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Se repite la historia de Bahía de las Águilas con comisión de gran fraude en Parque Nacional Sierra de Bahoruco

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Santo Domingo, R.D.- Los recursos naturales de la República Dominicana están hoy gravemente amenazados por la falsificación de títulos de propiedad dentro del espacio correspondiente al Parque Nacional Sierra de Bahoruco. La Coalición para la Defensa de las Áreas Protegidas denunciaron este miércoles posibles fraudes millonarios al Estado relacionados con demandas de indemnizaciones que abarcan casi el 70 % del Parque Nacional Sierra de Bahoruco.

Esto fue dado a conocer en una rueda de prensa por la Comisión Ambiental de la Universidad Autónoma de Santo Domingo y la Coalición para la Defensa de las Áreas Protegidas, en el edificio del Instituto Sismológico de la UASD.

Según el grupo ambientalista, en un contexto donde las áreas protegidas dominicanas enfrentan amenazas constantes de privatización, surge ahora una táctica novedosa: demandas en justiprecio. Estas reclamaciones buscan compensación por la expropiación de terrenos tras la declaración de un área como protegida. Sin embargo, la Coalición alerta que estos reclamos se están efectuando sobre terrenos carentes de un derecho de propiedad depurado.

Durante la rueda de prensa explicaron que al menos siete demandas en justiprecio han sido interpuestas en los tribunales contra el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales por dos personas que reclaman ser los propietarios de casi el 70% de los 1,100 kilómetros cuadrados que conforman el Parque Nacional Sierra de Bahoruco, en las provincias de Pedernales e Independencia.

Los alegados propietarios de siete porciones de terreno que superan los 184,262,447 metros cuadrados dentro del ámbito de las Parcelas 4213, 3866 y 3250 del D.C. 3, exigen al Estado compensación por miles de millones de pesos.

Estos reclamantes a la fecha ya han obtenido dos sentencias a su favor emitidas por el Tribunal Superior Administrativo (TSA): la primera, dictada el 16 de febrero del 2023 y marcada con el No. 0030-04-2023-SSEN-00088, mediante la cual se ordena el pago de 590 millones de pesos por una porción de terreno de 2,950,000 metros cuadrados y la segunda, dictada el 30 de junio de 2023 y marcada con el No. 0030-02-2023-SSEN-00343, mediante la cual se ordena el pago de 676 millones de pesos por una porción de terreno de 16,900,000 metros cuadrados y sus mejoras, ambas porciones ubicadas dentro del ámbito de la Parcela No. 4213, D.C. 3, municipio Duvergé, provincia Independencia.

La Coalición expresó su preocupación y sospecha de irregularidades en las sentencias emitidas por el Tribunal Superior Administrativo, y anunció su decisión de recurrir en tercería para evitar un posible fraude al Estado dominicano. Asimismo, insta al Ministerio de Medio Ambiente y la Procuraduría General Administrativa a profundizar en la investigación y procesar penalmente a los responsables de este presunto esquema mafioso.

Destacando la necesidad de proteger el sistema de áreas protegidas, la Coalición resalta casos anteriores de fraudes y obtención irregular de títulos en áreas como el Parque Nacional Cotubanamá y la zona Bucanyé-Pedernales. Además, enfatiza la violación de bloqueos registrales impuestos por la Ley de Áreas Protegidas.

Un recurso judicial expone preocupantes irregularidades en la sentencia relacionada con los reclamos de indemnización en el Parque Nacional Sierra de Bahoruco. Los argumentos fundamentales presentados destacan la inobservancia de la certificación del historial de la parcela, evidenciando que las acciones registrales de los demandantes datan de 1994, once años después de la declaración del área como Parque Nacional, lo cual debería haber sido imposible debido al bloqueo registral asociado con áreas protegidas.

Además, el recurso señala la violación de la Ley de Registro Inmobiliario (No. 108-05), destacando que el Tribunal Superior Administrativo aceptó un derecho de propiedad no depurado, respaldado solo por una constancia anotada, sin certificado de título. Se subraya la falta de certeza en la ubicación e individualización de estas constancias, ya que carecen de un plano debidamente aprobado, como exige el Reglamento General de Mensuras Catastrales.

La contradicción en la sentencia se hace evidente al ordenar una inspección de campo basada en la constancia anotada, pero el informe revela que solo se realizó una verificación cartográfica sin un plano aprobado. El recurso también argumenta la necesidad de la participación del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales en la disputa inmobiliaria, ya que gestiona el Catastro Nacional de Áreas Protegidas. Este desarrollo refuerza la importancia de una revisión exhaustiva y transparente del caso para garantizar la integridad de las áreas protegidas en la República Dominicana.

La Coalición para la Defensa de las Áreas Protegidas está conformada por destacadas organizaciones ambientales, incluyendo la Academia de Ciencias de la República Dominicana, la Comisión Ambiental de la UASD, Cúa Conservation Agency, la Fundación Acción Verde Inc., la Fundación Moscoso Puello, el Grupo Jaragua, Guaikía Ambiente y la Sociedad Ecológica del Cibao.

