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No es una infracción penal conducta de Janel Ramírez, aunque reprochable e impropia.
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2 años agoon
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LA REDACCIÓN
Santo Domingo, RD. Los procuradores adjuntos -Fernando Quezada e Isis De La Cruz, quienes realizaron la investigación en torno a la acusación de acoso sexual interpuesta por Virginia Ofelia Correa Jiménez y Bella Massiel García Paulino, empleadas de la Cámara de Cuentas en contra de Janel Andrés Ramírez Sánchez, presidente de esa entidad, determinaron que aunque su comportamiento fue inadecuado “el hecho no constituye una infracción penal”.
Indican en sus explicaciones que aunque ese comportamiento “puede ser considerado inadecuado o impropio”, no constituye una conducta punible “de conformidad con nuestra legislación”.
El archivo definitivo de la querella se sustenta, además, en que en las extracciones de las conversaciones de los celulares no se puedo establecer que hayan existido promesas de mejoras laborales o permanencia en el empleo que pudieran catalogar los hechos como acoso sexual.
“En su relato libre las víctimas establecieron haber recibido llamadas, mensajes y conversaciones de carácter personal que le resultaron molestas, más no había en dichas conversaciones solicitudes de índole sexual; no se observan en los mensajes enviados por el imputado comentarios que puedan ser considerados indecorosos ni expresiones a las que se les pueda atribuir un matiz lascivo, insinuante o libidinoso”, explicaron los fiscales.
Insistieron que al analizar las conversaciones de WhatsApp, las declaraciones de los testigos y las declaraciones de las víctimas pudieron deducir que el presidente de la Cámara de Cuentas actuó con “imprudencia, falta de tacto, con temas personales o cuestionamientos que no guardan relación con el trabajo” y que las mismas ocurrieron “en un periodo de tiempo de 48 horas”.
De igual forma, determinaron que en las conversaciones vía electrónica, conforme lo indica el peritaje realizado a los teléfonos y dos reuniones que, según establecieron las víctimas, no se pudo comprobar un comportamiento sistematizado y repetitivo; “máxime cuando las mismas víctimas establecieron que los hechos ocurrieron en el mes de diciembre del 2021 y no volvieron a repetirse, el tema surge en el mes de junio del 2022 cuando sale a la luz pública la carta dirigida por las querellantes a la licenciada Tomasina Tolentino”.
Los magistrados Fernando Quezada e Isis De La Cruz establecieron que luego de ponderar los elementos recabados, el caso contra el presidente de la Cámara de Cuentas no se configura el tipo penal de acoso sexual, ya que, “no existen evidencias ni pruebas, que puedan constituir el elemento que sirva de fundamento a una persecución penal por lo que estamos impedidos de formular requerimiento acusatorio”.
“La decisión de archivar definitivamente el proceso obedece a que la investigación ha alcanzado un grado de certidumbre suficientemente, necesario como para admitir que ninguna investigación ulterior o posterior va a hacer variar la situación jurídica del imputado. Nos hemos dado cuenta de que los actos realizados por el señor Janel Andrés Ramírez Sánchez, presidente de la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, descritos ampliamente en la querella antes transcrita no están definidos en la norma como un tipo penal, siendo una conducta moralmente reprochable, que riñe contra los principios éticos del servidor público, peo que escapa de la sanción penal”, sustentan.
De acuerdo al artículo 238 del Código Procesal Penal, las querellantes tienen un plazo deDe acuerdo al artículo 238 del Código Procesal Penal, las querellantes tienen un plazo de cinco días para objetar esta decisión.
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Ministerio Público crea Unidad Canina para fortalecer búsqueda de personas desaparecidas
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3 horas agoon
enero 11, 2026
Santo Domingo, R.D.-El Consejo Superior del Ministerio Público creó una Unidad Canina especializada para integrarla a la búsqueda de personas desaparecidas y recuperación de cadáveres, informó este domingo la Procuraduría General (PGR).
La unidad, que estará adscrita al Instituto Nacional de Patología Forense (Inacif), intervendrá en los procesos de investigación, en coordinación con otras agencias del Estado, siempre conforme al protocolo y las circunstancias objetivas de cada caso.
El órgano superior de gobernanza del Ministerio Público, presidido por la procuradora general Yeni Berenice Reynoso e integrado por la procuradora adjunta Ysis Germania de la Cruz, el procurador fiscal Denny Frey Silvestre Silverio y el fiscalizador Merlin Mateo Sánchez, tomó su decisión durante la Décimo Tercera Sesión Ordinaria, efectuada el pasado 8 de enero.
Agencias internacionales cooperarán
Según se explica en un comunicado de prensa, para la creación de la Unidad Canina, el Ministerio Público recibirá la cooperación de agencias internacionales, específicamente en lo que respecta a la asistencia de entrenamiento del personal asignado a esos fines.
- Por igual, se ha dispuesto la elaboración de un protocolo para el total cumplimiento de la Ley 248-12, de Protección Animal, a fin de garantizar el cuidado de los caninos entrenados para estas labores, explicó la secretaria del Consejo, Minerva Cocco, concluyó la nota de prensa.
