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Opinión

Bajo cual esquema nos relacionamos?

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Por: Edgard Paniagua Miguel

Un listado pequeño pero significativo de personas y caracteres nos puede introducir al tema: el autócrata, el amigo o hermano posesivo, el líder empresarial o eclesiástico, el Padre o Madre de familia con mandos absolutos y dominantes, el gobernante dictador, el ideólogo que impone su ideología sin respeto y consideración a los demás.

El que no acepta opiniones ni críticas, el que demanda obediencia ciega, el centralizador y absorbente, el que todo lo conoce y sabe, a pesar de que el mundo marcha muy diferente a él y sus ideas.

El que compra voluntades por dinero, el que atrapa voluntades por la fuerza, sugestión o interés económico o social.

Podemos agregar mas; por ejemplo, relaciones bajo condiciones de miedo, terror, sugestión y manipulación.

Esas personas deben entender que la fidelidad que le dispensan no es totalmente verdadera, que la amistad que le dispensan no toda es verdadera, que la honra que le dan no es por su persona, si no por el miedo que infunde y el poder que tiene para dañar o beneficiar al otro.

En este asunto no debemos llevarnos a engaños, si usted observa experiencias propias o ajenas, sean políticas, empresariales, eclesiales, familiares, o de cualquier esquema que se halla desarrollado como lo antes descrito, se habrá dado cuenta de este fenómeno.

He vivido y observado unas experiencias de “tercer tipo” de índole familiar, eclesial, patronal, empresarial y otros tipos, que me han tocado muy cercanos en que el fenómeno es de índole, cuasi invariable en sus resultados.

Una vez, pertenecía a un conglomerado empresarial que su liderazgo era absoluto, en las reuniones aunque se simulaba apertura y democracia, no era cierto, pues las consecuencias de disentir eran brutales.

Se agredía psicológicamente, se acosaba con la indiferencia y se apartaba de las actividades comunes y corrientes a los disidentes, y ni hablar de temas salariales y promoción laboral.

Una vez el líder del equipo fue removido y lo que allí se produjo fue una explosión de palabras, libertades y pensamientos reprimidos que no tenían otra explicación que la del fenómeno que he querido describir.

Mi intervención era simple; qué está pasando aquí, porqué no se habló esto delante de él? Pero el miedo era mayor por sus consecuencias retaliadoras.
Y ninguno lo quería asumir por mantener, su puesto, su estatus, su interés particular o sustento económico, etc etc.

Nota
(Debo decir que en varias ocasiones pase por eso y en las mismas traté el tema a modo grupal y privado, al final tuve que renunciar, por dignidad, respeto y orgullo)

Has visto la explosión poblacional que se produce cuando un dictador es quitado del poder? Así mismo se produce en magnitudes proporcionales cuando a nivel familiar, empresarial, eclesiástico o de cualquier otra índole se destituye, falta, hay rebelión o desobediencia a esa persona con tales características dictatoriales o absolutas.

Al instante, todo ese acumulado de sentimientos y emociones revelarán que:
No había amor en esa relación, si no temor.
No había respeto si no terror.
No había fidelidad, si no interés.
No había seguidores voluntarios, si no obligados o en necesidad seguir.
Que no tenía compañía ni amigos, si no, una “soledad con seres en compañía”
Que su actitud y comportamiento ahogaba la personalidad del otro.

Pero como en su imaginario, nuestro personaje característico creía que lo estaba haciendo bien, la respuesta a los sucesos no se harían esperar y lo característico correspondiente diría algo así:
“Tanto que serví y ayudé y no lo agradecen
Me di por entero a la causa y mira como me pagan, y un largo etc que dependerá del contexto en que se analice.”

Y es que la libertad no tiene precio, ni valor, y que aquellos que en su relación han estado con ese tipo de tratos antes descritos, una vez tienen la oportunidad de salir de ese esquema, lo harán irremisiblemente.
Y es que la dignidad del hombre no tiene “retén” y en su primera oportunidad la reclamará. Y no importa el ámbito o las circunstancias.

Desde que pruebe y compruebe este Proverbio no volverá atrás:
“Mejor es un bocado seco, y en paz, Que casa de contiendas llena de provisiones.”
‭‭Proverbios‬ ‭17‬:‭1‬ ‭RVR1960‬‬

Se requieren muchas reflexiones espirituales, muchas revisiones íntimas, mucho desaprendizaje de conductas heredadas o aprendidas para luchar contra la tendencia de ser autocrático.

