Opinión
Aída Trujillo: entre la sombra del abuelo y las garras de la muerte
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13 años agoon
Por Franklin Gutiérrez
Exculpar a Rafael Leonidas Trujillo Molina de las atrocidades cometidas por éste en perjuicio del pueblo dominicano durante su mandato de 31 años y, por demás, ofrecérselo al lector como el más tierno, fraternal y entregado de los abuelos, no es el objetivo esencial de Aída Trujillo en A la sombra de mi abuelo.
Tampoco es su propósito central presentar al sátrapa como un gobernante cuya tolerancia y comprensión facilitan que Tantana, su nuera, y Eugene, un niño haitiano de ocho años analfabeto, tímido y posiblemente incapaz de articular apropiadamente dos oraciones en español legible, lo seduzcan y lo conmuevan al grado de que la primera lo empuja a confesar su responsabilidad en el asesinato de las hermanas Mirabal y, el segundo, a admitir su culpabilidad por la matanza de haitianos ordena por él en 1937.
Quienes conocieron el carácter intransigente de Trujillo, ya mediante vivencias directas durante su mandato, o posteriormente a su ajusticiamiento, por referencias documentales, saben que éste nunca desvelaba secretos de Estado de esa naturaleza, y menos a individuos ajenos a su núcleo de confianza. Hechos de esa naturaleza solamente tienen asidero en el plano ficticio del relato novelado de Aída Trujillo.
La intolerancia y la tozudezde Rafael Leonidas Trujillo para apropiarse de la economía nacional, de los bienes ajenos y de la vida humana, son hartamente conocidas. La propia Aída Trujillo reconoce sin requiebros cuán afiladas eran las garras sanguinarias del hombre que la alcahueteó en su niñez. “Nunca entenderé, ni aprobaré en absoluto, los crímenes que cometieron mi abuelo, Rafael Leonidas Trujillo Molina y mi padre, Ramfis ”[i]. Por lo tanto, que Aída santifique a su abuelo o suscriba el asesinato de los ejecutores de éste de manos de su padre Ramfis en la hacienda María, tampoco es la meta primaria de su autobiografía. Esa parte de su relato es de dominio público.
Por encima de las loas y las censuras articuladas por su autora con respecto a la tiranía trujillista, A la sombra de mi abuelo es un relato biográfico novelado a través del cual su protagonista expone la desventura de su vida y su incapacidad para manejar sus asuntos personales, sentimentales y económicos. En las páginas de A la sombra de mi abuelo habita una mujer de sentimientos volubles, con el corazón perforado por todos sus compañeros sentimentales que menguaron considerablemente su capacidad de amar y su economía, hasta dejarla sin dinero, pobre de amor y totalmente frustrada.
Ni los tres padres de sus cuatro hijos, ni los varones con quienes no tuvo descendientes fueron sensibles para asimilar y aceptar a una mujer cuya niñez, adolescencia y adultez fueron itinerantes y desequilibradas emocionalmente. Mucho menos tuvieron sensibilidad suficiente para comprender a un ser ignorado por su propio padre y rechazado por gran parte de su familia, por haber “hablado mal” de su abuelo, y descreditarlo. Ni siquiera al momento de elaborar su testamento, su progenitor la trató igualó al resto de sus hermanos. “Me dio menos dinero que a ellos”, reclama.
En el curso de su atormentada existencia Aída Trujillo ha tenido que sobreponerse a la soledad, a la carencia de libertad, a la tristeza y al abandono familiar. Pero es el desarraigo la peor de sus sombras. Ha sido extranjera en todos los territorios donde ha vivido, no porque se lo haya propuesto sino porque sus ciudadanos no la han soportado ni la han recibido como suya. No pocas veces se ha sentido pateada por los españoles y apedreada por los dominicanos, las dos patrias de las que se siente hija.
En las más de trescientas páginas de A la sombra de mi abuelo, Aída Trujillo batalla consigo misma para descifrar al abuelo histórico y compararlo con el abuelito comprensivo que la consentía y la mimaba en su niñez. Pero el relato termina sin satisfacer su deseo, porque aunque en su búsqueda aprendió que el abuelo político, el odiado por mucho y querido por pocos, era un dictador desalmado, un asesino compulsivo, que sometió a su voluntad a un pueblo que no merecía tal castigo.
