público, durante la investigación, descubriera que la presunta implicación de la señora en la muerte de su esposo.

El dispositivo indica que la señora, de 68 años, descubrió el adulterio luego de darle seguimiento a su esposo durante varios días.

Relata que, tras comprobar la relación extramarital de su pareja sentimental, la imputada Daneri Antonia Pérez Espinal instruyó a su sobrino, Fabricio Antonio Báez Pérez, para darle muerte a Rodríguez Paula.

El expediente indica que la señora le proporcionó a su pariente los medios económicos para materializar la acción criminal.

Depositó tres millones de pesos

El Ministerio Público señala que Pérez Espinal depositó en una cuenta de banco de su familiar tres millones doscientos treinta mil pesos.

De dicho monto, Fabricio le habría pagado RD$250 mil a Joan Giancarlos Acosta, conocido como «Café», para cometer el hecho.

Las autoridades identificaron al presunto pistolero al darle seguimiento, mediante las cámaras de seguridad que están instaladas en los alrededores de la escena del crimen, en Tamboril, hasta la zona Sur de Santiago, lugar donde se dirigió después del ataque a tiros.

Apresamiento de la acusada

El arresto de Daneri Antonia Pérez Espinal se produjo el 11 de abril pasado al salir del Primer Tribunal Colegiado del distrito judicial de Santiago, donde era presentado el presunto sicario que mató a su esposo. Varios días después, el juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente dispuso en su contra arresto domiciliario.

Mientras que Fabricio Antonio Pérez cumple prisión preventiva por el caso.

Pruebas del Ministerio Público

El Ministerio Público asegura que cuenta con suficientes pruebas documentales y testimoniales que comprometen penalmente a los tres imputados.

En el documento acusatorio señala que tienen el comprobante del depósito millonario que hizo Daneri Antonia Pérez Espinal a su familiar.

Además, cuenta con las declaraciones del sobrino en que supuestamente confiesa la participación de cada uno de los tres procesados.

A «Café» le ocuparon una motocicleta marca Gato, modelo CG-200, chasis LRPRPLV04KA201035, color rojo, la cual utilizó para desplazarse cuando alegadamente ejecutó el acto.

Calificación jurídicaEl Ministerio Publico otorgó la calificación jurídica provisional por violación de los tipos penales descritos en los artículos 265, 266,295, 296, 297 y 302 del Código Penal, consistente en asociación de malhechores y asesinato en perjuicio de la víctima Julio César Rodríguez Paula.

El hecho

El hoy fallecido Julio César Rodríguez Paula y su esposa fueron atacados a tiros por un hombre desde una motocicleta, cuando la pareja viajaba a bordo de una yipeta Honda CRV, blanca, por la calle Palmar de Canca La Piedra, en el municipio Tamboril, de la provincia Santiago. La hoy imputada resultó herida de bala durante el ataque.

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Haitianos pagaban entre RD$8 mil y RD$17 mil para ingresar a RD

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Santo Domingo, R.D.-Una supuesta red criminal que se dedicaba a ingresar al país a través de la franja norte de la frontera a haitianos que pagaban entre 8 y 17 mil pesos para esos fines fue desmantelada en Santiago por las autoridades.

Así lo establece la acusación presentada en contra de nueve personas vinculadas a la alegada estructura, integrada por José Andrés Cabrera Francisco (Jairo), Enmanuel Jiménez González (Jhon Manuel), Carlos Bladimir Cuevas Peña (Carlos Pistola), Ricardo Francisco Martínez González (Ricardito), Freddy Esmeraldo Gómez, Ramona Salvadora Tapia Flores, Jeffrey Alberto Felipe Acevedo, Olga Acevedo Capellán, y Griselvis Miguelina Parra Hernández.

Contra el grupo la fiscalía y la Procuraduría Especializada Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas solicita a la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santiago que imponga prisión preventiva y que declare de tramitación compleja el proceso.

El órgano acusador establece que esta organización transnacional traficaba, especialmente con ciudadanos haitianos, para lo cual utilizaban las vías terrestres a través de la frontera Norte del país con la vecina nación.

Apresan en República Dominicana a miembro de una de las bandas más peligrosas de Haití

Indica que asentaban a los indocumentados en diferentes puntos de la provincia Santiago.

Durante la investigación las autoridades identificaron la ruta que la red utilizaba para emplearse en el trasiego de personas en condición de irregularidad.

Detalla, la solicitud de medidas de coerción, que la organización empleaba distintas maniobras para cruzar, vía terrestre, desde Haití hasta Dajabón, a personas indocumentadas. Indica que, más tarde, trasladaban a estos indocumentados hasta Valverde y sus diferentes distritos «para luego continuar hacia el municipio de Navarrete, en Santiago, siendo recibidos los extranjeros en condición migratoria irregular, por la estructura, para luego sus integrantes encargarse de colocarlos en sus centros de acopios, tales como: casas, cuarterías y terrenos baldíos».

Contra Cuevas Peña se presentaron cargos por violentar los artículos 2, 47, letras C, D, E y H, de la Ley 137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas; artículo 2, numeral 11; 3, letras A, B y C, de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos.

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