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Presidente observa modificación ley del TSE.

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Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader observó el   proyecto que tenía el objetivo de transformar el marco legislativo del Tribunal Superior Electoral, contenido en la Ley 29-11, cuya nueva propuesta legislativa era para dar potestad a la Alta Corte de conocer conflictos de carácter electivo que se produzcan en los gremios.

Sin embargo, la propuesta de modificación fue observada por el presidente Luis Abinader el pasado seis de junio y en la carta remitida al presidente del Senado de la República, Ricardo de los Santos, recomendó la eliminación de ese atributo de la nueva ley.

Para el mandatario, el TSE no debería conocer impugnaciones a elecciones de colegios gremiales profesionales, precisando que la “justificación jurídica” de esta atribución interpuesta por el Congreso Nacional resulta precaria.

“Los colegios gremiales no son organizaciones políticas, ni los derechos de sus miembros envueltos en sus elecciones gremiales constituyen derechos de ciudadanía políticos-electorales. Los colegios gremiales, resguardan el derecho a la asociación, a la reunión y al debido proceso, jamás equiparable a los derechos a la participación política”, afirmó el gobernante, recordando la sentencia TC/0307/17 emitida en junio de 2017 por el TC.

Ante esta situación, el Poder Ejecutivo entiende que la solución es eliminar del proyecto de ley aprobado el numeral 10 del artículo 12, donde adiciona esta competencia.

Sin embargo, en el marco de la discusión sobre la revisión de las candidaturas independientes y previendo que el procedimiento aprobado indique que las mismas sean presentadas a través de entidades civiles, el presidente sugirió al Poder Legislativo limitar el numeral dos del artículo 12 aprobado en el proyecto de ley, para que el TSE “solo y exclusivamente” pueda sesionar sobre aquellos conflictos internos registrados en las organizaciones cívicas en caso de afectarse derechos políticos-electorales.

La nueva ley que regulará esta figura electoral aún no ha sido aprobada por el Poder Legislativo. No obstante, cumplirá el dictamen del Tribunal Constitucional que ordena eliminar la necesidad de presentarse a través de una organización política.

Abinader por igual considera que la remuneración que devengarían los integrantes plenarios del TSE provocaría un “desnivel salarial entre los jueces del TSE y los miembros de la Junta Central Electoral (JCE)”.

Alegando que este incremento, “equivalente a un 46% del sueldo actual”, contradice los topes máximos de salarios en el sector público según el ámbito de actuación de los funcionarios públicos.

“En el caso del sector electoral, se establece en su artículo 12 numeral 4 de la (Ley 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado), que el presidente del Tribunal Superior Electoral, presidente de la Junta Central Electoral, (pueden recibir) hasta RD$375,000”, indicó Abinader en la misiva.

El jefe del Estado aseguró que esta variedad en ingreso laboral implicaría “desconocer” fundamentos esenciales de la política salarial del Estado, como es el principio de equidad salarial.

“Los ajustes salariales deben beneficiar al universo de los servidores públicos de una institución, descartando cualquier excepción de manera exclusiva. El ajuste salarial excluye a los demás servidores del TSE”, afirmó, evidenciando que solo referiría un beneficio para los principales magistrados del Tribunal.

La Presidencia no alteró el derecho que tendrían los magistrados de recibir un arma corta de cualquier calibre, suministrada por el Estado, para su defensa personal, acompañado de una custodia y familiar con carácter permanente.

También, mantuvo que el permiso a los jueces del TSE de importar un vehículo de motor con exoneración, liberándolos del pago de impuestos arancelarios, tributos de primera placa y Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), «así como cualquier otro tipo de tasa, impuesto, carga o gravamen».

“Los jueces del Tribunal Superior Electoral tendrán derecho a placas oficiales rotuladas para el uso en los vehículos personales, durante sus años de servicio, así como también de los vehículos de motor a su cargo”, instruye el artículo 45.

Partidos Políticos

Aunque los partidos políticos no son entes administrativos, la determinación de un plazo de respuesta, tras el cual se habilite la vía jurisdiccional ante el TSE, constituiría una conveniente garantía al debido proceso y tutela jurisdiccional efectiva.

Es por esta razón que el presidente Abinader sugirió que la norma indique “la obligación de los partidos políticos” de establecer un plazo de 30 días para el conocimiento de impugnaciones en la dirigencia.

“El TSE no tiene potestad sobre Juntas Electorales”

En el proyecto de ley aprobado, los representantes también intentaron incluir dentro de la lista de competencias que tienen las Juntas Electorales otras que sean asignadas por el TSE.

Pero, según entiende la Presidencia, el TSE no debería atribuir competencias a otros órganos jurisdiccionales porque este es un tema de “configuración legislativa”, por lo que ordenaron su eliminación.

Repetir el procedimiento

Al ser observada por el Poder Ejecutivo, los congresistas deben de reiniciar el procedimiento legislativo, teniendo nuevamente que conocer la observación en una única lectura, dentro de las dos cámaras del primer poder del Estado. El Senado de la República cumplió esta tarde, favoreciéndola en una única lectura y enviándola a la Cámara de Diputados.

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Reunion bilateral se produce entre Abinader y la mandataria electa de Costa Rica, Laura Fernández

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Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader sostuvo una reunión bilateral en el Museo de Arte Costarricense con la presidenta electa de Costa Rica, Laura Fernández Delgado, en la que abordaron diversos temas de interés común orientados a continuar fortaleciendo los lazos fraternales, comerciales y diplomáticos entre ambas naciones.

