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Alvarez R. ve hubo venta subvaluada de activos del Baninter
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12 años agoon
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LA REDACCIÓN
Luis Alvarez Renta
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El financista Luis Alvarez Renta, quien cumple condena por el caso de la quiebra del desaparecido Banco Intercontinental (BANINTER), remitió una carta al Procurador General de la República en la que afirma que fueron cometidas irregularidades por más de mil millones de pesos en la operación de venta de los activos de esta entidad al Scotiabank.
En su comunicación, copia de la cual obtuvo ALMOMENTO.NET, Alvarez Renta dice que ha detectado esta situación al analizar los datos e informaciones contenidas y emitidas por el propio Banco Central y la Comisión de Liquidación Administrativa del Baninter (CALB).
Señala que el Estado podría recuperar esos mil millones de pesos si hace una renegociación de los contratos en forma similar a como lo hizo con Barrick Gold, ya que hubo una venta subvaluada de esos activos, de su propiedad.
La carta
La carta tiene fecha del 18 del presente mes de octubre. El texto de la misma es el siguiente:
“Honorable Procurador General de la República
Dr. Francisco Domínguez Brito
Honorable Procuradora Adjunta
Directora de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción
Lic. Laura Guerrero Pelletier
Sus Despachos
Distinguidos Señores:
Como parte de un análisis de las acciones de la Comisión de Liquidación Administrativa del Baninter (CLAB) con respecto a nuestra participación en el caso BANINTER, a la que hemos solicitado una rendición de cuentas, hemos detectado una situación que consideramos de interés nacional, ya que refleja irregularidades que justifican la renegociación de un conjunto de contratos que puede producir al Estado la devolución de por lo menos RD$ 1,000 Millones derivados de la venta subvaluada de activos propiedad del Estado. En este sentido, y para contribuir a la transparencia en el manejo de esos recursos del Estado, deseamos presentar a ustedes una denuncia pública sobre la operación de venta de sucursales, y administración y venta de cartera de préstamos, que llevo se llevó a cabo entre Agosto y Diciembre del año 2003, entre la CLAB y el Scotiabank.
Esta denuncia está basada en un análisis de los datos e informaciones contenidas y emitidas en documentos del mismo BANCO CENTRAL Y DE LA COMISIÓN (Ver anexos 2, 3 y 4), muy particularmente en la auditoría forense realizada a la CLAB por la prestigiosa firma de auditores internacionales BDO Ortega y Asociados – de la cual entendemos que la Procuraduría tiene una copia ya que estuvo representada en esos trabajos (si no la tienen, estamos en disposición de entregarles copia), la cual decidió formalmente no entregar un informe con opinión profesional definitiva, alegando lo siguiente, citamos (Ver página 177 del referido documento):
“6. CONSIDERACIONES FINALES
580. El resultado de nuestra investigación es incompleto, debido a ciertas limitaciones que se desprenden de la naturaleza y alcance de los registros y de la documentación recibida, tal y como se revela en el contenido del presente Informe, todo lo cual se ha atribuido a la causa que originó la intervención al Banco Intercontinental, S. A., por la Autoridad Monetaria y Financiera, por lo que no podemos arribar a conclusiones con respecto a calificar los actos de las gestiones y trabajos realizados por las Comisiones que operaron el Banco Intercontinental, S. A., (En Liquidación) durante el período examinado del 7 de abril de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2004, y sobre las personas que se involucraron en las fases de administración, disolución y liquidación administrativa de dicha entidad bancaria, durante el período examinado; ni tampoco con respecto a lo requerido en base al marco legal señalado en los Términos de Referencia de este examen forense, a saber: la Ley 183-02, Monetaria y Financiera de fecha 21 de noviembre de 2002, el Reglamento de Disolución y Liquidación de Entidades Financieras, y las Resoluciones de la Junta Monetaria sobre la materia. 2
581. Por otro lado, y debido a las mismas limitaciones en el alcance anteriormente señaladas, no nos fue posible preparar un Balance de Comprobación Ajustado No Auditado al cierre del 31 de diciembre de 2004, tal y como estaba previsto en los Términos de Referencia, como tampoco cuantificar los posibles efectos que podrían tener en dicho balance, las diferencias indicadas en el detalle de los análisis realizados al Balance de Comprobación No Auditado al 31 de diciembre del 2004, del Banco Intercontinental, S. A. (En Liquidación), así como tampoco podemos afirmar, que las personas que se involucraron en las fases citadas en el párrafo anterior incurrieron en errores o discrepancias materiales, intencionales o no, en el manejo de los activos y pasivos contenidos en los estados financieros. Original firmado por el representante de BDO Ortega & Asociados”. Fin de la cita.
