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Tras años de debates el caso Antipulpo entra en su fase final

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Santo Domingo, R.D.-Tres años y medio después, dado que el caso Antipulpo se inició en noviembre de 2020 cuando la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) ejecutó una serie de  operativos de allanamientos que resultaron en múltiples arrestos, las juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, conformado por Claribel Nivar, Clara Castillo y Jisell Soto, han marcado la ruta final del proceso.

En la audiencia de este lunes fue presentado Jonathan Ramón Gutiérrez Arias, un contador que fue contratado por Alexis Medina Sánchez para realizar un contraperitaje al realizado por el Ministerio Público a las empresas del hermano del expresidente Danilo Medina.

En este juicio de fondo ya se han conocido la mayoría de las ofertas probatorias de cada una de las partes. En la audiencia pautada para el próximo miércoles 19 de febrero se iniciará con presentación de las conclusiones finales. Entonces, finalizada esta parte, el tribunal decidirá una fecha de fallo.

Las juezas han pedido a las partes involucradas, estar presentes desde las 8:30 de la mañana en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva para evitar contratiempos.

Las juezas del Segundo Tribunal Colegiado que conocen el caso Antipulpo

Desde el 2020 el caso ha pasado por diversas fases, incluyendo la presentación de la acusación formal en diciembre de 2021 y el inicio del juicio de fondo en septiembre de 2023.

El abogado defensor Robinson Reyes estima que la evaluación final para emitir o no una condena, ha de tomarle un tiempo considerable a las juezas, debido al alto volumen de pruebas presentadas por las partes.

Lo que espera el Ministerio Público

El Ministerio Publico,  encabezado por Mirna Ortiz, procuradora de Corte y coordinadora de Litigación de la Pepca, espera lograr condenas ejemplares contra los acusados.

Obtener sentencias condenatorias con penas de prisión y decomiso de bienes adquiridos ilícitamente, así como recuperar los fondos públicos desviados mediante contratos fraudulentos y maniobras irregulares.

El Ministerio Público ha calificado este caso como un «ejemplo del compromiso con la lucha contra la corrupción en el país».


Alexis Medina, principal acusado del caso Antipulpo.

A los acusados en el entramado de corrupción se les señala de haber estafado al Estado dominicano con más de 5,000 millones de pesos.

En este juicio se sindica a Alexis Medina y otros encartados de asociación de malhechores y de desfalcar al Estado, aprovechando su condición de hermano del expresidente de la República, Danilo Medina, para, a través de diversas instituciones, negociar y así incurrir en corrupción.

Imputados

El proceso sigue contra Juan Alexis Medina Sánchez, a quien se le acusa de utilizar su influencia como hermano del expresidente Medina para organizar un entramado societario que alegadamente desviaba fondos del Estado dominicano mediante empresas interpuestas en los procesos de compras. «Estas empresas se beneficiaban de contratos fraudulentos obtenidos gracias a su posición de poder».

Así como contra Carmen Magalys Medina Sánchez, quien, en su calidad de vicepresidenta del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper), presuntamente habría facilitado procesos de compras simulados en beneficio de las empresas vinculadas al entramado liderado por su hermano. Por su parte, Fernando Manuel Rosa Rosa, expresidente del Fonper, presuntamente utilizó los recursos de la institución para fines proselitistas, incluyendo la construcción de viviendas destinadas a campañas políticas».

Fernando Rosa, uno de los acusados en el caso Antipulpo

El exministro de Salud Pública, Lorenzo Wilfredo (Freddy) Hidalgo Núñez, está acusado de participar en la adjudicación irregular de contratos a empresas vinculadas al entramado, permitiendo el desvío de fondos públicos. Rafael Antonio Germosén Andújar, como excontralor general de la República, presuntamente facilitó y encubrió las operaciones fraudulentas, impidiendo que fueran detectadas por los controles internos.

