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Alvarez R. ve hubo venta subvaluada de activos del Baninter
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12 años agoon
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LA REDACCIÓN
Luis Alvarez Renta
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El financista Luis Alvarez Renta, quien cumple condena por el caso de la quiebra del desaparecido Banco Intercontinental (BANINTER), remitió una carta al Procurador General de la República en la que afirma que fueron cometidas irregularidades por más de mil millones de pesos en la operación de venta de los activos de esta entidad al Scotiabank.
En su comunicación, copia de la cual obtuvo ALMOMENTO.NET, Alvarez Renta dice que ha detectado esta situación al analizar los datos e informaciones contenidas y emitidas por el propio Banco Central y la Comisión de Liquidación Administrativa del Baninter (CALB).
Señala que el Estado podría recuperar esos mil millones de pesos si hace una renegociación de los contratos en forma similar a como lo hizo con Barrick Gold, ya que hubo una venta subvaluada de esos activos, de su propiedad.
La carta
La carta tiene fecha del 18 del presente mes de octubre. El texto de la misma es el siguiente:
“Honorable Procurador General de la República
Dr. Francisco Domínguez Brito
Honorable Procuradora Adjunta
Directora de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción
Lic. Laura Guerrero Pelletier
Sus Despachos
Distinguidos Señores:
Como parte de un análisis de las acciones de la Comisión de Liquidación Administrativa del Baninter (CLAB) con respecto a nuestra participación en el caso BANINTER, a la que hemos solicitado una rendición de cuentas, hemos detectado una situación que consideramos de interés nacional, ya que refleja irregularidades que justifican la renegociación de un conjunto de contratos que puede producir al Estado la devolución de por lo menos RD$ 1,000 Millones derivados de la venta subvaluada de activos propiedad del Estado. En este sentido, y para contribuir a la transparencia en el manejo de esos recursos del Estado, deseamos presentar a ustedes una denuncia pública sobre la operación de venta de sucursales, y administración y venta de cartera de préstamos, que llevo se llevó a cabo entre Agosto y Diciembre del año 2003, entre la CLAB y el Scotiabank.
Esta denuncia está basada en un análisis de los datos e informaciones contenidas y emitidas en documentos del mismo BANCO CENTRAL Y DE LA COMISIÓN (Ver anexos 2, 3 y 4), muy particularmente en la auditoría forense realizada a la CLAB por la prestigiosa firma de auditores internacionales BDO Ortega y Asociados – de la cual entendemos que la Procuraduría tiene una copia ya que estuvo representada en esos trabajos (si no la tienen, estamos en disposición de entregarles copia), la cual decidió formalmente no entregar un informe con opinión profesional definitiva, alegando lo siguiente, citamos (Ver página 177 del referido documento):
“6. CONSIDERACIONES FINALES
580. El resultado de nuestra investigación es incompleto, debido a ciertas limitaciones que se desprenden de la naturaleza y alcance de los registros y de la documentación recibida, tal y como se revela en el contenido del presente Informe, todo lo cual se ha atribuido a la causa que originó la intervención al Banco Intercontinental, S. A., por la Autoridad Monetaria y Financiera, por lo que no podemos arribar a conclusiones con respecto a calificar los actos de las gestiones y trabajos realizados por las Comisiones que operaron el Banco Intercontinental, S. A., (En Liquidación) durante el período examinado del 7 de abril de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2004, y sobre las personas que se involucraron en las fases de administración, disolución y liquidación administrativa de dicha entidad bancaria, durante el período examinado; ni tampoco con respecto a lo requerido en base al marco legal señalado en los Términos de Referencia de este examen forense, a saber: la Ley 183-02, Monetaria y Financiera de fecha 21 de noviembre de 2002, el Reglamento de Disolución y Liquidación de Entidades Financieras, y las Resoluciones de la Junta Monetaria sobre la materia. 2
581. Por otro lado, y debido a las mismas limitaciones en el alcance anteriormente señaladas, no nos fue posible preparar un Balance de Comprobación Ajustado No Auditado al cierre del 31 de diciembre de 2004, tal y como estaba previsto en los Términos de Referencia, como tampoco cuantificar los posibles efectos que podrían tener en dicho balance, las diferencias indicadas en el detalle de los análisis realizados al Balance de Comprobación No Auditado al 31 de diciembre del 2004, del Banco Intercontinental, S. A. (En Liquidación), así como tampoco podemos afirmar, que las personas que se involucraron en las fases citadas en el párrafo anterior incurrieron en errores o discrepancias materiales, intencionales o no, en el manejo de los activos y pasivos contenidos en los estados financieros. Original firmado por el representante de BDO Ortega & Asociados”. Fin de la cita.
