Santo Domingo, RD.-Un poderoso componente de 9,748 miembros de los cuerpos castrenses dominicanos ha sido desplegado a todo lo largo de la frontera terrestre con Haití, incluyendo a 120 especialistas de la Dirección de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto que tienen, entre sus prioridades, la contención del tráfico ilegal de indocumentados.Más Noticias
Casi 10,000 soldados protegen frontera con Haití
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6 años agoon
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LA REDACCIÓN“Una frontera descuidada, con escasa vigilancia y puestos militares mal equipados e incomunicados, es cosa del pasado”, aseguró Díaz Morfa.
Santo Domingo, RD.-Un poderoso componente de 9,748 miembros de los cuerpos castrenses dominicanos ha sido desplegado a todo lo largo de la frontera terrestre con Haití, incluyendo a 120 especialistas de la Dirección de Inteligencia del Estado Mayor Conjunto que tienen, entre sus prioridades, la contención del tráfico ilegal de indocumentados.Esta fuerte presencia militar en los bordes limítrofes entre los dos países ha sido ordenada por el teniente general Carlos Luciano Díaz Morfa, ministro de la Defensa, quien ha explicado que los cuerpos armados manejan y mejoran las acciones para controlar el tráfico ilícito de personas, mercancías y drogas.
“La anticuada idea de una región fronteriza descuidada, con escasa vigilancia, a cargo de puestos militares pobremente equipados e incomunicados, es cosa del pasado”, aseguró ayer el más alto rango militar del país.
El ministro Díaz Morfa reveló que la vigilancia en la frontera está a cargo de 8,672 miembros del Ejército, a los que ahora se han sumado 153 soldados de la Armada, 83 de la Fuerza Aérea, 702 del Cuerpo Especializado de Seguridad Fronteriza (Cesfront), 18 del Cuerpo Especializado de Seguridad Portuaria, y 120 especialistas de inteligencia del Estado Mayor Conjunto.
El grueso de los 9,748 desplegados a través del cordón divisorio entre Haití y República Dominicana lo componen oficiales, soldados y asimilados, todos parte del dispositivo de seguridad y defensa de las fronteras terrestre y marítima.
La Armada Dominicana tiene dos comandancias de Puerto, Manzanillo y Cabo Rojo, con 82 soldados y oficiales. La Fuerza Aérea, que forma parte de las labores de control de la frontera terrestre, tiene un destacamento y un pequeño aeropuerto en Cabo Rojo, y otro en Dajabón, con un personal de 83 miembros y tres aeronaves para patrullaje.
Mientras tanto, los cruces fronterizos y sus entornos en Dajabón, Elías Piña, Jimaní y Pedernales, están bajo vigilancia de 702 soldados del Cesfront. El Cuerpo de Seguridad de los Puertos tiene una instalación en Manzanillo y otra en Cabo Rojo, con 18 miembros.
Hay 128 unidades motorizadas, incluyendo 18 vehículos para patrullaje en terrenos de alta dificultad; 145 sistemas de cámaras de vigilancia, y 52 puestos militares sobre la frontera. Regularmente se despliegan 24 retenes en las rutas formales e informales que hacen movimientos de ubicación para conservar el factor sorpresa.
Un conjunto de ocho fuerzas de tarea conjunta e interagencias en la zona de Enriquillo, Vicente Noble, Los Pilones, Jicomé, Estero Hondo, Copey, y las gestiones coordinadas de frontera en Carrizal y Jimaní, mantienen la estrategia vigente de seguridad fronteriza.
El sistema visual de vigilancia está conectado al Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Seguridad-C5i para monitoreo, en tiempo real, de todos los movimientos en los cruces de frontera, puestos militares, retenes, rutas informales y otros medios.
El teniente general Díaz Morfa ha informado del desarrollo de una estrategia para vigilar los cruces informales que son detectados en zonas escarpadas y de difícil circulación, con frecuencia utilizados como rutas para burlar la vigilancia.
Para el ministro de Defensa, el resguardo de la franja fronteriza constituye una de las prioridades de su Ministerio, sus cuerpos armados y unidades especializadas, siendo uno de los ejes principales de su plan estratégico vigente, aprobado por el Estado Mayor General para el periodo 2021-2024.
