Opinión
Cita con “Cien Años De Soledad”
Published
12 años agoon
Por Hamlet Hermann
Topé por primera vez con la novela “Cien Años de Soledad” cuando estaba prisionero en 1973 luego de la extinción de nuestra lucha guerrillera. Reponía en esos días los rigores de las torturas y malos tratos con que me habían “tranquilizado” en la base aérea de San Isidro. La opinión pública reclamaba con energía que apareciera el sobreviviente guerrillero capturado en Villa Altagracia semanas atrás. Pero el estado en que habían dejado mi cuerpo los militares luego del “tratamiento” a que fui sometido impedía que alguna fotografía fuera publicada o alguien pudiera visitar la solitaria celda que ocupaba. Los militares se dedicaron entonces a alimentarme al tiempo que suspendieron el “tratamiento” de manera que recuperara la apariencia física normal.
Eran los tiempos en que someramente me había enterado de que existía un periodista llamado Gabriel García Márquez quien había escrito esa obra. Aunque fue publicada por primera vez seis años atrás, en 1967, mis actividades revolucionarias y luego el entrenamiento militar en Cuba no habían dejado espacio para leer esa obra. Pero en aquel momento no era más que un prisionero en celda solitaria que, además de los malos tratos recibidos, había perdido cerca de setenta libras del peso normal. El tiempo sobraba, así que me dediqué a la lectura con voracidad. Ninguna otra cosa tenía que hacer allí. Ayudaba a mi lectura el que mis captores mantuvieran permanentemente encendidos varios bombillos. Veinticuatro horas continuas de luz buscaban desequilibrarme e impedir el sueño pero. Paradójicamente, facilitaban el disfrute de esa obra.
La leí de un tirón la primera vez. Sólo interrumpían los chillidos de los goznes de la única puerta de la celda cuando los Sargentos verificaban qué hacía a cada momento o llevaban la comida. Esas interrupciones sobresaltaban porque hacían recordar cuando me buscaban a medianoche para las sesiones de interrogatorio y pésimos tratos que dispensó la oficialidad seleccionada para el “tratamiento”.
Aunque un preso no tiene libertad cuenta con mucho tiempo libre. Apenas quitaba la vista del libro para acomodar mis nalgas aplastadas por el tibio piso de mosaicos. Llamó mucho mi atención la descripción del circo que llegó a Macondo y la forma en que atraía la atención de todos. Inconscientemente asociaba la lectura con el origen de mi rama familiar paterna. Los Hermann Consonni viajaban cada año a República Dominicana desde Cuba con un grupo de bufos, una especie de vodevil. La compañía se llamaba Hermann-Morita. Viajarían regularmente hasta el año 1927 cuando la compañía se desbarató merced a que la principal estrella casó con un empresario licorero de Santiago de los Caballeros. En la lectura imaginaba entonces a aquellos que llegaban a Macondo con las caras de mi padre, mis tíos y otros que sólo conocí años después cuando ya peinaban canas y exponían calvas.
Como no tenía capacidad para valorar literariamente lo que estaba leyendo, llegué hasta la última página sintiendo un vacío. Traté entonces de recordar lo que había leído “en primera vuelta”. En la memoria sólo habían quedado detalles escasos y rasgos del relato con muchas confusiones sobre los personajes. Tantos Buendía saliendo y entrando en el relato me habían hecho perder el rastro del hilo conductor de la obra. Decidí entonces empezar a leer de nuevo. Nadie esperaba por mí como no fuera para hacer daño y el tiempo seguía teniendo poco significado. En esa segunda lectura no lograba evadir el prejuicio de que estaba viendo de nuevo la misma película. Sin embargo, empecé en esta ronda a darme cuenta y a entender cosas que en la primera lectura habían pasado inadvertidas. Gradualmente fui ajustando las imágenes que creaba García Márquez y las cosas fueron saliendo de la neblina para mostrarse más en la forma que el autor quería que nosotros las viéramos.
Cuando sin aburrimiento volví a llegar a la última página me convencí de que el rebulú familiar de los Buendía todavía no lo entendía bien. Y fue entonces cuando en aquella iluminada celda decidí leerla por tercera vez. Pedí entonces a uno de mis carceleros, un Coronel de la Fuerza Aérea, que consiguiera un lápiz y una hoja de papel. Obsesionado estuve con la idea de que la única forma de entender aquello a fondo era si me dedicaba a construir el árbol genealógico de la familia Buendía.
