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Opinión

¿A quién se busca con el caso Félix Bautista?

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Por Melvin Mañón

melvinHay varias preguntas importantes sobre el caso Félix Bautista.  Estas líneas tratan de responder algunas.

El expediente contra el señor Félix Bautista está bien documentado, fue hecho sin prisa y muy probablemente fue estructurado con la ayuda de técnicos extranjeros lo cual se pone de manifiesto al menos en dos aspectos. Primero, en ese expediente figuran piezas de información cuya existencia había sido negada a otros investigadores y solicitantes pero ahora entregadas con ayuda externa. Segundo, las operaciones de lavado se muestran comparando la condición de la persona y los bienes declarados y/o registrados en 1996 con los adquiridos y/o tramitados en otra fecha a partir de 2004 de manera que quedan al descubierto los cambios extraordinarios acontecidos cuando el Sr. Bautista y sus asociados estaban en el gobierno. Esta metodología, parece introducida por técnicos y/o asesores extranjeros.

¿Por qué estalla el caso en este momento?

El expediente contra el señor Félix Bautista apareció inmediatamente después del escándalo de los aviones Tucano denunciado en la prensa de los Estados Unidos. La denuncia sobre la operación de los aviones se originó, como las otras denuncias del otoño de 2012, en múltiples y concertadas publicaciones de prensa de los EEUU. De modo que, en ambos casos, el momento viene pautado, escogido, desatado desde Norteamérica. Pero esa concertación de denuncias en la prensa de los Estados Unidos todavía no nos dice ¿por qué?, ¿qué se busca y a quién se busca?

A QUIEN SE BUSCA ?

Todos sabemos que es imposible presentar, conocer y tramitar un expediente judicial por corrupción y lavado contra Félix Bautista sin interrogar e involucrar a Leonel Fernández.  Esa certeza lo enloquece a él pero nos ilumina en algo a nosotros.

Tengo la creencia de que, a quien realmente buscan los americanos es a Leonel Fernández siendo Félix Bautista solamente el camino para llegar hasta él. Y creo que la intención es múltiple. Sacrificar a Félix Bautista, quien se ha hecho muy visible y muy odioso y cerrarle el paso al proyecto político de Leonel de buscar la nominación por el PLD como una manera no solamente de tratar de volver al gobierno, sino de reforzar la inmunidad de la que se habían dotado él y los suyos antes de dejar el gobierno.

He dejado bien claro, en artículos previos y en mi libro Enigma que los norteamericanos tenían y tienen buenas razones y motivos para desconfiar de Fernández y para tratar de cerrarle el paso.

¿Por qué iba Leonel Fernández a perseguir de nuevo la presidencia en 2016? Hay quienes dicen que él está embriagado de poder, enloquecido con sueños de grandeza. Quizás sea cierto, pero no es necesario ir tan lejos. Leonel tiene razones prácticas para buscar la presidencia de nuevo. Busca protección contra cualquier intento de la justicia o de un gobierno por investigarlo y someterlo y necesita mantener su vigencia como el autor de la prosperidad de su tribu y el garante de la impunidad de todos.

Es esta perspectiva la que lo hace necesario y pone a los demás a gravitar alrededor suyo. Un nuevo mandato también le serviría para borrar rastros, añadirle tiempo al tiempo, cimentar el olvido y, tal vez, hasta para tratar de hacer cosas diferentes en la creencia de que una gestión bienhechora se sobrepone a todos los delitos cometidos en mandatos anteriores.

ACTITUD DE DANILO

Pero así como Leonel Fernández tiene razones claras y válidas para buscar la presidencia así mismo las tiene Danilo Medina para tratar de evitarlo temiendo que, un Leonel vengativo, de nuevo en la presidencia, se vuelva contra él y, con la falta de escrúpulos que lo caracteriza, intente masacrarlo.

El Lic. Medina, a mi juicio, no ha iniciado la guerra contra el clan Fernández, se ha visto obligado a tramitar un expediente y no puede devolverse. El Lic. Medina,  a mi juicio, tampoco ha iniciado estas acciones para buscar una reelección aunque está consciente de ser beneficiario del descrédito de Leonel y, como decía la antigua revista humorística Cachafú, aludiendo en Balaguer al apetito reeleccionista: “ni la pido ni la goloseo, pero si me la dan, me jondeo”.

