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Abandono defensa de imputado del Caso Nido constituye una desconsideración a las víctimas

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Santo Domingo.- Considerada como una desconsideracion hacia las víctimas del caso Nido  y una burla al proceso penal, estimó el Ministerio Público la asegurada   renuncia colectiva de los abogados de la defensa del imputado Emmanuel Rivera Ledesma, sobre todo luego de que el órgano persecutor del crimen y el delito tener dos meses de presentacion de pruebas.

Rivera Ledesma fungía como cabecilla de la red que estafó a cientos de personas utilizando como fachada supuestos proyectos inmobiliarios y que fue desmantelada mediante la Operación Nido.

La procuradora de corte Magalys Sánchez y la fiscal Laura Vargas Toledo deploraron la conducta asumida por los encartados a través de sus defensas técnicas, quienes abandonaron el proceso cuando se acercaba su término.

“Estamos indignados por el comportamiento que han mostrado los imputados a través de sus defensas técnicas que en el día de hoy se destaparon con una renuncia colectiva”, dijo Sánchez.

Indicó que, si bien una de las defensoras alegó que abandonaba el proceso para atender su estado de gestación, la otra defensa, “perteneciente al bufete Fortiori Consultores Legales, también, renunció, sin presentar excusa alguna”.

Indicó que esta conducta provoca la ruptura del principio de inmediación, luego de que el Ministerio Público agotara más de dos meses de desahogo de pruebas, encontrándose ya en la fase final de incorporación de estas y próximo al discurso de cierre y al pedimento de las condenas en un plazo razonable.

“Han mostrado el imputado y su defensa una desconsideración y una burla hacia el proceso, hacia las víctimas y hacia la misma sociedad”, puntualizó.

Lamentó, además, el impacto humano y económico que esta conducta procesal tiene sobre las víctimas. “Con esta decisión, han revictimizado a las víctimas, ya que las mismas han tenido que incurrir en pagos de vuelos y pagos de abogados para estar presentes durante el proceso”, señaló.

Tras la renuncia de la defensa, los jueces Keyla Pérez Santana, Elías Santini y Arisleyda Méndez Batista, del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, aplazaron ayer martes la audiencia hasta el 9 de diciembre, a las 9:00 de la mañana, fecha en la que el procesado Rivera Ledesma deberá tener apoderado un nuevo abogado para el proceso que cursa en su contra o agotará el procedimiento para que sea representado por la Defensoría Pública.

Además de Emmanuel Rivera Ledesma, son acusados en el proceso Escarlet Mercedes Cruz Figueroa, Emmanuel Eduardo Rivera Pichardo, Mirna Catalina Rivera Ledesma, Reilin Arismendy Rosario García y Juan Omar Rosario López, así como las entidades comerciales Inmobiliaria Diseños Arquitectónicos (Indisarq) SRL y CRD Equipos Pesados SRL, quienes fueron enviados a juicio en mayo de este año.

Tras el inicio del juicio de fondo, el órgano acusador culminó, el pasado 29 de agosto, la lectura de la acusación presentada por la Dirección General de Persecución del Ministerio Público junto a la Fiscalía del Distrito Nacional, luego de múltiples aplazamientos, dando paso a la reproducción de pruebas.

El documento detalla cómo, junto a las referidas empresas, conformaron una estructura delictiva dedicada a estafar a cientos de personas, en el país y en el extranjero, mediante la oferta de supuestos proyectos inmobiliarios.

De acuerdo con la acusación, los imputados captaban a las víctimas con promesas de entrega de apartamentos y locales comerciales que nunca se materializaron, a pesar de que estas entregaron sumas millonarias de dinero.

Los fondos eran depositados en cuentas bancarias vinculadas a las compañías del entramado y a algunos de los imputados, y, posteriormente, dilapidados, sin que a la fecha las víctimas hayan recibido las unidades inmobiliarias adquiridas.

El Ministerio Público sostiene que, como consecuencia de este esquema fraudulento, las víctimas sufrieron graves daños económicos y emocionales, y que el monto aproximado de la estafa asciende a más de RD$235 millones y más de US$10 millones, sumas que deben ser resarcidas en favor de las víctimas de este proceso.

