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Economía

Arranca la Autoferia Popular con tasas fijas desde 7.25%

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Santo Domingo, R.D.-El Banco Popular Dominicano (BPD) informó que la vigésima novena edición de la Autoferia Popular ofrecerá tasas fijas de 7.75% a seis meses; 11.95% a 12 meses; 12.75% a dos años; 13.95% a tres años; 14.95% a cinco años; además de condiciones especiales de financiamiento también para la compra de vehículos usados.

Como parte del compromiso del Banco Popular con la promoción de hábitos de vida sostenibles, en esta edición de la Autoferia Popular 2024 se continuará incentivando la adquisición de vehículos híbridos y eléctricos, con una tasa fija especial de 7.25% a seis meses; 11.45% a 12 meses; 13.45% a tres años; 14.45% a cinco años.

Autoferia Popular fue la primera feria automotriz del país en ofrecer esta facilidad, gracias a su portafolio verde Hazte Eco, que es pionero en el mercado dominicano.

Todos los clientes podrán financiar hasta el 90% del valor del vehículo, con un plazo de hasta siete años para pagar a partir de enero de 2025 y la facilidad de realizar pagos extraordinarios durante la vida del financiamiento.

Leasing Popular

Tasas.Externa

Como en ediciones anteriores, la feria automovilística del Popular incluye el producto de financiamiento Leasing Popular, con tasas fijas desde 7.75%. Esta forma de financiamiento brinda ventajas fiscales a profesionales independientes, pymes y empresas, que pueden comprar vehículos o flotillas nuevas, compensando el ITBIS, descontando la cuota completa como gasto y pudiendo financiar hasta el 100%. Y, en caso de que se trate de un vehículo eco, el Leasing Verde Popular cuenta con mejores condiciones.

En su conjunto la cartera de leasing vehicular del Banco Popular asciende a RD$ 13,600 millones al cierre del mes de octubre, con un aumento porcentual del 21% con respecto al mismo mes de 2023.

La vigésimo novena edición de la Autoferia Popular se llevará a cabo hasta el domingo 8 de diciembre en 23 concesionarios, reunidos en la Asociación de Concesionarios de Fabricantes de Vehículos (ACOFAVE) y el Grupo Unido de la Industria Automotriz de la República Dominicana (GUIA), así como en más de 250 distribuidores o dealers y en todas las sucursales del Popular en el país.

Las oficinas bancarias cercanas a concesionarios y dealers trabajarán con un horario especial, hasta las 6:00 de la tarde del sábado 7 de diciembre y hasta las 5:00 de la tarde el domingo 8 de diciembre, cuando concluye la Autoferia Popular.

Desde ahí también se pueden realizar solicitudes de préstamo y conocer en detalle las ofertas y novedades de esta edición de la feria de vehículos.

Esta nueva versión de este evento automotriz inicia luego de la exitosa realización desde octubre de la Temporada Autoferia Popular, un periodo de ofertas comerciales y promociones especiales, que los clientes pudieron aprovechar de forma anticipada, adquiriendo su vehículo nuevo con las condiciones ahora anunciadas para esta feria.

Motor de la industria por casi tres décadas

Los detalles fueron dados a conocer durante un encuentro con medios de comunicación, encabezado por el señor Francisco Ramírez, vicepresidente ejecutivo de Negocios Personales y Sucursales del Popular.

En la actividad, el ejecutivo subrayó la transcendencia de la Autoferia Popular como el autoshow más moderno del país, celebrado desde 1998 y habiéndose consolidado como el escenario ideal para presentar las innovaciones del sector automotriz.

“Su impacto no solo radica en renovar el parque vehicular de la República Dominicana, haciéndolo más eficiente y moderno, sino también encauzarlo hacia su próximo nivel, con la introducción de unidades más respetuosas con el medioambiente”, indicó el señor Ramírez ante la audiencia convocada.

Beneficios adicionales

Al adquirir un vehículo nuevo en esta Autoferia Popular, los clientes participarán en sorteos donde tendrán la opción de ganar premios como el atractivo de llevarse tres pagos iniciales de RD$300 mil cada uno.