Aquiles Alejandro Christopher Sánchez, exdirector de Fiscalización de la desaparecida Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (Oisoe), es señalado de presuntamente aprobar y supervisar obras con sobrevaluaciones y pagos irregulares en beneficio de las empresas del entramado.

José Dolores Santana Carmona está acusado de ser uno de los principales testaferros, alegadamente prestando su nombre para la creación de empresas ficticias que canalizaban los fondos desviados. De manera similar, Wacal Bernabé Méndez Pineda está acusado de participar en la falsificación de documentos y la creación de empresas fantasmas para simular competencias en licitaciones públicas.

Libni Arodi Valenzuela Matos habría presuntamente participado en la elaboración de documentos falsos y gestionado empresas de carpeta que desviaban recursos hacia los líderes del entramado.

Paola Mercedes Molina Suazo está acusada de ser intermediaria en las transacciones financieras del entramado, facilitando el movimiento y lavado de fondos ilícitos. Carlos Martín Montes de Oca Vásquez, por su parte, habría creado y administrado empresas ficticias, mientras que Víctor Encarnación Matías Montero está imputado por colaborar en la logística de los fraudes, incluyendo la coordinación de entregas y servicios ficticios.

Francisco Ramón Brea Morel (Johnny Brea) habría falsificado documentos relacionados con la entrega de materiales como el AC-30 para justificar pagos millonarios por servicios no realizados. Rigoberto Alcántara, Carlos Alarcón Veras y Lina Ercilia de la Cruz están imputados por la administración y creación de empresas utilizadas para justificar los contratos fraudulentos.


Documentos del caso Antipulpo.

Pachristy Emmanuel Ramírez Pacheco, Antonio Florentino, José Miguel Genao, Fulvio Antonio Cabreja Gómez y José Idelfonso Correa son señalados por alegadamente facilitar la creación de empresas y estructuras financieras para el blanqueo de capitales, permitiendo que los recursos desviados llegaran a los líderes del entramado sin levantar sospechas.

Empresas vinculadas

Domedical Supply, Fuel American Inc. Dominicana S.R.L., General Supply Corporations S.R.L., General Medical Solution A.M. S.R.L., Kyanred Supply S.R.L., Suim Suplidores Institucionales Méndez, United Suppliers Corporations S.R.L.

También, Wattmax Dominicana S.R.L., WMI International SRL, Wonder Island Park S.R.L, Editorama S.R.L, Acorpor S.R.L, Centro de Medicina Reproductiva Integral y Atención Femenina (Cemeraf) S.R.L, Ichor Oil S.R.L., Globus Electrical, Contratas Solution Services CSS S.R.L.

Además, figuran también Constructora Alcántara Bobea (Conalbo) S.R.L., R&T Construcciones e Inversiones S.R.L., Proyectos Engineering & Construction Pic SRL, Reivasapt Investments SRL, Suhold Transporte y Logística.

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RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil y llama a la poblacion a estar alerta.

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Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.

El director de la Defensa CivilJuan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.

Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.

En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.

“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.

Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:

  • Mantener la calma
  • Identificar salidas seguras
  • Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.

“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.

Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.

“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.

También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.

En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:

Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.

Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.

Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.

“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.

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TC dispone devolver RD$8 millones a hombre y fija límites a retención de bienes

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Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) volvió a pronunciarse sobre un problema recurrente: la negativa de autoridades e instituciones a devolver bienes o recursos cuya retención ya no tiene sustento legal.

En una nueva sentencia, la alta corte ordenó al Banco Agrícola devolver ocho millones de pesos que permanecían retenidos pese a que habían cesado las medidas de coerción que dieron origen a la garantía económica.

La decisión se suma a otros fallos recientes del TC relacionados con la devolución de bienes y recursos vinculados a procesos judiciales, en los que el tribunal ha advertido que las autoridades no pueden mantener bajo su control dinero o propiedades cuando desaparece la causa legal que justificó la medida.