Dado el origen de estos documentos, los mismos no pueden ser cuestionados por la CLAB, los auditores, ni los funcionarios del Banco Central.
El informe de los auditores describe numerosas irregularidades y violaciones a la ley Monetaria y las Resoluciones de la Junta Monetaria en el manejo, disposición y ventas de activos que pertenecían al Estado Dominicano, ya que tanto el Banco Central como la CLAB son organismos parte del mismo.
Reiteramos que, igual que en el caso de la Barrick Gold, estos contratos y acuerdos deben ser renegociados por el Estado, porque se justifica reclamar no menos de RD$ 1,000 millones de devolución, ya que este fue, como mínimo, el valor subvaluado en el precio de la operación, de acuerdo a nuestro análisis económico y de riesgos que hemos anexado (Ver anexo 1). Los anexos 2, 3 y 4 contienen todas las informaciones o datos que sirven de base para el análisis. Como aparenta ser que en los referidos contratos de venta (No hemos podido tener acceso a esos contratos, los estamos solicitando de acuerdo a la ley de Información Pública), el Banco Central – organismo autónomo del Estado – emitió ciertas garantías al Scotiabank contra acciones legales, quizás lo más conveniente es que sea el Poder Ejecutivo quien persiga el reclamo que se deriva de esta situación. Tal acción debe iniciarse de inmediato porque la posibilidad de acciones legales puede estar cerca de prescribir al haber transcurrido casi 10 años desde la transacción. Sin otro particular, los saludamos con sentimientos de consideración,
Atentamente
Luis Alvarez Renta
Sobre el Caso Baninter
El Banco Intercontinental (también conocido como BANINTER) fue la segunda mayor entidad bancaria de capital privado en la República Dominicana hasta el momento de su colapso en el año 2003, como consecuencia –según las autoridades- del mayor fraude corporativo en la historia de este país, el cual provocó ese año una crisis financiera nacional.
De acuerdo al Banco Central, solo en el 1998 se sustrajeron cerca de RD$1,300 millones de pesos de los pasivos del BANINTER por medio de InterBanco hasta cuentas paralelas en el extranjero o cuentas dentro del mismo banco para diversos propósitos: gastos personales de los ejecutivos, compra de activos, préstamos especiales a terceros, bonificaciones a cuentas sobregiradas de los mismos ejecutivos, entre otros.
A inicios del 2003 y como solución a una crisis interna, el Baninter fue puesto en venta por sus ejecutivos y fue pautada una fusión entre éste y el Banco del Progreso. Sin embargo la compra no prosperó, pues las autoridades monetarias y financieras se percataron del enorme déficit del Banco (el cual subestimaron en un principio). Terminaron interviniendo la entidad bancaria y confiscando todos sus activos antes de que se consumara dicha compra.
Por el fraude la Justicia dominicana condenó a Ramón Báez Figueroa, Luis Alvarez Renta y Marcos Báez Cocco a 10 años de prisión; y a la señora Vivian Lubrano de Castillo a cinco años y a pagar más de RD$68,800 millones de manera solidaria como indemnización a favor de la Superintendencia de Bancos y del Baninter, por daños y perjuicios.
