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Amet atribuye caos a obsoleta Ley Tránsito

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El director del organismo aboga por cambios significativos en la normativa que regula el tránsito en el país, a fin de adecuarla a los nuevos tiempos

El director de la Autoridad Metropolitana de Transporte (Amet)  declaró   hoy que no posee un marco legal adecuado para resolver el problema del caos en el transporte público, pero están   implementando medidas  para enfrentar la situación en   Santo Domingo  y las principales ciudades. El general de brigada  Juan Jerónimo  Brown  Pérez   explicó que la   Ley 241 de Tránsito de Vehículos   es arcaica porque  fue aprobada en   1967,  cuando existía un flujo de vehículos limitados, pero 46  años después ya  no   responde a  la realidad social para  enfrentar la problemática del transporte en el país, y esa situación complica el  trabajo de los  policías de Amet.

Dijo que a  pesar de las limitaciones de la    Ley  241    la Policía   no se quedará de brazos  cruzados  y  están      implementando programas   para sancionar las  violaciones de tránsito  que  tanto  daño hacen a la población.

Recordó que en la   Cámara de Diputados tienen seis años estudiando un proyecto de ley  y   no hay forma de que sea   aprobado.

El  oficial superior  habló en el programa Uno + Uno  que conducen los periodistas Juan Bolívar Díaz  y Rafael Toribio,  donde el general   Brown Pérez      dijo  que  entre las medidas que están implementando es   firmando   acuerdos con todos los organismos que tienen que ver con el tránsito   para     mejorar la circulación de vehículos en las principales avenidas y paradores.

Dijo que  lleva     dos meses    en el cargo, pero  ya   han     resuelto el problema del  tránsito  en las avenidas Isabel Aguiar  con  27 de Febrero,    donde la  Amet    llegó a un  acuerdo con los conductores   para que sólo existan dos guaguas cargando pasajeros en el lugar,      situación que ha dado   que  no se   “observen  las   hileras de guaguas y  carros       esperando pasajeros que había antes”.

Además, en el  kilómetro 12 de   de la carretera Sánchez,   y en  la Independencia  próximo a la universidad  Metodología y Método (O&M) y  en  el kilómetro nueve de la Charles de Gaulle en Santo Domingo Este    “eran lugares caóticos, pero  en la actualidad se ha resuelto  el  desorden que   habían en esas vías públicas”.

 Citó  que también tienen contemplado tomar  medidas contra los taxistas   que están ocupando áreas verdes, otros que limitan tránsito a los residentes de urbanizaciones y  otros   tienen paradas  en avenidas   y  llegan al extremo de  ocupar dos carriles,    dificultando  el   desplazamiento de los conductores.

Dijo que de los temas de agenda   está el problema de  algunas rutas que están  registradas con  20 carros y poseen 140 guaguas,  situación que están enfrentando.

 Acuerdos

El director de la Amet   informó que han firmado acuerdos de colaboración con las autoridades de  Impuesto Internos, las direcciones de Tránsito Terrestre,  Ministerio de Obras Públicas,  Oficina para el  Reordenamiento del Transporte (Opret), entre otras, para implementar programas de trabajo.

También están conversando con los ayuntamientos para tomar medidas  para mejorar el  tránsito en las  provincias.

Al responder la pregunta de un  televidente de ¿Porqué  hay    tantos  vehículos circulando en las calles sin placa?  el   general  Brown   respondió  “lamentablemente  esas acciones corresponden a una cultura  que  tenemos de violación a la ley de tránsito, pero nosotros  estamos combatiendola ”.

UN APUNTE

Las modificaciones

La actual Ley 241 que data de 1967 ha sido modificada en dos ocasiones para adecuar algunos de sus artículos.

La primera modificación fue promulgada el 16 de diciembre de 1999, mientras la segunda se hizo 10 años después, o sea, en junio del 2009. Sin embargo, ambas modificaciones no contribuyeron a mejorar el tránsito. No obstante, los problemas fundamenteles de irrespeto en el tránsito están considerados como violaciones en la actual legislación, pero en ocasiones Amet privilegia a los gremios de choferes, permitiéndoles  acciones que son prohibidas para otros choferes.

El Nacional

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Pronto el Ministerio Público hablará de un segundo capítulo del caso Senasa, según Wilson Camacho.

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Santo Domingo, R.D.-Luego de la ratificacion de la medida de coercion en contra de los imputados del caso Senasa, Wilson Camacho, voce del Ministerio Público volvió a señalar que la versión dos del escándalo de corrupción pronto será conocido.

“Estamos avanzando. Ustedes saben que es una investigación abierta y hay que cuidar los detalles para no afectar esa investigación, pero les aseguro que muy pronto nos estaremos viendo de nuevo hablando de la versión 2.0 de Operación Cobra”, dijo el magistrado.

Asimismo, volvió a prometer que toda persona que haya participado en ese entramado que desfalcó al Estado con alrededor de 15 mil millones de pesos “se presentará ante los tribunales, se los aseguro”.

