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Cancelan empleados del Estado en condiciones de vulnerabilidad

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Santo Domingo, RD.-Los ojos llorosos y la cara de preocupación resaltaban entre los más de 100 empleados públicos que llegaban en horas de la mañana a las oficinas del Ministerio de Administración Pública (MAP), por motivo de sus cancelaciones en el Estado.

Entraban a la recepción, tomaban un turno y eran llamados por un guardia que los pasaba al departamento de Relaciones Laborales dónde les calcularían sus beneficios en amparo de la Ley de Función Pública y la Ley Orgánica de Administración Pública 247-12.

Algunos tenían desde el 2004 en el Estado, pero no eran empleados de carrera. Tal es el caso de un doctor que laboraba en el dispensario médico del Instituto Agrario Dominicano (IAD), desde hace 16 años.  Él estaba en proceso para ser empleado de carrera, pero una carta para prescindir de sus servicios le impidió ahora culminar su anhelada meta.

Benito Aquino trabajaba en el Estado desde 1991, pero el 1 de octubre de este año una triste noticia tocó su puerta: fue cancelado como servidor público. Desde 1991 al 1997 se había desempeñado como oficial verificador en la Dirección General de Aduanas (DGA), de 2001 al 2004 fue auxiliar en el Ministerio de Agricultura y desde  2004 al 2020 fue auxiliar administrativo en el Ministerio de Interior y Policía.

Aquino llegó al MAP con una certificación de cargos desempeñados en la función pública de la Contraloría General de la República, donde se informa que sus beneficios laborales por estos 29 años son de unos RD$95,000, de los cuales RD$37,374 serán por indemnización, RD$17,247 por vacaciones y RD$40,696 por el decreto 275-01. También tenía en su fólder una copia de su cédula y la carta de cancelación.

Este señor asegura que no era político ni era un puesto botella, y con un tono molesto indica “pero eso no les importa a ellos”, pues consideran que el empleado público que no es de carrera, aunque tenga más de 20 años en el Estado “se lo lleva San Quintín” (haciendo referencia a un dicho popular para denotar malos tiempos).

“Sin empleo y con una familia en esta situación. ¿Qué les importa a ellos? A ellos lo que les importa es cancelar la gente para meter a otros”, lamentó.

Mientras hablaba su tono de voz se hacía más fuerte y contaba que no valió la pena la capacitación que recibía mientras estaba en el Estado.

Otro señor era alcalde pedáneo de la comunidad Yubina, en el Ayuntamiento de Bayaguana, donde devengaba un salario de RD$3,500 mensuales. A su lado estaba sentada una señora que era conserje en el Ministerio de Educación ganando al mes RD$12,700.

“Son unos charlatanes. A mí me pagaron a final de septiembre porque pagaron tarde, como el día 29, y en la carta de cancelación me ponen que me despiden el 25 de agosto y no entiendo porque yo cobré mi mes y se lo enseñé a la gente de Recursos Humanos”, explica la señora que esperaba turno para que en el MAP le calcularan sus prestaciones laborales. Un hombre la escuchaba y asentaba sus comentarios con la cabeza, para luego contar a Listín Diario que fue cancelado del Instituto de Auxilios y Vivienda (Inavi), donde se desempeñaba como chófer.

Otros con la misma suerte
Listín Diario comprobó también el despido de otras personas que tenían menos años trabajando en el Estado. Un técnico de Comunicación que fue despedido de la Alcaldía de Santo Domingo Este se encontró con su pasado jefe, el director de Comunicaciones, que también fue cancelado y su reacción fue: “usted sabe, yo estoy disponible para cualquier chiripa que aparezca”.

El pasado técnico lamentó que de beneficios laborales, supuestamente solo le darían RD$22,000 cuando mensual él ganaba RD$16,000 y duró cuatro años en la alcaldía.

Estas personas deberán esperar que el MAP analice sus casos y determine cuánto dinero se les otorgará de beneficios laborales, proceso que podría durar hasta un mes.

La Ley de función pública
En el Estado hay cinco categorías de empleados según la contratación: de carrera administrativa, de estatuto simplificado (grupos ocupacionales, servicios generales y apoyo administrativo), de libre nombramiento y remoción (cargos de confianza), temporales y los que a la entrada de vigencia de la ley ocupaban cargos de carrera.  La respuesta del MAP durante la presencia del Listín Diario en la entidad fue: “las personas vienen para que les hagan el cálculo de sus beneficios laborales, que es el primer paso que se da cuando son desvinculadas del servicio.

Sepa más
Normativa de función pública
Indemnización

El cálculo de la indemnización se realizará con base al monto nominal del último sueldo.