Como nieta protegida de Rafael Leonidas Trujillo, es irracional pedirle a Aída Trujillo que expulse totalmente a su abuelo de su memoria. Sin embargo, hay un trofeo del que sería injusto despojarla: es la única de la familia Trujillo que ha depositado al dictador quisqueyano en una balanza, y ha concluido que la ternura de su abuelo fue un producto de consumo interno y exclusivo del hogar donde ella vivió sus primeros años de niñez.
Porque el abuelo político, el gobernante absoluto, el desposta despiadado, concluye Aída, le hizo mucho daño al país que lo vio nacer, a sus compatriotas y a sus familiares sobrevivientes que les ha tocado la desgracia de cargar encima un apellido que todavía provoca en los dominicanos desaliento, repulsión, rabia y un insoportable olor a sangre.
MAS ALLA DE LA MUERTE
En medio del escándalo mediático y del descontento de numerosos políticos e intelectuales criollos, surgidos a raíz del otorgamiento del premio nacional de novela por parte de Ministerio de Cultura de la República Dominicana a A la sombra de mi abuelo, Aída Trujillo adelantó que su segunda novela, titulada Más allá de la muerte, sería una obra muy diferente.
En efecto, temáticamente Más allá de la muerte es una novela con la que la autora cumple su promesa de ofertar algo distinto en su próxima entrega narrativa. El planteamiento central de la misma es la “lucha incesante contra el dolor, los recuerdos, las divinidades y toda una cadena de obstáculos que se le interponen a Verónica en su intento de regresar con vida a la tierra a su amado Manuel.”
Sin embargo, en el primer centenar de páginas de Más allá de la muerte Aída Trujillo, laescritora, no alcanza zafarse de los personajes nebulosos ni de las situaciones adversas que como en A la sombra de mi abuelo, malogran su felicidad y estropean su paz espiritual como protagonista
En A la sombra de mi abuelo, Aída Trujillo, la autora –protagonista, es perseguida constantemente por las garras punzantes de la muerte, un tipo de muerte que trasciendelo filosófico, lo espiritual y lo poético, hasta lograr el aniquilamiento total del cuerpo y, finalmente, de la existencia física. Es esa misma muerte aniquiladora la que termina con la vida terrenal de sus tres seres más queridos: su abuelo, su padre y su madre. Pero esas pérdidas irreparables de A la sombra de mi abuelo pasan íntegramente a Más allá de la muerte.
“Ya sé, niña, ya sé… Se te han acumulado los muertos,- le recuerda su amigo Alvaro. Primero a un padre al que apenas recuerdas, pero que marcó tu vida por su ausencia y por el dolor que padeció tu madrecita. Después, la muerte de tu abuelo, al que adorabas. A continuación la detu madre, a quien tanto querías y necesitabas.” (103)
La única variante entre la primera y la segunda obra en ese aspecto es que Verónica, protagonista de Más allá de la muerte, agudiza su dolor al sumar a su vida una más a las tragedias de Aída: el fallecimiento inesperado de su esposo Manuel.
El rol maquiavélico y vigilante de “Muerte”, “Vida” y “Dolor” como personajes secundarios del relato, un recurso empleado hasta el desgaste en A la sombra de mi abuelo, es recurrente en Más allá de la muerte. Las inversiones comerciales fallidas, la vida nómada de Verónica a causa del desmoronamiento paulatino de su economía y la desintegración de su familia, la volubilidad de sus sentimientos ante los hombres bien parecidos, los fracasos amorosos constantes y el desvelamiento mediante la lectura de etapas turbias de su vida, son también tópicos similares en ambas obras.
El lector de Más allá de la muerte, conocedor de A la sombra de mi abuelo, debe superar el centenar de páginas de lectura para sentirse ante un texto diferente al primer engendro narrativo de Aída Trujillo. Es a partir de la página 111 que la novela comienza a cobrar independencia y a volar por cuenta propia. El momento más climático y sobrecogedor está diseminado entre las páginas 141 y 211 cuando Verónica ingresa al Inframundo tras un extenso sueño inducido por su padrastro Jorge con semillas de peonía. La primera barrera que debe traspasar allí adentro es la avaricia del barquero de Hades, Caronte, quien le exige la mitad del dinero que lleva consigo para transportarla hasta el lugar de encuentro con Hades y su esposa Perséfone. El segundo obstáculo es la envidia, la furia, los celosy la arrogancia del Dios Hades. Y, finalmente, la resistencia de Manuel a abandonar el túnel infernal donde moraba, por creerse incapaz de ello.