Y así fue como empecé a estudiar en esta tercera vez, no ya a leer, “Cien Años de Soledad”. Leyendo hacia delante y buscando hacia atrás, fui haciendo mi arbolito genealógico poniendo a Aureliano aquí a Rosario la bella por allá y así sucesivamente a todos hasta que la hoja de papel fue ocupada por mis trazos y garabatos, de lado y lado. Cada rama que añadía llevaba a tratar de apropiarme de la obra. Tanta era la compenetración con ella que la sentía mía y de nadie más. Ya no era la novela del periodista colombiano-caribeño sino una obra propia porque en aquella solitaria celda hasta las cucarachas eran de mi propiedad.
Mi siguiente labor fue hojear y ojear, de hoja y de ojo, aquellas páginas que empezaron a lucir antiguas de tanto manoseo en un ambiente carcelario del cuarto mundo. Comprobé entonces que ya estaba en condiciones de volver a leer la novela por una cuarta vez. Creía haber descifrado los vericuetos del narrador y suponía que eso me acreditaba como lector calificado. Y así fue. Sólo faltó aprendérmela de memoria.
Lo lamentable de esta historia es que, cuando finalmente fui excarcelado y deportado de República Dominicana, por una reacción protectora de mi organismo, el cerebro borró los recuerdos de mi estancia en aquella prisión. Parece que la selectiva memoria no quería que recordara el “tratamiento” al que había sido sometido durante meses en aquel lugar. Y fue así como todo lo que había leído y entendido de “Cien Años de Soledad” lo olvidé totalmente.
Tiempo después, cuando alguien preguntaba si había leído esa novela respondía: “Sí, cuatro veces.” Pero cuando al creerme experto en la materia trataba de profundizar en el contenido y en las formas, siempre yo cambiaba el tema para que el otro no perdiera el tiempo con un desmemoriado.
Es por eso que cuando pueda adquirir la más reciente edición de “Cien Años de Soledad” de inmediato empezaré a leerla de nuevo. Y quizás en ese trayecto de una quinta lectura, que será también primera, logre toparme con algunos de los recuerdos que 34 años atrás la memoria borró para preservar mi salud mental y, quizás, mi vida.
Por Isaías Ramos
Una nación no se empobrece solamente cuando le roban dinero. Se empobrece cuando el robo se normaliza, cuando la impunidad se administra, cuando la persecución de la corrupción se percibe como selectiva y cuando la justicia se convierte en espectáculo para entretener la indignación, pero no para devolverle al pueblo lo que le quitaron.
La corrupción no vive solo en expedientes, titulares o ruedas de prensa. Se siente cuando falta medicina en un hospital, cuando una escuela se deteriora, cuando un apagón apaga un negocio, cuando una familia se endeuda para comer y cuando un joven descubre que el mérito no pesa tanto como la conexión.
Después de hablar de un país donde la movilidad social está bloqueada, hay que decirlo con claridad: la corrupción es una fábrica de inmovilidad social. Roba dinero, sí; pero también roba confianza, oportunidades, futuro y dignidad.
El informe de clima social de LS Consulting confirma que corrupción y costo de vida se consolidan como ejes del malestar: el costo de vida es la experiencia diaria; la corrupción, la explicación de por qué ese costo no se administra mejor. También muestra que 78% de los consultados siente que el gobierno no da el ejemplo cuando pide austeridad.
Ahí está el fondo: el pueblo recorta, se endeuda, sacrifica salud, alimentación, transporte y tranquilidad; mientras observa que arriba muchas veces no hay la misma disciplina, transparencia ni sacrificio.
Por eso la lucha contra la corrupción no puede ser selectiva ni teatral. Cuando no recupera bienes, no desmonta redes, no cambia reglas, no audita subsidios, no transparenta concesiones, no revisa exenciones y no devuelve recursos al pueblo, deja de ser justicia y se convierte en espectáculo. Una justicia-espectáculo puede producir titulares, pero no reconstruye movilidad social.
El país no necesita “pan y circo” anticorrupción. Necesita justicia con recuperación de activos y reforma institucional.
Y aquí cabe una pregunta que la República debe hacerse sin miedo: ¿para qué se aprobó y promulgó una Ley de Extinción de Dominio si los bienes ilícitos no se persiguen con firmeza, si lo robado no se recupera con transparencia y si esos recursos no vuelven a escuelas, hospitales, agua, seguridad, electricidad y oportunidades?
