Análisis Noticiosos
La imposición del padrón abierto agravaría la crisis del sistema político: Análisis de Juan Bolívar Díaz
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9 años agoon
Si el sector que ahora hegemoniza el PLD impone el padrón universal abierto en la elección de las candidaturas de los partidos, frustraría los esfuerzos de años por una legislación de consenso y generaría mayor desconfianza y confrontación política
Para establecer la obligatoriedad del padrón universal abierto en la elección de las candidaturas de los partidos, el Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) tendría que pasar por encima de una parte de su misma estructura, ignorar la posición de 24 partidos reconocidos, de la Junta Central Electoral y de entidades sociales.
La experiencia universal indica que la democracia interna de los partidos se puede garantizar con diversos sistemas de elección de candidaturas y dirigentes, por lo que no se justificaría una imposición que ya fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia, y que generaría un agravamiento de la crisis político-institucional de la nación.
Reenvío al 2 de Octubre
El tema se ha tornado tan conflictivo que divide al mismo PLD, cuyo Comité Político de 35 miembros no pudo dirimirlo en la reunión convocada al efecto para el pasado sábado 16, que se extendió por 7 horas, excesivas para lo aprobado, y terminó reenviándolo para el lunes 2 de octubre, acentuando la convicción sobre su improcedencia cuando el secretario general del partido, Reinaldo Pared, lo calificó como “controvertido”.
El portal oficial del PLD, informa que acordaron respaldar que eleven la cuota de las mujeres al 40 por ciento de los cargos directivos y las candidaturas legislativas y al 50 de las municipales, mantener en 2 por ciento de los votantes en la última elección para el reconocimiento de nuevos partidos y reducirlo al 1 en segunda instancia. También ratificaron la inequitativa distribución del financiamiento estatal con 80 por ciento para los que saquen más del 5 por ciento del sufragio y el 20 a los demás en partes iguales, aunque diversos partidos y sectores sociales han propuesto 70-30 y más escalones de equidad, para que no reciban igual un partido que obtenga 50 o el 5 por ciento, ni tanta diferencia del 5 al 4 por ciento, o del 2 al menos del 1 por ciento, como ahora.
Otro acuerdo en el Comité Político fue adelantar la precampaña electoral al período mayo-agosto antes de las elecciones, lo que extendería a 5 meses las campañas electorales municipales que deben celebrarse el tercer domingo de febrero, y a 9 meses las presidenciales y congresuales del tercer domingo de mayo. Así el PLD contradice la demanda de achicar los períodos de campaña para reducir sus costos. La comisión bicameral que discute el proyecto de ley había consensuado que las primarias fueran entre agosto y octubre.
24 partidos contra 2
No hay explicación racional para que los seguidores del presidente Danilo Medina pretendan imponer la obligatoriedad de las primarias con padrón universal abierto contra una parte del PLD y casi todo el sistema político y las instituciones sociales que más se ocupan de la institucionalidad democrática, como Participación Ciudadana, Fundación Institucionalidad y Justicia y Fundación Prensa y Derecho, que han manifestado su rechazo ante la Comisión Bicameral que estudia el proyecto y que ha pretendido lograr consenso.
Al comienzo de esta semana, los partidos de oposición que han venido formulando reclamos de reformas político-electorales tras los comicios del año pasado, recurrieron de nuevo ante la Junta Central Electoral para expresar su oposición radical a que les impongan el padrón universal abierto en la elección de sus candidatos, advirtiendo que de ser aprobado por el congreso bajo dominio del PLD, recurrirían en demanda para que la ley sea declarada inconstitucional.
En el grupo figuran los partidos de oposición de mayor votación en los últimos comicios, como el Revolucionario Moderno, el Revolucionario Social Cristiano y la Alianza País. También el Quisqueyano Demócrata, Frente Amplio, Fuerza Nacional Progresista, Opción Democrática, Partido Humanista Dominicano y Alianza por la Democracia.
El PRD con padrón abierto
La mayoría de los partidos del Foro Permanente fueron aliados del PLD en las elecciones del 2016, pero no se han sumado al esfuerzo por imponer el padrón abierto. El aliado que sí lo ha hecho es el Partido Revolucionario Dominicano, contradiciendo opiniones anteriores de su presidente Miguel Vargas Maldonado, actual canciller del gobierno de Medina.
Cuando Vargas Maldonado fue vencido 53.4 a 46.6 por ciento por el expresidente Hipólito Mejía en la primaria del PRD efectuada el 6 de marzo del 2011 para la candidatura presidencial del año siguiente, adujo que fue el resultado de “la votación de entre 200 y 400 mil peledeístas y reformistas”, que según él preferían como candidato a su contrincante, aunque los votos válidos computados fueron sólo 967 mil 900. Y tanto él como Mejía aseguraban contar con un millón de seguidores.