Esperanzada en recuperar al amado ido a destiempo, Verónica deambula en un laberinto paradisiaco exclusivo de su imaginario. La búsqueda de lo extraño e inalcanzable, la incursión en una atmósfera mitológica donde lo onírico suprime el espacio de las crueldades físicas para vivificar el amor ansiado por la protagonista, permean la historia. Verónica batalla para que Manuel cambie la oscuridad y las tinieblas, por la luz que enciende y prolonga la vida. Pero la autora jamás plantea la resurrección como una posibilidad para recuperar la vida terrenal arrebatada a Manuel, tal vez por su convencimiento de que resurrección es solamente un mito.
Por eso Verónica viaja hasta el reino de Hades en busca de Manuel. Y ya interna en ese espacio cruel y temerario, vence la avaricia de Caronte, las impertinencias de Hades, el pesimismo de Manuel, la falsía de los antifaces y de los espejos, cuya refracción transformaban todo. Pero a punto de salir del Inframundo maléfico con su amado Manuel, éste se lanza a las aguas dominadas por Caronte para dirigirse a los Campos Elíseos, donde permanecerá por siempre tranquilo y en paz. En ese momento del sueño inducido por Jorge, Verónica despierta aturdida y advierte, como la sentencia calderoniana, que “los sueños,sueños son.” No le queda, entonces, otra opción que aceptar otro fracaso más en su desdichada vida. Fracasos similares alos de A la sombra de mi abuelo.
Las numerosas referencias a las deidades griegas incluidas en primera mitad de Más allá de la muerte, tales com Zeus, Afrodita, Deméter, Hades, Orfeo, Perséfone, Heracles, Caronte, ayudan a la autora a conectar al lector con el reino de Hades que domina la segunda parte de la novela y, al mismo tiempo, familiarizarlo con ese espacio mitológico, nebuloso, sombrío y, eventualmente infernal, a donde los antiguos griegos enviaban a sus muertos a purgar sus penas y purificar sus almas.
La obra está armada en solo bloque, sin capítulos ni separaciones apreciables. Ello facilita que los personajes transiten libremente en varios escenarios sin dejar en el lector la agrura y el manto parco y asfixiante propios de los de A la sombra de mi abuelo. Lo menos agraciado de esta novela es el título. Con el título Más allá de la muerte hay un libro gnóstico de Samael Aun Weor; una novela Miguel Angel Segura; dos libros de ensayos religiosos, uno del sacerdote Angel Peña y otro de David Hyatt. Además, varias películas, una de 1935 dirigida por Ramón Peón y Adela Sequeyro; otra de 1986, dirigida por Sebastián D’Arbó; otra del 2004; otra dirigida por Omar Naim (2004, The Final Cut) y otra protagonizada por Manuel Capetillo and Lorena Velázquez. Del mismo modo, en el espacio cibernético hay numerosos cortometrajes y vídeoclips titulados Más allá de la muerte. Titular una obra debe ser también parte del trabajo investigativo que se realiza para escribirla.
Por lo demás, Aída Trujillo es una escritora diestra en el uso de la lengua, conocedora del arte de narrar, con una bien nutrida imaginación y con conocimiento apreciable de los temas que trata. Esas cualidades, entiendo, la pondrán en la ruta adecuada para en su próxima entrega desprenderse de los personajes nebulosos que la persiguen y la fuerzan girar en el mismo círculo.
Por Oscar López Reyes
Pretendiendo prolongar la creencia de internet del “chivo sin ley” (“fake news” o noticias falsas, desinformación, manipulación, coerción, ciberdelincuencia, etc.), el nuevo Código Penal -estipula condenas hasta de 40 años- ha sido rebautizado como la Ley Mordaza por pseudo-periodistas, “comunicadores” sin títulos universitarios ni otro aval académico o gremial que ejercen el chantaje extorsivo mediático monetario. ¿Acaso asistimos a una revancha en favor de la impunidad de los delitos de palabras (más devastadores que una bala), el aborto, la corrupción y el narcotráfico?
Está en marcha, y crece, la industria de la intimidación, amparados los extorsionadores en el libertinaje digital, la dañina viralidad y la percepción de impunidad por la ausencia de sanción penal. Pululan, especialmente en las redes sociales y la radio, las advertencias de divulgar datos comprometedores o retirar los difundidos si no les efectúan transferencias económicas inmediatas.
Nunca como ahora, malandrines con el antifaz de periodistas presionan y emprenden campañas de descréditos contra figuras públicas, empresarios y políticos con noticias falsas o descontextualizadas, montajes digitales, ediciones tendenciosas, titulares sensacionalistas, perfiles falsos, fotografías e informaciones íntimas y sensibles, rumores espúreos, imágenes o videos manipulados y otros datos personales perjudiciales.
