Nacionales
Procuraduría tiene seis meses para concluir acusación del caso Odebrecht
Published
9 años agoon
By
LA REDACCIÓNEl abogado Pujals reprochó además que el Ministerio Público exponga mediante comunicados de prensa, que posee pruebas otorgadas por la empresa brasileña pero que no revele la información.
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Dos meses es el tiempo que ha transcurrido desde la imposición de medida de coerción contra los acusados de recibir sobornos por parte de la empresa constructora Odebrecht, desde el año 2001 hasta el 2014.
El magistrado Francisco Ortega Polanco, de la Suprema Corte de Justicia, fijó que la presentación de la acusación formal tiene que presentarse en un plazo de ocho meses por parte del Ministerio Público a partir de las imposiciones de medida.
“Si bien el proceso se ha declarado complejo, para los expedientes que tienen que ver con funcionarios públicos la ley establece que los medios de comunicación pueden acceder a esa información”
Este viernes 4 de agosto se completó el círculo con el dictamen de la garantía económica, presentación periódica e impedimento de salida, contra el exdirector técnico de la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana, Bernardo Castellanos, quien se encontraba fuera del país por asuntos de negocios.
Castellanos, el imputado número 14, arribó el miércoles 2 de agosto luego de ser requerido en varias ocasiones por las autoridades dominicanas desde que se emitió una orden de arresto en perjurio de los señalados de recibir sobornos.
Bernardo Castellanos de Moya salió en libertad en la tarde de este mares 8 de agosto, luego de pagar una fianza que le impusiera un juez el viernes pasado, ante el que compareció por ser uno de los imputados de los sobornos que pagó en el país la brasileña Odebrecht para adjudicarse infraestructuras públicas.
Además de los cinco millones de pesos de fianza , el juez de la Suprema Corte de Justicia, Francisco Ortega, impuso a Castellanos impedimento de salida del país y presentación cada mes ante la Procuraduría General de la República.
“Como estamos en la fase de investigación, el juez lo que hace es que impone medidas de coerción a los imputados para que el Ministerio Público en el tiempo que duran las medidas pueda ampliar la investigación”, explicó el abogado penalista Bartolomé Pujals.
Pujals destacó que dicho periodo tiene como objetivo determinar si las pruebas que el Ministerio Público obtenga son lo suficientemente contundentes para que llegue a juicio, y pueda lograr una condena.
Agregó que la investigación preliminar que dio lugar al expediente inicial de 336 páginas, debe profundizarse. “Esa investigación se supone que se debe profundizar, y uno de los puntos son los resultados del acuerdo con Odebrecht del cual el pueblo no tiene conocimiento a pesar de que el Procurador dijo que había recibido una serie de correos electrónicos”.
Criticó que parte de los datos importantes que se deben utilizar para un mejor sustento de la acusación final, son los documentos que debe otorgar la empresa Odebrecht por el acuerdo arribado con la Procuraduría General de la República.
“Algo que no se da en cuenta en la medida de coerción porque esta solo se sustentó en las delaciones premiadas que se obtuvieron a partir del acuerdo de cooperación que se suscribió con las autoridades de Brasil”, resaltó el también miembro del movimiento Somos Pueblo.
Añadió que debido a esto la magistrada Miriam Germán Brito, mediante su voto disidente destacó la debilidad probatoria del expediente que podría dar cara a una presentación acusatoria carente de sustento.
El abogado Pujals reprochó además que el Ministerio Público exponga mediante comunicados de prensa, que posee pruebas otorgadas por la empresa brasileña pero que no revele la información.
“Deben de presentarla, porque lo primero es que debió haberla presentado conjuntamente con las demás declaraciones de las delaciones premiadas”, indicó.
El experto en temas judiciales, el Ministerio Público además de los resultados del acuerdo de Odebrecht no ha hecho ningún intento de ir a Brasil para refrendar, robustecer u obtener mayor información sobre el caso, lo cual se puede hacer a través del acuerdo de cooperación que se firmó con Brasil y el acuerdo con Odebrecht.
Argumentó que el Ministerio Público puede hacer uso de la reserva de información, pero antes emitir una resolución manifestando el proceso de discreción.
“Si el Ministerio Público va a hacer uso de la reserva o sea que se va a reservar las pruebas por un asunto de asegurar el curso de la investigación por lo que sea, tendría que emitir un auto o dictamen donde establezca las razones por las cuales no va a presentar esas pruebas; y no mediante notas de prensas y declaraciones demagógicas”, expresó.
