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Cesantía Laboral un tema sobre la mesa en discusión entre empleados y empleadores.
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2 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, R.D.-El Congreso Nacional es escenario de un gran debate sobre la reforma del Código de Trabajo, cuya medida implica una confrontación entre empresarios y trabajadores.
El proyecto entregado por el Poder Ejecutivo al Senado de la República pretende actualizar la Ley 16-92, que fue promulgada en el año 1992, hace 32 años, agregando nuevas modalidades laborales y fortaleciendo el marco regulatorio del país.
Sin embargo, el principal tema de discusión es la cesantía laboral, ya que mientras el sector empresarial solicita desde hace años una revisión para modificarla, los empleados y las centrales sindicales demandan lo contrario, asegurando que este es un derecho adquirido de los asalariados dominicanos que no debe ser perjudicado.
La cesantía no es más que el pago “auxiliar” que debe realizar el contratante cuando ejecute el desahucio (despido) del empleador. El monto está establecido en función del tiempo que el empleado tenga perteneciendo a la compañía.
Así lo dicta el artículo 80 de la ley, en el cual detalla que luego de un trabajo continuo por un periodo no menor a tres, ni mayor a seis meses, requerirá la entrega de 6 días de salarios ordinarios, sin contabilizar las horas extras.
Mientras que para quienes hayan cumplido con su labor entre seis meses y un año, la norma jurídica ordena el pago de 13 días de sueldo.
Por último, en el caso de quienes tengan más de cinco años, la pieza legislativa vigente dispone una indemnización de 23 días de salarios, de igual forma, por cada año.
Según el artículo 86, las compensaciones económicas deben ser pagadas al trabajador en un plazo de diez días, a contar de la fecha de la terminación del contrato. Cuando ocurra un incumplimiento, el empleador debe adicionar el pago de un día del salario por cada día de retraso.
Temor y preocupación
La pieza elaborada por el Ministerio de Trabajo no pretende afectar el artículo de la Cesantía, debido a que este tema no pudo ser consensuado por el sector tripartito (Gobierno, empresarios y empleados). Esto, a pesar de los más de 100 encuentros en los que participaron estas tres representaciones de la sociedad.
Sin importar las garantías que ofrece el ministro de Trabajo, Luis Miguel de Camps, asegurando que la intención del tren gubernamental no es adicionar o modificar algún artículo, el cual no haya sido acordado en los diálogos, iniciados en 2022.
Tanto la Cámara de Diputados, como el Senado de la República, cuentan con total soberanía por conformar al Congreso Nacional, que es el Poder Legislativo, para decidir finalmente los proyectos de ley que se aprueban o pasan a ser rechazados. Y, precisamente, así lo entienden los sindicalistas.
Es por eso que el pasado jueves, al visitar la comisión especial del Senado que estudia el proyecto, las cuatro principales Centrales Sindicales manifestaron temor y preocupación ante la existencia de esa posibilidad.
Sin importar la incertidumbre que puedan tener, El presidente de la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS), Rafael –Pepe- Abreu, fungió como vocero de otras tres entidades que estaban presentes para reiterar su rechazo al pedimento de la clase empresarial.
Al finalizar, Abreu expresó tener esperanza de que los congresistas de ambas cámaras cumplirán con mantener la cesantía intacta.
“Tenemos fe en que va a ser cumplido. De este hemiciclo, de esta cámara alta, no va a salir una propuesta que incluya la cesantía laboral. Esa es la fe que tenemos nosotros”, dijo Abreu. Momentos antes se escuchaba desde las afueras del salón de reuniones en el Senado al senador Antonio Marte pedir confianza en la voluntad de los congresistas.
¿Seguridad social?
Mientras tanto, hay legisladores que consideran oportuno colocar la discusión sobre la cesantía dentro de la reforma a la Ley 87-01 de la Seguridad Social, la cual es parte de las 12 transformaciones legislativas anunciadas el pasado 6 de junio por la Presidencia.
“Si en la mesa tripartita no se acordó tocar la cesantía. Pues no se puede tocar… Como Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) y senador de La Vega, entiendo que ese tema debe abordarse al discutirse la reforma de la Seguridad Social”, afirmó el pasado viernes el representante Rogelio Genao, quien comparte la misma declaración de otros senadores que, incluso, pertenecen a la comisión especial.
Genao entiende que una solución podría ser establecer dentro de la Ley 87-01 un seguro de desempleo. A esta visión también se une la Federación Dominicana de Comerciantes (FDC), quien publicó un comunicado el 22 de julio para pedir la exclusión de la cesantía.
“Profundizar el diálogo”
Por otro lado, una de las grandes agrupaciones empresariales, el Consejo Nacional de Empresas Privadas (Conep), reiteró el pasado viernes su compromiso con el bienestar de los trabajadores. No obstante, el presidente, Celso Juan Marranzini, espera que el Senado sirva de espacio para que se profundice el diálogo.
“Quieren forzar una discusión en el Congreso donde ya se abortó, no se logró consenso en la mesa tripartita”, esta fue la respuesta de Genao ante las declaraciones de los empresarios.
Tiempo de discusión
Este proyecto podrá permanecer, de manera vigente, durante dos legislaturas en el órgano legislativo, de acuerdo con lo fijado en el reglamento. Por lo que quedará en manos de los congresistas si finalmente este apartado será modificado en los próximos o cuando sea desarrollada la evolución en la Ley de Seguridad Social.