Durante la reunión, ambos líderes intercambiaron muestras de afecto y reafirmaron la cercanía histórica entre la República Dominicana y Costa Rica; además, abordaron la importancia de mantener un diálogo permanente y de continuar trabajando de manera conjunta en iniciativas que contribuyan al desarrollo, la integración regional y el fortalecimiento de las relaciones entre ambos pueblos.

La presidenta electa expresó su interés en continuar consolidando los lazos fraternales entre ambos países, promoviendo mayores oportunidades de intercambio comercial y fortaleciendo la cooperación en áreas estratégicas para el desarrollo de ambas naciones.

De igual forma, reafirmó el compromiso de Costa Rica con la Alianza para el Desarrollo en Democracia (ADD), destacando que su gobierno continuará formando parte activa de este mecanismo regional de cooperación.

De su lado, el presidente Abinader reiteró la disposición del Gobierno dominicano de continuar afianzando las relaciones de amistad, cooperación y entendimiento mutuo con Costa Rica. Asimismo, destacó la importancia de mantener una agenda conjunta orientada al crecimiento económico, la defensa de la democracia y el fortalecimiento de los vínculos regionales entre ambas naciones.

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Incautan 1,295 paquetes de drogas en costas de Pedernales

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Santo Domingo, R.D.-Un cargamento de 1,295 paquetes de presunta cocaina y marihuana fueron confiscados por  agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) durante dos operaciones simultáneas ejecutadas en las costas de Pedernales.

En la intervención fueron arrestados tres dominicanos y un venezolano.

El vocero del organismo antinarcóticos, Carlos Devers, identificó a los detenidos como Walkin Marino Montás Tapia, Luis Alberto Figueroa Ariza, Manolo Resello Amador y Luis Alberto Acosta Santana.

Señaló que los 1,295 paquetes fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), bajo estrictos protocolos de cadena de custodia, para determinar el tipo y peso exacto de la sustancia.

Devers explicó que las operaciones fueron realizadas por efectivos de la Armada de República Dominicana (ARD), la Fuerza Aérea (FARD) y organismos de inteligencia del Estado, con el apoyo de la Fuerza de Tarea Interagencial Sur (JIATFS) y la DEA de los Estados Unidos.

Indicó que la primera lancha era una embarcación de 24 pies con motores de 100 HP. Allí se arrestó a Resello Amador y Acosta Santana, incautando 16 pacas que contenían 314 paquetes de cocaína y 89 de marihuana (403 en total).

Mientras que, en la segunda lancha, fue neutralizada tras una intensa persecución en coordenadas cercanas. En esta se ocuparon 836 paquetes de marihuana y 56 de cocaína (892 en total). Fueron arrestados Montas Tapias y Figueroa Ariza.

El vocero reafirmó que se continuarán fortaleciendo las operaciones de interdicción como parte de la política de seguridad del Gobierno dominicano para garantizar la soberanía y la paz nacional.

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Rechazan traslado de proceso de Donni Santana a otra jurisdicción

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Santo Domingo, R.D.-Por sospecha legitima el Pleno de la Suprema Corte de Justicia desestimó la demanda en declinatoria por causa interpuesta por Donni Mayobanex Santana Cuevas, exembajador del Consejo Nacional de Frontera.

Este hombre, que cumple una condena de 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra menor de edad, buscaba que su proceso judicial fuera transferido fuera de la jurisdicción de San Cristóbal.

Santana Cuevas, quien se encuentra en libertad tras un permiso laboral, presentó el recurso contra la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal.

El Pleno de la Suprema Corte, encabezado por su presidente Luis Henry Molina Peña, determinó que la defensa de Santana no logró probar hechos graves o concordantes que permitieran inferir una falta de imparcialidad u objetividad por parte de los magistrados de San Cristóbal.

En su resolución, la Suprema fue enfática al aclarar que “la simple discrepancia con decisiones judiciales desfavorables no constituye un fundamento válido para alegar sospecha de parcialidad”.

Asimismo, la Suprema ratificó como correcta la actuación de la Corte de Apelación al fallar sobre recusaciones previas con sus propios integrantes, siempre que se cumpla con el cuórum legal requerido.

La solicitud de declinatoria, depositada el pasado 9 de diciembre de 2025, argumentaba que existía un «ambiente hostil» debido a la presión mediática y un supuesto comportamiento prejuiciado de los jueces.

Pese a la decisión mayoritaria, el fallo contó con el voto disidente de los magistrados Fran Soto, María Garabito Ramírez, Rafael Vásquez Goico y Yorlin Vásquez Castro.

Los jueces disidentes argumentaron que la figura de la «declinatoria por sospecha legítima» no está contemplada de forma expresa en la normativa procesal penal vigente, lo cual ha provocado decisiones contradictorias dentro del mismo órgano judicial en ocasiones anteriores.

Sostienen que el ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción; por tanto, el examen de la cuestión planteada por ante esta Alzada lesiona el principio de legalidad, como se ha indicado precedentemente.

En ese orden, alegan que su posición radica en establecer que en todos los casos de solicitud de declinatoria por seguridad pública o sospecha legítima, lo que procede es declarar la inadmisibilidad de la misma, por carecer de base legal, como ocurre en otras materias y se ha expuesto en el cuerpo del presente voto.

Con esta resolución, el expediente de Donni Santana permanecerá en San Cristóbal, donde se decidirá finalmente la validez de los beneficios carcelarios que reclama el condenado.

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