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Puntos críticos del recurso de apelación de Santiago Hazim que busca revocar la prisión preventiva
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3 horas agoon
enero 11, 2026
Santo Domingo, R.D.-En el recurso de apelación interpuesto contra la resolución que impuso 18 meses de prisión preventiva a Santiago Hazim, principal implicado en el caso SeNaSa, la defensa plantea diversos puntos críticos para revocar la decisión.
Los abogados Miguel Valerio Jiminián, Yipsy Roa Díaz, Yenifer Doñe Miliano y Daniel Santillán destacan en el recurso contra la decisión del juez Rigoberto Sena la falta de motivación jurídica, la excepción de inconstitucionalidad por control difuso y lo que califican como un fallo “literario y religioso”.
Sostienen que la decisión emitida el pasado mes de diciembre por el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional vulnera derechos fundamentales y principios básicos del debido proceso.
Por ello, solicitan la revocación inmediata de la medida de coerción, por considerarla arbitraria, desproporcionada y carente de sustento jurídico.
Inconstitucionalidad por desproporcionalidad
Uno de los puntos más relevantes de la instancia es la solicitud de una excepción de inconstitucionalidad. La defensa pide a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que, mediante el ejercicio del control difuso, declare inconstitucional el artículo 377.2 del Código Procesal Penal para este caso específico.
Argumentan que imponer 18 meses de prisión preventiva constituye una «pena anticipada», especialmente cuando el propio tribunal fijó un plazo de solo ocho meses para que el Ministerio Público concluya la investigación.
«Resulta una incoherencia que la prisión preventiva sea más extensa que el tiempo otorgado para investigar; esto desnaturaliza la medida y viola la presunción de inocencia», establecen los juristas en el recurso.
Resaltan que la medida excede notablemente el plazo previsto y viola los artículos 40.9 y 69 (numerales 1, 2 y 3) de la Constitución de la República.
Críticas a un fallo «literario y religioso»
La defensa de Hazim también plantea que la decisión del juez Sena carece de la debida motivación, pues se sustenta en apreciaciones de carácter religioso y literario impropias de una decisión judicial.
Según el recurso, la sentencia se asemeja más a una «mala narración novelesca» y a la «cita arbitraria de pasajes bíblicos» que a un razonamiento jurídico.
Aducen que estos elementos fueron utilizados para «caer en gracia» al afirmar que el imputado habría «violado la confianza del presidente Luis Abinader«, lo cual consideran inaceptable en un Estado social y democrático de derecho.
“La decisión se encuentra fundamentada en pasajes bíblicos que nada tienen que ver con la naturaleza jurídica de la medida… el tribunal señaló de forma directa a Hazim como avaro y traidor a la patria, juicios de valor personal sin conexión con los elementos probatorios”, enfatizan.
Derecho a la salud y dignidad humana
El recurso también alega violaciones al derecho a la salud y a la dignidad humana. Los abogados indican que no se ponderaron adecuadamente los elementos de arraigo que garantizan que el imputado no representa peligro de fuga.
Presentaron constancias del Icahn School of Medicine at Mount Sinai que establecen que Hazim recibe, desde 2011, un tratamiento especializado con infusiones de Ocrevus (ocrelizumab) cada seis meses en Nueva York.
Sostienen que la prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Las Parras imposibilita la continuidad de este tratamiento, lo que podría derivar en consecuencias irreversibles para su bienestar físico y neurológico.
Se espera que la Corte de Apelación del Distrito Nacional fije próximamente la fecha para el conocimiento de este recurso, donde se decidirá si se mantiene la medida o se dicta una menos gravosa que permita al imputado llevar el proceso en libertad.
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La JCE anuncia horario de 08:00 a.m. a 01:00 p.m. para servicios a la ciudadanía
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1 día agoon
enero 10, 2026
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE) informó que en 14 centros de cedulación por lo que estarán brindando sus servicios a la ciudadanía en un horario de 8:00 de la mañana hasta la 1:00 de la tarde desde el 12 al 16 de enero del 2026.
El órgano electoral explicó que la reducción del horario se debe a que se llevará a cabo la captura de datos biométricos y personales para el proceso de la renovación de la cédula de identidad y electoral, exclusivamente a los empleados de la institución.
Estos 14 centros con este horario especial durante la fecha señalada son los siguientes:
1. Bajos de Haina
2. Boca Chica
3. Carretera Mella
4. Cristo Rey
5. Doctor Delgado
6. Ensanche Luperón
7. Gascue
8. Herrera
9. Las Américas
10. Los Alcarrizos
11. Pedro Brand
12. Plaza Naco
13. San Antonio de Guerra
14. Villa Mella
La primera etapa de inicio del despliegue progresivo controlado y limitado para la captura y posterior entrega, que abarca el primer trimestre de este año y dirigido solo al personal de la JCE, «garantiza la estabilidad operativa, calidad del servicio y confiabilidad de los sistemas antes de su despliegue a escala general».
Además, la JCE explicó que al mismo tiempo esta es la «manera correcta» de reducir riesgos, ajustar los tiempos e identificar mejoras.
«Recordamos a la ciudadanía que esto obedece a la ejecución de la primera etapa del proceso de renovación de la cédula de identidad y electoral, y pedimos su comprensión ante los inconvenientes que esto les pueda causar», agregó la institución en una nota de prensa.
Recordó que será a partir de abril cuando se inicie la captura y entrega de la nueva cédula a la población en general según el mes de nacimiento.