¿Por estos y otros tipos de modus operandi, ha oído usted que condenaron a un director de diario, a un egresado universitario de comunicación social o a otros profesionales del ecosistema informativo?
Sencillamente, “agua pasada no mueve molino”. Más que una persecución contra la libertad de expresión, las campanas repican contra el delito de extorsión mediática, una modalidad delictiva que le está ganando a los abogados extorsionistas.
Categóricamente, ha tomado cuerpo un delito penal grave, que conlleva a penas de cárcel, útil como un mecanismo disuasivo para sujetos con patrones de conductas impulsivas, terroríficas e incontrolables. Ellos están atrapados por trastornos episódicos y sin arrepentimiento, que se vuelven un peligro público, y que ameritan de psicoterapia, como palpablemente se ha visto últimamente. La prisión apuntala como un preferible tono de voz para calmar el dolor de las víctimas y evitar que respondan con el castigo de una paliza o la muerte.
Alégase que el Tribunal Constitucional ha despenalizado delitos de prensa, pero no olvidemos que últimamente esa instancia se ha constituido en una afrenta para la sociedad. Ha estado aplicando el derecho desde la Luna, divorciado de la realidad, y creándole más conflictos al Estado, sancionando sentencias absurdas, que instituciones oficiales no están en capacidad de cumplir, porque de hacerlo dejarían sin presupuesto la salud, la educación, las obras públicas y otros servicios sociales.
Igual de mal andan senadores y diputados, que son marionetas del populismo y que se doblegan en un santiamén, como si asistieran a un convite de comadres. Luego de más de 20 años discutiendo para lograr la aprobación del Código Penal, ahora esos legisladores acceden fácilmente, como si tuvieran en brazos de Morfeo, a dar rienda suelta a la propuesta para modificarlo sin ser sometido a pruebas, porque ni siquiera ha entrado en vigencia.
Valga referir, como aporte adicional a las anotaciones preexistentes, que los más diversos autores doctrinarios internacionales sobre el derecho a la información concuerdan en que la libertad de expresión es un derecho fundamental, pero no absoluto, que precisa de límites para proteger derechos de terceros y garantizar el orden social. Basta citar a Alejandro Fuenmayor E. en El derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública, Francisco Morera Alfaro en Los derechos de los ciudadanos frente a las tareas de la información, Enrique Villalobos Quirós en El derecho a la información y Manuel Fernández Areal en Introducción al derecho de la información.
Y, ¿cuál otro? Sí, podemos leer a Carlos Soria en Derecho a la información y derecho a la honra; A. Hugo Osorio Meléndez en Políticas de información y derecho. Estudio comparativo; Eduardo Nova Monreal en Derecho a la vida privada y libertad de información. Un conflicto de derechos; Ernesto Villanueva e Issa Luna Pla en El derecho de acceso a la información, y Orrin E. Klapp en Información y moral. Estrategias de apertura y cierre ante la nueva información.
En esa óptica, ¿qué dice el nuevo Código Penal?
Acerca de la difamación extorsiva, el artículo 209 expresa que “Quien haga imputación pública a una persona, física o jurídica, de un hecho preciso o concreto que le afecta en su honor o en su consideración, buen nombre, imagen, dignidad e integridad familiar, por cualquier forma pública, … le cause un perjuicio, y con ello obligue o procure obligar a la víctima a ceder a sus exigencias, será sancionado con pena de cinco a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público”.
En esta circunstancia, más que acudir a la violencia como los iracundos, la alternativa más expedita para los injuriados y acosados está en el sometimiento judicial para que un juez decida, interponiendo las pruebas y colocando otras piezas regidos por los fundamentos del derecho, dictaminen la culpabilidad o inocencia del imputado. Y todavía para las partes queda la opción de apelar la sentencia.
Si el Congreso Nacional y el Tribunal Constitucional modifican el nuevo Código Penal, al unísono tendrán que hacer una revolución, en virtud de que en República Dominicana a través de varias leyes son perseguibles y sancionables con prisión el chantaje, las campañas injuriosas y difamatorias, los rumores falsos, las expresiones ofensivas o despectivas por medios informáticos, telemáticos o audiovisuales (redes sociales, internet, blogs) y prensa escrita.
¿Y cuáles son esas disposiciones legales?
