Santo Domingo, RD.-Los archivos de la Cámara de Cuentas desde abril del año en curso registran que alrededor de 500 funcionarios no habían entregado su declaración jurada en violación a la ley sobre la materia.
Sin embargo, la institución presenta en un registro posterior la entrega de 90 declaraciones juradas extemporáneas entregadas por funcionarios ante la Procuraduría General de la República en fecha del febrero y abril de este mismo año.
La mayoría de los casos de incumplimiento, más de 400, son de funcionarios que figuran en “cese de funciones”, es decir, que ejercían funciones públicas antes o hasta del 2020.
Hay al menos 59 funcionarios activos, nombrados por decreto, que aparecían en abril en la lista en la casilla “primera vez” que declaran con la Ley 311-14, sobre Declaración Jurada de Patrimonio.
Cerca de 10 funcionarios aparecen en la casilla de “actualización de datos”, pero no se señala su estatus al día de hoy, en la lista de la Cámara de Cuentas, publicada en su portal de la web en un documento de 71 páginas.
Lo último que se registra en la página como reclamo del titular de la Cámara de Cuentas, Janel Andrés Ramírez Sánchez, es una carta que envió el 25 de junio de 2021a la Procuraduría General de la República con una lista anexa con los nombres de los funcionarios omisos ratificados o cesantes y en la que recuerda que estos son pasibles de las sanciones contenidas en el artículo 14 de la referida norma, incluyendo aquellos que presentaron su declaración tardía.
La Ley 311-14 obliga a los funcionarios salientes y a los entrantes a presentar dentro de los primeros 30 días de salida o su nombramiento su declaración jurada y a entregar una actualización de su patrimonio en el momento que se le requiera.
En otra lista, de funcionarios electos, omisos, también con fecha de abril de este año ubica a una senadora y a regidores, un alcalde y a un vicealcalde. El documento de 420 páginas presenta los nombres de 3,775 funcionarios públicos.
La Ley 311-14 obliga a los funcionarios a entregar su declaración jurada ante la oficina de evaluación y fiscalización del patrimonio de los funcionarios públicos, de la Cámara de Cuentas, la cual a su vez tiene la misión de comprobar la veracidad de la información contenida en las declaraciones juradas y de controlar el cumplimiento de la presentación de la declaración jurada por parte de los funcionarios que la presente ley obliga a realizar.
Sanciones
¿Qué dice el artículo 14?
El artículo 14, del capítulo III de la Ley 311-14, sobre sanciones por omisión de declaración establece que “el servidor público en funciones que esté obligado a presentar declaración jurada de su patrimonio y no obtempere dentro del plazo establecido en esta ley u omitiere declarar algún bien, incurrirá en faltas graves o de tercer grado, según sea el caso”.
Mientras que en el artículo 15, sobre falseamiento de datos, quien incurra en esta falta será sancionado con prisión de uno a dos años y multa de veinte a cuarenta salarios mínimos del Gobierno Central.
Patrimonio
Los artículos 16, 17 y 18, 19 hablan de la prueba del origen del patrimonio, de destino del patrimonio decomisado, enriquecimiento ilícito y de la facultad de investigación por presunción.
De manera expresa el artículo 16 señala quecualquier funcionario público, obligado por esta ley, está en la obligación de probar el origen lícito de su patrimonio obtenido durante el ejercicio del cargo en el momento que le sea requerido por la autoridad competente.
Precisa que en caso de que el origen del patrimonio no pueda ser probado, la autoridad competente puede accionar en justicia y promover la confiscación de los bienes no probados..
La referida legislación fue aprobada en octubre de 2014.
Santo Domingo, R.D.-La solicitud de medida de coerción en contra del fiscal Aurelio Valdez Alcántara narra el proceso de investigación y seguimiento que le hizo el Ministerio Público por supuestamente recibir 10 mil dólares en una entrega controlada.
De acuerdo al órgano acusador, el 13 de marzo de este año, el fiscal concretó un encuentro con Roberto Canaán, quien es testigo en el caso de corrupción en el Seguro Nacional de Salud (Senasa). La reunión sería en Plaza Lama de avenida Jiménez Moya con 27 de Febrero.
“En este lugar Roberto Canaán abordó el vehículo del imputado Aurelio Valdez Alcántara, quien utilizó información privilegiada sobre sus vehículos personales y propiedades para establecer una posición de dominio”, dice la solicitud.
En esta reunión, el fiscal le indicó de manera explícita que podía “alterar el proceso seguido” en contra de Canaán a “cambio de un beneficio económico directo”.
La suma inicial fijada por Valdez Alcántara, según el Ministerio Público, fue de 200 mil dólares, “suma que redujo” a 150 mil, además de que “mostró interés en un reloj Rolex y exigió la entrega de un vehículo de lujo, específicamente un Mercedes Benz 350 o 450 negra”.
Además, el fiscal “rechazó opciones más económicas, como una guagua Volvo o Mazda, insistiendo en el modelo de alta gama solicitado”.
El día 25 de marzo, la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, solicitó la designación de un juez para la investigación en este caso. El 27, la magistrada Ysis Muñiz, quien fue la jueza designada, autorizó al Ministerio Público a investigar la entrega vigilada de dinero.