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Economía

Cámara Americana sugiere al USTR reconsiderar cargos por servicios marítimos en comercio de bienes

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En una carta formal al Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR), AmchamDR comunicó su inquietud respecto a los cargos por servicios a los operadores de buques chinos de hasta un millón de dólares por escala en puertos estadounidenses, así como el cobro a las compañías navieras que utilizan buques construidos en China, de hasta 1,5 millones de dólares por escala.

El gremio señaló que estas tendrían un impacto significativo para el intercambio comercial entre Republica Dominicana y los Estados Unidos y otras economías de la región, al carecer el mercado de transporte de embarcaciones que pudieran suministrar los servicios navieros en reemplazo de las naves que resultarían impactadas por estas medidas.

El mes pasado, el Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR) propuso varios cargos por servicios portuarios, de hasta $1.5 millones de dólares por barco, para embarcaciones construidas en China, manejadas por operadores chinos, dependiendo de la composición de sus flotas o pedidos prospectivos de barcos chinos, que, según dijo, ayudarían a remediar las prácticas desleales utilizadas por China para convertirse en un jugador dominante en las industrias de construcción naval y marítima.

   Las medidas propuestas forman parte de una investigación sobre esas prácticas lanzada el año pasado por USTR bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, tras una petición presentada por varios sindicatos importantes de EE.UU.

La principal preocupación articulada por AmchamDR es que economías más pequeñas como la República Dominicana se vean en desventaja competitiva frente a economías más grandes con capacidad de ser atendidas por una mayor escala de embarcaciones.

 Las importaciones que llegan en barcos grandes a EE. UU. desde Asia con más de 10,000 contenedores pudieran tener un costo incremental de aproximadamente $100 – $150 dólares por contenedor, mientras que los barcos más pequeños del tipo que sirven a la República Dominicana y otros países de la región (200 – 1,000 contenedores) pudieran ser impactados hasta con $7,500 dólares adicionales por contenedor.

«Si bien desde AmchamDR apoyamos el objetivo a largo plazo de fortalecer la industria de construcción de buques de EE. UU., a corto plazo estas tarifas por servicios portuarias tendrían un impacto muy negativo para muchos de nuestros miembros, incluidas las líneas navieras, los puertos, las empresas estadounidenses que operan en la República Dominicana y los importadores de productos estadounidenses como petróleo, Gas Natural Licuado, carbón, maquinarias y productos agrícolas», afirma.

 Esperan que USTR considere alternativas a corto y largo plazo a las tarifas de servicios propuestas y los umbrales de exportación según el origen de los barcos de una manera que no afecte negativamente las exportaciones de EE. UU., a los transportistas estadounidenses y a las empresas estadounidenses que operan en la República Dominicana.

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Economía

SB insta a participar en reforma reglamento protección usuarios

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SANTO DOMINGO. –  La Superintendencia de Bancos (SB) invitó a los profesionales del ámbito financiero y al público en general a participar en la consulta de la reforma del reglamento de protección a usuarios.

Este nuevo instrumento, presentado el 3 de marzo, procura una transformación del Reglamento de Protección al Usuario de los Productos y Servicios Financieros, aprobado por dicho órgano en 2015.

PROPUESTAS DE CAMBIOS

La propuesta plantea un mayor control sobre el diseño de los productos financieros, las ofertas y la publicidad.

De ser aprobada la pieza, los ciudadanos que no reconozcan un consumo de sus productos financieros tendrán el derecho a no pagar el monto reclamado mientras la solicitud se encuentre en proceso.

También ampliará el plazo para presentar reclamaciones ante la SB y plantea que se establezca ⁠un término, a partir de la firma de los contratos de adhesión, durante el cual los usuarios puedan retractarse.

El proyecto sugiere prohibir las barreras administrativas que impiden la cancelación o cambio de productos, así como las cláusulas que permiten la modificación arbitraria de las tasas de interés.