Dado el origen de estos documentos, los mismos no pueden ser cuestionados por la CLAB, los auditores, ni los funcionarios del Banco Central.
El informe de los auditores describe numerosas irregularidades y violaciones a la ley Monetaria y las Resoluciones de la Junta Monetaria en el manejo, disposición y ventas de activos que pertenecían al Estado Dominicano, ya que tanto el Banco Central como la CLAB son organismos parte del mismo.
Reiteramos que, igual que en el caso de la Barrick Gold, estos contratos y acuerdos deben ser renegociados por el Estado, porque se justifica reclamar no menos de RD$ 1,000 millones de devolución, ya que este fue, como mínimo, el valor subvaluado en el precio de la operación, de acuerdo a nuestro análisis económico y de riesgos que hemos anexado (Ver anexo 1). Los anexos 2, 3 y 4 contienen todas las informaciones o datos que sirven de base para el análisis. Como aparenta ser que en los referidos contratos de venta (No hemos podido tener acceso a esos contratos, los estamos solicitando de acuerdo a la ley de Información Pública), el Banco Central – organismo autónomo del Estado – emitió ciertas garantías al Scotiabank contra acciones legales, quizás lo más conveniente es que sea el Poder Ejecutivo quien persiga el reclamo que se deriva de esta situación. Tal acción debe iniciarse de inmediato porque la posibilidad de acciones legales puede estar cerca de prescribir al haber transcurrido casi 10 años desde la transacción. Sin otro particular, los saludamos con sentimientos de consideración,
Atentamente
Luis Alvarez Renta
Sobre el Caso Baninter
El Banco Intercontinental (también conocido como BANINTER) fue la segunda mayor entidad bancaria de capital privado en la República Dominicana hasta el momento de su colapso en el año 2003, como consecuencia –según las autoridades- del mayor fraude corporativo en la historia de este país, el cual provocó ese año una crisis financiera nacional.
De acuerdo al Banco Central, solo en el 1998 se sustrajeron cerca de RD$1,300 millones de pesos de los pasivos del BANINTER por medio de InterBanco hasta cuentas paralelas en el extranjero o cuentas dentro del mismo banco para diversos propósitos: gastos personales de los ejecutivos, compra de activos, préstamos especiales a terceros, bonificaciones a cuentas sobregiradas de los mismos ejecutivos, entre otros.
A inicios del 2003 y como solución a una crisis interna, el Baninter fue puesto en venta por sus ejecutivos y fue pautada una fusión entre éste y el Banco del Progreso. Sin embargo la compra no prosperó, pues las autoridades monetarias y financieras se percataron del enorme déficit del Banco (el cual subestimaron en un principio). Terminaron interviniendo la entidad bancaria y confiscando todos sus activos antes de que se consumara dicha compra.
Por el fraude la Justicia dominicana condenó a Ramón Báez Figueroa, Luis Alvarez Renta y Marcos Báez Cocco a 10 años de prisión; y a la señora Vivian Lubrano de Castillo a cinco años y a pagar más de RD$68,800 millones de manera solidaria como indemnización a favor de la Superintendencia de Bancos y del Baninter, por daños y perjuicios.
El 22 de diciembre del 2008 el Presidente Leonel Fernández indultó a la señora Lubrano de Castillo.
En junio del 2013 el juez de Ejecución de la Pena de San Cristóbal, José Medrano Kelys, dispuso la libertad del ex banquero Marcos Báez Cocco, al variarle la modalidad de la prisión por el arresto domiciliario, debido a problemas de salud que desde años padece.
El 15 de agosto del 2013 Báez Figueroa (Ramoncito) fue favorecido con una orden de libertad, tras cumplir la mitad de su condena de 10 años.
Alvarez Renta es el único que permanece en prisión. Actualmente está en una clínica aquejado de distintas dolencias.
almomento.net
Nacionales
Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.
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9 horas agoon
marzo 19, 2026Por Elba García
El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.
El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.
Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.
La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.
Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.
Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.
Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.
El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales, morales, económicos y políticos, lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con el ordenamiento actual.
Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.
Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.
Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron su llegada al poder en que en la República Dominicana se consolidaba un partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.
Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.
Nacionales
Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos
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9 horas agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.
La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.
De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.
El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.
Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).
Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.
Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.
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Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.
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9 horas agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.
El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.
Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.
La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.
Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.
El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.