Mucha mansedumbre y humildad para aceptar la necesidad de cambiar, la disponibilidad de ser aconsejables.

La obediencia a la Palabra de Dios nos conduce por caminos correctos para ser el Líder, Padre o Madre, Patrón o Amo, Gobernante o Gerente con las características y virtudes que reflejen todo lo contrario a lo autocrático.

La Palabra de Dios y su obediencia nos ayuda para desarrollar relaciones sanas y maduras, honestas y tolerantes, armoniosas y en conjunto, relaciones que mantienen la independencia del otro, sin ser atropellante y absorbente, sin ahogar la personalidad del otro en la propia.

La elección está en nosotros y Dios está presente para ayudarnos y transformarnos.
Con Dios siempre se puede comenzar de nuevo.

Y si los platos o cristales que rompimos ya no se pueden componer, por lo menos nos quedará el arrepentimiento y reconocimiento de nuestro fallo, pedir perdones y estar en paz con Dios y con uno mismo. Y comenzar de nuevo.

Si somos sabios aceptamos nuestra realidad, cambiamos y nos proponemos inciar ese proceso, y si no, terminamos solo.
Y eso no es la voluntad de Dios, ni tampoco la naturaleza misma del Ser.

Dios bendiga su decisión

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Opinión

Un Llamado a la Conciencia Democrática

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Por Isaías Ramos

En medio de un escenario político tumultuoso, la reciente exclusión de partidos minoritarios en el debate presidencial constituye una flagrante violación del artículo 39 de la Constitución. Este artículo consagra la igualdad ante la ley y garantiza los mismos derechos y oportunidades para todos, sin discriminación alguna. Esta situación pone en evidencia un alarmante déficit democrático y una profunda desconexión entre las estructuras de poder y las necesidades reales del pueblo dominicano.

La Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios, al organizar un debate presidencial y decidir excluir a ciertos participantes basándose en criterios arbitrarios como el tamaño del partido, no solo ha perpetrado una discriminación injusta, sino que también ha socavado los principios fundamentales de igualdad y pluralismo. Este acto refleja cómo las élites políticas y económicas intentan perpetuar un sistema injusto que favorece a unos pocos en detrimento de la mayoría.

Es perturbador observar cómo los candidatos que aceptaron participar en este debate sin cuestionar la exclusión de otros no solo muestran una falta de compromiso con los principios constitucionales, sino que también evidencian una falta de ética y responsabilidad cívica. La aceptación de esta situación por parte de los candidatos participantes refuerza la percepción de que su interés por mantener su posición en el estatus quo prevalece sobre el bienestar colectivo y el respeto a la ley fundamental del país.

Los dominicanos se enfrentan no solo a la usurpación de su derecho a recibir información diversa y representativa durante un periodo electoral crítico, sino también a la erosión de su capacidad de tomar decisiones informadas. Limitar la participación en el debate presidencial a los partidos mayoritarios priva a la ciudadanía de explorar una gama más amplia de alternativas políticas y soluciones a los problemas nacionales.

Este contexto demanda un despertar cívico. Los ciudadanos deben exigir que se respeten los principios de igualdad y pluralismo en todos los procesos electorales, promoviendo un cambio hacia debates más inclusivos que permitan la participación de todas las fuerzas políticas sin discriminación. El respeto a la Constitución y a los derechos que esta garantiza es fundamental para construir una democracia verdaderamente representativa y justa.

El Frente Cívico y Social continuaremos abogando por un sistema electoral equitativo donde todos los partidos y candidatos tengan la misma oportunidad de ser escuchados. Es esencial que todos los sectores de la sociedad trabajemos juntos para garantizar que las futuras elecciones sean un reflejo fiel de la voluntad popular, libre de manipulaciones y exclusiones arbitrarias.

Por ello, es imperativo despertar nuestro sentido cívico y exigir un cambio hacia debates más inclusivos y equitativos. No podemos permitir que intereses particulares prevalezcan sobre el bienestar colectivo y la voluntad popular. Debemos ser guardianes activos de nuestra democracia, velando por el respeto irrestricto a nuestra Constitución y luchando contra cualquier intento de manipulación o exclusión.