La iniciativa asigna a las entidades de intermediación financiera la responsabilidad por el buen comportamiento de sus representantes y terceros contratados en el proceso de cobro de deudas.

MÁS INFORMACIÓN SOBRE EL DOCUMENTO

El documento íntegro se encuentra disponible en el portal de la SB, sb.gob.do, así como en el portal del Banco Central.

Los interesados en opinar pueden socializar sus aportes a la Gerencia del Banco Central o la Superintendencia de Bancos, a través de fin.normativa@bancentral.gov.do y del correo regulacion@sb.gob.do, respectivamente.

agl/of-am

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Economía

La DGII obliga al subsector carne bovina a retener un 1% de renta de vendedores informales

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Santo Domingo, R.D.-Mediante una disposición oficial, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) obliga a los productores ganaderos y vendedores de carne bovina a convertirse en agentes de retención del 1% del monto facturado a personas y negocios informales, correspondiente al Impuesto Sobre la Renta (ISR).

La norma 04-2025 que regula el tratamiento fiscal aplicable al subsector ganadería de carne bovina ante proveedores informales fue publicada en espacio pagado por la DGII ayer y manda también a los negocios que compren carne a personas físicas informales repetir Comprobantes Fiscales de compras con su mismo y único número de su cédula de identificación personal.

En su artículo 8, la normativa de la DGII, explica respecto a la Facturación Electrónica, que las personas jurídicas designadas como agentes de retención deberán estar en ese sistema.

Solo deja exento de la norma a los agentes de retención que sean emisores electrónicos o se encuentren dentro del plazo establecido en la Ley 32-23 de Facturación Electrónica.

Esta disposición, también forma parte de los trabajos que han resultado de modelos tecnológicos avanzados como “machine learning” y sobre lo que se infiere que han detectado una alta informalidad en el sector de la agropecuaria.

Asimismo, la DGII tomó en consideración el interés del estado de permitir el desarrollo del subsector de ganadería d carne bovina, “sin que el cumplimiento de sus obligaciones tributarias altere sus condiciones económica pero garantizando la incorporación de las nuevas acciones que permitan fomentar la formalización de las personas que se dedican a las actividades del citado subsector”.

En su artículo 1, la normativa plantea el objetivo de establecer agentes de retención al subsector de ganadería de carne bovina.

En su artículo2 señala el alcance de la disposición: “Están alcanzados por la presente Norma General las personas físicas que vendan bienes o productos cárnicos del subsector de ganadería y producción de carne bovina”.

Además, agrega, “se encuentran sujetos a las disposiciones de esta Norma General las personas jurídicas que adquieran bienes o productos cárnicos de dicho subsector, quienes fungirán como agentes de retención”.

Dentro de su disposición que, consta de once artículos, el artículo 6 explica sobre el tratamiento del Comprobante de Compras, que se permitirá a las agentes de retención la recurrencia de su uso con una misma cédula de identidad cuando adquieran de personas físicas no formalizadas bienes o productos cárnicos del subsector de ganadería y producción de carne bovina siempre que se realice la retención prevista.

Sobre la retención, indica en su artículo 7 que esta constituirá un pago a cuenta del ISR únicamente en los casos en el que el contribuyente objeto de la retención se formalice como persona física en la DGII, el cual podrá ser usado en la Declaración Jurada de Impuesto Sobre la Renta de su primer ejercicio fiscal.

De igual modo, precisa que la medida aplica a partir del establecimiento actual de los agentes de retención, por lo que no aplica para ejercicios anteriores.

Suelto

Inobservancias

La DGII señala que habrá sanciones ante la inobservancia de la Norma General 04-2025, en atención al Código Tributario, al considerarse un incumplimiento de los deberes formales, contenidos en los artículos 50 y 253.

Entrada en vigor

De acuerdo con el aviso oficial, la referida normativa entrará en vigor a partir de tres meses de esta publicación , sin perjuicios de los plazos indicados en el artículo 8, que refiere a la Facturación Electrónica, que también da un plazo de tres meses para que las personas jurídicas designadas como agentes de retención a soliciten ser emisor electrónico.

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