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Abogada de Berlinesa Franco responde a expedientes depositados por Carlos Pimentel en el Pepca

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Emery Rodríguez, abogada de Berlinesa Franco

La abogada de la exdirectora Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), Berlinesa Franco, informó a Diario Libre que su clienta fue designada en esa institución en fecha del 7 de diciembre del año 2016 y que por consiguiente no tendría nada que ver con los expedientes llevados recientemente a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) por la dirección de Compras y Contrataciones Públicas con referencia a esa fecha.

La abogada de Franco, Emery Rodríguez, explicó que de acuerdo a las informaciones emitidas en medios de comunicación Carlos Pimentel apoderó al Pepca de un expediente por supuesta violación de los procedimientos de compras y contrataciones por un valor de RD$208.05 millones. Este es el mismo valor pagado en obras de infraestructura que se realizaron en 2016 a través de procedimientos de urgencia, según hace constar el informe de la auditoría realizada por la Cámara de Cuentas en el período del 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre de ese mismo año.

“Nosotros estaremos un poco indagando respecto de qué depositó (Carlos Pimentel), sobre lo que dijo en su declaración. Ha dicho que en esta institución hubo problemas con unos temas en el año 2016. Hablaba de unos procesos de licitación de equipos tecnológicos. El interés nuestro es que quede constancia de que durante el año 2016, la señora Berlinesa no era directora del Inaipi”, declaró la abogada. Ambos procesos, los equipos computacionales y las obras de infraestructura, están señalados en la citada auditoría.

La abogada explica que a pesar de que el decreto presidencial de la designación de Berlinesa Franco tenía fecha del dos de diciembre del año 2016, ella tomó posesión el ocho del mismo mes, pero en ese lapso lo que hizo “fue una transición con quien era la antigua directora. Inició formalmente en enero del 2017”.

En la referida auditoría, la Cámara de Cuentas advierte “ausencia en la aplicación de la Ley 340-06 en procedimientos de urgencias” que se realizaron en varios procesos, entre los que se encuentras obras de infraestructura ejecutadas entre el 10 de mayo de ese año hasta el 21 de diciembre de 2016 por 208 millones de pesos, citados por Pimentel el pasado 27 de octubre a medios de comunicación.

Sobre la auditoría, Berlinesa Franco hizo saber al presidente de la Cámara de Cuentas, Hugo Álvarez, en fecha del 6 de marzo de 2019 su posición. «Nuestra gestión frente del Inaipi empezó el 6-12-16, gracias al decreto 367-16 de fecha de 2-12-16, del presidente Danilo Medina, para sustituir a la licencia Alexandra I. Santelises Joaquín, razón por la cual no tuvimos tiempo hábil ni conocimientos relacionados con las ejecutorias de las actividades del Inaipi pertenecientes al período objeto de la referida auditoría”, añadió.

Expediente del 2018

Otro expediente del Inaipi, sometido ante la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa, fue el de unas alegadas irregularidades detectadas en el proceso INAIPI-CCC-LPN-2018-01 que data del año 2018 para el suministro y distribución de leche a los Centros de Atención Integral a la Primera Infancia (CAIPI) y Centros de Atención a la Familia y a la Infancia (CAFI) a nivel nacional.

Según la Dirección General de Contrataciones Públicas, Inaipi adjudicó ilegalmente contratos millonarios a compañías relacionadas entre sí por montos que superan los RD$90 millones.

“Sobre esto, lo único que puedo dar como dato, es que Inaipi no trabajaba con leche para desayuno escolar, porque la institución trabaja con niños de 45 días a 5 años. Son estancias infantiles. Por lo que Inaipi no está vinculado a ningún proceso de leche para desayuno escolar”, alegó la abogada.

“Si es que se refiere a algún otro proceso de licitación de algún tipo, tendríamos que indagar. Lo del 2018 es un amigo invisible es muy poco lo que podemos decir, lo único que no se trata de desayuno escolar porque el Inaipi no trabaja desayuno escolar”, expresó.

Emery Rodríguez sostiene además que este expediente, no tiene ningún vínculo con la investigación iniciada por la Fiscalía del Distrito Nacional sobre supuestas irregularidades en la licitación para la compra de 40 mil kits de alimentos ante la pandemia del COVID-19.

Sobre este expediente, dijo que no ha vuelto a ser convocada por las autoridades en ese caso luego de que fuera convocada a interrogar, justamente luego de que asumiera el nuevo Gobierno. “Nos encontramos a la espera de que el Ministerio Público nos requiera nuevamente”, dijo.

“Queremos decir que en ese caso de los 40 mil kits, que ese proceso del 20 de marzo se han dicho muchas cosas. En ese proceso la señora Berlinesa no pertenecía al proceso de compras de la institución. Además, se quiere decir que el monto de los 2,500 pesos de los kits sobrevaluados y eso es producto de un estudio económico que hace la propia institución de lo que va a contener la canasta o el kit que va a llegar al hogar del niño y lo otro es que el monto de los 100 millones nunca se manejó durante la gestión de la señora Berlinesa. Ese monto de 100 millones de pesos llegó a la institución después de que ella ya no estaba estaba en ese curso. El 8 de abril del 2020 es que de Presupuesto desembolsan el monto de los 100 millones y de hecho no depositan 100 millones, sino 150 millones de pesos”, sentenció la abogada.

diariolibre.com

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Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.

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Por Elba García

El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.

El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.

Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.

La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.

Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.

Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.

Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.

El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una  nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales,  morales, económicos y políticos,  lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con  el ordenamiento actual.

Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.

Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.

Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también  de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron  su llegada al poder en  que en  la República Dominicana se consolidaba un  partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.

Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.

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Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos

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Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.

La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.

De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.

El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.

Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).

Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.

Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.

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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.

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Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por  el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de  Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.

El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.

Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.

La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.

Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.

El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.

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