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Análisis Noticiosos

Abaratar el alto costo de la política y promover equidad y democracia

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Los líderes políticos, sobre todos los gobernantes, siguen bailoteando las reformas electorales, cuyos objetivos fundamentales hace un cuarto de siglo  que fueron identificados, y hasta objeto de repetidos consensos e introducciones al Congreso    

Por Juan Bolívar Díaz

A pesar de múltiples esfuerzos una comisión bicameral, que parece bien empeñada, fracasó en su propósito de aprobar el proyecto de Ley de Partidos antes que concluyera la primera legislatura del 2017, lo que mantiene incertidumbres sobre el del Régimen Electoral, mucho más extenso y conflictivo.

Las cúpulas partidarias, especialmente la gobernante, siguen evadiendo las reformas del sistema político y electoral, aún con la presión de la indignación popular que demanda el fin de la corrupción y la impunidad, para lo cual será necesaria una profunda reforma política e institucional.

Se quedó la Ley de Partidos

De nuevo concluyó una legislatura sin que se aprobara el proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas, y ya nadie sabe cuántas han pasado desde la primera vez que fue sometido al Congreso en el 2001, aunque esta vez contó con el apoyo diligente del presidente de la comisión bicameral que busca consensuarlo, el senador Arístides Victoria.

La comisión, integrada por representantes de los diversos bloques partidarios, se había propuesto aprobar el proyecto de Ley de Partidos en la legislatura que concluyó el 26 de julio. Después de haber logrado consenso en 74 de los 77 artículos del proyecto, quedaron empantanados en los referentes a las elecciones primarias, el tope de financiamiento y gastos y la participación de la mujer en las candidaturas y los cargos directivos de los partidos.

Para no dejar dudas sobre dónde radican los obstáculos, aún después de concluida la legislatura, los comisionados se han dedicado a visitar a los líderes de los partidos buscando que bajen instrucciones, diligencia que ya hicieron con el gobernante PLD, con el Reformista Social Cristiano y con el bloque de partidos emergentes Tienen pendiente ser recibidos por el presidente Danilo Medina, el PRM y al PRD.

Primarias simultáneas o no

Uno de los desacuerdos más pregonados durante años ha sido en torno a si las elecciones primarias, para escoger candidatos, se realizan simultáneamente y con el padrón nacional de la Junta Central Electoral (JCE) o con el padrón partidario y en la fecha que escoja  cada   partido. Hay quienes creen que ese  desacuerdo oculta la renuncia de las cúpulas a establecer un orden democrático que reduciría su poder casi omnímodo.

La diferencia podría haber sido salvada dejando a opción de cada partido el sistema a adoptar, con la condición de que si es con el padrón propio, éste tenga que ser depositado ante  la JCE siquiera con 3 meses de anticipación. Según adelantó Victoria, la mayoría de los partidos prefieren la elección primaria simultánea, con el padrón de la JCE y que esta cargue con la organización y procesamiento de las votaciones, lo que pudiera en devenir en fuente de conflictos, pues tendrían que escrutar al mismo tiempo los votos recibidos por miles de precandidatos a los cargos, que en la municipal serán unos 3,800 por partido.

Más  renuencia parece haber sobre el establecimiento de topes de gastos por candidaturas, como mecanismo para reducir el poder del dinero, a menudo de origen corrupto estatal o de lavado privado, en las posibilidades de elección.

La demanda de legisladoras porque se imponga la paridad de género en las candidaturas y la dirección de los partidos es la otra fuente de discordia. Parece exagerada si se tiene en cuenta que nunca se ha cumplido a cabalidad la cuota de candidaturas de la mujer, ni cuando era del 25 por ciento y menos al subirse al 33 por ciento. La transacción podría ser elevarla  al 40 por ciento, promoviendo la equidad sin imponer una igualdad que no existe en la actividad política,. y extendiéndola por primera vez a los cargos directivos.

Del Régimen Electoral     

            Más difícil será el abordaje del proyecto de ley del Régimen Electoral, más extenso y conflictivo, pues ya no se trataría de regular los procesos electorales de dirigentes y candidatos, y garantizar la democracia interna, la transparencia y la rendición de cuentas de los partidos, sino la competencia por el poder del Estado.

El proyecto de la JCE para la Ley de Partidos recoge gran parte de las demandas que han sido objeto de numerosos consensos desde el patrocinado por la Fundación Siglo 21 en 1992-93, y aún así lleva unos 17 años dando vuelta en el Congreso. El del Régimen Electoral presentado por el mismo organismo, data del 2011 y es más limitado, por lo cual ha recibido múltiples adiciones de los partidos y de las instituciones de la sociedad civil interesadas en la materia, como Participación Ciudadana, la Fundación Institucionalidad y Justicia y otras.

