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Destituyen a presidente del Instituto Duartiano
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1 año agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo.- El doctor Julio Manuel Rodríguez Grullón fue destituido como presidente del Instituto Duartiano en una Asamblea General Extraordinaria de la entidad, tras considerar que sus declaraciones y conducta se apartaron de la línea institucional que ha mantenido desde su fundación en 1964, basada en el pensamiento político de Juan Pablo Duarte.
La decisión se tomó este sábado debido a que la posición del doctor Rodríguez Grullón, en su breve mandato de un mes, resultó «incompatible con el vehemente accionar de esta entidad patriótica en su resuelta lucha en defensa de la soberanía nacional, y de los derechos, seguridad y garantías del pueblo dominicano», según el comunicado emitido por el Instituto.
Las declaraciones que desataron la controversia fueron las del propio Rodríguez Grullón, quien expresó que «muchos dominicanos que no quieren saber de los haitianos, pero que esos nacionales no se irían y que, por consiguiente, los dominicanos estaban obligados a convivir con ellos», añadiendo que “necesitamos una política coherente con los haitianos y no debemos descartar en nuestro presupuesto, algún tipo de ayuda al desarrollo de Haití”.
El Instituto Duartiano, en contraposición, reafirmó su postura, señalando que la solidaridad dominicana se ha manifestado ampliamente, destinando más del 25 por ciento del presupuesto general a asistir a nacionales haitianos indocumentados en el territorio dominicano, lo que consideran perjudicial para la población pobre dominicana.
La línea institucional del Instituto Duartiano quedó establecida en el “Manifiesto Patriótico al País y al Mundo”, del 6 de agosto de 2022, donde se proclamó que «no hay ni habrá jamás solución dominicana a los problemas de Haití aquí en nuestro territorio». Este manifiesto, según el Instituto, representa el inicio de un movimiento de defensa de la dominicanidad y resistencia activa por parte del pueblo dominicano.
El Instituto Duartiano aclaró que «los dominicanos no han fomentado jamás odio contra el pueblo haitiano, ni contra ningún otro pueblo», pero que no pueden permitir que se les siga agrediendo, desconociendo sus derechos y libertades, ni ocupando su territorio.
La destitución del doctor Rodríguez Grullón se produce tras el rechazo de diversos sectores patrióticos a sus posturas, lo que llevó a la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria.
En la misma asamblea, se eligió la nueva junta directiva nacional para el periodo 2025-2027, integrada por Wilson Gómez Ramírez, presidente; Jacinto Esteban Pichardo Vicioso, vicepresidente; Rafaela Mesa Simon, secretario general; José Pila Moreno Duarte, tesorero y Víctor César Zabala Sánchez, gobernador.
Son vocales Robinson Cuello Chanlatte, Dulce Ros, Julia Danitza Feliz Feliz, Eduardo Gautreaux de Windt y Carmen Herrera Medrano.
La nueva directiva asume el compromiso de continuar la defensa de los valores patrios y la soberanía nacional, en línea con los principios del Instituto Duartiano.
Sobre el Instituto Duartiano:
El Instituto Duartiano es un organismo oficial y autónomo, fundado el 26 de enero de 1964. La Ley número 127-01, del 27 de julio de 2001, le otorgó autonomía.
Su objetivo es promover la difusión de los ideales, la vida y el ejemplo del patricio Juan Pablo Duarte, así como los valores patrios y los gloriosos acontecimientos históricos del país.
Tiene la misión de llevar al pueblo dominicano la historia de Juan Pablo Duarte y tratar de que, por medio del conocimiento de sus ideales, laboriosidad, honestidad acrisolada, patriotismo, espíritu de servicio y vida ejemplar, exista un mejor ciudadano y una patria justa y feliz, como la soñó el padre de la Patria.
Nacionales
Suprema Corte mantiene condena de RD$2 millones contra Jean Alain Rodríguez a favor de Marino Zapete
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15 horas agoon
septiembre 16, 2026La Primera Sala declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el exprocurador al considerar que no acreditó el interés casacional exigido por la Ley 2-23
SANTO DOMINGO.– La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) dejó vigente la condena que ordena al exprocurador general de la República Jean Alain Rodríguez Sánchez pagar una indemnización de RD$2 millones al periodista Marino Zapete Corniel, por concepto de daños morales relacionados con la salida del aire de su programa El Jarabe de Zapete.
La decisión fue adoptada por el tribunal presidido por Justiniano Montero Montero e integrado por los magistrados Samuel Arias Arzeno, Édynson Alarcón y Miguelina Ureña Núñez, al declarar inadmisible el recurso de casación presentado por Rodríguez Sánchez.
La Suprema Corte determinó que el recurrente no acreditó la existencia de interés casacional, requisito establecido por la Ley núm. 2-23 sobre Recurso de Casación.
Como consecuencia, permanece vigente la sentencia dictada el 26 de agosto de 2024 por la Tercera Sala Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que revocó una decisión de primer grado y estableció la responsabilidad civil del exprocurador.