Son la Ley 183-02 Monetaria y Financiera, la Ley 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales; la Ley 53-07 Contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, la Ley 136-03 o Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y otras, que contemplan encierros carcelarios de hasta diez años y multas de hasta dos millones 500 mil pesos o 500 veces el salario mínimo del sector público. ¡Muy bien!
Aunque luzca una irreverencia y un riesgo decirlo, el sometimiento judicial a un periodista por difamación e injuria representa una prueba para demostrar su profesionalidad y apego a las leyes y a los principios y valores éticos en el manejo informativo y el análisis interpretativo. Si así fuere, ¿por qué tanto miedo?
Con frecuencia, ciertas esferas de los diarios exageran y procuran rehuir para no colocarse frente a un crucifijo, por la aversión y el temor traumático, arrastrado por sangrientas experiencias pretéritas. Preservemos el contenido del nuevo Código Penal, y actuemos con la potestad de informar y opinar sin censura ni autocensura, pero ajustados al derecho, y caminando derecho.
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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático, escritor y gremialista.
Por Isaías Ramos
República Dominicana no enfrenta solo un debate salarial. Enfrenta una crisis de arraigo, identidad, soberanía laboral y cumplimiento constitucional. Durante las últimas tres décadas se consolidó un modelo de bajos salarios, débil fiscalización y desorden migratorio-laboral. Pero desde la Constitución de 2010, que consagra el Estado Social y Democrático de Derecho, esa falla dejó de ser solo económica: se convirtió en contradicción frontal con el mandato constitucional. Hoy el problema se ha agudizado. La pregunta es necesaria: ¿para quién funciona realmente este modelo económico?
Según el Informe sobre Democracia y Desarrollo 2026 del PNUD, 39.5% de las personas en República Dominicana contempla irse a vivir o trabajar a otro país, frente a 31.7% en América Latina y el Caribe: 395 de cada 1,000 personas, contra 317 de cada 1,000 del promedio regional. La principal razón para emigrar es la falta de oportunidades económicas: 58.4%.
Ese dato debe estremecer. Los dominicanos no contemplan irse porque no amen su patria. Contemplan irse porque trabajan, luchan, pagan transporte, comida, impuestos y deudas, y aun así sienten que no avanzan. La emigración deseada es un voto de desconfianza contra un modelo que produce crecimiento, pero no suficiente esperanza.
La Constitución no manda una República para administrar resignación. Define al país como Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo y la soberanía popular. También reconoce que todo trabajador tiene derecho a un salario justo y suficiente para vivir con dignidad, y declara de alto interés la nacionalización del trabajo.
Por eso, el salario justo no es una consigna. Es mandato constitucional.
La evidencia salarial es contundente. En el primer trimestre de 2026, la ONE reportó que el salario mensual promedio por empleado formal fue RD$34,621. Incluso los sectores mejor remunerados —minas y canteras, organismos extraterritoriales y electricidad— promediaron RD$79,724, RD$70,541 y RD$67,246. Si ese es el techo salarial formal, el país debe preocuparse: muchos ingresos permiten consumir, pero no necesariamente progresar, ahorrar, comprar vivienda o construir patrimonio.
La canasta básica familiar nacional llegó en mayo de 2026 a RD$49,268.36; la del primer quintil fue RD$29,489.84 y la del segundo RD$38,441.67. Frente a eso, demasiados salarios formales siguen siendo salarios de supervivencia. Ahí está el corazón del problema: están convirtiendo la pobreza salarial en ventaja competitiva.
El primer deber de los gobiernos debe ser garantizar salarios justos y dignos. El segundo, aplicar la indexación del mínimo exento del impuesto al salario. La DGII reconoce para 2026 una exención contributiva hasta RD$416,220 anuales y, al mismo tiempo, que por la Ley de Presupuesto queda sin efecto el ajuste previsto en el artículo 327 del Código Tributario. En palabras simples: los gobiernos siguen cobrándole inflación al trabajador formal.
La excusa fiscal tampoco basta. Hacienda estima el gasto tributario de 2026 en RD$393,541.54 millones, equivalente a 4.54% del PIB. Entonces la pregunta no es si hay recursos; la pregunta es a quién deciden proteger primero los gobiernos.
Tercer deber: no hay exenciones sin salario digno. Todo régimen con privilegios fiscales debe demostrar retorno social: salario digno, formalidad, transparencia, capacitación y movilidad salarial.