“La sociedad dominicana puede estar segura”, declaró Díaz Morfa, “de que las Fuerzas Armadas, especialmente las unidades apostadas en la frontera, están muy atentas a su misión”.
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A partir del 1 de agosto la JCE eliminará servicios de cedulación de madrugada.
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12 horas agoon
julio 27, 2026
Santo Domingo. – A partir del primero de agosto la Junta Central Electoral (JCE) tendrá nuevos horarios de atención en los Centros de Cedulación de Servicio Extendido (anteriormente denominados Centros de Servicios Continuos).
El Pleno de la JCE dispuso que los centros de servicio extendido ofrecerán atención a la ciudadanía de lunes a domingo, en horario de 8:00 de la mañana a 12:00 de la medianoche.
La medida aplicará a los centros ubicados en Barahona, Herrera, Distrito Nacional, La Romana, La Vega, Las Américas, San Cristóbal, San Francisco de Macorís, San Pedro de Macorís y Santiago.
En ese sentido, la JCE precisó que los ciudadanos con citas programadas en el horario de la madrugada (de 12:00 a. m. a 07:00 a. m.), podrán presentarse en cualquiera de los centros de cedulación, según el horario de servicio correspondiente, sin importar el mes de cumpleaños.
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Depositan acción contra artículo 310 del Código Penal
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13 horas agoon
julio 27, 2026
Santo Domingo.- Una accion directa de inconstitucionalidad sometió el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) ante el Tribunal Constitucional una contra el artículo 310 del recién modificado Código Penal.
El recurso fue encabezado por Trajano Potentini, presidente del gremio, quien considera que su contenido entra en contradicción con garantías esenciales del orden constitucional, particularmente el derecho de defensa, el debido proceso y la dignidad del ejercicio profesional del derecho.
Potentini acudió a la sede de la jurisdicción constitucional acompañado de miembros de la directiva del gremio, presidentes de seccionales y de expresidentes del Colegio de Abogados, en una manifestación institucional con la que la organización procura defender no solamente las prerrogativas de los profesionales del derecho, sino también las garantías que asisten a toda persona que requiere representación y asistencia jurídica efectiva.
El presidente del CARD explicó que la acción constitucional tiene como propósito que el Tribunal Constitucional examine la compatibilidad del artículo impugnado con los principios, derechos y garantías consagrados por la Constitución dominicana, especialmente aquellos vinculados al libre y pleno ejercicio del derecho de defensa.
Dijo que cualquier regulación penal que pueda incidir sobre la actuación profesional de los abogados debe ser examinada con especial rigor constitucional, debido a que el abogado constituye una pieza esencial para hacer efectivo el acceso a la justicia.
Sostuvo que la defensa técnica no puede ser concebida como una concesión del Estado ni como una función secundaria dentro del sistema de justicia. Por el contrario, representa una garantía indispensable para que los ciudadanos puedan ejercer adecuadamente sus derechos frente a una investigación, acusación o proceso judicial.
En ese contexto, el CARD considera necesario preservar un marco normativo que permita a los abogados ejercer sus funciones con independencia, seguridad jurídica y respeto a la naturaleza de su profesión.
Señaló que la controversia planteada trasciende los intereses particulares de los abogados. Según Potentini, cuando se afecta la independencia o la dignidad de quienes ejercen la defensa técnica también pueden verse comprometidos los derechos de los ciudadanos representados por esos profesionales.
Potentini destacó que la Constitución reconoce el debido proceso y el derecho de defensa como garantías fundamentales que deben observarse en toda actuación judicial y administrativa. En consecuencia, afirmó que las normas deben interpretarse de manera compatible con esos postulados.
La acción solicita la intervención del Tribunal Constitucional en su condición de órgano encargado de garantizar la supremacía de la Constitución y la protección de los derechos fundamentales. Corresponderá a esa alta corte examinar los argumentos y determinar la conformidad o no de la disposición cuestionada con la Carta Sustantiva.
El CARD informó que dará seguimiento al curso procesal de la acción y reiteró su confianza en que el debate jurídico permitirá delimitar adecuadamente el alcance de la disposición impugnada conforme a los principios del Estado social y democrático de derecho.
