Santo Domingo.- El caso de Pedro Alejandro Castillo Paniagua, alias “Quirinito” , pone en evidencia la vulnerabilidad no solo del sistema judicial, sino también del penitenciario y del sector médico.Nacionales
Caso Quirinito revela vulnerabilidad del sistema judicial y penitenciario
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8 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo.- El caso de Pedro Alejandro Castillo Paniagua, alias “Quirinito” , pone en evidencia la vulnerabilidad no solo del sistema judicial, sino también del penitenciario y del sector médico.Con certificaciones médicas falsas, como se ha establecido, el condenado a 20 años de prisión por homicidio, logró su traslado del centro de corrección y rehabilitación de Najayo, en San Cristóbal, al de Vista del Valle, de San Francisco de Macorís; el cambio de lugar de cumplimiento de la pena de un recinto penitenciario a una casa, y finalmente, que un médico legista certificara su muerte, logrando un acta de defunción.
Como se observa, han sido detectadas una serie de irregularidades, en la que han estado envueltos jueces, fiscales, médicos, y personal de vigilancia penitenciaria. Pero, además, han sido dictadas múltiples resoluciones judiciales en tribunales de diferentes grados, tanto condenatorias como favorables al imputado.
Castillo Paniagua fue condenado a 30 años de prisión el 13 de abril del 2010 por el tribunal colegiado de San Cristóbal, al ser hallado culpable de asesinar al presunto narcotraficante Adolfo Cervantes Arellano (Waikiki), quien era investigado por al asesinato, en marzo de ese mismo año, del agente de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), Guillermo Tejada Krawinkel.
Dos meses después, el 20 de junio, la Corte de Apelación anuló esa condena y dispuso que sea celebrado un nuevo juicio, porque no fueron valoradas las pruebas correctamente. Celebrado un nuevo juicio, el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de Peravia lo condenó a 20 años de prisión.
Esa sentencia adquirió el carácter de autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, es decir, se hizo definitiva, luego que el 5 de mayo del 2015, la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisible un recurso de casación interpuesto por el condenado.
Castillo Paniagua, apodado Quirinito, por ser sobrino del ex convicto por narcotráfico, Quirino Ernesto Paulino Castillo, guardaba prisión en el centro de corrección de Najayo, hasta hace un año, pues el 29 de septiembre del 2016, el juez de ejecución de la pena de San Cristóbal, Willy De Jesús, dispuso su traslado al recinto Vista al Valle, de San Francisco de Macorís.
En ese recinto duró menos de un año, debido a que, acogiendo un recurso de la defensa legal del imputado, la jueza de ejecución de la pena de San Francisco de Macorís, Aleida Jiménez Acosta, dispuso la variación del régimen de cumplimiento de la pena, de privación de libertad en un recinto penitenciario a prisión domiciliaria, a ser cumplida en una vivienda del residencial Bety Marie, del sector Paseo de los Ríos, de San Francisco de Macorís.
El cinco de julio del 2017, el médico legista Orlando Herrera Robles, emitió un certificado médico ficticio, con el cual se expidió al día siguiente, el acta de defunción No. 00239, folio 0039, que declara el fallecimiento por la causa de “fallo cardíaco debido a infarto agudo al miocardio por carcinoma epidermoide en la base de la lengua”.
Las irregularidades

Santo Domingo, el fiscal de San Cristobal, Faustino Pulinario,pedira a los jueces revocar la orden de libertad emitida a favor de Pedro Alejandro Castillo Paniagua[Quirinito], y el coacusado Jovanny Padilla. Fotografia Arturo Perez LISTIN DIARIO.3/2/10
El martes, 3 de octubre del 2017, la Procuraduría informó que Castillo Paniagua, alias Quirinito, no ha fallecido. Solicitó a la Policía Nacional y a la Interpol, la captura del prófugo.
Anunció la suspensión del médico legista Orlando Herrera Robles, quien certificó la muerte del condenado.
El miércoles en la tarde acudió a la Procuraduría el cardiólogo Núñez González, cuyo nombre figura en la sentencia del juez de ejecución de la pena de San Cristóbal, que ordenó el traslado de cárcel de Quirinito, para indagar por qué su nombre figuraba en ese caso.
Ahí se determinó que el certificado emitido por ese médico fue a la madre del condenado, Mónica Paniagua Ramón, paciente de Núñez González, pero que fueron falseados los datos para ponerlos a nombre de Castillo Paniagua.
