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Cámara Civil niega nombrar un secuestrario en Punta Catalina

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Larga espera. Se espera que Punta Catalina ponga punto final a la era de apagones y altas tarifas

Santo Domingo.-La Primera Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional declaró inadmisible una demanda en referimiento que buscaba el nombramiento de una administración secuestraria, que se encargaría de todo lo relacionado a la construcción del proyecto de dos unidades termoeléctricas a carbón mineral, en Punta Catalina, que realiza el Consorcio Odebrecht.

La magistrada Priscila Martínez Tineo adoptó la decisión tras acoger las conclusiones incidentales de Odebrecht y Marcelo Hofke, representados por su abogado Robert Valdez, por lo que en consecuencia declara la demanda inadmisible por falta de calidad del gerente general del consorcio Impe, Raúl Cabrera, interpuesta a través de su abogado Ángel Moreta.

En el dispositivo de la sentencia, el tribunal dice que como las empresas consorcio Impe y Gezhouba Group Company, fueron descalificadas el 30 de octubre del 2013 para participar en el concurso de la licitación pública internacional para la construcción de la obra, el demandante no tiene calidad para solicitar medidas cautelares en contra de Odebrecht.

Además, la jueza sostiene en la sentencia que no existe documentación alguna que establezca que el consorcio posee vinculación contractual en las relaciones “sinalagmáticas”, entre la constructora Odebrecht y el Estado dominicano, razón por la que acoge el medio de inadmisión por falta de calidad solicitada por la parte demandante.

En la demanda, el consorcio Impe pedía al tribunal ordenar como medida provisional hasta tanto se dirima lo principal, la designación de la administración secuestraria que estaría integrada por dos representantes de esa entidad, dos del consorcio Aceros Estrella, un representante del Codia, uno del Instituto de Contadores de la República Dominicana y un representante de la Cámara de Cuentas.

En la instancia, Impe pedía, además, al tribunal declarar la sentencia ejecutoria no obstante a cualquier recurso de apelación que se pudiera interponer en contra de la misma, y sin prestación de fianza, por tratarse de un peligro inminente y un daño en contra de los intereses del consorcio.

Igualmente solicitaron al  tribunal ordenar medida de astreinte ascendente a cien mil pesos diarios en caso de dificultades de la ejecución de la sentencia a intervenir.

La empresa Impe, consorciada con Gezhouba Group Company Limited, es demandante desde el mes de noviembre del año 2013 hasta hoy, en relación con el proceso de licitación pública internacional No. CDEEE-LPI-01-2013.

Otro rechazo

También el Tribunal Constitucional rechazo recientemente otro recurso sometido por el denominado Instituto de Abogados para la Protección del Medio Ambiente (INSAPROMA).

El fallo está contenido en el comunicado número 23/17, el cual fue colocado en la página web del Tribunal Constitucional del pasado 6 del mes de abril y donde esta contenido el dispositivo de la sentencia.

Anteriormente y mediante sentencia del 15 de febrero de este año, el mismo Tribunal Constitucional rechazo una accion de amparo de cumplimiento sometida por el Comité Nacional de Lucha Contra el Cambio Climático en contra de la CDEEE en reclamo de informaciones y documentos sobre delimitacion catastral de los terrenos donde se construyen las plantas de carbon mineral Punta Catalina.

Este último recurso fue decidido mediante la sentencia TC/095/17, emn el cual estbalecio que los documentos requeridos no existen.

listindiario.com

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Piden prisión para profesor imputado por acoso sexual contra una estudiante

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SANTO DOMINGO.- Prisión preventiva solicitó el Ministerio Público a un tribunal como medida de coerción contra un profesor imputado de incurrir en acoso sexual en perjuicio de una estudiante de un centro educativo del Distrito Nacional.

La medida de coerción fue solicitada contra el imputado Inocencio Lebrón Montero, quien se desempeñaba como profesor de matemáticas de la adolescente.

De acuerdo con la investigación, el imputado aprovechó la relación de confianza derivada de su condición de docente para iniciar un acercamiento progresivo hacia la víctima.

El Ministerio Público establece que en ese contexto se produjeron varios encuentros dentro del vehículo del imputado, donde este presuntamente realizó tocamientos indebidos en perjuicio de la adolescente e insistió en sostener relaciones sexuales, a lo que la víctima se negó.

La investigación, también, señala, que el imputado habría reiterado las conductas denunciadas, manteniendo presión emocional sobre la menor de edad.

El imputado fue apresado el pasado 22 de abril, en virtud de una orden de arresto emitida en su contra por la Coordinación de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional.

Las procuradoras fiscales Adalgisa Tavares y Mariela Ramos, adscritas a la Unidad de Prevención de Violencia de Género y Delitos Sexuales del Distrito Nacional, depositaron la instancia con la solicitud de medida de coerción contra el imputado.

La audiencia fue aplazada por la jueza Lissa Veras, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, para este sábado, 2 de mayo, a solicitud de la defensa, que requirió más tiempo para preparar sus medios de defensa.

