Santo Domingo, R.D.-Es una violación al derecho a la intimidad consagrado constitucionalmente una circular del Ministerio de Administración Pública (MAP) que advierte a los empleados del sector publico a cumplir con el pago del agua y de la luz.
La opinión al respecto proviene de abogados constitucionalistas consultados por el periódico Diario Libre, el cual reproduce La República por considerase de una gran trascendencia, quienes advirtieron que la circular del Ministerio de Administración Pública (MAP) que instruye la realización de un levantamiento sobre el cumplimento de pago de los servicios de electricidad y agua por parte de los empleados de instituciones gubernamentales, no tiene base legal y viola el derecho a la intimidad consagrado en el artículo 44 de la Constitución.
El abogado Juan Castillo Pantaleón indicó que las leyes Orgánica de Administración Pública No. 247-12 y la de Función Pública No. 41-08 no establecen como un deber del servidorpúblico informar a su superior sobre el pago de sus compromisos particulares.
«Los deberes del servidorpúblico que están sujetos a sanciones están en la ley de Función Pública y todos están vinculados al ejercicio de sus funciones. El pagar o no la luz de tu casa no tiene que ver con la función pública, es un servicio particular», expresó.
A su vez, el experto constitucional Cirilo Guzmán, indicó que el MAP se extralimitó con esta circular y, si el objetivo es que todos los servidorespúblicos paguen debidamente estos servicios, las empresas distribuidoras de electricidad tienen el mecanismo para el cobro o, en su defecto, suspensión del servicio.
«Aunque sean empleados públicos, tienen derecho a no dar informaciones personales de ese tipo, a menos que con un préstamo les vayan a pagar la factura, eso no le importa a nadie, si no paga la luz se la cortan. El derecho a la intimidad entraña que en la vida privada de las personas no puede entrometerse nadie», puntualizó.
Castillo Pantaleón señaló que la circular del MAP no ofrece una explicación clara de qué hará con los datos recopilados y que, en todo caso, el servidor que ofrezca esta información lo puede hacer únicamente de manera voluntaria y consentida, reconociendo que ninguna normativa vigente lo obliga a ceder esta información.
¿Qué dice la circular del MAP?
Este miércoles, el Ministerio de Administración Pública giró una circular en la que instruye a las entidades gubernamentales, a través de las direcciones de recursos humanos, a recopilar los datos sobre el cumplimiento de pago de servicios públicos, como el agua y la energía eléctrica, por parte de los empleados del Estado.
En un plazo de 15 días laborales, el MAP indicó que las direcciones de recursos humanos deberán recopilar la información respecto a si los servidorespúblicos tienen contrato de energía eléctrica y de servicio de agua potable, y si no lo tienen a su nombre deberán especificar quién de su familia es el responsable.
Significó que la medida, que «busca mejorar la calidad de los servicios públicos y asegurar las normativas vigentes, tiene como propósito la actualización de las bases de datos del MAP, correspondientes a estas obligaciones de pago, así como identificar posibles casos en los que estos pagos de servicio no estén siendo efectuados».
La circular, firmada por el ministro del MAP, Sigmund Freund, establece: «Es importante que cada empleado presente las facturas correspondientes, ya que esto permitirá llevar un registro más preciso y facilitará la gestión administrativa».
El documento está dirigido a ministros, consultor jurídico del Poder Ejecutivo, contralor general de la República, directores generales, nacionales y ejecutivos, administradores generales y nacionales de órganos y entes del Poder Ejecutivo.
Santo Domingo. – Este jueves la Policía Nacional informó que detuvo cuatro hombres involucrados en el robo de fundas con alimentos de primera necesidad, sustraídos de varios camiones que transitaban por la avenida del Puerto del Distrito Nacional.
El cuerpo del orden dijo que los detenidos son Aaron Ezequiel Cabrera, de 36 años; Breilin José Vizcaíno Capellán, de 18; Ángel Reguillo Emiliano, de 26, y Miyel Ambiórix Morillo, de 27, todos residentes en la citada demarcación.
Según la entidad, la detención fue realizada por agentes de la Dirección Central de Investigación (Dicrim), quienes actuaron de manera inmediata tras dar seguimiento a los responsables, identificados a través de un video que se hizo viral en redes sociales y medios de comunicación.
Los cuatro apresados serán puestos a disposición del Ministerio Público para los fines legales correspondientes.