Los imputados enfrentan cargos por estafa, falsificación de documentos, asociación de malhechores y lavado de activos, en violación de los artículos 265, 266, 405, 59, 60 y 147 del Código Penal dominicano.

La investigación arrojó que la red criminal utilizaba las empresas Indisarq SRL y CRD Equipos Pesados SRL como instrumentos para ejecutar los fraudes, ofertando propiedades inexistentes en supuestos proyectos inmobiliarios.

La red fue desmantelada tras 25 allanamientos llevados a cabo en las provincias de San Cristóbal, Dajabón, Espaillat, Sánchez Ramírez y el Distrito Nacional, donde se incautaron múltiples propiedades y bienes pertenecientes a los acusados, quienes, según el expediente, llevaban un estilo de vida lujoso financiado con los fondos obtenidos de las víctimas.

Entre las pruebas recolectadas, el Ministerio Público indicó que Emmanuel Rivera Ledesma utilizaba el nombre de figuras públicas conocidas para ganar la confianza de las víctimas, sin ningún vínculo real con dichas personalidades.

Asimismo, tras el inicio de las investigaciones, intentó disuadir a las víctimas de presentar o mantener las querellas en su contra, firmando nuevos contratos fraudulentos con el objetivo de evitar enfrentar cargos legales y obstruir el proceso judicial.

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Suprema Corte mantiene condena de RD$2 millones contra Jean Alain Rodríguez a favor de Marino Zapete

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La Primera Sala declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el exprocurador al considerar que no acreditó el interés casacional exigido por la Ley 2-23

SANTO DOMINGO.– La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dejó vigente la condena que ordena al exprocurador general de la República Jean Alain Rodríguez Sánchez pagar una indemnización de RD$2 millones al periodista Marino Zapete Corniel, por concepto de daños morales relacionados con la salida del aire de su programa El Jarabe de Zapete.

La decisión fue adoptada por el tribunal presidido por Justiniano Montero Montero e integrado por los magistrados Samuel Arias Arzeno, Édynson Alarcón y Miguelina Ureña Núñez, al declarar inadmisible el recurso de casación presentado por Rodríguez Sánchez.

La Suprema Corte determinó que el recurrente no acreditó la existencia de interés casacional, requisito establecido por la Ley núm. 2-23 sobre Recurso de Casación.

Como consecuencia, permanece vigente la sentencia dictada el 26 de agosto de 2024 por la Tercera Sala Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que revocó una decisión de primer grado y estableció la responsabilidad civil del exprocurador.

Condena incluye interés judicial

Además de los RD$2 millones por daños morales, la decisión contempla el pago de un interés judicial de 1.5 % mensual, computado desde la notificación de la sentencia hasta su ejecución total.

La Corte de Apelación había rechazado, sin embargo, la demanda interpuesta contra Maybeth Rodríguez Sánchez, hermana del exprocurador, y determinó que tampoco fueron demostrados los daños materiales reclamados por Zapete.

El origen del conflicto

El litigio tiene su origen en informaciones difundidas por Marino Zapete el 25 de septiembre de 2019, durante una emisión de El Jarabe de Zapete, transmitido entonces por Teleradio América.

El periodista abordó contratos suscritos entre el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y Grupo Asimra, SRL, relacionados con el suministro de cemento asfáltico AC-30.

Dos de esos contratos habían sido firmados en 2017 por Maybeth Rodríguez Sánchez en representación de la empresa.

Tras las informaciones divulgadas, Zapete solicitó que las contrataciones fueran investigadas. Maybeth Rodríguez respondió mediante una comunicación en la que negó ser o haber sido suplidora del Estado y posteriormente presentó una acusación penal privada por difamación contra el comunicador, acción de la que desistió en 2020.

Zapete sostuvo en su demanda que Jean Alain Rodríguez ejerció presiones para que se retractara de sus señalamientos y que, ante su negativa, posteriormente se produjo la salida del aire de su programa. El periodista atribuyó a esos hechos los daños reclamados judicialmente.