La Ley núm. 340-22 regula la extinción de dominio como acción autónoma, independiente y patrimonial, ejercida contra bienes ilícitos y no como sustituto del juicio penal contra una persona. Reconoce derechos y garantías de las partes afectadas y exige declaración judicial a favor del Estado.
Hay que hablar con rigor. La extinción de dominio no significa quitar bienes por discurso, presión política o condena mediática. La ley dispone que el juicio sea en audiencia pública, oral y contradictoria; que las pruebas se debatan; que el Ministerio Público pruebe las causales de procedencia y la ausencia de buena fe; y que el estándar aplicable sea la preponderancia de la prueba.
Pero tampoco puede convertirse en letra muerta. Frente a una acción debidamente sustentada, quien ostenta bienes cuestionados tiene derecho a defenderse y aportar prueba fehaciente sobre su origen lícito y su buena fe. Si un tribunal competente determina que esos bienes tienen origen o destino ilícito y que no existe buena fe jurídicamente protegida, no deben seguir amparados por la lentitud, la influencia o el poder económico. Deben pasar al Estado y volver al bien común.
Cada peso robado que no se recupera se convierte en deuda moral, fiscal y social que terminarán pagando nuestros hijos.
No basta con presentar culpables si los bienes robados no regresan al patrimonio público. Y no basta con perseguir casos si las mismas prácticas vuelven con otro contrato, otra nómina, otra exención o una nueva concesión.
La verdadera lucha contra la corrupción debe responder tres preguntas: ¿dónde está el dinero?, ¿quiénes se beneficiaron?, ¿qué reglas deben cambiar para que no vuelva a ocurrir?
La corrupción también se disfraza de legalidad. A veces ocurre con contratos blindados, incentivos eternos, obras sobrevaluadas, compras sin competencia real, subsidios sin beneficiario claro y privilegios convertidos en política pública.
Por eso el combate a la corrupción no puede limitarse al funcionario que mete la mano. También debe mirar al modelo que permite capturar decisiones públicas, recibir beneficios sin retorno y trasladar el costo al ciudadano común.
Esto no es contra empresarios productivos ni contra inversión responsable. Es contra privilegios sin consecuencia, subsidios sin auditoría, incentivos sin resultados e impunidad vestida de normalidad.
La Constitución dominicana no manda un Estado de espectáculo. Manda un Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en dignidad humana, derechos fundamentales, trabajo, soberanía popular y separación de poderes. Cuando los recursos se pierden en corrupción, clientelismo o privilegios, no solo se viola la ética pública: se contradice el mandato constitucional.
En el Frente Cívico y Social estamos convencidos de que la lucha anticorrupción debe dejar de ser temporada de titulares y convertirse en política permanente de Estado: registro público de bienes recuperados, auditorías de subsidios y exenciones, contrataciones transparentes, control ciudadano de obras, protección a denunciantes, sanción patrimonial y destino social de los recursos recuperados.
Cada peso recuperado debe tener rostro y destino: escuelas, hospitales, agua, seguridad, transporte, electricidad, apoyo productivo, juventud y movilidad social. Porque lo robado no puede quedarse en expedientes. Lo robado debe volver al pueblo.
No se trata de venganza. Se trata de República. No se trata de dividir al país. Se trata de unir a la ciudadanía alrededor de una regla básica: quien robe al pueblo debe responder ante la justicia y ante la República.
Porque un país donde la corrupción entretiene más de lo que repara no está haciendo justicia: está administrando indignación. Y una nación que administra indignación, pero no recupera lo robado, no abre camino. Lo bloquea.
Ya basta de justicia-espectáculo: lo robado debe volver al pueblo y la República debe ser gobernada con orden constitucional.
Opinión
El Giro Constitucional de 2010 y la Inclusión Electoral como Expresión de la Dignidad
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2 días agoon
junio 10, 2026Por Robinson Lebrón
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El bloque de constitucionalidad y la dimensión sustantiva del sufragio
La proclamación de la Constitución del 26 de enero de 2010 supuso una ruptura paradigmática en el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, al transicional formalmente desde un Estado clásico de derecho hacia un Estado Social y Democrático de Derecho. Esta transformación situó a la dignidad humana en la cúspide axiológica del sistema, definiéndola en su artículo 5 como el fundamento ético y ontológico de la República, y reforzándola en el artículo 38 como un valor sagrado, innato e inviolable.