A su juicio la Procuraduría General de la República ha tratado de utilizar dicho expediente como una forma de garantizar la impunidad a la compañía de Odebrecht.
Empero concluyó que el gobierno dominicano “está apelando a la misma estrategia que desde el primer día utilizado de apostar al desgaste de la exigencia ciudadana y buscar una manera de sacar este tema de la palestra pública ”.
acento.com.do
Nacionales
Después de castigo mediante arancel de Estados Unidos RD no aceptará productos y bienes elaborados mediante “trabajo forzoso”
Published
15 horas agoon
julio 24, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Gobierno dominicano dispuso la prohibición de la importación hacia al territorio nacional de mercancías, productos y bienes producidos, fabricados, extraídos, procesados o elaborados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, incluyendo aquellas mercancías respecto de las cuales exista evidencia razonable de que en alguna fase de su cadena de suministro se ha producido la distorsión, cuya decision se produce tras el pais ser sancionado mediante arancel por la administracion del presidente Donald Trump.
La disposición gubernamental busca establecer las disposiciones administrativas necesarias para la prevención, identificación, verificación y prohibición de la importación de mercancías, productos y bienes producidos, fabricados, extraídos, procesados o elaborados, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, con el fin de proteger los derechos humanos, preservar la integridad del comercio internacional y garantizar el cumplimiento de los compromisos internacionales asumidos por la República Dominicana.
La medida, contenida en el decreto 502-26, será aplicada a toda mercancía, producto o bien destinado a ser importado al territorio aduanero del país sobre el cual existan indicios razonables de que ha sido producido, fabricado, extraído, procesado o elaborado, total o parcialmente, mediante trabajo forzoso, independientemente de su país de origen o procedencia.
La medida se toma apenas horas después de que la Administración del presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, anunciara nuevos aranceles de entre el 10 % y el 12,5 % a las importaciones procedentes de República Dominicana y otros 59 países y economías, justificándose en una investigación sobre «esfuerzos insuficientes para combatir el trabajo forzoso».
En su artículo siete, el decreto señala que para la identificación de casos productos creados total o parcialmente, mediante trabajo forzoso se tomará en consideración información proveniente de fuentes nacionales o internacionales, tanto públicas como privadas incluyendo importadores, exportadores, operadores económicos, asociaciones empresariales u otros actores del sector privado.
Cuando existan indicios razonables, la Dirección General de Aduanas solicitará al Ministerio de Trabajo que, dentro del ámbito de sus competencias, elabore el informe técnico correspondiente. Luego se realizará una evaluación técnica correspondiente para determinar si existen elementos suficientes para concluir que la mercancía sí tuvo incidencias, durante su creación del trabajo forzoso.
El Ministerio de Hacienda y Economía, la Dirección General de Aduanas y las demás instituciones competentes podrán adoptar dentro del ámbito de las atribuciones que les confieren las leyes, las normas generales, medidas administrativas, operativas y técnicas necesarias para la ejecución del presente decreto, siempre que dichas medidas no impliquen la creación de nuevas obligaciones, restricciones o prohibiciones distintas de las previstas en el ordenamiento jurídico vigente, ni alteren el contenido esencial de los derechos reconocidos por las leyes.
Se define como trabajo forzoso todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ofrece voluntariamente, de conformidad con la definición contenida en el Convenio núm. 29 de la OIT, ratificado por la República Dominicana mediante la Résolución núm. 4505, del 21 de julio de 1956, y de conformidad con los estándares internacionales aplicables en materia de derechos humanos y erradicación del trabajo forzoso.
Nacionales
Será el 6 de agosto lectura de fallo sobre acusado de ataque mortal en Naco
Published
1 día agoon
julio 23, 2026
Santo Domingo, R.D.-Fue pospuesto para el 6 de agosto por la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional la decisión de si envía a juicio de fondo a Jean Andrés Pumarol Fernández, acusado de protagonizar un violento ataque con arma blanca en el ensanche Naco, hecho en el que falleció una mujer y varias personas resultaron heridos.
El tribunal, presidido por la magistrada Isis Muñiz tomó la decisión al considerar que la resolución todavía no está lista. En ese sentido ordenó a la secretaria del tribunal la notificación de la decisión, al Ministerio Público, representado por la procuradora de Corte Dulce Luciano, a la defensa del imputado, doctor Richard Martínez y al abogado Miguel Valerio, quien representa a los familiares de la víctima.
La corte de alzada deberá evaluar los argumentos de las partes tras la polémica decisión emitida el pasado 17 de marzo por el juez Deiby Timoteo Peguero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional. El tribunal tendrá que determinar si ratifica ese dictamen o si, por el contrario, acoge los recursos de la parte acusadora para revocarlo.