Al fallar el fondo de la apelación, la corte desestimó los recursos de Santiago Hazim, Gustavo Enrique Messina Cruz, Germán Rafael Robles Quiñones, Franciscó Iván Minaya Pérez, Rafael Luis Martínez Hazim, Ramón Alan Speaklear Mateo y Ada Ledesma Ubiera. Por vía de consecuencia, confirmó en todas sus partes la resolución impugnada, que impuso la medida de coerción consistente en prisión preventiva por un espacio de 18 meses.

La prisión la cumplen en las cárceles de Las Parras y Najayo Mujeres.

El pleno del tribunal, integrado por los magistrados Isis Muñoz (presidenta), Teófilo Andújar y Luis Omar Jiménez, también decidió mantener en arresto domiciliario, presentación de garantías económicas e impedimento de salida del país para Eduardo Read Estrella, Cinty Acosta Sención Heidi Mariela Pineda Perdomo.

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Abogados de imputados en caso Calamar sostienen que acusación carece de base.

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Santo Domingo, R.D.-Los defensores en el caso Calamar  del exministro de Hacienda, Donald Guerrero, presentaron en el tribunal hoy sus argumentos finales con el objetivo de desmontar la acusación del Ministerio Público sobre supuestas irregularidades millonarias en expropiaciones de terrenos y pagos a contratistas.

El doctor Eduardo Núñez  planteó a la jueza Altagracia Ramírez, del Cuarto juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, que la imputación carece de fundamento legal y material y que es materialmente imposible que Donald Guerrero haya cometido los delitos que se le imputan.

Donald Guerrero es inocente, y los propios documentos del Estado acrediten una gestión transparente en el Ministerio de Hacienda”, acotó el abogado en sus argumentos planteados al tribunal.

Sostiene que se trata de documentos fabricados al margen de la ley, producidos sin permitir la contradicción ni la participación ni el derecho de defensa de las personas investigadas, en franca violación del artículo 69 de la Constitución.

Afirmó que dichos informes no responden a un ejercicio técnico ni imparcial, sino a un intento deliberado de crear documentos para justificar acciones que se querían llevar a cabo y dar apariencia de legalidad a una narrativa que no respondía a hechos reales, con el fin de venderle al país una historia que no se corresponde con la verdad.

El jurista explicó que en el período comprendido entre el año 2021 y 2024 se realizaron informes de auditoría sobre expropiaciones del Ministerio de Hacienda atribuidas a una Unidad Antifraude que no existe legalmente.

Esa auditoría, indicó, se llevó a cabo sin notificar, sin permitir participación y sin otorgar acceso a la información a las personas bajo escrutinio, en abierta violación de las normas básicas del debido proceso administrativo.

A juicio de la defensa, se trata de una actuación fabricada al margen del ordenamiento jurídico, utilizada durante más de cuatro años para respaldar decisiones administrativas y judiciales, aun cuando se conocía que el órgano que produjo el informe carecía de existencia jurídica.

Núñez recordó que no fue sino hasta el 14 de julio de 2025 cuando el Poder Ejecutivo creó formalmente la Unidad Antifraude mediante el Decreto 382-25, varios años después de que esa supuesta unidad realizará los trabajos que sirvieron de base al proceso penal.

Igualmente, indicó que el Decreto 382-25 es inconstitucional porque asigna facultades que afectan derechos fundamentales por medio de un decreto.

Manifestó que la acusación se sostiene sobre dos tipos de pagos que el Ministerio Público ha intentado presentar como irregulares, cuando en realidad corresponden a obligaciones legales acumuladas del Estado.

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Solicitan 20 años de prisión para imputados en el caso Coral

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Santo Domingo, R.D.-Una pena máxima de 20 años de cárcel solicitó  el Ministerio Público este jueves en sus conclusiones formales en el juicio de fondo que se sigue contra los implicados en el caso Coral, cuyo cabecilla es el general Adam Cáceres y 5  para el delator, Raúl Alejandro Girón Jiménez.

Durante la lectura de las conclusiones, Mirna Ortiz, directora de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), solicitó que los imputados sean condenados por violación a la Constitución de la República, coalición de funcionarios, prevaricación, desfalco y lavado de activos provenientes del narcotráfico y otras infracciones graves.

La fiscalía solicitó al tribunal imponer una condena de 20 años de prisión y el pago de 400 salarios mínimos contra el mayor general Adán Cáceres Silvestre, Juan Carlos Torres Robiou (exdirector del CESTUR), Rafael Núñez de Aza, Rafael Camilo de los Santos Viola

En el caso del mayor del Ejército, Raúl Alejandro Girón, por su decisión fundamentada en la cooperación efectiva y el aporte de información clave para desmantelar la estructura, el Ministerio Público solicitó una pena reducida de 5 años de prisión y una multa de 200 salarios mínimos.

Mayor general Adán Cáceres se queja de violaciones a sus derechos fundamentales.

Mayor general Adán Cáceres se queja de violaciones a sus derechos fundamentales.

El Ministerio Público propuso que se tome en consideración el tiempo que el imputado ha cumplido bajo arresto domiciliario para dar la pena por cumplida en su totalidad o que el tiempo restante sea bajo la modalidad de pena suspendida, sujeta a reglas específicas.

Esto residir en un domicilio fijó aportado al tribunal, abstenerse del porte y tenencia de armas de fuego, presentarse mensualmente ante el juez de ejecución de la pena.

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