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Defensa de familia atropellada denuncia que jueza es dueña de vehículo.
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2 meses agoon
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LA REDACCIÓNSanto Domingo, R.D.- Hanfiel Polanco, abogado de los parientes de la familia atropellada en Ciudad Juan Bosch, Santo Domingo Este, denunció este domingo múltiples irregularidades en el proceso y señaló a la jueza Mary Berenita Ramírez Jiménez como la propietaria del vehículo involucrado en el atropello.
“Hicimos la declaración de tránsito, sin embargo, hasta la fecha no tenemos ninguna prueba que evidencie ni que él sea menor de edad ni que hayan sido interrogados todos los sujetos menores o mayores de edad que estuvieron involucrados en el altercado”, afirmó el abogado mediante una llamada telefónica con medios de comunicación.
En el accidente ocurrido en la noche del pasado jueves, perdió la vida Altagracia Trinidad, mientras que su hija de 14 años de edad y su hermana, son atendidas en distintos centros de salud del gran Santo Domingo.
“El chofer no está detenido. El chofer que se presume es un menor de edad conforme al acta de tránsito fue cargado a un militar como parte del protocolo que utilizan en estos casos a los fines de que pueda ser llamado en cualquier momento, sin embargo, el menor no ha sido presentado en ninguna de las instancias. El acta de tránsito ni siquiera fue firmada por los padres, sino por un abogado que ellos buscaron para esos fines o un tercero, que de acuerdo a las de tránsito, fue en compañía de su padre, entonces nosotros vamos a investigar y vamos a esperar que la Fiscalía no tenga ningún tipo de condiciones previas por la condición de quién se trata el vehículo”, explicó.
El abogado mencionó que el joven tiene 17 años, aunque señaló que esta información es aún una presunción debido a la falta de documentación oficial.
“El menor tiene 17 años de edad, pero no tenemos nada, es presunción, porque las autoridades no nos han entregado un solo documento, porque las autoridades no nos han entregado un solo documento, solo tenemos el acta de tránsito, donde ellos relatan lo que pasó”, dijo.
El abogado puntualizó que el vehículo le pertenece a una jueza, que supuestamente es coordinadora de jueces del Distrito Judicial de Santo Domingo Este.
“Hay varios vídeos donde se ven a estos sujetos, de manera muy planificada, en ida, vuelta, espera, acelerar, no frenar y esperar que crucen para acelerar, hay un sinnúmero de condiciones que se dan aquí que en el momento por la rapidez del asunto no hemos podido identificarlas en el tipo penal y vamos a tratar de que las pruebas arrojen luz a otras responsabilidades penales”, sostuvo.
Subrayó que la familia de las víctimas han tenido dificultades para obtener justicia.
Contó que tuvieron que irse a Constanza a darle cristiana sepultura a la fallecida y que cuando se apersonaron a la Digesett de Santo Domingo Este en la tarde de ayer sábado, se negaron a aceptar la cédula de un hermano de la fallecida porque no tenían el acta de nacimiento a mano.
“Nos pidieron el acta de nacimiento de la fallecida y, si el que está ahí por cédula tiene el mismo apellido de la fallecida, no quisieron aceptarla porque supuestamente no existía prueba de afiliación de hermanos”, explicó el abogado, quien tuvo que acudir a la Junta Central Electoral a las 5:00 de la tarde para obtener los documentos necesarios.
“Estamos hablando de un sábado a las 5:00 de la tarde… una víctima que lo que necesita ese respaldo del Estado y este Estado lo que hizo fue caso omiso, pero no sabíamos nada de eso hasta que nos percatamos que atrás de esta condición habían manos de fuerza”, manifestó.
Polanco declaró que la jueza estaba influyendo en el caso para ocultar pruebas y proteger al presunto responsable del accidente, el menor de edad.
“La propietaria del vehículo que se trata de una magistrada que fuera de aplicar justicia lo que quería era ocultar y no dar justicia a estos familiares”, declaró.
Según el abogado, venían órdenes del Ministerio Público del Centro de Automovilismo de que no podrían recibir la denuncia en Santo Domingo Este “porque supuestamente esta persona ya se había presentado, sin embargo antes de eso, no nos dieron ninguna información sobre el altercado”.
Narró que cuando ya iban a recibir el acta y el director de Digesett autorizó a que se haga la denuncia, salió esa información.
Polanco anunció que depositarán una denuncia formal ante el Consejo del Poder Judicial para que se investigue el caso.
“Mañana (este lunes) estaremos, todavía no hemos definido la hora, pero estaremos depositando en el Consejo del Poder Judicial una denuncia de investigación sobre la actuación de la magistrada que intervino en este proceso investigativo”, expresó.
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Recusación de juez de caso Falcón genera aplazamiento de audiencia preliminar.
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2 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-La defensa del imputado Lenin Torres y la persona moral Lenin Auto Import recusaron al juez Cirilo Salomón Sánchez del Quinto Juzgado de la Instrucción de Santiago, lo que generó el aplazamiento para el 9 de enero del 2025 de la audiencia preliminar del caso Falcón.