El 22 de diciembre del 2008 el Presidente Leonel Fernández indultó a la señora Lubrano de Castillo.
En junio del 2013 el juez de Ejecución de la Pena de San Cristóbal, José Medrano Kelys, dispuso la libertad del ex banquero Marcos Báez Cocco, al variarle la modalidad de la prisión por el arresto domiciliario, debido a problemas de salud que desde años padece.
El 15 de agosto del 2013 Báez Figueroa (Ramoncito) fue favorecido con una orden de libertad, tras cumplir la mitad de su condena de 10 años.
Alvarez Renta es el único que permanece en prisión. Actualmente está en una clínica aquejado de distintas dolencias.
almomento.net
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Ministerio Público crea Unidad Canina para fortalecer búsqueda de personas desaparecidas
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5 horas agoon
enero 11, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Consejo Superior del Ministerio Público creó una Unidad Canina especializada para integrarla a la búsqueda de personas desaparecidas y recuperación de cadáveres, informó este domingo la Procuraduría General (PGR).
La unidad, que estará adscrita al Instituto Nacional de Patología Forense (Inacif), intervendrá en los procesos de investigación, en coordinación con otras agencias del Estado, siempre conforme al protocolo y las circunstancias objetivas de cada caso.
El órgano superior de gobernanza del Ministerio Público, presidido por la procuradora general Yeni Berenice Reynoso e integrado por la procuradora adjunta Ysis Germania de la Cruz, el procurador fiscal Denny Frey Silvestre Silverio y el fiscalizador Merlin Mateo Sánchez, tomó su decisión durante la Décimo Tercera Sesión Ordinaria, efectuada el pasado 8 de enero.
Agencias internacionales cooperarán
Según se explica en un comunicado de prensa, para la creación de la Unidad Canina, el Ministerio Público recibirá la cooperación de agencias internacionales, específicamente en lo que respecta a la asistencia de entrenamiento del personal asignado a esos fines.
- Por igual, se ha dispuesto la elaboración de un protocolo para el total cumplimiento de la Ley 248-12, de Protección Animal, a fin de garantizar el cuidado de los caninos entrenados para estas labores, explicó la secretaria del Consejo, Minerva Cocco, concluyó la nota de prensa.
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Puntos críticos del recurso de apelación de Santiago Hazim que busca revocar la prisión preventiva
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5 horas agoon
enero 11, 2026
Santo Domingo, R.D.-En el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que impuso 18 meses de prisión preventiva a Santiago Hazim, principal implicado en el caso SeNaSa, la defensa plantea diversos puntos críticos para revocar la decisión.
Los abogados Miguel Valerio Jiminián, Yipsy Roa Díaz, Yenifer Doñe Miliano y Daniel Santillán destacan en el recurso contra la decisión del juez Rigoberto Sena la falta de motivación jurídica, la excepción de inconstitucionalidad por control difuso y lo que califican como un fallo “literario y religioso”.
Sostienen que la decisión emitida el pasado mes de diciembre por el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional vulnera derechos fundamentales y principios básicos del debido proceso.
Por ello, solicitan la revocación inmediata de la medida de coerción, por considerarla arbitraria, desproporcionada y carente de sustento jurídico.
Inconstitucionalidad por desproporcionalidad
Uno de los puntos más relevantes de la instancia es la solicitud de una excepción de inconstitucionalidad. La defensa pide a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que, mediante el ejercicio del control difuso, declare inconstitucional el artículo 377.2 del Código Procesal Penal para este caso específico.
Argumentan que imponer 18 meses de prisión preventiva constituye una «pena anticipada», especialmente cuando el propio tribunal fijó un plazo de solo ocho meses para que el Ministerio Público concluya la investigación.