Si el Lic. Danilo Medina no le daba curso a ese expediente hubiera aparecido como cómplice o encubridor de los delitos consignados en el expediente contra Félix Bautista. El Sr. Medina, al margen del pedimento o de las presiones de los americanos al respecto, no tenía intención de echarse encima semejante culpa. Ya bastante había hecho a favor de Leonel Fernández y su grupo respetando el acuerdo de impunidad suscrito con ellos como condición para buscar la presidencia de la república y por el que su reputación ha sufrido duros ataques y eso es sin contar las sogas con las cuales Leonel tejió la ataduras que todavía hoy lo tienen maniatado.

Además de no haber podido evitar la tramitación del expediente, el Sr. Medina tampoco puede destituir al procurador sin que esa destitución lo ensucie a él mismo poniéndolo de nuevo como cómplice, como cobarde o como encubridor. El tampoco quiere verse en esa situación más allá de lo que ya le ha sido imputado.

¿JUSTICIA O CIRCO?

Mientras tanto, ¿cómo avanza el expediente? En el enfrentamiento ministerio público contra jueces se juega mucho mas que el destino de este caso y todos los actores lo saben. Sin soporte externo el ministerio público colapsa a la corta o a la larga. Los acusados apuestan a la tardanza, los incidentes, el cansancio, la falta de voluntad y el olvido. La opinión pública no sabe por donde irse. Quiere justicia pero teme que le den circo. El sistema político, en candidaturas cuando debería estar en la oposición.

La Suprema Corte, designada y controlada por Leonel Fernández, designa dos jueces. Uno, Frank Soto, para el tema de los bienes de Félix Bautista y otro, Alejandro Moscoso Segarra, para conocer el fondo. Pero todo el mundo sabe que ambos jueces son dirigentes del PLD, íntimos amigos y, a decir de muchos, incondicionales de Leonel Fernández.

Por tanto, no se espera que hagan otra cosa que servir a su patrón. Mientras tanto, en medio de la coreografía montada, Leonel activa un grupo de abogados para que “voluntariamente” sometan al procurador y unos 50 legisladores hacen ruido denunciando y saliendo en defensa de Félix Bautista.

LOS NORTEAMERICANOS

 ¿Qué harán los norteamericanos si la suprema insiste –como se espera- en festinar y aplazar el caso?¿Qué hará el crimen organizado del cual estas mafias del gobierno son parte?¿Qué hará la sociedad dominicana? ¿Qué harán los empresarios?.

Solamente puedo hablar de lo que haré y no me decido a apoyar al procurador ni al gobierno, pero estoy más que dispuesto a hacer todo lo posible para empujar a ambos. Y empujar es lo que intento; que cumplan con su deber, que honren la autoridad sobre ellos conferida.

Algunas sociedades como la colombiana pudieron sobrevivir a los estragos de la parapolítica y el narcotráfico y recuperarse porque sus tribunales y jueces aunque heridos no sucumbieron al crimen. Ese no es el caso nuestro y nadie quiere imaginarse las consecuencias.

 

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Opinión

La Misma Falsa en Todos los Escenarios.

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Por José Cabral

Por doquier se escucha la misma queja de que la sociedad dominicana ha desarrollado una cultura del engaño y el fraude.

Este problema tiene necesariamente que generar mucha preocupación y angustia, porque lo que ocurre nadie se atreve a negar que es una amenaza latente en contra de todos y cada uno de los dominicanos.

El país está atrapado por los cuatro puntos cardinales, cuyas consecuencias impactan a los de abajo, los del medio y los de arriba social y económicamente hablando.

Y esto hay que traerlo a colación porque si vamos a los tribunales en busca de justicia es el mismo escenario de la negación de derechos y justificación y estimulación de lo mal hecho.

No importa el circulo en que uno se mueva, el lenguaje es el mismo, la justificación de lo injustificable.

Es una cultura que no es fácil de erradicar, ya que los principales promotores del robo, el fraude e incluso de los asesinatos porque estimulan la vía de hecho, son los tribunales penales.

Son escenarios con un nivel de solemnidad que engañan al más inteligente y bonito, como el debate presidencial, cuyos participantes y aspirantes a dirigir el país, quienes  debían estar presos en vez de aparecer por televisión para justificar sus aspiraciones, son los mejores exponentes de la «decencia nacional».

Es “cogío# que estamos, no parece haber escapatorias porque esas conductas los primeros en legitimarlas y justificarlas son los propios ciudadanos, los votantes, los perjudicados con unas acciones que dañan toda la nación.

La verdad que no se ve clara la salida a esta situación que genera una gran incertidumbre, ya que es muy poco lo que sirve.

Haga una reflexión y escoja el escenario que le parezca y comprobará que cualquiera se llena de pesimismo si es que usted ama el aspecto humano de la vida, de lo contrario tal vez no se alarme.