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RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil y llama a la poblacion a estar alerta.
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1 día agoon
junio 26, 2026
Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.
El director de la Defensa Civil, Juan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.
Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.
En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.
“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.
Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:
- Mantener la calma
- Identificar salidas seguras
- Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.
“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.
Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.
“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.
También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.
En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:
“Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.
Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.
Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.
“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.
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TC dispone devolver RD$8 millones a hombre y fija límites a retención de bienes
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1 día agoon
junio 26, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Tribunal Constitucional (TC) volvió a pronunciarse sobre un problema recurrente: la negativa de autoridades e instituciones a devolver bienes o recursos cuya retención ya no tiene sustento legal.
En una nueva sentencia, la alta corte ordenó al Banco Agrícola devolver ocho millones de pesos que permanecían retenidos pese a que habían cesado las medidas de coerción que dieron origen a la garantía económica.
La decisión se suma a otros fallos recientes del TC relacionados con la devolución de bienes y recursos vinculados a procesos judiciales, en los que el tribunal ha advertido que las autoridades no pueden mantener bajo su control dinero o propiedades cuando desaparece la causa legal que justificó la medida.
Posteriormente, el 3 de octubre de 2017, el Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de La Romana dictó un auto de no ha lugar y dispuso el cese de todas las medidas de coerción impuestas en ese proceso.
La entidad financiera alegó que la garantía estaba respaldada por un certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría Fiscal de La Romana y no a nombre de Michel, por lo que entendía que los fondos no podían ser entregados al reclamante. También sostuvo que este carecía de interés directo sobre esos valores y que la devolución podía afectar el patrimonio de la institución.
Ante la negativa, Michel presentó una acción de amparo alegando una vulneración de su derecho de propiedad. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) acogió el recurso y, mediante una sentencia emitida en agosto de 2019, ordenó al Banco Agrícola devolver los fondos.
Los jueces verificaron que el dinero había sido aportado originalmente por Michel mediante un cheque de administración emitido por el Banco de Reservas y que esos recursos nunca fueron transferidos ni cedidos al imputado ni al Estado como propietarios de los fondos.
El TC concluyó que el certificado financiero emitido a nombre de la Procuraduría respondía al mecanismo utilizado para instrumentar la garantía judicial, pero no modificaba la titularidad del dinero.
«Resultaba jurídicamente improcedente la retención de los montos depositados», sostuvo el tribunal al confirmar la devolución de los 8 millones de pesos.
La alta corte recordó que el artículo 237 del Código Procesal Penal dispone que las garantías económicas deben cancelarse y los bienes afectados devolverse cuando cesa la medida que les dio origen.
Asimismo, reiteró un criterio fijado recientemente según el cual las personas que enfrenten la negativa de una autoridad a devolver bienes o valores cuya restitución sea obligatoria pueden recurrir al amparo de cumplimiento para exigir la ejecución de esa obligación legal.
Con esta decisión, el TC confirmó la devolución de los fondos reclamados por Michel y reafirmó que la retención de bienes o recursos no puede mantenerse cuando desaparece la causa legal que la justificaba.
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Los hermanos Espaillat van a juicio de fondo a la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.
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1 día agoon
junio 26, 2026
Santo Domingo, R.D.-Fue apoderada para conocer el juicio de fondo contra Antonio y Maribel Espaillat, propietarios de la discoteca Jet Set, acusados de su presunta responsabilidad en el colapso del techo del referido establecimiento, tragedia que dejó como resultado la muerte de 236 personas y más de 180 heridos, la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional.
El expediente fue asignado al tribunal, presidido por la magistrada Clara Luz Almonte, mediante el sistema de sorteo aleatorio computarizado de la presidencia de la Cámara Penal del Distrito Nacional, luego de que un juez determinara que debía seguir el proceso en un juicio de fondo.
Con este paso, la magistrada procederá próximamente a emitir el auto de fijación de audiencia para citar formalmente al Ministerio Público, a la defensa de los imputados y a las partes querellantes.
Tras un análisis exhaustivo del expediente, el magistrado tipificó los hechos como homicidio culposo o imprudente, rechazando la solicitud de un sector de las víctimas que buscaba que el caso fuera juzgado bajo la figura de homicidio voluntario.
Uno de los puntos relevantes de la decisión del juez Mejía es la exclusión del Ayuntamiento del Distrito Nacional, el Ministerio de Obras Públicas y otras instituciones estatales del proceso penal.
El juez argumentó que, ante la conducta procesal demostrada por los imputados, quienes han mostrado arraigo y disposición de asistir voluntariamente a las audiencias, la prisión preventiva no resulta procedente, recordando que en el sistema constitucional dominicano la libertad es la regla y la prisión la excepción.
No obstante, en el ámbito civil, el tribunal dictó medidas de coerción reales contra los imputados, consistentes en la inmovilización de bienes y medidas conservatorias para garantizar la reparación del daño a las víctimas.
El tribunal confirmó que las evidencias, tanto documentales como materiales, fueron recabadas respetando los derechos fundamentales y ajustándose a los artículos 140, 173, 174 y 197 del Código Procesal Penal, así como a la Resolución 38-69 de la Suprema Corte de Justicia.