Ese certamen es paradigmático de los que se oponen al padrón abierto en las primarias, porque fue el origen visible de la división del más antiguo partido de la historia nacional. Y el padrón utilizado no fue abierto por completo como se aboga ahora. Por tres elecciones seguidas, desde la que escogió precisamente a Vargas candidato presidencial para el 2008, el PRD utilizó el mismo “padrón semi-abierto”, resultado de cruzar el padrón universal de la JCE con el de los otros partidos mayoritarios, para excluir a los militantes de estos.
Pese a la diferencia de casi 7 puntos porcentuales (70 mil votos), Vargas nunca aceptó su derrota y se convirtió en un Caballo de Troya en la campaña electoral que finalmente perdió Mejía con 47 por ciento del sufragio.
Declarada inconstitucional
Una poderosa opositora a las primarias con padrón abierto obligatorio es la Junta Central Electoral, que sometió el proyecto de Ley de Partidos, el cual deja a cada agrupación la opción de decidir si lo hace con el padrón propio o el universal. El presidente de la JCE ha advertido de las complejidades que implicaría unas primarias con padrón abierto, simultáneas y organizadas y computadas por esa institución, y que tendría un costo económico similar a una elección nacional.
El doctor Julio César Castaños es coherente con la posición que sostuvo antes de presidir la JCE, pues fue precisamente la Fundación Derecho y Democracia, entonces bajo su presidencia, quien llevó un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 286-04 del 15 de agosto del 2004 que estableció la elección de los candidatos de los partidos mediante el voto universal, y organizadas de forma simultánea por la JCE.
El 16 de marzo del 2005, tras ser debidamente apoderada del recurso de inconstitucionalidad, la Suprema Corte d e Justicia que presidía el doctor Jorge Subero Isa, con una pléyade de juristas sin militancia política, declaró la inconstitucionalidad de la ley. Uno de los motivos fue que no indicaba la fuente del financiamiento de esa votación universal. Ahora tampoco, y unos aspiran a que los pague por completo el Estado y otros a que una parte salga del actual financiamiento estatal a las organizaciones políticas. En cualquiera de los dos casos sería incrementar la carga del presupuesto nacional.
¿Deciden Danilo y Leonel?
Después de tantos años de búsqueda de consenso sobre la Ley de Partidos, sería frustratorio que sólo los intereses de Danilo Medina y Leonel Fernández decidieran un aspecto tan importante como imponer a todos los partidos un único método de elección de candidatos, cuando la votación con el padrón de militantes podría ser también un mecanismo democrático, razón por la cual el proyecto de ley en discusión establece que tiene que estar registrado en la JCE y actualizado cada año. El padrón abierto sólo rige en Argentina, Chile, Uruguay recientemente se estableció en Honduras.
La imposición abriría las puertas a conflictos internos, y aumentaría la suspicacia sobre tan pronunciado interés. La convocatoria al universo en un país de tanta tradición de trampas y fraudes electorales, permitiría la compra masiva de votos entre una masa que sin incentivos materiales no acudiría. Aun en las elecciones congresuales y municipales, cuando fueron separadas, no se pasó de la mitad de los convocados. Para el 2020 la mitad de los electores serían alrededor de 3 millones y medio, bien amplio para el tráfico de votos a favor de candidatos propios o de otros partidos.
Los opuestos a la elección de candidatos con padrón universal abierto no ocultan sus temores de que una imposición del PLD al respecto, promovida por el grupo que hegemoniza el poder, conlleve los riesgos de empleo del patrimonio público para incentivar votos, para imponer la reelección y motivar otra reforma constitucional, para favorecer a un emergente continuista o para favorecer que en otros partidos ganen los preferidos del poder. Aducen que el control del millón de pobres que tienen tarjetas de subsidios del Estado sería una fuente de perversión. La imposición agudizaría la confrontación y la crisis del sistema político nacional.-
Análisis Noticiosos
Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.
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3 días agoon
mayo 21, 2026Por José Cabral
Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.
Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.
Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.
Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.
Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.
Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.
El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.
De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.
Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.
Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.
Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.
Por José Cabral
Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.
Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.
Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.
Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso de la especie, lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.
Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.
Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.
Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.
Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.
Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.
No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.
Análisis Noticiosos
La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.
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3 semanas agoon
mayo 6, 2026Por José Cabral
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.
Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.
La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.
Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.
Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.
Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.
Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.
Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.
En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.
La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.