Demanda fue rechazada inicialmente

En 2022, el tribunal de primera instancia rechazó la demanda al considerar insuficientes las pruebas presentadas.

La decisión fue posteriormente revocada por la Corte de Apelación, que estableció responsabilidad civil a cargo de Jean Alain Rodríguez y fijó en RD$2 millones la indemnización por daños morales.

Rodríguez recurrió la sentencia en casación alegando, entre otros aspectos, violaciones a su derecho de defensa, deficiencias en la motivación y valoración de las pruebas y cuestionamientos relacionados con la participación de una magistrada en la decisión de apelación.

SCJ no encontró acreditado el interés casacional

Al examinar los requisitos de admisibilidad, la Primera Sala concluyó que Rodríguez Sánchez no demostró que la sentencia impugnada contradijera jurisprudencia establecida por esa jurisdicción, que existieran criterios contradictorios entre tribunales sobre el asunto planteado o que fuera necesario establecer doctrina respecto de normas jurídicas inéditas.

Por esas razones, el recurso fue declarado inadmisible, sin que la Suprema Corte modificara la condena impuesta por la Corte de Apelación.

La SCJ también examinó el cuestionamiento relacionado con la magistrada Maritza Elupina Capellán Araujo. Determinó que la jueza había integrado el tribunal durante el conocimiento del proceso y que no fue recusada durante el trámite correspondiente.

Asimismo, estableció que su ausencia como firmante de la sentencia definitiva respondió a un error material, circunstancia que, según la Primera Sala, no afectó la validez de la decisión recurrida.

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Dictan tres meses de prisión preventiva contra acusado por muerte de joven.

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Lenin Jhericop Núñez de León deberá cumplir la medida de coerción en Najayo Hombres; el caso se originó tras una negociación para adquirir un iPhone 15 Pro Max

SANTO DOMINGO.– Un tribunal del Distrito Nacional impuso este miércoles tres meses de prisión preventiva contra Lenin Jhericop Núñez de León, señalado como presunto responsable de la muerte de Emmanuel Contreras Medina, de 23 años, quien fue agredido en medio de una negociación relacionada con la compra de un teléfono celular.

La medida de coerción fue dictada por el juez Rigoberto Sena, quien dispuso que el imputado cumpla la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres. La audiencia se desarrolló en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva bajo un amplio dispositivo de seguridad.

Una negociación por un iPhone terminó en tragedia

De acuerdo con la solicitud de medida de coerción, el hecho ocurrió el pasado 1 de julio, en los alrededores de un play ubicado en el sector Los Praditos, Distrito Nacional.

El Ministerio Público sostiene que Núñez de León habría perseguido a Contreras Medina y posteriormente lo habría golpeado con un bate en la cabeza y la espalda.

El incidente habría tenido su origen en una confusa negociación para adquirir un iPhone 15 Pro Max, anunciado a través de Facebook Marketplace. Según el expediente, en la operación también intervino un tercer hombre que actualmente se encuentra prófugo.

Las autoridades sostienen, además, que después de la agresión el imputado habría tomado el teléfono celular que Emmanuel tenía entre sus pertenencias mientras permanecía tendido en el pavimento.

Emmanuel permaneció ingresado hasta su fallecimiento

Contreras Medina resultó gravemente herido y permaneció bajo cuidados intensivos hasta que falleció el 9 de septiembre en el Hospital Traumatológico Ney Arias Lora.

La solicitud de medida de coerción fue presentada por los fiscales Vladimir Viloria y Kelvyn Colón Rodríguez. En la audiencia también participaron representantes de la Fiscalía del Distrito Nacional y de la Dirección General de Persecución.

Según los fiscales litigantes, el tribunal consideró suficientes los presupuestos presentados para imponer la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público.

Defensa rechaza responsabilidad del imputado

La defensa cuestionó la medida de coerción. La abogada Dianiris Perderaux sostuvo previamente que en los hechos participaron varias personas y rechazó que su representado fuera responsable de provocar la muerte de Contreras Medina.

Por su parte, Hugo Contreras, padre de Emmanuel, manifestó satisfacción por la decisión judicial y agradeció el respaldo recibido por su familia. También expresó su esperanza de que el proceso continúe hasta esclarecer completamente el caso.