Bajo esta nueva matriz dogmática, los derechos políticos tradicionalmente interpretados como meras facultades procedimentales para la alternancia del poder adquirieron la categoría de derechos fundamentales vinculados directamente al libre desarrollo de la personalidad y a la autonomía individual. Votar y ser elegible dejaron de ser simples mecanismos técnicos de agregación de preferencias para convertirse en un canal de autorrealización ciudadana.
El Tribunal Constitucional dominicano, a través de su prolífica jurisprudencia a partir de 2012, consolidó este criterio al establecer que los derechos de ciudadanía no pueden ejercerse plenamente si se despoja al individuo de las condiciones mínimas materiales y de respeto a su integridad moral. Por consiguiente, la legitimidad de los procesos electorales en los últimos veinte años empezó a medirse no solo por la pulcritud del cómputo de las boletas, sino por la capacidad del Estado para garantizar que cada ciudadano concurra a las urnas en condiciones de libertad, igualdad y no discriminación.
Mecanismos de inclusión fáctica: El Voto Accesible
Uno de los hitos más tangibles en la operativización de la dignidad humana dentro del sistema electoral dominicano ha sido el desmantelamiento progresivo de las barreras arquitectónicas y metodológicas que históricamente excluyeron a las personas con discapacidad y a los adultos mayores. En consonancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el mandato de igualdad del artículo 39 de la Carta Magna, la Junta Central Electoral (JCE) implementó de manera sistemática a partir de la década de 2010 la política de Voto Accesible.
Esta política institucionalizada se ramificó en tres componentes principales que devolvieron la autonomía al elector:
- Colegios Electorales en Primeros Niveles: La reubicación obligatoria de las mesas de votación en las plantas bajas de los recintos escolares y recintos públicos para garantizar el libre acceso de ciudadanos con movilidad reducida o usuarios de sillas de ruedas.
- Plantillas Braille: La introducción de boletas auxiliares con relieve para las personas con discapacidad visual, permitiendo por primera vez el ejercicio del voto secreto e independiente, eliminando la necesidad de delegar su voluntad en un tercero, práctica que lesionaba directamente su dignidad y privacidad.
- El Programa de Voto en Casa: Un plan piloto ejecutado en los últimos ciclos electorales diseñado para trasladar al personal de las mesas de votación y las urnas directamente a los hogares de ciudadanos con condiciones de salud extremas o inmovilidad absoluta, reconociendo su estatus de miembros plenos de la soberanía política del Estado.
Opinión
Cumplimiento de la condena de la Corte Penal Internacional
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2 días agoon
junio 10, 2026Por Rommel Santos Diaz
El Estatuto de Roma dispone lo que debe realizarse luego del cumplimiento de la condena, según las limitaciones sobre el enjuiciamiento o el castigo de otros delitos. El Estatuto prevé sobre la transferencia de la persona que no sea un nacional de Estado que ejecuta, extradita o entrega al Estado que lo solicite.
La descripción que hace el Estatuto de Roma podría verse detallada de la regla de especialidad. Regula el derecho individual de proteger a una persona que esta condenada o que cumple una condena, para que no sea enjuiciada o extraditada, salvo que la CPI lo acepte a solicitud del Estado.
Sin embargo, el Estatuto de Roma establece que la Corte Penal Internacional sólo podrá referirse a la solicitud de un Estado ¨¨¨luego de haber escuchado la opinión de la persona condenada¨.
Si un Estado acepta a una persona condenada, se necesitaran procedimientos apropiados para que se respete a cabalidad con este requisito. Particularmente los Estados de ejecución deberán adherirse a lo dispuesto en varias partes del Estatuto de Roma.
En cuanto a las medidas de parte de los Estados Partes de la CPI para la implementación cabe destacar que esto podría requerir de cambios tanto legislativos como administrativos por parte de los Estados aceptantes.
En lo referente a la revisión por parte de la CPI para reducir condenas, el Estatuto de Roma establece claramente que solo la Corte tiene la potestad de reducir la condena luego de haber dado audiencia a la persona condenada.
La revisión de una sentencia por parte de la CPI deberá llevarse a cabo cuando la persona haya cumplido dos tercios de la condena, o 25 años en el caso de la cadena perpetua. La CPI podrá reducir la sentencia basándose en los elementos en lo que al respecto establece el Estatuto de Roma.
En el contexto de cumplimiento de las obligaciones los Estados no deberán interferir con las condenas impuestas por la Corte Penal Internacional, ya sea reduciendo o modificando la sentencia. En este sentido se recomienda que los Estados deberán revisar su legislación para evitar esta posibilidad.