Vacaciones
Los empleados desvinculados tendrán derecho a recibir el pago de sus vacaciones siempre que hayan servido un mínimo de seis meses dentro del año calendario correspondiente.

listindiario.com

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Someten a la justicia mujer acusada de agredir y herir a agente de la Digesett

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SANTO DOMINGO.- Una mujer acusada de agredir y herir con un arma blanca a un agente de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett)  será sometida a la justicia.

El vocero de la entidad, Rafael Tejeda Baldera, explicó que el agente afectado se encuentra en proceso de recuperación tras las heridas sufridas durante el incidente.

Tejeda Baldera destacó que en este caso no existía ninguna situación de tránsito ni fiscalización por infracción que justificara un enfrentamiento con la autoridad.

  • «Es un hecho lamentable y deplorable, ya que no hubo ningún motivo relacionado con tránsito que provocara esta agresión contra el agente”, expresó.

Indicó además que el caso ya está en manos de la justicia, con los tribunales apoderados y los procesos legales en curso para determinar las responsabilidades correspondientes.

La institución reiteró su llamado al respeto hacia las autoridades y confió en que la acusada responda ante la ley por sus acciones.

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Derechos de autor por TV en clinicas y hoteles se conoce en el el Tribunal Constitucional.

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Santo Domingo, R.D.-Un caso que enfrenta a productores audiovisuales y establecimiento comerciales por el pago de derechos de autor por televisores con servicio por cable y que se conocia en el  Tribunal Constitucional (TC), cuya alta corte anuló una sentencia de la Suprema Corte de Justicia mediante la  TC/0118/26 de la Suprema que  ordenó emitir un nuevo fallo.

Aunque el conflicto gira en torno a si clínicas, hoteles y otros negocios deben pagar regalías por exhibir contenidos televisivos, el alto tribunal no resolvió ese punto y devolvió el caso para que sea decidido nuevamente.

La decisión se produjo al conocer un recurso presentado por la Entidad de Gestión de los Derechos de los Productores Audiovisuales Dominicana (Egeda) contra una sentencia de la Primera Sala de la Suprema que había rechazado su demanda contra el Centro de Medicina Avanzada Doctor Abel González.

La entidad sostiene que ese tipo de exhibición constituye un acto de «comunicación pública» de obras protegidas, lo que genera el derecho de los autores y productores a recibir una remuneración.

El alto tribunal también consideró que exigir el pago a la clínica podría implicar un cobro duplicado, debido a que las compañías de cable ya pagan licencias por la retransmisión de los programas.

El TC anuló esa decisión, pero no por estar en desacuerdo con ese criterio, sino porque la Suprema basó parte de su razonamiento en la existencia de un supuesto contrato de servicio de cable que no fue incorporado al expediente ni debatido por las partes.

Para el TC, sustentar una sentencia en hechos no probados vulnera el derecho de defensa y el principio de contradicción, por lo que ordenó devolver el caso para que sea decidido nuevamente.

Pese a que el fondo del conflicto sigue sin resolverse, la Sociedad de Gestión Colectiva de los Productores Audiovisuales (Sogespa) calificó la decisión como un fallo «histórico» que fortalece la protección del derecho de autor en el país.

La entidad afirmó que la sentencia reafirma principios como el derecho exclusivo de los productores a autorizar la comunicación pública de sus obras, incluyendo su exhibición en habitaciones de clínicas y hoteles.

«El respeto al derecho de autor constituye un pilar fundamental para el desarrollo de las industrias culturales y creativas», expresó su director gerente, Nelson Jiménez Cabrera.

Sin embargo, la sentencia TC/0118/26 no valida esa interpretación ni establece quién debe pagar en estos casos, ya que se limitó a anular la decisión de la Suprema por fallas en su motivación.

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Cancelan licitación para la compra de gomitas multivitamínicas para estudiantes

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Santo Domingo, R.D.-Fue cancelada por el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (Inabie) el proceso de licitación INABIE-CCC-LPN-2026-0002, que tenía como objetivo la adquisición de gomitas multivitamínicas para estudiantes del sistema educativo público.

La institución explicó que la medida fue adoptada con el fin de introducir «mejoras sustanciales en los aspectos técnicos y económicos» del proceso, buscando garantizar una contratación más eficiente y ajustada a los requerimientos establecidos.

A través de un breve comunicado, dijo que el programa estaba concebido como parte de una estrategia de intervención nutricional dirigida a alumnos de los niveles inicial, primaria y secundaria en todo el país.

Horas antes, el Inabie había anunciado la ejecución de un plan piloto de «suplementación con gomitas multivitamínicas, para intervenir nutricionalmente a unos 70 mil estudiantes» a un costo de  151 millones 200 mil pesos. Beneficiaría a escolares de 3 a 19 años del sistema educativo público, a los cuales se les entregaría tres gomitas a la semana por espacio de un año.

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