Santo Domingo, RD.-El diputado acusado de narcotráfico se declaró no culpable durante la audiencia que tuvo lugar este viernes en un tribunal de Miami, quien de ser declarado culpable las probabilidades están abiertas para una condena a cadena perpetua en cuyo caso hay otras tres personas vinculadas a una supuesta red de narcotráfico que triangulaba sus operaciones entre Estados Unidos, Colombia y República Dominicana.Nacionales
Más imputados en expediente de diputado.
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5 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD.-El diputado acusado de narcotráfico se declaró no culpable durante la audiencia que tuvo lugar este viernes en un tribunal de Miami, quien de ser declarado culpable las probabilidades están abiertas para una condena a cadena perpetua en cuyo caso hay otras tres personas vinculadas a una supuesta red de narcotráfico que triangulaba sus operaciones entre Estados Unidos, Colombia y República Dominicana.De entre el trío de nuevos acusados conocidos ayer, uno de ellos, Miguel Emilio Gutiérrez Díaz, de alias “El Alemán”, es hermano del legislador.
El resto son los hermanos Danny y Endy de Jesús Núñez Mármol, este último conocido por el apodo “El Fuerte”.
Gutiérrez Díaz fue detenido el lunes pasado a su llegada al Aeropuerto Internacional de Miami en un vuelo procedente de República Dominicana.
Por el momento se desconoce si el resto de los involucrados está bajo arresto. La supuesta red operaba entre 2014 y 2017, en los condados estadounidenses de Miami-Dade, Broward y Monroe, en el distrito sur del Estado de Florida.
“Comenzando al menos a principios de 2014 y continuando hasta alrededor de 2017, las fechas exactas son desconocidas para el Gran Jurado, en los condados de Miami-Dade, Broward y Monroe, en el Distrito Sur de Florida”, indica la acusación.
Al grupo le son señalados tres cargos: “conspiración para distribuir cocaína, sabiendo que sería importada a los Estados Unidos; conspirar para importar cocaína a los Estados Unidos; y conspirar para poseer con la intención de distribuir cocaína”.
Prisión de por vida
Por los mencionados delitos, que violan las secciones 846 y 963 del Título 21 del Código de los Estados Unidos, podrían cumplir la pena máxima de cadena perpetua, según expone el expediente.
Además, en un apartado denominado “Alegaciones sobre pérdida legal de derecho de propiedad”, manifiesta que de ser declarados culpables, el gobierno norteamericano confiscará “cierta propiedad en la que los acusados tienen interés”.
Confiscaciones
De acuerdo al documento, las autoridades estadounidenses confiscarán cualquier propiedad que constituya o derive de productos obtenidos, directa o indirectamente, de las infracciones que se les acusa.
También confiscarán cualquier propiedad que se usó o tuvo la intención de usarse para cometer o facilitar la comisión de los mencionados crímenes.
En el expediente se acusa a los cuatro dominicanos de conspirar junto a otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, para distribuir una sustancia controlada, posiblemente cocaína, que se importaría ilegalmente a los Estados Unidos.
“Se alega además que la sustancia controlada involucrada en la conspiración atribuible a los acusados como resultado de su conducta, y la conducta de otros conspiradores razonablemente previsibles para ellos, es de cinco (5) kilogramos o más de una mezcla que contiene cocaína, en violación del Título 21, Código de los Estados Unidos, Sección 960 (b) (1) (B)”, cita el texto.
Las empresas
En República Dominicana, los hermanos Núñez Mármol tienen registradas varias empresas, entre ellas El Bar de Mármol & Grill, Inmobiliaria Porfiria y Cameo Lounge, de acuerdo a la base de datos de Open Corporates.
Según la Cámara de Comercio, Endy Núñez Mármol es accionista y parte del Consejo de Administración de D’Nuñez Marmol Brother Rent Cars, establecida en 2016; Cameo Lounge, El Bar De Mármol & Grill; mientras que solo es accionista de Carlos Collado Luna Fishing.
En la base de datos, Oscar Núñez, uno de los hermanos de Endy Núñez, aparece como titular de D’Nuñez Marmol Brother Rent Cars.
LOS BIENES
Más detalles
De su lado, Miguel Andrés Gutiérrez declaró bienes e inversiones millonarias ante la Cámara de Cuentas de RD $15,533,158 y casi tres millones de dólares.
En el portal web de la Cámara de Comercio, el legislador Miguel Gutiérrez es accionista de algunas empresas que aparecen activas y no fueron declaradas en su patrimonio presentado el pasado 16 agosto ante el órgano auditor.
Entre las no declaradas está Prestamos Del Cibao, S.R.L., que también aparece como activa en el portal de la Dirección de Impuestos Internos (DGII).
En esa Dirección están activas las empresas MAG Real State C. por A. y Gutiérrez Díaz Corporation C. por A., en las que Miguel Gutiérrez aparece como accionista según la Cámara de Comercio, pero no fueron incluidas en la declaración jurada del diputado.
Nacionales
JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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16 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
Nacionales
Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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16 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
Nacionales
Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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16 horas agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