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Opinión

Es hora de frenar el monstruo…

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Por Isaías Ramos

El 14 de enero de este año, nuestra nación fue víctima de una de las peores ignominias que puede sufrir nuestra frágil democracia: la ruptura de nuestra Carta Magna. Con la promulgación de la Ley 1-24, que pretende instaurar la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), se busca intimidar a la población y consolidar una tiranía que creíamos superada hace más de seis décadas.

Esta ley desafía abiertamente la Constitución que nos rige. Según el artículo 261, el sistema de inteligencia debe estar subordinado a instituciones independientes, como las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, asegurando así su supervisión y alineación con el interés nacional. No obstante, el artículo 8 de la Ley 1-24 coloca la DNI directamente bajo el presidente, otorgándole un poder ilimitado que es tanto peligroso como inestable.

La historia nos ofrece lecciones claras sobre los peligros de un poder sin restricciones. Tácito, el historiador romano, advirtió: «El poder nunca es estable cuando es ilimitado». Este poder concentrado en una sola figura no solo va en contra de nuestras leyes fundamentales, sino que es una receta para el abuso y la corrupción.

Esta ley se levanta como un monstruo de múltiples cabezas que, de no ser detenido, destruirá los cimientos de esta débil democracia, llevándose consigo nuestra libertad y nuestros derechos más preciados: nuestra dignidad.

La implementación de esta ley podría llevarnos por un camino oscuro, similar al sufrido por ciudadanos en países como Nicaragua, Venezuela y Cuba, donde los servicios de inteligencia se han utilizado como herramientas para reprimir la disidencia y mantener a los líderes autoritarios en el poder.

La historia reciente de la activista de derechos humanos Rocío San Miguel, detenida arbitrariamente, y de algunos dirigentes de la líder opositora María Corina Machado en un país bajo un régimen con leyes similares, nos sirve como un presagio sombrío de lo que podría suceder aquí. Sus experiencias de miedo, represión y violencia son un claro recordatorio de lo que está en juego.

Es imperativo que reconsideremos esta legislación y evaluemos sus impactos potenciales no solo en nuestra seguridad, sino en nuestra libertad.

El Frente Cívico y Social (FCS) comprende profundamente estas consecuencias y, por eso, instamos a la población a tomar una postura firme. Si esta ley no es derogada o modificada para alinearse con nuestros principios constitucionales antes de las elecciones del 19 de mayo, llamamos a la ciudadanía a abstenerse de votar o emitir un voto nulo. Esta acción de desobediencia civil no es solo un derecho, sino un deber cívico.

El sistema actual nos desmoraliza, nos lleva a vivir en un estado de desestabilización y crisis, causando miedo y terror que nos quitan el poder de razonar y pensar en lo verdaderamente importante.

De continuar indiferentes ante este enorme desafío, visualizamos un futuro donde el miedo y la represión se convertirán en la norma, y donde las libertades que tanto costaron conquistar serán solo un recuerdo lejano. Frente a este escenario, debemos recordar que aún tenemos la oportunidad de redirigir el rumbo de nuestra nación.

Defender nuestra libertad es ahora. No podemos permitir que las sombras de un pasado autoritario oscurezcan nuestro presente y nuestro futuro. Alcémonos con valor y compromiso, preparados para actuar y proteger lo que más valoramos. Solo así podremos superar las adversidades y fortalecer los pilares de nuestra democracia.

En el FCS estamos muy claros de que el futuro está en nuestras manos, y el momento de actuar es ahora. No esperemos más para defender nuestro sistema democrático y asegurar un mañana más prometedor y justo para todos. ¡Despierta, RD!

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Opinión

La condena de cadena perpetua  impuesta por la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Díaz

El artículo 77 del Estatuto de Roma faculta a la CPI para imponer la condena de cadena perpetua, pero solo en aquellos casos en que se justifique debido a la extrema gravedad  del crimen y las circunstancias individuales del condenado.

De otra manera, la pena máxima para los delitos del Estatuto de Roma es de 30 años  de prisión. Algunas constituciones prohíben la cadena perpetua  o el término de 30 años de prisión  por considerar que estas penas  no prevén una oportunidad  para la rehabilitación, o que no son proporcionales  con la naturaleza del crimen.

Sería difícil argumentar que los largos periodos de prisión son desproporcionados  respecto a la mayoría de los crímenes de la competencia de la CPI, particularmente cuando la cadena perpetua  debe ser justificada  por la ̈extrema gravedad  del crimen ̈. Tal condena solo se impondrá a aquellos que tengan el más alto nivel de responsabilidad  en la comisión de los mas graves  crímenes, tales como  el genocidio.