La Policía Nacional reafirma su compromiso de actuar con prontitud frente a hechos delictivos y garantizar la seguridad ciudadana.
Santo Domingo, R.D.- Luis Abinader solicitó este jueves al Congreso Nacional agilizar la aprobación del proyecto que modificaría la ley de Compras y Contrataciones, la cual tiene el objetivo de establecer sanciones más severas contra la corrupción y fortalecer el marco regulador de las contrataciones del Estado.
Esta normativa, que fue propuesta por la exsenadora y ministra de Interior y Policía, Faride Raful, derogará la Ley 340-60, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, que data del 2006.
El director de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, destacó que una de las tareas fundamentes de esta nueva ley es devolver el sistema de consecuencias, que fue eliminado en el mismo año que fue aprobada.
«Hay que decir que quienes aprobaron la ley de Contrataciones en el 2006, en el mismo año la modificaron y la extirparon, le eliminaron el régimen de consecuencias. En el 2006, con esa acción, se sembró el régimen de impunidad en la República Dominicana«, afirmó.
El mandatario y Pimentel hablaron del tema al encabezar el acto en el que se anunció que República Dominicana fue escogida por primera vez como sede de la Conferencia Internacional Anticorrupción (IACC), la cual se llevará a cabo en el 2026.
Prohibiciones que propone proyecto de ley
El artículo 25 prohíbe a los exfuncionarios gestionar o representar intereses privados y particulares ante la institución a la que prestaron sus servicios, o ante las instituciones que les sean subordinadas, durante los 12 meses siguientes a la fecha de su salida del cargo.
También castiga con uno a tres años de prisión a los que incurran en falsedad en las declaraciones juradas requeridas para registrarse como proveedor del Estado o para participar de un procedimiento de contratación.
Además, sanciona con dos a cinco años de prisión y hasta multa de 50 salarios mínimos a los servidores del Estado que, en ejercicio de sus funciones intervengan en la tramitación, aprobación o celebración de un contrato, de manera dolosa, en violación al régimen de inhabilidades y prohibiciones previsto en la presente ley.
El proyecto establece que, cada institución contratante deberá contar con un apartado integrado a su portal institucional en donde se agrupen las informaciones y documentaciones relativas a su actividad contractual, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a estas.
Establece que los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta 30 % del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de la ley.
Santo Domingo, R.D.-Las solicitudes de convocatoria de elecciones extraordinarias en La Vega fueron rechazadas este jueves por la Junta Central Electoral (JCE).
El órgano indicó que no tiene competencia legal para convocar a elecciones extraordinarias en el municipio, pese al vacío que se generó hace tres meses con la renuncia del alcalde Kelvin Cruz y la vicealcaldesa Amparo Custodio.
En sus motivaciones, la JCE acotó que la Ley 20-23, de Régimen Electoral, solo la faculta a convocarelecciones extraordinarias cuando se anulan las anteriores, aspecto que no ocurrió en este caso de La Vega.
«De la lectura del referido numeral 2 del artículo 95 se comprueba claramente que el legislador dominicano, al momento de definir los casos en los que procedería a convocarelecciones extraordinarias, no contempló el escenario que alegan los solicitantes, de lo cual se deduce que no existe competencia legal para que la Junta Central Electoral proceda a la convocatoria de elecciones extraordinarias en el municipio La Concepción de La Vega«, expresó el pleno del organismo electoral en uno de sus considerandos.
El exalcalde Kevin Cruz fue escogido con el 73 % de los votos de La Vega, fue juramentado en el cargo y lo asumió por casi cuatro meses, antes de que el presidente Luis Abinader lo designara ministro de Deportes. Su vicealcaldesa, Amparo Custodio, quien podía sucederlo en el puesto, renunció indicando que ese cargo debía ocuparlo un dirigente del Partido Revolucionario Moderno, que ganó la plaza.
Sin embargo, para resolver este impasse, la semana pasada el Concejo de Regidores de La Vega, revocó la renuncia de Custodio para que esta regresara a la alcaldía y el pasado 15 de noviembre fue juramentada como la nueva alcaldesa.
No obstante, los partidos de oposición Fuerza del Pueblo y de la Liberación Dominicana (PLD) insisten en que el Concejo de Regidores no tiene facultad para nombrar alcaldes. Los dos partidos han sometido recursos ante la justicia para tratar de revertir la decisión de los regidores.