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Violaciones a la ley se producen con detenciones al margen de la ley.
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13 horas agoon
julio 27, 2026
Santo Domingo, R.D.-En franca violacion del mandato constitucional del plazo de 48 horas para someter ante un juez competente a una persona detenida se produce con casos que tienen que sufrir que se tiempo de extienda por didas, semanas e incluso en meses, segun denuncia de muchos afectados.
Y cuando finalmente un tribunal ordena la libertad, salir del destacamento tampoco ocurre de inmediato.
La situación ha quedado evidenciada con los 13 ciudadanos que permanecen más de 30 días detenidos en los destacamentos del Ensanche Felicidad y Vietnam, en Santo Domingo Este, sin haber sido sometidos al control de un juez y sin que existiera registro de un proceso penal en su contra.
Aunque un tribunal acogió el hábeas corpus presentado por la Oficina Nacional de Defensa Pública (ONDP) y ordenó su libertad inmediata, varios días después la decisión aún se encuentra en proceso de ejecución.

La decisión legal de la liberación de los 13 detenidos ocurrió después de que una inspección de la Defensa Pública encontrara a 16 personas privadas de libertad en los destacamentos de Felicidad y Vietnam. Trece llevaban más de un mes detenidas sin haber comparecido ante un juez.
Durante la audiencia, el Ministerio Público informó al tribunal que no encontró solicitudes de medidas de coerción ni actuaciones procesales relacionadas con esas personas.
Según relataron, los agentes explicaron que el retraso obedecía a la falta de vehículos para trasladarlo hasta la fiscalía.
Sin embargo, cuando consultaron el sistema del Poder Judicial, descubrieron que tampoco existía una solicitud de medida de coerción depositada y ante esa situación, interpusieron un nuevo hábeas corpus.
Para la Defensa Pública, la ausencia de transporte se ha convertido en una de las explicaciones más frecuentes para justificar los retrasos.
«No había sucedido antes con esta magnitud. Ahora uno de los argumentos recurrentes es que no hay vehículos para trasladar a los detenidos», explicó Figuereo.
La defensora sostuvo que esa situación no solo afecta a quienes esperan ser presentados ante un juez por primera vez, sino también las audiencias de medidas de coerción.
«Si hay 65 audiencias fijadas, 45 o 50 terminan aplazándose por falta de traslado«, aseguró.
El hábeas corpus tampoco acelera siempre la libertad.
Las defensoras afirman que incluso cuando presentan acciones constitucionales para recuperar la libertad de un detenido, el proceso suele enfrentar nuevos obstáculos.
Según Figuereo, en algunos casos el Ministerio Público solicita aplazamientos de las audiencias de hábeas corpus para ganar tiempo.
«La táctica dilatoria que está haciendo el Ministerio Público es pedir aplazamiento para depositar la solicitud de medida de coerción. Cuando vuelve la audiencia, aparece el vehículo, trasladan al imputado y conocen la medida», afirmó.
El artículo 40 de la Constitución dispone que toda persona detenida debe ser presentada ante un juez dentro de las 48 horas siguientes a su arresto.
El artículo 71 reconoce el hábeas corpus como el mecanismo para restablecer ese derecho cuando la privación de libertad es ilegal o irrazonable.
Sin embargo, para la Defensa Pública, las visitas diarias a los destacamentos muestran una realidad distinta.
Las inspecciones no solo verifican el tiempo de detención. También revisan si los privados de libertad han recibido alimentos, agua, atención médica y si han sido objeto de maltratos.
«Mucha gente ni siquiera sabe por qué está detenida o que tiene derecho a ser presentada ante un juez en 48 horas«, señaló la defensora pública Dilenny Morel.
La historia de los 13 ciudadanos resume la paradoja que describen las defensoras. Entraron a los destacamentos sin que posteriormente se formalizara un proceso judicial.
Un tribunal ordenó su libertad. Pero la ejecución de esa decisión también requirió nuevos trámites, seguimiento de los abogados y espera.
Para la Defensa Pública, esa secuencia refleja un problema que trasciende un caso particular: en algunos destacamentos dominicanos no solo resulta fácil entrar; también puede ser muy difícil salir, incluso cuando un juez ya ordenó la libertad.