El miércoles, el Consejo del Poder Judicial dispuso la suspensión de los jueces de ejecución de la pena de San Francisco de Macorís y de San Cristóbal. Trascendió el viernes, que también la Procuraduría suspendió los fiscales que actuaron en ese proceso.
El jueves, la Procuraduría interrogó al oncólogo Ángel Garabot Polanco, quien certificó que “Quirinito” padecía de “carcinoma epidermoide bien diferenciado infiltrante y ulcerado de base de lengua, etapa clínica IIIB”.
El jueves, cinco de octubre, la jueza de ejecución de la pena de San Francisco defendió su decisión y afirmó que actuó atendiendo a recomendaciones del Ministerio Publico, que indicaban que el reo padecía de un cáncer terminal en la lengua.
El viernes en la mañana, la Inspectoría General del Ministerio Público entrevistó a los productores de un programa de un programa local, Kirsy Mena, periodista, y Washington Espino, quienes denunciaron que recibieron amenazas de muertes, vía telefónica, por parte de un desconocido, que le atribuyó ser los responsables de que el caso haya sido publicado en los medios de comunicación.
Este sábado, la Procuraduría envió un comunicado, en el que señaló que esos comunicadores expresaron, cuando acudieron a la institución, que no tenían interés de que la denuncia fuera investigada por el Ministerio Público.
listindiario.com
Nacionales
Director de La República advierte que Congreso Nacional no tiene la facultad para anular candidaturas independientes.
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1 día agoon
marzo 19, 2026Por Elba García
El doctor José Cabral Salcedo, especialista en derecho constitucional, además de periodista y empresario, quien ostenta la dirección del diario La República, aclaró que no es verdad que el proyecto que se conoce actualmente en la Cámara de Diputados y que ya fue aprobado en el Senado de la República elimine las candidaturas independientes.
El profesional del derecho sostuvo que el esfuerzo de los diputados y senadores más que en contra de las candidaturas independientes se trata de una aspiración que pone en peligro todo el sistema legal e institucional de la nación.
Dice que intentar eliminar las candidaturas independientes es conspirar en contra de la propia Constitución de la República, ya que es la carta magna la que otorga la facultad al TC de interpretar las normas que chocan con la ley sustantiva de la nación, a los fines de procurar que las mismas se ajusten al control de la constitucionalidad.
La intención de eliminar las candidaturas independientes es lo mismo que conspirar en contra del sistema democrático e institucional de la nación, lo que indica el estado de desesperación de los partidos políticos ante el descredito que les afecta, añadió el periodista, abogado y empresario.
Cabral Salcedo advirtió que de aprobarse el proyecto de ley que se conoce ahora en la Cámara de Diputados deja el problema en manos del presidente Luis Abinader, quien tiene la opción de promulgarla u observarla en virtud de que la misma sería un contrasentido jurídico que cuestionaría todo el régimen jurídico interno y externo.
Sin embargo, advirtió que ante la conversión en ley del proyecto que se conoce ahora en la Cámara de Diputados y si es promulgado por el presidente Abinader implicaría la presentación de una acción directa de inconstitucionalidad ante el mismo Tribunal Constitucional que es el único facultado para interpretar la constitucionalidad de una norma.
Explico que decir que la Constitución habla de que las aspiraciones políticas sólo pueden ser canalizadas a través de los partidos, según la interpretación que se le ha querida dar al artículo 216 de la carta magna, pese a que la ley sustantiva de la nación debe leerse íntegramente y naturalmente incluyendo el artículo 22 que habla de los derechos ciudadanos, sobre todo en lo que respecta al principio de elegir y ser elegido.
El abogado, periodista y empresario advierte que la jurisprudencia del TC sólo puede ser eliminarla por el propio alto tribunal mediante la figura del overrruling, la cual es la técnica jurídica mediante la cual un tribunal constitucional revoca o cambia un precedente vinculante anterior, sustituyéndolo por una nueva doctrina, a los fines de adaptar el derecho a nuevos contextos sociales, morales, económicos y políticos, lo que permite superar normas jurisprudenciales obsoletas, injustas o incompatibles con el ordenamiento actual.
Sin embargo, el profesional del derecho aclara que ese no es el caso de la sentencia que sienta jurisprudencia sobre las candidaturas independientes, la TC/0788/24, ya que para que el TC cambie el criterio en esta materia tiene que producirse una afectación de un derecho fundamental cuando en la misma se produce todo lo contrario con la protección del principio de elegir y ser elegido, pero además del de igualdad, proporcionalidad, legalidad, pro participación y el de dignidad humana.