El día 27, en horas de la tarde, Aurelio Valdez contactó a Roberto Canaán para que se reunieran en la Plaza Comercial Bella Vista Mall, en el área de parqueos del cuarto piso, con la “intención de realizar el pago de soborno exigido”.
Como seguimiento en el caso, “para cubrir y documentar la entrega” del dinero, el Ministerio Público conformó un equipo integrado por el mayor Luis Antonio Valdez Moreno, encargado de la División de Operaciones, auxiliado por varios agentes policiales, y acompañados por el fiscal Andrés Octavio Mena.
Estos se trasladaron a la plaza antes citada, también en el cuarto piso, y desde ahí observaron el vehículo Honda CRV, color crema, propiedad del fiscal Aurelio Valdez.
Miraron que Roberto Canaán abordó el carro del fiscal y permaneció por aproximadamente cinco minutos en el interior e hizo la entrega del dinero.
Cuando ambos salieron del parqueo, el fiscal fue seguido por los agentes de la Policía Nacional, quienes le solicitaron detener el vehículo cuando se encontraba en la calle Pedro Antonio Bobea, en la parte frontal del Centro Comercial Almacenes Unidos.
Los policías le ordenaron detener el vehículo y, tras esto, le solicitaron acompañarlos a la Procuraduría General de la República en su vehículo con los agentes.
Cuando se encontraban en el área de parqueos del sótano de la Procuraduría General y en presencia del fiscal Andrés Octavio Mena Marte, procedieron a requisar el interior y preguntarle si tenía algo en su interior, a lo que este indicó que solo tenía un arma de fuego y una tableta tipo computadora de la Procuraduría General de la República.
“En la requisa, con la presencia del imputado Aurelio Valdez Alcántara, específicamente en la parte interior del Sunroof y la tapa corrediza del Sunroof, fueron ocupados la cantidad de 100 billetes de cien dólares americanos, para un total de diez mil dólares (US$10,000.00) en efectivo”, dice la solicitud de medida de coerción, que narra todo lo que encontraron en el vehículo, como tarjetas y celular.
El arma del fiscal, de acuerdo al documento, es una pistola marca Bersa, 9 mm. Color negro con corredera plateada, serial 0018MP, con un cargador y trece (13) cápsulas para la misma.
Santo Domingo, R.D.-El fiscal Aurelio Valdez Alcántara, investigado por pedir soborno, le habría pedido a Roberto Canaán, uno de los principales mencionados en el caso de corrupción del Seguro Nacional de Salud (Senasa), el pago de 200 mil pesos, un rolex y auto Mercedes Benz, según el expediente del Ministerio Público.
Canaan se desempeñó como Gerente de Atención al Usuario en Senasa.
En la solicitud de medida de coerción del caso Senasa, Canaan es señalado como el cuarto testigo que usaría el Ministerio Público en el caso.
Ahora el fiscal Valdez Alcántara enfrenta una solicitud de 12 meses de prisión preventiva como medida de coerción por parte del Ministerio Público.
«Con lo que probamos la estructura orgánica de corrupción, el mecanismo de influencia interna
y el origen ilícito de fondos que caracterizaron la gestión del Dr. Santiago Hazim Albainy. Este testimonio de una persona del círculo interno, aporta una narrativa directa que conecta y da sentido a la evidencia documental previamente.
incorporada», señala el Ministerio Público, como uno de los elementos principales para utilizar a Canaan como testigo en el caso.
Roberto Canaan no figura entre los acusados en el caso Senasa.
El Ministerio Público informó que la investigación que realizan en contra del fiscal arrojó que habría exigido al imputado de Senasa una suma inicial de USD$200,000.
Explicaron que esta suma la redujo a USD$150,000 “en una negociación en la que también mostró interés en un reloj marca Rolex y exigió un Mercedes Benz 350 o 450”.
De acuerdo a las informaciones, Valdez Alcántara fue sometido a la justicia tras ser apresado en flagrante delito el viernes.
Según se ha informado, la investigación del caso la dirige directamente la procuradora general de la República, quien garantizó a toda la población “que jamás va a tolerar actos de corrupción en la institución”.
Esta tarde, a las 2:00, será el conocimiento de la medida de coerción en su contra.
Santo Domingo, R.D.-La audiencia de apelación del juicio contra el pelotero Wander Franco y Martha Vanessa Chevalier fue aplazada nuevamente este lunes.
La fecha dispuesta por el tribunal es del 13 al 15 de mayo, para presentar los medios probatorios por el Ministerio Público e inicio de la defensa técnica.
Franco fue condenado en primera instancia a dos años de prisión suspendida, mientras que Martha Vanessa Chevalier, madre de la menor presuntamente abusada, fue condenada a 10 años de prisión al ser encontrada culpable de explotación sexual y lavado de activos.
El nuevo juicio contra ambos fue ordenado por la Corte de Apelación de la Cámara Penal de Puerto Plata luego de anular la sentencia del 27 junio del 2025 emitida por el tribunal colegiado de esta jurisdicción.