Posteriormente, el 3 de octubre de 2017, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana dictó un auto de no ha lugar y dispuso el cese de todas las medidas de coerción impuestas en ese proceso.

La entidad financiera alegó que la garantía estaba respaldada por un certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría Fiscal de La Romana y no a nombre de Michel, por lo que entendía que los fondos no podían ser entregados al reclamante. También sostuvo que este carecía de interés directo sobre esos valores y que la devolución podía afectar el patrimonio de la institución.

Ante la negativa, Michel presentó una acción de amparo alegando una vulneración de su derecho de propiedad. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió el recurso y, mediante una sentencia emitida en agosto de 2019, ordenó al Banco Agrícola devolver los fondos.

Los jueces verificaron que el dinero había sido aportado originalmente por Michel mediante un cheque de administración emitido por el Banco de Reservas y que esos recursos nunca fueron transferidos ni cedidos al imputado ni al Estado como propietarios de los fondos.

El TC concluyó que el certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría respondía al mecanismo utilizado para instrumentar la garantía judicial, pero no modificaba la titularidad del dinero.

«Resultaba jurídicamente improcedente la retención de los montos depositados», sostuvo el tribunal al confirmar la devolución de los 8 millones de pesos.

La alta corte recordó que el artículo 237 del Código Procesal Penal dispone que las garantías económicas deben cancelarse y los bienes afectados devolverse cuando cesa la medida que les dio origen.

Asimismo, reiteró un criterio fijado recientemente según el cual las personas que enfrenten la negativa de una autoridad a devolver bienes o valores cuya restitución sea obligatoria pueden recurrir al amparo de cumplimiento para exigir la ejecución de esa obligación legal.

Con esta decisión, el TC confirmó la devolución de los fondos reclamados por Michel y reafirmó que la retención de bienes o recursos no puede mantenerse cuando desaparece la causa legal que la justificaba.

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Los hermanos Espaillat van a juicio de fondo a la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

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Santo Domingo, R.D.-Fue apoderada para conocer el juicio de fondo contra Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set, acusados de su presunta responsabilidad en el colapso del techo  del referido establecimiento, tragedia que dejó como resultado la muerte de 236 personas y más de 180 heridos, la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

El expediente fue asignado al tribunal, presidido por la magistrada Clara Luz Almonte, mediante el sistema de sorteo aleatorio computarizado de la presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional, luego de que un juez determinara que debía seguir el proceso en un juicio de fondo.

Con este paso, la magistrada procederá próximamente a emitir el auto de fijación de audiencia para citar formalmente al Ministerio Público, a la defensa de los imputados y a las partes querellantes.

Tras un análisis exhaustivo del expediente, el magistrado tipificó los hechos como homicidio culposo o imprudente, rechazando la solicitud de un sector de las víctimas que buscaba que el caso fuera juzgado bajo la figura de homicidio voluntario.

Uno de los puntos relevantes de la decisión del juez Mejía es la exclusión del Ayuntamiento del Distrito Nacional, el Ministerio de Obras Públicas y otras instituciones estatales del proceso penal.

El juez argumentó que, ante la conducta procesal demostrada por los imputados, quienes han mostrado arraigo y disposición de asistir voluntariamente a las audiencias, la prisión preventiva no resulta procedente, recordando que en el sistema constitucional dominicano la libertad es la regla y la prisión la excepción.

No obstante, en el ámbito civil, el tribunal dictó medidas de coerción reales contra los imputados, consistentes en la inmovilización de bienes y medidas conservatorias para garantizar la reparación del daño a las víctimas.

El tribunal confirmó que las evidencias, tanto documentales como materiales, fueron recabadas respetando los derechos fundamentales y ajustándose a los artículos 140, 173, 174 y 197 del Código Procesal Penal, así como a la Resolución 38-69 de la Suprema Corte de Justicia.

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