Abogado. Julio Cury , Abogado. Bunel Ramírez y Abogado. Polibio Rivas
AFIRMAN SOLO ES FACTIBLE JUEZ SE APARTE DE CASO SI SE INHIBE O ES RECUSADO
Santo Domingo.- La exclusión de uno o varios jueces del conocimiento de un proceso penal solo es posible de dos formas: mediante la inhibición y la recusación. Así lo prevé el Código Procesal Penal dominicano, que contempla 10 causales que dan motivo para que un magistrado se inhiba de forma voluntaria o que una de las partes lo recuse.
Basados en la norma procesal penal, tres abogados consideran que no tiene sustento legal la solicitud de exclusión de tres magistrados para conocer el caso de los sobornos dados por la constructora ODEBRECHT, que hizo el domingo el movimiento Marcha Verde.
Los juristas Julio Cury, Bunel Ramírez y Polibio Rivas entienden que no procede esa solicitud de exclusión. Ramírez y Cury coinciden que solo es factible que un juez se aparte de un caso mediante la inhibición o la recusación. La inhibición es un acto voluntario del juez, mientras que la recusación es la solicitud que hace una de las partes para que un magistrado se aparte del conocimiento de un asunto.
Cury expone que cualquier inhibición o recusación se debe hacer en el marco del proceso y precisa que para eso el movimiento Marcha Verde tendría que justificar su intervención en el caso, a través de alguna de sus organizaciones, para representar derechos colectivos y difusos.
“No es vociferándolo en marchas o en tarima, porque esas peticiones no las pueden considerar al momento de conocer del recurso de apelación de la resolución que impuso medida de coerción contra los imputados del caso ODEBRECHT”, indicó.
Sostuvo que la inhibición la tiene que conocer la sala a la que pertenece, para determinar si su voluntad de separarse del proceso está justificada en hechos y en derecho.
“No puede ser una decisión unilateral del juez… tiene que ser apreciada por sus pares”, expresa. Enfatiza que el Magistrado tiene también que establecer las causas por las cuales lo hace, tras expresar que no puede ser por el rumor público.
De ahí que considera un acto inexistente la decisión de la presidenta de la Cámara Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Miriam Germán Brito, de pedir al presidente de la Alta Corte, Mariano Germán, de que la apartara del caso ODEBRECHT.
La decisión de Germán Brito se produjo el 22 de mayo, luego de que trascendiera que había recibido la visita del exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa, uno de los implicados en el expediente de los sobornos. Entiende que no se puede desvincular del proceso de esa forma, sino que debe hacer a través de la inhibición o la recusación.
De su lado, el abogado Bunel Ramírez señala que no tiene base jurídica la pretensión del movimiento Marcha Verde para que sean excluidos tres magistrados de la Sala Penal de la SCJ, que le corresponde conocer la apelación contra la resolución que emitida el miércoles 7 de mayo por el juez Francisco Ortega, que impuso medida de coerción a 13 acusados de sobornos en el caso Odebrecht.
“En derecho no hay ninguna razón para que los jueces se excluyan del proceso”, enfatizó. Sostiene que un juez en ejercicio que no se haya inhibido, como lo hizo Miriam Germán Brito, o que haya sido recusado y haya sido admitida, no se puede excluir de un proceso.
Santo Domingo, R.D.-La titular de la Procuraduria Especializada de Persecucion de Corrupcion Administrativa (PEPCA), Mirna Ortiz, sostuvo al responderlle a la defensa del exministro de Hacienda, Donald Guerrero, que la corrupción administrativa, como la que se le imputa al exfuncionario y a otros más de los gobiernos del expresidente Danilo Medina, «son casos de criminalidad organizada«, los cuales la ley establece que son «imprescriptibles».
Durante la continuación de la réplica ante el Cuarto Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, Ortiz sostuvo que la acusación contra Guerrero y los también exministros Gonzalo Peralta y José Ramón Peralta son procesos de criminalidad organizada porque «contienen todas y cada una de las características» de la criminalidad compleja u organizada.
Tiene la particularidad de ser «un grupo de funcionarios públicos que se coalicionan, que se asocian con empresarios, con testaferros, que pagan sobornos, que mueven activos, que falsifican documentos, que crean estrategias para estafar al Estado», aseveró.
Sostuvo que no solamente la Ley 10-05 del Código Procesal Penal, modificada por la 97-25, contempla que el crimen organizado es imprescriptible, también los tratados internacionales, a los cuales está suscrito la República Dominicana y que tienen el mismo imperio de la normativa local.
La procuradora adjunta manifestó también que, en cuanto al plazo razonable, la jurisprudencia y los acuerdos internacionales han concluido que la extinción de la acción penal no puede plantearse con un simple «conteo matemático» en casos de corrupción como los que se conocen actualmente en el país por la complejidad de estos procesos.
Aclaró, asimismo, a la defensa de Donald Guerrero que la investigación por la que se sometió a este funcionario no fue por la que se le citó a finales del 2020 y a raíz de una declaración jurada por posible enriquecimiento ilícito.
Las indagatorias por las que se llevó a los tribunales se hicieron en el 2021 por los hechos que se le cuestionan durante su gestión en el Ministerio de Hacienda, añadió Ortiz.
Los abogados del exministro Guerrero aseguraron durante la presentación de su defensa la semana pasada que el caso lleva ya «cinco años, a partir del primer interrogatorio» ocurrido en el 2020.
La titular de al Pepca citó que el Tribunal Constitucional, en su sentencia TC-0770-24 y laCorte Interamericana han establecido que, aunque los plazos están establecidos por ley, «hay condiciones y circunstancias que deben verificarse para establecer la razonabilidad de esos plazos. Dilaciones del proceso propias de la misma dinámica de los procesos», subrayó.