Condena incluye interés judicial
Además de los RD$2 millones por daños morales, la decisión contempla el pago de un interés judicial de 1.5 % mensual, computado desde la notificación de la sentencia hasta su ejecución total.
La Corte de Apelación había rechazado, sin embargo, la demanda interpuesta contra Maybeth Rodríguez Sánchez, hermana del exprocurador, y determinó que tampoco fueron demostrados los daños materiales reclamados por Zapete.
El origen del conflicto
El litigio tiene su origen en informaciones difundidas por Marino Zapete el 25 de septiembre de 2019, durante una emisión de El Jarabe de Zapete, transmitido entonces por Teleradio América.
El periodista abordó contratos suscritos entre el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y Grupo Asimra, SRL, relacionados con el suministro de cemento asfáltico AC-30.
Dos de esos contratos habían sido firmados en 2017 por Maybeth Rodríguez Sánchez en representación de la empresa.
Tras las informaciones divulgadas, Zapete solicitó que las contrataciones fueran investigadas. Maybeth Rodríguez respondió mediante una comunicación en la que negó ser o haber sido suplidora del Estado y posteriormente presentó una acusación penal privada por difamación contra el comunicador, acción de la que desistió en 2020.
Zapete sostuvo en su demanda que Jean Alain Rodríguez ejerció presiones para que se retractara de sus señalamientos y que, ante su negativa, posteriormente se produjo la salida del aire de su programa. El periodista atribuyó a esos hechos los daños reclamados judicialmente.
Demanda fue rechazada inicialmente
En 2022, el tribunal de primera instancia rechazó la demanda al considerar insuficientes las pruebas presentadas.
La decisión fue posteriormente revocada por la Corte de Apelación, que estableció responsabilidad civil a cargo de Jean Alain Rodríguez y fijó en RD$2 millones la indemnización por daños morales.
Rodríguez recurrió la sentencia en casación alegando, entre otros aspectos, violaciones a su derecho de defensa, deficiencias en la motivación y valoración de las pruebas y cuestionamientos relacionados con la participación de una magistrada en la decisión de apelación.
SCJ no encontró acreditado el interés casacional
Al examinar los requisitos de admisibilidad, la Primera Sala concluyó que Rodríguez Sánchez no demostró que la sentencia impugnada contradijera jurisprudencia establecida por esa jurisdicción, que existieran criterios contradictorios entre tribunales sobre el asunto planteado o que fuera necesario establecer doctrina respecto de normas jurídicas inéditas.
Por esas razones, el recurso fue declarado inadmisible, sin que la Suprema Corte modificara la condena impuesta por la Corte de Apelación.
La SCJ también examinó el cuestionamiento relacionado con la magistrada Maritza Elupina Capellán Araujo. Determinó que la jueza había integrado el tribunal durante el conocimiento del proceso y que no fue recusada durante el trámite correspondiente.
Asimismo, estableció que su ausencia como firmante de la sentencia definitiva respondió a un error material, circunstancia que, según la Primera Sala, no afectó la validez de la decisión recurrida.
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Dictan tres meses de prisión preventiva contra acusado por muerte de joven.
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15 horas agoon
septiembre 16, 2026Lenin Jhericop Núñez de León deberá cumplir la medida de coerción en Najayo Hombres; el caso se originó tras una negociación para adquirir un iPhone 15 Pro Max
SANTO DOMINGO.– Un tribunal del Distrito Nacional impuso este miércoles tres meses de prisión preventiva contra Lenin Jhericop Núñez de León, señalado como presunto responsable de la muerte de Emmanuel Contreras Medina, de 23 años, quien fue agredido en medio de una negociación relacionada con la compra de un teléfono celular.
La medida de coerción fue dictada por el juez Rigoberto Sena, quien dispuso que el imputado cumpla la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres. La audiencia se desarrolló en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva bajo un amplio dispositivo de seguridad.
Una negociación por un iPhone terminó en tragedia
De acuerdo con la solicitud de medida de coerción, el hecho ocurrió el pasado 1 de julio, en los alrededores de un play ubicado en el sector Los Praditos, Distrito Nacional.
El Ministerio Público sostiene que Núñez de León habría perseguido a Contreras Medina y posteriormente lo habría golpeado con un bate en la cabeza y la espalda.
El incidente habría tenido su origen en una confusa negociación para adquirir un iPhone 15 Pro Max, anunciado a través de Facebook Marketplace. Según el expediente, en la operación también intervino un tercer hombre que actualmente se encuentra prófugo.
Las autoridades sostienen, además, que después de la agresión el imputado habría tomado el teléfono celular que Emmanuel tenía entre sus pertenencias mientras permanecía tendido en el pavimento.
Emmanuel permaneció ingresado hasta su fallecimiento
Contreras Medina resultó gravemente herido y permaneció bajo cuidados intensivos hasta que falleció el 9 de septiembre en el Hospital Traumatológico Ney Arias Lora.
