Opinión
Compromiso con los derechos humanos
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9 años agoon
Por Juan Bolívar Díaz
Sería una vergüenza internacional y un gran traspiés que la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) concluya el período de sesiones que se inicia mañana en esta capital sin adoptar una resolución para sostener financieramente uno de sus órganos fundamentales, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Ya es deplorable que los principales ejecutivos de esa entidad hayan tenido que apelar a la sensibilidad internacional para que se convenza a los Estados americanos de aportar algo más que los 200 mil dólares que destinaron el año pasado al sostenimiento de ese instrumento del sistema interamericano. Para este año han comprometido unos 2.5 millones de dólares, pero un 90 por ciento solo de Estados Unidos. Los demás Argentina, Uruguay y Perú. De los fondos de la OEA el financiamiento para este año no llega a cinco millones de dólares.
Las informaciones disponibles indican que durante años la CIDH ha sobrevivido gracias a donaciones de las naciones europeas, que se han estrechado en la medida en que la crisis inmigratoria del viejo continente les está demandando cientos de millones de dólares para enfrentarla. A pesar de eso deberían seguir contribuyendo, aunque sea por interés particular, ya que las violaciones de derechos humanos en las Américas también impulsa flujos migratorios periódicos.
Como los ejecutivos de la CIDH han advertido que si no los socorren, el próximo mes tendrán que comenzar a despedir el 40 por ciento de su limitado personal de 78 miembros, el destino queda en manos de la Asamblea General, que es precisamente la que elige a los siete ejecutivos de la comisión, a título personal, pero por propuestas de los Estados miembros, que seleccionan a personalidades jurídicas y sociales con probado historial de compromiso con los derechos humanos.
Es comprensible que cuatro o cinco Estados miembros de la OEA se sientan resentidos por denuncias de la Comisión, pero son 35 y la carga financiera pendiente se conjuraría probablemente con aportes mucho menores al medio millón de dólares anuales. Es obvio que la tacañería no es de origen económico, sino derivada de la valentía y esfuerzo con que la institución ha afrontado su compromiso con los derechos humanos. Y vale advertir que sus reclamos han alcanzado hasta a los Estados Unidos, en materias tan sensibles como el vergonzoso e inaceptable régimen carcelario de la base militar de Guantánamo.
Como en este país hay cierta hipersensibilidad frente a una CIDH que ha denunciado violación a derechos humanos en estos lares y ha pedido protección y reivindicación de derechos para personas y comunidades discriminadas o excluidas, conviene recordar los orígenes y fines de esa institución. Data de la creación misma de la OEA en 1948, cuya carta constitutiva habla de los derechos fundamentales de la persona humana. instituida en 1959 como órgano autónomo de la OEA para la promoción y protección de los derechos humanos en el continente, alcanzaría mayor dimensión diez años después con la proclamación de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos.
Cientos de entidades vinculadas a la defensa de los derechos humanos, de muy diferentes ámbitos sociales del continente, están clamando por la preservación de la CIDH, y lo mismo han hecho destacados intelectuales y personalidades sociales. Ese clamor debería ser reproducido aquí, ahora que se reúne la Asamblea General de la OEA. De lo que se trata es del compromiso con los derechos humanos universales y permanentes, mucho más allá de la levedad de los intereses políticos coyunturales.
Opinión
Impugnación de la competencia de la Corte Penal Internacional
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1 día agoon
marzo 13, 2025Por Rommel Santos Díaz
La Corte Penal Internacional se cerciorará de ser competente en todas las causas que le sean sometidas. La CPI podrá determinar de oficio la admisibilidad de una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma.
De acuerdo con el Estatuto de Roma podrán impugnar la admisibilidad de la causa, por uno de los motivos mencionados en el artículo 17, o impugnar la competencia de la Corte Penal Internacional:
- a)El acusado o la persona contra la cual se haya dictado una orden de detención o una orden de comparecencia con arreglo al artículo 58;
- b)Un Estado que tenga jurisdicción en la causa porque esta investigando o enjuiciando o lo ha hecho antes; o
- c)Un Estado cuya aceptación se requiera de conformidad con el artículo 12.
El Fiscal podrá pedir a la Corte Penal Internacional que se pronuncie sobre una cuestión de competencia o de admisibilidad. En las actuaciones relativas a la competencia o la admisibilidad, podrán presentar asimismo observaciones a la Corte quienes hayan remitido la situación de conformidad con el artículo 13 del Estatuto de Roma y las víctimas
.
La admisibilidad de una causa o la competencia de la CPI sólo podrán ser impugnadas una sola vez por cualquiera de las personas o los Estados a que se hace referencia en el párrafo 2. La impugnación se hará antes del juicio o a su inicio.
En circunstancias excepcionales la Corte Penal Internacional podrá autorizar que la impugnación se haga más de una vez o en una fase ulterior del juicio. Las impugnaciones a la admisibilidad de una causa hechas al inicio del juicio, o posteriormente con la autorización de la Corte, sólo podrán fundarse en el párrafo 1 c) del artículo 17 del Estatuto de Roma.
Antes de la confirmación de los cargos, la impugnación de la admisibilidad de una causa o de la competencia de la CPI será asignada a la Sala de Cuestiones Preliminares. Después de confirmados los cargos, será asignada a la Sala de Primera Instancia. Las decisiones relativas a la competencia o la admisibilidad podrán ser recurridas ante la Sala de Apelaciones de conformidad con el artículo 82 del Estatuto de Roma.