Deiby Timoteo Peguero dictó un auto de «no ha lugar» a favor de Pumarol Fernández, tras considerar que el imputado no se encontraba en condiciones de salud mental aptas para enfrentar un juicio de fondo por los hechos que se le imputan.
La decisión fue adoptada tras evaluar los documentos depositados por la defensa, entre ellos un informe médico del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), que establece que el imputado sufrió un brote psicótico al momento de los hechos debido a que padece esquizofrenia paranoide.
Tras la notificación oficial del fallo, tanto el órgano persecutor como el abogado Miguel Valerio quien ostenta la representación legal de los familiares de la señora Ivonne Handal Abugabir, de 70 años, fallecida en el incidente apelaron la decisión. El recurso fue sometido dentro del plazo de 20 días hábiles que establece el artículo 309 del Código Procesal Penal.
La tragedia ocurrió en julio de 2025 en el ensanche Naco, donde Jean Andrés Pumarol Fernández atacó a varias personas con un arma blanca.
El incidente dejó como saldo fatal el deceso de la señora Ivonne Handal Abugabir. Asimismo, resultaron con heridas de gravedad Guillermo Pumarol padre del agresor, la cuidadora Teresa Fabián Heredia y los vecinos Francisco Tezano, Griselda Ozuna y Victoria Heredia.
Nacionales
Jean Alain debe continuar juicio tras tribunal rechazar oposición.
Published
2 días agoon
julio 23, 2026
Santo Domingo, R.D.-La continuación del juicio por presunta corrupcion administrativa en contra del ex procurador general Jean Alain Rodriguez y compartes deberá continuar tras el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazar un recurso de oposicion presentado por la barra de la defensa.
Como solicitó el Ministerio Público, representado por el procurador adjunto Wilson Camacho, titular de la Dirección General de Persecución, el tribunal declaró inadmisible el recurso contra la decisión que rechazó la mayoría de los incidentes planteados por las defensas.
La audiencia estaba convocada para la mañana, pero las juezas la reprogramaron para la tarde.
Camacho recordó que Rodríguez «se ha mantenido buscando la forma de huir al conocimiento del proceso y al conocimiento de las pruebas».
«La razón fundamental por la que Jean Alain huye al conocimiento de este proceso es porque él sabe que será asediado por las pruebas que tiene el Ministerio Público en la medida en que las mismas se produzcan en el tribunal», agregó.
El tribunal, integrado por las juezas Claribel Nivar, Clara Castillo y Yissell Soto, dio a conocer el fallo e inmediatamente dispuso que el Ministerio Público presentara su discurso de apertura.
Sin embargo, una de las barras de la defensa pidió aplazar la audiencia alegando un mal de salud de su defendido, solicitud que fue rechazada por las juezas al acoger el argumento del Ministerio Público de que faltaba un documento que avalara dicha condición.
El tribunal volvió a ordenar la continuación, pero la defensa de Rodríguez Sánchez volvió a presentar la solicitud de extinción de la acción penal.
Posteriormente, las juezas escucharon a Rodríguez Sánchez y dispusieron el aplazamiento de la audiencia para el próximo lunes 27 de julio, a las 9:00 de la mañana, donde será escuchada su defensa.
En respuesta a la solicitud del Ministerio Público, el pasado 6 de julio los jueces declararon inadmisibles la mayoría de los incidentes planteados por las defensas, que procuraban la nulidad del juicio, y ordenaron la continuación del proceso para el 22 de julio.
El expediente acusatorio establece que Rodríguez malversó más de 6,000 millones de pesos mediante procesos fraudulentos entre 2016 y 2020, años en que se desempeñó como procurador general.
Además de Rodríguez, figuran Jhonatan Loander Medina Reyes, Alfredo Alexander Solano Augusto, Jhonatan Joel Rodríguez Imbert, Javier Alejandro Forteza Ibarra, Rafael Antonio Mercedes Marte, Miguel José Moya y Braulio Michael Batista Barias.
También son procesados Alejandro Martín Rosa Llanes, Ramón Lucrecio Burgos, Isis Tapia, Félix Antonio Rosario Labrada, Francis Ramírez Moreno, Rolando Rafael Sebelén Torres, César Nicolás Rizik Pimentel y José Luis Liriano Adames.
Los imputados enfrentan cargos por presuntos delitos de corrupción, incluyendo soborno, desfalco, estafa contra el Estado y lavado de activos.