La imposición de prisión preventiva constituye una medida de coerción y no una declaración de culpabilidad. El proceso penal deberá continuar hasta que los tribunales determinen las responsabilidades correspondientes.

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Corte retoma apelaciones del caso Antipulpo; Ministerio Público procura elevar condenas

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Los jueces revisan las decisiones dictadas en primera instancia mientras el órgano acusador busca aumentar las penas y obtener condenas contra imputados que fueron descargados

SANTO DOMINGO, República Dominicana.– La corte continúa este martes el conocimiento de los recursos de apelación relacionados con el caso Antipulpo, proceso mediante el cual condenados, el Ministerio Público y otras partes procuran la revisión de decisiones adoptadas en primera instancia.

Las audiencias se desarrollan los martes, en horario aproximado de 10:00 de la mañana a 4:30 de la tarde, como parte de una fase judicial que deberá determinar si las decisiones recurridas son confirmadas, modificadas o revocadas conforme a los argumentos y pruebas sometidos por las partes.

El Ministerio Público mantiene su pretensión de que sean incrementadas algunas de las condenas impuestas y que se establezca responsabilidad penal respecto de personas que resultaron descargadas en primera instancia.

El órgano persecutor ha sostenido durante el proceso que el entramado investigado habría ocasionado al Estado dominicano un perjuicio económico superior a RD$5,000 millones, planteamiento que corresponde a la tesis de la acusación.

Tribunal retoma audiencia tras aplazamiento

La corte está integrada por los magistrados Doris Pujols Ortiz, Rafael Báez e Indhira Montás Pimentel, quienes tienen a su cargo la revisión de los recursos interpuestos contra la sentencia.

La audiencia anterior fue aplazada a solicitud de la defensa de José Idelfonso Correa, luego de que fuera presentado un certificado médico indicando que se encontraba en recuperación tras una intervención quirúrgica.

Superado ese aplazamiento, el tribunal retoma el conocimiento de los recursos y continuará escuchando los planteamientos de las diferentes partes involucradas.

Ministerio Público mantiene petición de penas mayores

En representación del Ministerio Público participan Wilson Camacho, director general de Persecución; Mirna Ortiz, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), así como los fiscales Ernesto Guzmán Alberto, Elizabeth Paredes y Yoneivy González.

La acusación busca que la jurisdicción de alzada modifique parcialmente las decisiones adoptadas en primera instancia.

Entre sus pretensiones se encuentra conseguir penas superiores para determinados condenados, además de revertir los descargos pronunciados respecto de otros procesados.

Las defensas, por su parte, ejercen los recursos y medios correspondientes para cuestionar aquellos aspectos de la sentencia que consideran desfavorables a sus representados.

Los principales procesados

Entre las personas que recibieron condenas en primera instancia figura Juan Alexis Medina Sánchez, a quien el Ministerio Público ha señalado como principal responsable del entramado investigado.

También fueron condenados Magaly Medina Sánchez; Fernando Rosa, exdirector del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper); Freddy Hidalgo, exministro de Salud Pública; Antonio Germosén Andújar, excontralor general de la República, y Aquiles Alejandro Christopher Sánchez, exfiscalizador de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE).

La etapa de apelación no constituye un nuevo juicio desde cero, sino una revisión jurisdiccional de los aspectos de la sentencia que han sido impugnados por las partes, conforme a las reglas del proceso penal.

Un proceso que continúa abierto

El denominado caso Antipulpo ha sido uno de los procesos judiciales por presunta corrupción administrativa de mayor dimensión económica presentados en los últimos años en República Dominicana.

Sin embargo, el proceso todavía no ha concluido definitivamente.

La corte deberá ponderar individualmente los argumentos contenidos en los recursos, las respuestas de las demás partes y los fundamentos de la sentencia recurrida antes de adoptar sus decisiones.

Por tanto, será la jurisdicción de apelación la que determine cuáles condenas permanecen, cuáles podrían ser modificadas y qué decisión corresponde respecto de las personas descargadas cuya absolución fue recurrida por el Ministerio Público.

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