Hasta antes de que la Corte Penal Internacional se pronuncie, el Fiscal podrá pedirle autorización para:
- a)Practicar las indagaciones necesarias de la índole mencionadas en el párrafo 6 del articulo 18 del Estatuto de Roma;
- b)Tomar declaración a un testigo o recibir su testimonio, o completar la recolección y el examen de las pruebas que hubiere iniciado antes de la impugnación; y
- c)Impedir, en cooperación con los Estados que corresponda, que eludan la acción de la justicia personas respecto de las cuales el Fiscal haya pedido ya una orden de detención en virtud del artículo 58 del Estatuto de la Corte.
La impugnación no afectará a la validez de ningún acto realizado por el Fiscal, ni de ninguna orden o mandamiento dictado por la CPI, antes de ella.
Si la CPI hubiere declarado inadmisible una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma, el Fiscal podrá pedir que se revise esa decisión cuando se haya cerciorado cabalmente de que han aparecido nuevos hechos que invalidan los motivos por los cuales la causa había sido considerada inadmisible de conformidad con dicho artículo.
Finalmente, el Fiscal, si habida cuenta de las cuestiones a que se refiere el artículo 17 del Estatuto de Roma suspende una investigación, podrá pedir que el Estado de que se trate ponga a su disposición información sobre las actuaciones. A petición de ese Estado, dicha información será confidencial. El Fiscal, si decide posteriormente abrir una investigación, notificará su decisión al Estado cuyas actuaciones hayan dado origen a la suspensión.
Rommelsantosdiaz@gmailcom
Por Nelson Encarnación
Son muchos los dominicanos que no se reponen del shock que les provocaron las diversas manipulaciones y mentiras vertidas por el expresidente Danilo Medina durante su comparecencia de la semana pasada en un importante medio radial de nuestro país.
Cuando se anunció días antes que el líder del Partido de la Liberación Dominicana aparecería en un medio público, hubo la apreciación generalizada de que aprovecharía el alcance de este para al menos desvestir su alma y bajar al terreno de la humildad para pedir algún tipo de perdón—aun fuese en voz baja—por las muchas culpas que necesitan urgentemente su expiación.
Sin embargo, es evidente que Danilo está convencido de que todas sus actuaciones en el Gobierno estuvieron ajustadas a la decencia más absoluta, cuando la realidad apunta precisamente en otra dirección.
Para él, los expedientes que involucran a familiares y entorno político más estrecho, son simples majaderías urdidas para molestarle, o una manifestación de la llamada judicialización de la política o politización de la justicia, mediante la cual han sido quitados del camino potenciales competidores de la corriente predominante.
Con ese convencimiento resulta improbable que el expresidente se humanice y entienda que admitir los errores hace grandes a las personas, y que, por el contrario, encerrarse en una convicción pueril las reduce.
Hay más de una evidencia que Danilo fue advertido por cercanos acerca del comportamiento depredador de algunos de sus íntimos, pero obvió tomar las medidas aconsejables, para dejar campo abierto a la continuación de los desmanes, muchos de los cuales se han reflejado en los casos que actualmente se ventilan en justicia, y que él los atribuye a “persecución política”.
En el campo de la lucha propiamente política, Medina trata de convencernos de que su laborantismo encaminado a propiciar el escenario para una segunda reelección en 2020 es un espejismo o un invento de sus adversarios.
Eso de que no tenía votos para modificar la Constitución es un ardid y una expresión fehaciente de su condición de simulador, pues todos vivimos aquel trance que mantuvo en vilo a la nación hasta que la administración Trump—en una intromisión inaceptable, eso sí—le apeó del carro reeleccionista que pudo haberse descarrilado hacia una situación de manejo muy complejo.
Danilo podrá decir lo que quiera, pero la historia no se puede borrar.
Por Narciso Isa Conde
Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.
La que debe ser emplazada NO ES MIRIAM, es Yeni Berenice, acompañada de Camacho, el del PEPCA y ahora ascendido, ambos con fuertes vínculos con la Embajada, FBI, DEA…Leonel, Abinader…Ahora la PGR cae bajo control absoluto de esa tríada, vía los ascensos de Berenice y Camacho.
Miriam German ha sido víctima de su entorno, de un acorralamiento programado en medio de una gran soledad y de su propio institucionalismo (excesivo respeto a la separación de funciones dentro de la PGR). Además, la amenaza del cártel del Cibao y del tal J, fue manipulada para amarrarla más. Hicieron un gran bulto desde la DNCD y dejaron todo igual: el cartel sigue impune. Abinader, Cabrera-DNCD y la DEA dirigieron esa operación.
Berenice y el PEPCA han bloqueado muchos expedientes, incluso los presentados por nosotros. El caso de ANTENA LATINA es emblemático y yo lo entregué personalmente, y muchas veces demandé respuesta y nada. A esos encargados de investigar y perseguir los delitos, se le entregaron numerosas denuncias del Archivo Abierto de Marcha Verde y no hicieron nada: siguen abundando las vacas sagradas oligárquicas y transnacionales denunciadas; y estas abundan junto a la impunidad del leonelismo, de políticos ladrones y generales asesinos.
Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.