La solicitud de medida de coerción fue presentada por los fiscales Vladimir Viloria y Kelvyn Colón Rodríguez. En la audiencia también participaron representantes de la Fiscalía del Distrito Nacional y de la Dirección General de Persecución.
Según los fiscales litigantes, el tribunal consideró suficientes los presupuestos presentados para imponer la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público.
Defensa rechaza responsabilidad del imputado
La defensa cuestionó la medida de coerción. La abogada Dianiris Perderaux sostuvo previamente que en los hechos participaron varias personas y rechazó que su representado fuera responsable de provocar la muerte de Contreras Medina.
Por su parte, Hugo Contreras, padre de Emmanuel, manifestó satisfacción por la decisión judicial y agradeció el respaldo recibido por su familia. También expresó su esperanza de que el proceso continúe hasta esclarecer completamente el caso.
La imposición de prisión preventiva constituye una medida de coerción y no una declaración de culpabilidad. El proceso penal deberá continuar hasta que los tribunales determinen las responsabilidades correspondientes.
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Corte retoma apelaciones del caso Antipulpo; Ministerio Público procura elevar condenas
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1 día agoon
septiembre 15, 2026Los jueces revisan las decisiones dictadas en primera instancia mientras el órgano acusador busca aumentar las penas y obtener condenas contra imputados que fueron descargados
SANTO DOMINGO, República Dominicana.– La corte continúa este martes el conocimiento de los recursos de apelación relacionados con el caso Antipulpo, proceso mediante el cual condenados, el Ministerio Público y otras partes procuran la revisión de decisiones adoptadas en primera instancia.
Las audiencias se desarrollan los martes, en horario aproximado de 10:00 de la mañana a 4:30 de la tarde, como parte de una fase judicial que deberá determinar si las decisiones recurridas son confirmadas, modificadas o revocadas conforme a los argumentos y pruebas sometidos por las partes.
El Ministerio Público mantiene su pretensión de que sean incrementadas algunas de las condenas impuestas y que se establezca responsabilidad penal respecto de personas que resultaron descargadas en primera instancia.
El órgano persecutor ha sostenido durante el proceso que el entramado investigado habría ocasionado al Estado dominicano un perjuicio económico superior a RD$5,000 millones, planteamiento que corresponde a la tesis de la acusación.
Tribunal retoma audiencia tras aplazamiento
La corte está integrada por los magistrados Doris Pujols Ortiz, Rafael Báez e Indhira Montás Pimentel, quienes tienen a su cargo la revisión de los recursos interpuestos contra la sentencia.
La audiencia anterior fue aplazada a solicitud de la defensa de José Idelfonso Correa, luego de que fuera presentado un certificado médico indicando que se encontraba en recuperación tras una intervención quirúrgica.
Superado ese aplazamiento, el tribunal retoma el conocimiento de los recursos y continuará escuchando los planteamientos de las diferentes partes involucradas.
Ministerio Público mantiene petición de penas mayores
En representación del Ministerio Público participan Wilson Camacho, director general de Persecución; Mirna Ortiz, titular de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), así como los fiscales Ernesto Guzmán Alberto, Elizabeth Paredes y Yoneivy González.
La acusación busca que la jurisdicción de alzada modifique parcialmente las decisiones adoptadas en primera instancia.
Entre sus pretensiones se encuentra conseguir penas superiores para determinados condenados, además de revertir los descargos pronunciados respecto de otros procesados.
Las defensas, por su parte, ejercen los recursos y medios correspondientes para cuestionar aquellos aspectos de la sentencia que consideran desfavorables a sus representados.
Los principales procesados
Entre las personas que recibieron condenas en primera instancia figura Juan Alexis Medina Sánchez, a quien el Ministerio Público ha señalado como principal responsable del entramado investigado.
También fueron condenados Magaly Medina Sánchez; Fernando Rosa, exdirector del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper); Freddy Hidalgo, exministro de Salud Pública; Antonio Germosén Andújar, excontralor general de la República, y Aquiles Alejandro Christopher Sánchez, exfiscalizador de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE).
La etapa de apelación no constituye un nuevo juicio desde cero, sino una revisión jurisdiccional de los aspectos de la sentencia que han sido impugnados por las partes, conforme a las reglas del proceso penal.
Un proceso que continúa abierto
El denominado caso Antipulpo ha sido uno de los procesos judiciales por presunta corrupción administrativa de mayor dimensión económica presentados en los últimos años en República Dominicana.
Sin embargo, el proceso todavía no ha concluido definitivamente.
La corte deberá ponderar individualmente los argumentos contenidos en los recursos, las respuestas de las demás partes y los fundamentos de la sentencia recurrida antes de adoptar sus decisiones.
Por tanto, será la jurisdicción de apelación la que determine cuáles condenas permanecen, cuáles podrían ser modificadas y qué decisión corresponde respecto de las personas descargadas cuya absolución fue recurrida por el Ministerio Público.