Cuarto deber: hacer cumplir el 80/20 laboral. El Código de Trabajo establece que al menos 80% de los trabajadores de una empresa debe ser dominicano, y que al menos 80% de la nómina debe corresponder a trabajadores dominicanos, con las excepciones previstas por la ley.
La alerta está en los medios. Almomento, citando la Encuesta Sectorial Construcción 2025 del Instituto Nacional de Migración, afirma que la mano de obra haitiana representa 68.3% de los trabajadores de la construcción, frente a 31.1% de locales; en empresas formales, la proporción sería 69.1% haitiana y 30.2% dominicana. Ese dato exige auditoría nacional. Si se confirma, sería una inversión práctica del mandato de nacionalización del trabajo, con consecuencias salariales, demográficas, culturales e identitarias.
Hay que decirlo sin odio ni confusión: el problema no es el inmigrante pobre que busca trabajo. El problema son los gobiernos que han permitido el desorden. No son los extranjeros los culpables de desplazar al trabajador dominicano; los responsables son las autoridades llamadas a cumplir y hacer cumplir la Constitución, el Código de Trabajo, la ley tributaria y el orden migratorio-laboral.
Donde debía haber control, hubo tolerancia. Donde debían estar las fronteras resguardadas, hubo abandono, corrupción sin consecuencias y complicidad con el desorden. Donde debía prevalecer la Constitución, se traicionó el interés nacional. Donde debía haber salario justo, hubo precariedad. Donde debía haber defensa del trabajo dominicano, hubo indiferencia. Y donde debía haber cumplimiento de la ley, hubo gobiernos mirando hacia otro lado.
Ese desorden empuja al dominicano a emigrar y a la nación a perder cohesión, identidad, soberanía laboral y control sobre su destino.
Desde el Frente Cívico y Social sostenemos que la patria no se defiende culpando al inmigrante pobre. Se defiende cumpliendo la Constitución, pagando salarios dignos, indexando el impuesto al salario, ordenando la frontera y haciendo cumplir el 80/20.
República Dominicana no necesita una economía que administre resignación. Necesita una economía que produzca arraigo.
Los dominicanos no quieren irse. Los están empujando.
Ya basta. Llegó la hora de hacer valer la Constitución y activar, de verdad, el Estado Social y Democrático de Derecho: un Estado que no esté de rodillas ante los privilegios, sino de pie junto al pueblo trabajador.
Opinión
Derechos de las personas durante la investigación de la Corte Penal Internacional
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2 días agoon
julio 1, 2026Por Rommel Santos Díaz
En las investigaciones realizadas de conformidad con el Estatuto de la Corte Penal Internacional nadie será obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable.
De acuerdo con el Estatuto de Roma nadie será sometido a forma alguna de coacción, intimidación o amenaza, a torturas ni a otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes.
En el proceso de investigación de la Corte Penal Internacional , quien haya de ser interrogado en un idioma que no sea el que comprende y habla perfectamente contará, sin cargo alguno, con los servicios de un intérprete competente y las traducciones que sean necesarias a los efectos de cumplir el requisito de equidad.
De conformidad con el Estatuto de Roma nadie será sometido a arresto o detención arbitrarios ni será privado de su libertad salvo por los motivos previstos en el Estatuto y de conformidad con los procedimientos establecidos en él.
Cuando haya motivos para creer que una persona ha cometido un crimen de la competencia de la Corte Penal Internacional y esa persona haya de ser interrogada por el Fiscal o por las autoridades nacionales, o en cumplimiento de una solicitud hecha de acuerdo las disposiciones del Estatuto de Roma tendrá el derecho a ser informada.
Dentro de los derechos que tiene una persona en el proceso de investigación de la Corte Penal Internacional el Estatuto de Roma señala el de ser informada de que existen motivos para creer que ha cometido un crimen de la competencia de la Corte.
Antes del interrogatorio la persona también deberá ser informada de que tiene derecho a guardar silencio , sin que ello pueda tenerse en cuenta a los efectos de determinar su culpabilidad o inocencia.
Cabe destacar que en el proceso de investigación de la Corte Penal Internacional la persona tiene derecho a ser asistida por un abogado defensor de su elección o, si no lo tuviere, a que se le asigne un defensor de oficio, siempre fuere necesario en interés de la justicia y , en cualquier caso, sin cargo si careciere de medios suficientes.
Finalmente, la persona tendrá el derecho a ser interrogada en presencia de un abogado, a menos que haya renunciado voluntariamente a su derecho a asistencia letrada de conformidad con lo establecido en el Estatuto de Roma.