En el FCS queremos hacer un llamado urgente: no dejemos que aquellos que buscan perpetuar un sistema injusto y opresor nos silencien o nos dividan. Recordemos siempre que la verdadera fuerza radica en la unidad del pueblo consciente e informado. Si el sistema falla en representarnos adecuadamente, debemos manifestarlo con firmeza mediante acciones como la invalidación del voto o la abstención responsable. El poder está en nuestras manos para forjar un país donde cada voz sea escuchada, cada derecho sea respetado y cada sueño pueda realizarse sin obstáculos.

¡Despierta, RD!

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Opinión

La Corte Penal Internacional y  otras obligaciones internacionales

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Por Rommel Santos Díaz

La ley internacional concede inmunidad contra el enjuiciamiento penal por Estados extranjeros a los Jefes de Estado  y oficiales diplomáticos (artículo 31 Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas). Sin embargo, los delitos enumerados por el Estatuto de Roma pueden haber sido cometidos por diplomáticos, Jefes de Estado, oficiales gubernamentales o por cualquier otra persona que goce de inmunidad diplomática, y la ley internacional no podrá  reconocerles inmunidad alguna contra el enjuiciamiento por tales crímenes.

La Corte Penal Internacional determinará si existe alguna inmunidad, cuando se le refiere un caso. Sin embargo, el artículo 98 del Estatuto de Roma establece ciertas restricciones a la CPI, cuando solicite la entrega  u otro tipo de asistencia a los Estados.

El artículo 98 del Estatuto de Roma trata la situación de entrega de una persona cuando existe un conflicto  con las obligaciones del Estado bajo el derecho internacional o con respecto  a la inmunidad diplomática de un extranjero o su  propiedad.

La Corte Penal Internacional no deberá requerir que un Estado actúe de manera contraria a sus obligaciones  internacionales. Pero al mismo tiempo una situación tal raras veces surgirá, ya que la Corte investigará tales posibilidades antes de solicitar una entrega al Estado. Adicionalmente, las obligaciones del derecho internacional aplicables a los Estados Partes incluirán sus obligaciones bajo el Estatuto de Roma.

Al aceptar los artículos 27 y 86 del Estatuto, los Estados Partes abiertamente retiran cualquier inmunidad contra la CPI . Por ende, cuando un nacional de un Estado Parte es requerido por la Corte, ese nacional no podrá reclamar las inmunidades normales que existan respecto al enjuiciamiento penal en el exterior, y el Estado requerido no estará violando sus obligaciones internacionales si entrega la persona a la CPI.

No obstante, cuando la CPI haya determinado que la inmunidad si existe, podrá dar curso a la solicitud de entrega solamente si cuenta primero con el apoyo del Estado de nacionalidad del acusado. En tal caso, el Estado requerido  que proceda con la entrega no violara sus obligaciones internacionales de conformidad con la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas

El artículo 98 establece que la Corte no podrá dar curso a la solicitud de entrega que requiera  que el Estado requerido viole sus obligaciones de conformidad con los acuerdos internacionales que requieran el consentimiento del Estado que entrega a una persona de ese Estado a la CPI.

Esta situación podría surgir cuando una persona detenida en el Estado requerido haya sido extraditada a ese Estado desde otro país, bajo la condición de ser devuelta a su país luego de la investigación o enjuiciamiento,  o la ejecución de una condena. Podría también darse cuando , bajo el  acuerdo de Estatus de Fuerzas, los miembros de las fuerzas armadas de un tercer Estado se encuentren dentro del Estado solicitado.

Cuando el Estado que entregue sea un Estado Parte del Estatuto de Roma , no deberá restringir la posibilidad de que otros  Estados entreguen  a sus nacionales a la CPI, ya que cada Estado Parte acepta la jurisdicción de la Corte sobre sus nacionales y no hay fundamento para rechazar la entrega de una persona a la Corte .

Sin embargo, cuando la persona requerida alegue el principio de ne dis in idem, y la decisión de  admisibilidad de la CPI aún esté pendiente, el Estado requerido deberá consultar con el Estado que entrega, y la CPI, de conformidad con el artículo 89, para determinar si se debe suspender o no la ejecución de la solicitud.