«Resulta una incoherencia que la prisión preventiva sea más extensa que el tiempo otorgado para investigar; esto desnaturaliza la medida y viola la presunción de inocencia», establecen los juristas en el recurso.
Resaltan que la medida excede notablemente el plazo previsto y viola los artículos 40.9 y 69 (numerales 1, 2 y 3) de la Constitución de la República.
Críticas a un fallo «literario y religioso»
La defensa de Hazim también plantea que la decisión del juez Sena carece de la debida motivación, pues se sustenta en apreciaciones de carácter religioso y literario impropias de una decisión judicial.
Según el recurso, la sentencia se asemeja más a una «mala narración novelesca» y a la «cita arbitraria de pasajes bíblicos» que a un razonamiento jurídico.
Aducen que estos elementos fueron utilizados para «caer en gracia» al afirmar que el imputado habría «violado la confianza del presidente Luis Abinader«, lo cual consideran inaceptable en un Estado social y democrático de derecho.
“La decisión se encuentra fundamentada en pasajes bíblicos que nada tienen que ver con la naturaleza jurídica de la medida… el tribunal señaló de forma directa a Hazim como avaro y traidor a la patria, juicios de valor personal sin conexión con los elementos probatorios”, enfatizan.
Derecho a la salud y dignidad humana
El recurso también alega violaciones al derecho a la salud y a la dignidad humana. Los abogados indican que no se ponderaron adecuadamente los elementos de arraigo que garantizan que el imputado no representa peligro de fuga.
Presentaron constancias del Icahn School of Medicine at Mount Sinai que establecen que Hazim recibe, desde 2011, un tratamiento especializado con infusiones de Ocrevus (ocrelizumab) cada seis meses en Nueva York.
Sostienen que la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Las Parras imposibilita la continuidad de este tratamiento, lo que podría derivar en consecuencias irreversibles para su bienestar físico y neurológico.
Se espera que la Corte de Apelación del Distrito Nacional fije próximamente la fecha para el conocimiento de este recurso, donde se decidirá si se mantiene la medida o se dicta una menos gravosa que permita al imputado llevar el proceso en libertad.
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La JCE anuncia horario de 08:00 a.m. a 01:00 p.m. para servicios a la ciudadanía
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1 día agoon
enero 10, 2026
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE) informó que en 14 centros de cedulación por lo que estarán brindando sus servicios a la ciudadanía en un horario de 8:00 de la mañana hasta la 1:00 de la tarde desde el 12 al 16 de enero del 2026.
El órgano electoral explicó que la reducción del horario se debe a que se llevará a cabo la captura de datos biométricos y personales para el proceso de la renovación de la cédula de identidad y electoral, exclusivamente a los empleados de la institución.
Estos 14 centros con este horario especial durante la fecha señalada son los siguientes:
1. Bajos de Haina
2. Boca Chica
3. Carretera Mella
4. Cristo Rey
5. Doctor Delgado
6. Ensanche Luperón
7. Gascue
8. Herrera
9. Las Américas
10. Los Alcarrizos
11. Pedro Brand
12. Plaza Naco
13. San Antonio de Guerra
14. Villa Mella
La primera etapa de inicio del despliegue progresivo controlado y limitado para la captura y posterior entrega, que abarca el primer trimestre de este año y dirigido solo al personal de la JCE, «garantiza la estabilidad operativa, calidad del servicio y confiabilidad de los sistemas antes de su despliegue a escala general».
Además, la JCE explicó que al mismo tiempo esta es la «manera correcta» de reducir riesgos, ajustar los tiempos e identificar mejoras.
«Recordamos a la ciudadanía que esto obedece a la ejecución de la primera etapa del proceso de renovación de la cédula de identidad y electoral, y pedimos su comprensión ante los inconvenientes que esto les pueda causar», agregó la institución en una nota de prensa.
Recordó que será a partir de abril cuando se inicie la captura y entrega de la nueva cédula a la población en general según el mes de nacimiento.