El abogado José de los Santos Hiciano argumentó la recusación en medio de un proceso que ha enfrentado múltiples retrasos. Este incidente ocurre poco después del arresto en Colombia de Erick Randiel Mosquea Polanco, señalado como líder de la red criminal.
El Ministerio Público, representado por los fiscales Yeny Liranzo, Reyna Jiménez y Pedro Martínez, calificó la recusación como infundada y extemporánea, reiterando su disposición para avanzar con el proceso judicial.
La operación Falcón desmanteló una red de crimen organizado que se dedicaba al narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas y otros delitos, movilizando miles de millones de pesos bajo la apariencia de actividades comerciales legítimas.
El Ministerio Público presentó una acusación formal contra más de 70 personas y entidades, aportando miles de documentos como pruebas. El desmantelamiento de la red contó con el apoyo de la DEA y otros organismos internacionales.
El aplazamiento prolonga un proceso que ha sido marcado por constantes recursos de la defensa. Las autoridades reiteraron su compromiso de garantizar justicia para un caso de alto impacto en la lucha contra el crimen organizado en el país.
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Panorama político del pais podría cambiar por candidaturas independientes.
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2 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-Un gran impacto podría tener la sentencia del Tribunal Constitucional de la República Dominicana en la redefinición de la participación política en el país.
El caso, conocido como TC/0788/24, declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 sobre el régimen electoral, disposiciones que regulaban de forma restrictiva las candidaturas independientes.
Esta decisión llega tras la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alberto Emilio Fiallo-Billini, quien argumentó que dichas normas «vulneran principios constitucionales como el pro-participación, la igualdad en derechos políticos y el pluralismo político».
El fallo, en esencia, podría allanar el camino para una mayor diversidad en las opciones políticas, así como reforzar el principio de participación ciudadana, al eliminar requisitos como la conformación de «cuadros directivos fijos» similares a la de las organizaciones políticas, para las candidaturas independientes.
A pesar de mostrarse como una idea democrática, el éxito de este cambio dependerá en gran medida de la implementación de medidas que garanticen condiciones equitativas para las candidaturas independientes, así como los ajustes necesarios tanto a las legislaciones como a los procesos electorales.
La sentencia del Tribunal Constitucional marca un hito en la historia democrática de la República Dominicana. Su impacto real dependerá de cómo los actores políticos, el electorado y las instituciones electorales adopten esta nueva realidad.
La decisión del TC
En el proceso de aprobación, nueve jueces del Tribunal Constitucional votaron a favor de eliminar estos requisitos que exigían a las candidaturas independientes lo mismo que los partidos políticos, pero dos votaron en contra por considerar que el pleno se excedió en sus atribuciones y asumió funciones del Poder Legislativo.
«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», indica el fallo.
El Tribunal Constitucional recomendó una nueva redacción de los artículos 152 y 157 para determinar los requisitos para presentar una candidatura independiente en los siguientes procesos electorales.
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Acuerdo de cielo abierto con E.U entra en vigencia con el pais, según informó Abinader.
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2 días agoon
diciembre 19, 2024Santo Domingo, R.D.-La Republica Dominicana fue notificada de la entrada en vigor del acuerdo de transporte aéreos de Cielos Abiertos con Estados Unidos, según lo informó el presidente Luis Abinader.
Fue a través de una publicación en su cuenta de X (antiguo Twitter), donde el mandatario dominicano indicó que el país agotó los procedimientos necesarios para la entrada en vigencia del acuerdo, suscrito en agosto de este año por el ministro de Turismo, David Collado y el subsecretario de Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de Estados Unidos, José W. Fernández.
En ese sentido, a través de la misma red social, Abinader felicitó a la comisión integrada por Collado, Leonel Melo, Práxedes Castillo; la viceministra Patricia Mejía y Natacha Domínguez, así como el apoyo de Manuel Estrella, Monika Infante y Frank Elías Rainieri.
Las autoridades dominicanas han dicho que este acuerdo busca fortalecer las conexiones aéreas entre ambos países, promoviendo la competencia, ampliando rutas y reduciendo los costos para los viajeros.
Según han informado, entre los beneficios previstos está el permitir a las aerolíneas de ambas naciones operar vuelos internacionales en rutas definidas, incluyendo transporte exclusivo de carga, escalas no comerciales y vuelos combinados.
En noviembre de este año el Tribunal Constitucional (TC) revisó el acuerdo, el cual declaró constitucional.
La decisión, contenida en la Sentencia TC/0670/24, subraya que el acuerdo cumple con los principios de soberanía nacional, libre competencia y armonización con el ordenamiento jurídico dominicano. Sin embargo, la sentencia contó con un voto disidente del juez Domingo Gil, quien cuestionó que el texto no garantizara explícitamente la soberanía plena y exclusiva del país sobre su espacio aéreo.