Esta situación hace prácticamente imposible la posibilidad de que las pretensiones de los diputados y senadores se concrete, porque sencillamente no hay forma de que sus acciones al margen del principio de legalidad tengan éxito, ya que la interpretación del Tribunal Constitucional se ajusta del artículo 47 de la Ley 137-11 y también al 184 y 185 de la constitución de la República.
Cabral Salcedo sostuvo que con el proyecto de ley que busca eliminar las candidaturas independientes el Congreso Nacional no sólo se pone al margen del régimen legal, sino también de la institucionalidad de la nación y además deja claro que los legisladores de la llamada partidocracia se creen dueños del sistema, principalmente los perremeistas que fundamentaron su llegada al poder en que en la República Dominicana se consolidaba un partido-Estado a través del PLD, pero resulta que ahora ellos son más antidemocráticos que las pasadas autoridades.
Cabral Salcedo llamó al presidente Luis Abinader a no ser parte de un plan que compromete la responsabilidad civil y penal del Estado por tratarse de la violación de un derecho fundamental como el de elegir y ser elegido, consignado, además, en el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica.
Nacionales
Mantienen en arresto domiciliario a coronel acusado de pertenecer a red de sobornos
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1 día agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-El mantenimiento del arresto domiciliario dispuso la jueza del Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional en contra del coronel Andrés Pacheco Valera, implicado en la Operación Lobo.
La magistrada Yanibet Rivas tomó la decisión tras rechazar una solicitud de variación de la medida presentada por el acusado, a través de su abogado Félix Portes Núñez.
De inmediato, el abogado del imputado anunció que apelará la decisión, alegando violación al principio de igualdad, ya que otros coimputados han recibido medidas menos severas.
El imputado es acusado de formar parte de una red que se dedicaba a la distribución de sobornos para agenciarse la contratación y el mantenimiento de contratos de seguridad privada en instituciones públicas.
Entre las instituciones se encuentran el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi), el Seguro Nacional de Salud (Senasa), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte (EdeNorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (EdeEste) y la Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur (EdeSur).
Entre los implicados se encuentran el mayor general retirado del Ejército Carlos Ambrosio Robles Díaz, así como los coroneles de ese organismo Luis Ernesto Vicioso Bocio, Francisco Guarín Fernández Vásquez y Elías Camaño Pérez.
Además, el coronel de la Fuerza Aérea Yorbyn Eduardo Eufracio Aybar y el primer teniente del Ejército Wellington Peralta Santos, el empresario Quilvio Bienvenido Rodríguez González y el coronel de la Policía Ramón Quezada Ortiz. En Santiago fue arrestado Bolívar Nicolás Fernández Espinal.
Nacionales
Apelarán no ha lugar que favorece a hombre imputado de crimen.
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1 día agoon
marzo 19, 2026
Santo Domingo, R.D.-La decision de el Septimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional será apelada por el Ministerio Público mediante la cual otorgó un auto de no ha lugar en favor de Jean Andrés Pumarol Fernández, imputado de ultimar a una mujer y herir a otras cinco personas en un hecho ocurrido en el sector Naco.
El órgano acusador rechazó, en un comunicado de prensa, la decisión del juez Deiby Antonio Timoteo Peguero, al considerar que no se corresponde con las pruebas aportadas durante el proceso.
Sostiene que existen méritos suficientes para recurrir la decisión, al entender que el tribunal incurre en contradicción, ya que en principio no acoge la declaratoria de inimputabilidad, pero termina aplicando los efectos jurídicos de dicha figura al dictar el auto de no ha lugar.
La acusación presentada por el Ministerio Público, representado por la fiscal Vidalis Mora, explica que el 23 de julio de 2025 el imputado irrumpió en varias viviendas del residencial Naco Dorado IV, donde agredió a distintos residentes, incluyendo a Yolanda Handal Abugabir, a quien le provocó la muerte.
Durante el hecho, también hirió a Gricelda Ozuna Torres, Francisco Texano, Teresa Fabián de Heredia, Victoria Heredia y Guillermo Ramón Pumarol Castellanos, además de ocasionar la muerte de una mascota.
El Ministerio Público recordó que, en atención a la gravedad de los hechos y las evidencias presentadas, previamente, le fue impuesta prisión preventiva como medida de coerción, la cual cumplía en el Centro de Corrección y Rehabilitación Anamuya, en Higüey, provincia La Altagracia.