Adicionalmente, el Estatuto de Roma prevé la posibilidad de la rehabilitación. Según el artículo 110, la Corte deberá  revisar todas las condenas de prisión cuando el recluso  haya cumplido las dos terceras partes  de la pena o 25 años de prisión en caso de cadena perpetua para determinar si esta puede reducirse.

En el punto anterior la CPI  considera estos aspectos como si la persona hubiese asistido  a la Corte con la localización de cualquier bien objeto de una multa, decomiso u órdenes de reparación que pudiesen beneficiar a la víctima.

La CPI también podrá tomar en consideración  ¨otros factores indicados en las Reglas de Procedimientos y Prueba, que permitan determinar un cambio en las circunstancias suficientemente claro  e importante como para justificar la reducción de la pena¨

Por consiguiente una cadena perpetua  podría reducirse  a 25 años de prisión en algunos casos. Si la CPI decide no reducir la sentencia de la persona después de la primera revisión, volverá a examinar la cuestión con la periodicidad y con arreglo  a los criterios indicados en las Reglas de Procedimientos y Prueba.

Durante las negociaciones sobre las penas de la CPI, muchos Estados estuvieron a favor de la aplicación de la pena de muerte en los casos extremos. El numero de Estados con pena de muerte  es poco menor que el de aquellos que no tienen pena de muerte.

No existe la oportunidad  para rehabilitación alguna cuando se impone la pena de muerte. Por ende la cadena perpetua con la posibilidad de reducirla a 25 años, es un compromiso  razonable entre la pena de muerte y la prisión máxima de 30 años.

Los Estados deberán recordar que el artículo 80 del Estatuto de Roma expresamente establece que el Estatuto no afecta la aplicación por parte de los Estados de aquellas penas prescritas por su propio derecho interno , ni afecta la ley de aquellos Estados  que no impongan las penas prescritas en el Estatuto de Roma.

Los Estados Partes no deben imponer las mismas penas por los mismos delitos en su jurisdicción, ni deberán aplicar las condenas de prisión  a no ser que voluntariamente lo quieran hacer. En este caso, los Estados podrán también especificar las condiciones bajo las cuales  aceptarían a las personas condenadas, inclusive la condición de no aplicar la cadena perpetua.

Por consiguiente, los Estados Partes que cuenten con las disposiciones constitucionales que prohíban la imposición de la cadena perpetua  solo necesitaran permitir la excepción de entregar a la persona a la CPI, pese a que tal persona pueda ser condenada a cadena perpetua.

Los Estados Partes del Estatuto de Roma deberán entregar a la persona acusada a la CPI cuando ésta así lo solicite, aún si existe la posibilidad de que dicha persona sea condenada a cadena perpetua.

En el caso de muchos Estados, la potestad de la CPI para imponer la cadena perpetua no necesitará la aplicación de medidas legislativas particulares. Sin embargo, en algunos Estados la constitución explícitamente prohíbe la extradición de una persona a un Estado  donde se aplica esta pena , o que declara la cadena perpetua como un castigo cruel. Estos Estados cuentan con dos opciones:

  1. a)Establecer claramente, en la norma que implemente el Estatuto, la distinción entre la extradición de una persona a otro Estado y la  entrega de una persona a la Corte Penal Internacional.

Algunos Estados podrán realizar esta distinción en su legislación, lo cual les permitiría entregar personas a la CPI aunque existan una restricción  a la ¨extradicion¨de personas a tribunales que impongan la pena de cadena perpetua. Esto les permitiría mantenerla prohibición de extraditar una persona a un tribunal extranjero, sin interferir con la habilidad de cooperar plenamente con la CPI.

  1. b)La reforma a la Constitución podría ser mínima, dirigida solo a la introducción de una excepción al principio. Podría especificarse que la cadena perpetua impuesta por la CPI de conformidad con el Estatuto de Roma para algunos de los crímenes allí enumerados no viola la Constitución.

Debería también mencionarse  que el Estado puede entregar a la persona acusada a la CPI a pesar de que exista la posibilidad de la cadena perpetua. La enmienda constitucional  podría también mencionar que la CPI puede reducir la condena  después de 25 años, existiendo así la posibilidad de la rehabilitación.

Finalmente, la ventaja de una  reforma constitucional que elimina cualquier posibilidad de un conflicto normativo, garantiza que los tribunales nacionales dicten sus fallos de conformidad con sus obligaciones legales establecidas en el Estatuto de Roma.

Rommelsntosdiaz@gmail.com

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