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RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil y llama a la poblacion a estar alerta.

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Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.

El director de la Defensa CivilJuan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.

Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.

En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.

“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.

Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:

  • Mantener la calma
  • Identificar salidas seguras
  • Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.

“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.

Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.

“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.

También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.

En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:

Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.

Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.

Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.

“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.

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TC dispone devolver RD$8 millones a hombre y fija límites a retención de bienes

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Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) volvió a pronunciarse sobre un problema recurrente: la negativa de autoridades e instituciones a devolver bienes o recursos cuya retención ya no tiene sustento legal.

En una nueva sentencia, la alta corte ordenó al Banco Agrícola devolver ocho millones de pesos que permanecían retenidos pese a que habían cesado las medidas de coerción que dieron origen a la garantía económica.

La decisión se suma a otros fallos recientes del TC relacionados con la devolución de bienes y recursos vinculados a procesos judiciales, en los que el tribunal ha advertido que las autoridades no pueden mantener bajo su control dinero o propiedades cuando desaparece la causa legal que justificó la medida.

Posteriormente, el 3 de octubre de 2017, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana dictó un auto de no ha lugar y dispuso el cese de todas las medidas de coerción impuestas en ese proceso.

La entidad financiera alegó que la garantía estaba respaldada por un certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría Fiscal de La Romana y no a nombre de Michel, por lo que entendía que los fondos no podían ser entregados al reclamante. También sostuvo que este carecía de interés directo sobre esos valores y que la devolución podía afectar el patrimonio de la institución.

Ante la negativa, Michel presentó una acción de amparo alegando una vulneración de su derecho de propiedad. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió el recurso y, mediante una sentencia emitida en agosto de 2019, ordenó al Banco Agrícola devolver los fondos.

Los jueces verificaron que el dinero había sido aportado originalmente por Michel mediante un cheque de administración emitido por el Banco de Reservas y que esos recursos nunca fueron transferidos ni cedidos al imputado ni al Estado como propietarios de los fondos.

El TC concluyó que el certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría respondía al mecanismo utilizado para instrumentar la garantía judicial, pero no modificaba la titularidad del dinero.

«Resultaba jurídicamente improcedente la retención de los montos depositados», sostuvo el tribunal al confirmar la devolución de los 8 millones de pesos.

La alta corte recordó que el artículo 237 del Código Procesal Penal dispone que las garantías económicas deben cancelarse y los bienes afectados devolverse cuando cesa la medida que les dio origen.

Asimismo, reiteró un criterio fijado recientemente según el cual las personas que enfrenten la negativa de una autoridad a devolver bienes o valores cuya restitución sea obligatoria pueden recurrir al amparo de cumplimiento para exigir la ejecución de esa obligación legal.

Con esta decisión, el TC confirmó la devolución de los fondos reclamados por Michel y reafirmó que la retención de bienes o recursos no puede mantenerse cuando desaparece la causa legal que la justificaba.

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Los hermanos Espaillat van a juicio de fondo a la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

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Santo Domingo, R.D.-Fue apoderada para conocer el juicio de fondo contra Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set, acusados de su presunta responsabilidad en el colapso del techo  del referido establecimiento, tragedia que dejó como resultado la muerte de 236 personas y más de 180 heridos, la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.

El expediente fue asignado al tribunal, presidido por la magistrada Clara Luz Almonte, mediante el sistema de sorteo aleatorio computarizado de la presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional, luego de que un juez determinara que debía seguir el proceso en un juicio de fondo.

Con este paso, la magistrada procederá próximamente a emitir el auto de fijación de audiencia para citar formalmente al Ministerio Público, a la defensa de los imputados y a las partes querellantes.

Tras un análisis exhaustivo del expediente, el magistrado tipificó los hechos como homicidio culposo o imprudente, rechazando la solicitud de un sector de las víctimas que buscaba que el caso fuera juzgado bajo la figura de homicidio voluntario.

Uno de los puntos relevantes de la decisión del juez Mejía es la exclusión del Ayuntamiento del Distrito Nacional, el Ministerio de Obras Públicas y otras instituciones estatales del proceso penal.

El juez argumentó que, ante la conducta procesal demostrada por los imputados, quienes han mostrado arraigo y disposición de asistir voluntariamente a las audiencias, la prisión preventiva no resulta procedente, recordando que en el sistema constitucional dominicano la libertad es la regla y la prisión la excepción.

No obstante, en el ámbito civil, el tribunal dictó medidas de coerción reales contra los imputados, consistentes en la inmovilización de bienes y medidas conservatorias para garantizar la reparación del daño a las víctimas.

El tribunal confirmó que las evidencias, tanto documentales como materiales, fueron recabadas respetando los derechos fundamentales y ajustándose a los artículos 140, 173, 174 y 197 del Código Procesal Penal, así como a la Resolución 38-69 de la Suprema Corte de Justicia.

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