El Ministerio Público ha otorgado al caso la calificación jurídica de violación a los artículos 330 y 333, literal D, del Código Penal Dominicano, así como al artículo 396, literal C, de la Ley 136-03, que crea el Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.

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Apelarán condena de 30 años a anciano de 83 años por tentativa de asesinato.

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Santo Domingo, R.D.-Milagros del Carmen Rodriguez, abogada de la Defensoría Pública, anunció que recurrirá la sentencia de 30 años de prisión impuesta a Nicolás Suárez, de 83 años, condenado por tentativa de feminicidio contra su expareja Erminia Núñez Durán, en el distrito municipal de Santiago Oeste (Cienfuegos), quien  argumenta que la edad avanzada y el deteriorado estado de salud del imputado hacen inviable su reclusión en un centro penitenciario.

El Tercer Tribunal Colegiado del distrito judicial de Santiago, integrado por las juezas Ingrid LiberatoDeyanira Méndez y Kimberly Tatis, impuso a Suárez la pena máxima por tentativa de asesinato. Sin embargo, la defensa sostiene que el tribunal no tomó en cuenta las atenuantes presentadas durante el proceso.

La abogada Milagros Del Carmen Rodríguez señaló que Suárez padece diabetes avanzada que le ha provocado la pérdida de la visión, condición que motivó que durante todo el proceso judicial permaneciera en prisión domiciliaria.

«Hemos solicitado varios permisos para ir al médico porque no ve; tiene una situación de diabetes que le ha quitado la vista», declaró la defensora pública.

Los hechos que originaron el proceso ocurrieron el 17 de julio de 2024 en un barrio del distrito municipal de Santiago Oeste (Cienfuegos), cuando Nicolás Suárez agredió a su expareja, Erminia Núñez Durán, en un hecho calificado por la justicia como tentativa de asesinato.

A pesar de que el tribunal no acogió los argumentos atenuantes presentados por la defensa, la abogada insiste en que una condena de 30 años resulta desproporcionada e inaplicable dadas las condiciones del imputado.

La Defensoría Pública solicita que, en caso de mantenerse la calificación de tentativa de asesinato, la pena sea sustituida por una condena suspendida que no exceda los tres años.

La defensora invocó el principio de humanización de las penas, establecido en el ordenamiento jurídico dominicano, como fundamento central del recurso de apelación.

«No es posible que en este caso no se tome en cuenta el principio de humanización», afirmó Rodríguez.

El principio de humanización de las penas reconoce que la ejecución de una condena no debe atentar contra la dignidad del condenado ni agravar su situación más allá de lo que la propia pena implica. En casos de personas de edad avanzada con enfermedades graves, los tribunales de alzada dominicanos han considerado este principio como criterio válido para modificar sanciones.

La apelación será presentada ante la Corte de Apelación del departamento judicial de Santiago.

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Con arma blanca niños intentan agredir alumnos en las afueras de escuela primaria de Verón.

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Santo Domingo, R.D.-Una gran preocupacion reina en la cumunidad educativa por un video grabado que muestra a varios niños, con edades aparentes de 8 a 12 años, portando un arma blanca en las afueras del centro educativo Pedro Livio Cedeño, ubicado en Verón, provincia La Altagracia, en aparente actitud de tratar de herir a algunos estudiantes.

En las imágenes se observa cómo varios menores se aproximan inicialmente a una niña, estudiante del centro, en actitud agresiva con un cuchillo mohoso en la mano.

Posteriormente, uno de los niños, vestido con bermuda y polocher azul, portando el  cuchillo dobla una esquina del centro educativo. Acto seguido, otro menor con un polocher rojo toma el arma blanca y regresa hacia la acera frente al plantel, donde persigue a otro estudiante, quien sale corriendo.

Indicó que el video comenzó a circular ampliamente en redes sociales durante la mañana de este miércoles en Verón, Bávaro y Punta Cana, y que el caso ocurrió la tarde de ayer martes.

Santana señaló que, tras tener conocimiento del hecho, se estableció contacto con la directora del centro, Lucy Cueto, quien informó que los estudiantes involucrados ya fueron identificados. Asimismo, los padres fueron convocados para sostener una reunión y determinar las circunstancias que originaron el incidente.

«Es en el día de hoy cuando se estará investigando el por qué de esta situación», explicó Santana, al tiempo que destacó que, aunque en la zona se han detectado casos de pandillas y bandas en otros centros, principalmente en liceos, este tipo de casos no se había registrado anteriormente en esa escuela, que corresponde al nivel primario.

Sobre las posibles consecuencias, advirtió que se trata de un hecho grave que podría tener implicaciones legales. «Si el menor tiene más de doce años, podría enfrentar hasta dos años de prisión por tratarse de un acto de vandalismo. Si es menor, la responsabilidad recae en los padres», indicó.

En el ámbito educativo, Santana consideró que el hecho constituye una falta «gravísima», lo que podría conllevar sanciones severas, incluyendo la expulsión inmediata del estudiante involucrado.

La ADP aseguró que dará seguimiento al caso para verificar las medidas que adopte el centro educativo y garantizar la seguridad de la comunidad escolar.

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