De lo contrario el Estado requerido tendría que contar con el consentimiento del Estado de la persona que entrega. La CPI deberá contar con la cooperación del Estado que entrega, si no es este un Estado Parte, antes de que la Corte  Penal  Internacional solicite la entrega.

El articulo 98 solo es relevante cuando el Estado requerido pueda demostrar que la acción requerida por la CPI lo obligaría a violar una obligación bajo el derecho internacional. Un Estado  no podrá invocar una  previsión de su derecho interno que garantice inmunidad a la persona a ser entregada.

En el contexto de las obligaciones el Estado Parte tiene la obligación de entregar a una persona  que goce de inmunidad diplomática, cuando la CPI solicite su entrega luego de haber obtenido la cooperación de un tercer Estado para la renuncia de la inmunidad.

Cuando la CPI solicite la entrega de una persona, pero el Estado Parte requerido normalmente estaría violando un acuerdo internacional con un tercer Estado, el Estado requerido  esta obligado a entregar a la persona si la Corte cuenta con el consentimiento del tercer Estado para la entrega de la persona . El Estado Parte requerido deberá entregar a la persona si el tercer Estado es un Estado Parte.

En el marco de la implementación los Estados Partes deberán prever dentro de su derecho interno, la posibilidad de entregar  a una persona a la CPI aunque normalmente goce de inmunidad estatal o diplomática, cuando el Estado de donde esta persona  es nacional acuerde renunciar  a su inmunidad. Debido a que la CPI tiene la autoridad de determinar si existen  o no las inmunidades, no obstaculizaron las la cooperación con la CPI. Esto garantiza que el Estado Parte pueda cumplir con sus obligaciones de entrega.

Los Estados Partes deberán asegurar que sus nacionales puedan ser entregados a la CPI por otros Estados, cuando sea conveniente, y que no existan acuerdos bilaterales o multilaterales que obstaculicen el proceso. Los Estados Partes deberán estar preparados para revelar a la Corte cualquier obligación o acuerdo internacional que pueda estar en conflicto con una solicitud de entrega que este preparando la Corte, si la misma necesitare tal información.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Opinión

Danilo al margen de la ley

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Por Nelson Encarnación

La incitación a la violencia es un delito grave en todas las sociedades organizadas, incluida la nuestra, donde un llamado a alterar el orden público acarrea consecuencias penales para cualquier persona, pues el Estado tiene la obligación no solo de perseguir el hecho, sino de prevenirlo.

Por consiguiente, el expresidente Danilo Medina se coloca al margen de la ley e incurre en ese delito de incitación a la violencia cuando llama a la militancia del Partido de la Liberación Dominicana, que él lidera, a destruir las eventuales carpas que coloquen los seguidores oficialistas en los alrededores de los colegios electorales el próximo 19.

Un líder de la categoría de quien fue presidente de la República durante ocho años, y que además dirige una de las formaciones políticas fundamentales del sistema de partidos, debe ser lo suficientemente prudente y medido para conocer el alcance de sus arengas.

La incitación de Medina tiene varios puntos relevantes, pero fuera del delito en que incurre, hay dos de carácter electoral que su desatino no alcanza a calibrar.

El primero tiene que ver con lo que ya ha determinado la Junta Central Electoral (JCE) respecto de las carpas partidarias, las cuales el órgano de comicios prohibió tajantemente a partir de las alegaciones que produjeron esas instalaciones luego del proceso de febrero pasado.

En consecuencia, la perorata de Medina carece de sentido, si se toma en cuenta la señalada disposición.
El otro aspecto es aún más relevante para los intereses del partido morado y de toda la oposición, puesto que, si entre sus argumentos figura la supuesta manipulación del proceso por el oficialismo para provocar la abstención de sus adversarios, podemos suponer que, con un ambiente de posible violencia, los votantes poco motivados preferirían quedarse en sus casas para no exponerse.

Esto tiene un referente histórico que Danilo conoce perfectamente. Se trata de las elecciones de 1966, cuando el profesor Juan Bosch, candidato frente a un Joaquín Balaguer aupado por los invasores estadounidenses, llamó a sus seguidores a que fueran a votar armados con palos y piedras para defender el voto.

¿Qué hicieron miles de partidarios del PRD? Se quedaron en sus casas para no convertirse en presa de los violentos determinados a imponer a Balaguer. ¿Es esto lo que Danilo quiere para luego alegar irregularidades?

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