La abogada María del Pilar Zuleta, parte del equipo de defensa de Donald Guerrero. (FUENTE EXTERNA)
La defensa del exministro de Hacienda aseguró que en la réplica que ha hecho el Ministerio Público no ha logrado presentar ni una sola prueba que otorgue posibilidad de que el exfuncionario sea condenado por las acusaciones.
María del Pilar Zuleta, del equipo de abogados de Guerrero, sostuvo que debe preocupar que el órgano acusador manifieste que el plazo para investigar en el proceso penal no tiene un límite, cuando no es así.
«El Código Procesal Penal le fija unos límites para investigar, especialmente cuando el ciudadano está sometido a medidas de coerción«, sostuvo Pilar Zuleta fuera del tribunal a periodistas.
Otro de los puntos que, según dice hay que cuestionar, es sobre que en la acusación no se deben depositar las pruebas, solo enunciarlas.
«Y estas dos afirmaciones del Ministerio Público son preocupantes porque demuestran que no están dispuestos a someterse al debido proceso para hacer sus acusaciones«, dijo la abogada.
San Francisco de Macorís.-Un médico general, identificado como Wilber Polanco Sanz, quien trabaja en una policlínica en el municipio de Las Guáranas, provincia Duarte, fue acusado de violar a una joven haitiana, de 20 años de edad, mientras acudió a ese centro a hacerse una sonografía.
La joven indicó que después de que el doctor le introdujo el transductor endovaginal y le informó que no estaba embarazada, le dijo que tenía “una enfermedad, no sé cómo se llama, unos cositos y él me dijo que no es peligroso», que me pondría unos medicamentos y se me iban a quitar. «Después él dijo que me volteara encima de la cama”, y supuestamente abusó de ella diciéndole que “era un procedimiento normal”.
Tras la acción, dijo que el galeno la amenazó con llamar a Migración si informaba lo ocurrido.
Ante esto, la joven acudió a la Policía Nacional a denunciar la agresión, mientras que el doctor fue a la fiscalía “a decir que la joven lo estaba difamando”.
De acuerdo a la fiscal de la Unidad de Atención Integral a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales, Sandra Sierra Difó,el galeno tiene tres denuncias por haber violado a otras mujeres, por lo que, al intercambiar información con el cuerpo del orden, fue detenido.
Al ser cuestionado sobre las acusaciones, Polanco Sanz negó los hechos y dijo que la joven que supuestamente es evangélica no sabía que para el estudio había que introducirle un aparato por su vagina.
“Ella parece que es evangélica y sintió vergüenza y se tapó la cara”. “Le introduzco el transductor, le hago el estudio y le entrego su estudio; la secretaria se lo entra en un sobre y la paciente sale muy normal”, dijo.
“Ahora díganme ustedes, ¿una persona a la que uno haya intentado abusar de ella, como ella dice, que yo me desnudé, que la violé, que le introduje los dedos, va a salir caminando normal? Yo tengo todo grabado; ella puede decir que hasta la cabeza le introduje, pero es su palabra contra la mía; yo tengo cámaras, que dicen cómo salió ella de allá”, sostuvo Polanco.
De acuerdo a la fiscal, se están realizando todas las investigaciones necesarias para sustentar el caso. El profesional de la salud será sometido a la justicia en las próximas horas.
SANTO DOMINGO.-Mirna Ortiz, procuradora de corte, sostuvo este miércoles que la defensa del acusado Jean Alain Rodríguez Sánchez se muestra desordenada y continúa presentando argumentos débiles frente a las pruebas aportadas por el Ministerio Público en el proceso judicial que se lleva en su contra por corrupción administrativa.
“Tenemos tres días escuchando incidentes planteados de forma desorganizada, que no permiten al tribunal concretar ciertamente cuáles son las pretensiones de las partes y el tribunal dio un plazo hasta el miércoles a las 2:00 de la tarde para que organicen su estrategia y se presenten de forma organizada en el tribunal”, dijo la titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).
Mirna Ortiz, quien representó al Ministerio Público en la audiencia junto a los fiscales Emmanuel Ramírez y Aurelio Valdez, ofreció detalles del proceso en respuesta a preguntas de periodistas que cubren el juicio que se ventila en el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.
Las juezas Claribel Nivar, Yissell Soto y Clara Castillo aplazaron la audiencia para el próximo miércoles 25 de febrero de 2026.
En la jornada de este miércoles la defensa del acusado Alfredo Solano Augusto continuó presentando incidentes.
Conforme al expediente, Rodríguez Sánchez malversó más de RD$6,000 millones mediante procesos fraudulentos entre 2016 y 2020, años en que se desempeñó como procurador General de la República.
Además de Rodríguez Sánchez figuran en el expediente Jhonatan Loander Medina Reyes, Alfredo Alexander Solano Augusto, Jhonatan Joel Rodríguez Imbert, Javier Alejandro Forteza Ibarra, Rafael Antonio Mercedes Marte, Miguel José Moya y Braulio Michael Batista Barias.
También, Alejandro Martín Rosa Llanes, Ramón Lucrecio Burgos, Isis Tapia, Félix Antonio Rosario Labrada, Francis Ramírez Moreno, Rolando Rafael Sebelén Torres, César Nicolás Rizik Pimentel y José Luis Liriano Adames.
Jean Alain Rodríguez Sánchez y los demás procesados enfrentan cargos por corrupción, incluyendo soborno, desfalco, estafa contra el Estado y lavado de activos.