Este segundo proyecto, que sería abordado por la comisión bicameral cuando alcance consenso sobre el primero, implicará una mayor voluntad del liderazgo político por privilegiar el interés nacional, sobre el partidario, siendo mayor el desafío para el PLD que ahora controla casi todo el poder estatal, como nunca antes en la todavía incipiente democracia nacional. El PRD tuvo mayoría relativa en la Cámara de Diputados y absoluta en el Senado en el período 1998-06, pero no hizo esfuerzos suficientes por la ley de Partidos y menos para las reformas político-electorales integrales.

Con la presión adicional de la Marcha Verde todo el sistema político está desafiado a reformas que contribuyan a cerrar el camino de la corrupción y la impunidad, que comienza en las campañas electorales e incluye el rentismo empresarial y el clientelismo popular, los abusos de los poderes del Estado y la utilización de dinero proveniente del Estado y del lavado de activos, incluyendo el narcotráfico.

Bajar el costo a la política

            El primer objetivo de la ley del Régimen Electoral debería ser la rebaja del altísimo costo de la política en el país, que debe comenzar con la estricta reducción de las campañas internas y generales a no más de tres meses, con sanciones al que se adelante a realizar actividades de propaganda o abierta promoción de candidaturas, topes de gastos para los partidos, precandidatos o candidatos, con límites y transparencia de los aportes privados y estricta rendición de cuentas, especialmente del financiamiento estatal. Incluye también restringir las campañas a la jurisdicción de la candidatura, nacional, provincial o municipal.

Otro renglón fundamental es la restricción al abuso de los poderes del Estado, comenzando por prohibir absolutamente los desbordamientos del gasto público y el incremento del gasto social en los años de elecciones, así como de la nómina estatal, incluyendo las contrataciones temporales, y de la publicidad estatal, que siempre debe limitarse a lo institucional, educativo y legal. Se agrega la prohibición de inauguraciones y anuncios de nuevas obras en el período de campaña electoral, y la licencia automática de todo funcionario del Estado que se convierta en candidato o responsable de campañas electorales.

Al bajar el costo de la política se promueve la equidad entre los partidos con grandes recursos y los emergentes, y se facilita que  personas honorables, sin patrocinios de la corrupción estatal, del rentismo empresarial o el lavado de activos, puedan competir por los cargos electivos, saneando la actividad política y la gestión pública.

Reafirmar la democracia

            La reforma que se ha reclamado durante un cuarto de siglo es para reafirmar la institucionalidad democrática, que comienza por la elección de las autoridades y los representantes, garantizando que se pueda votar separados por diputados y senador y por regidores y alcalde. Implica más equitativa distribución del financiamiento estatal, y sanción de los delitos electorales, como la compra de votos, el despojo o alquiler de cédulas, y la coerción a los empleados estatales y a los ciudadanos más vulnerables.

Conlleva también la profesionalización de los órganos de gerencia y arbitraje electoral, creando mecanismos para control del financiamiento y persecución de los delitos electorales, con sanciones suficientemente disuasorias como cancelación de candidaturas o congelación del financiamiento público.

La JCE debe ser convertida en un real organismo colegiado, que no sea exclusivo de los abogados, puesto que ya no es un tribunal, y de concertación con los partidos que compiten. Y el Tribunal Superior Electoral debería ser un órgano adscrito a la carrera judicial, sin reparto ni apropiación partidista.-

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Principales objetivos de las reformas electorales

*Abaratar el costo de la política dominicana

* Reducir los altos niveles de rentismo y clientelismo

* Transparentar el financiamiento y obligar a rendir cuentas

* Rescatar el sistema político de la descomposición

* Controlar los abusos del poder y los recursos estatales

* Garantizar la democracia interna en los partidos

* Sistematizar la equidad entre los partidos y candidatos

* Promover equidad de género en la dirección y las candidaturas

* Ampliar el derecho ciudadano a elegir diputados y regidores sin arrastre

* Garantizar independencia de la gerencia y el arbitraje electoral

* Prevenir los delitos electorales y sancionarlos con fuerza disuasoria

* Ampliar la representación de las minorías en los comicios

* Dotar a la JCE de instrumentos eficaces para fiscalizar los partidos

* Viabilizar la participación social en la fiscalización de los partidos

* Mayor equidad en la distribución del financiamiento estatal

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Análisis Noticiosos

Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.

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Por José Cabral

Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.

Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.

Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.

Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.

Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.

Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.

El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.

De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.

Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.

Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.

Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.

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Análisis Noticiosos

La torpeza y la ignorancia de un fiscal

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Por José Cabral

Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.

Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.

Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.

Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso  de la especie,  lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin  importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.

Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.

Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.

Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.

Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.

Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.

No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.

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Análisis Noticiosos

La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.

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Por José Cabral

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.

Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.

La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.

Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.

Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.

Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.

Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.

Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.

En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.

La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.

 

 

 

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