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Crece temor a poderes otorga nueva Ley 1-24 a la DNI

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Santo Domingo, R.D.-La promulgación de la Ley 1-24 que regula la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) ha levantado una ola de preocupación de amplios sectores que consideran que las nuevas competencias del organismo, cercenan derechos fundamentales y coartan la libertad.

Entre quienes han salido al frente del Artículo 11 que obligaría a instituciones privadas o personas físicas a entregar toda información que requiera la DNI, con riesgo de prisión ante su negativa, están el obispo de La Altagracia, Jesús Castro Marte; el director ejecutivo de Finjus, Servio Tulio Castaños y los juristas Nassef Perdomo y Eduardo Jorge Prats.

“No podemos retroceder en conquistas ya logradas.”, advirtió monseñor Castro marte, al reaccionar sobre la posición de la Sociedad de Diarios, que percibe ambigüedades en los artículos 9, 11 y 26 de la nueva legislación y posibles impactos en el ámbito de la libertad de prensa, el derecho a la privacidad y el secreto profesional.

“La Sociedad Dominicana de Diarios advirtió sobre el peligro contra la libertad de prensa en los artículos 9, 11 y 26 de la recién publicada ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia. Hay que poner atención al caso”, sostuvo el prelado.

FINJUS

El vicepresidente de la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), Servio Tulio Castaños, dijo que la ley contiene aspectos que pudieran prestarse para interpretaciones diversas.

“Es verdad lo que dice la Sociedad Dominicana de Diarios, en cierta parte la ley es ambigua, confusa, eso va a traer como consecuencia que va a tener diferentes interpretaciones, ese es el tema”, expresó.

Dijo que la redacción original del artículo 11 no era la aprobada en la ley, aunque consideró que ese texto en parte se salvó en lo concerniente al derecho a la intimidad y al honor.

Manifestó que la SDD también tiene razón en cuanto a proteger las fuentes y que hay decisiones del Tribunal Constitucional que van en esa dirección.

Señaló que en base a una disposición del artículo 9, se pudiese interpretar que se pueden hacer interceptaciones telefónicas sin la orden de un juez.

NASSEF PERDOMO

En un artículo de opinión publicado ayer por el periódico El Día, el abogado Nassef Perdomo Cordero planteó que el artículo 11 es preocupante porque obliga a instituciones privadas o personas físicas a entregar toda información que requiera la DNI, “sin establecer claramente la obligación de la DNI de obtener una orden judicial que la autorice para ello”.

“La ley abre la puerta para que la DNI se considere con el derecho de exigir a los ciudadanos dominicanos convertirse en informantes sobre los demás, bajo amenaza de prisión”, apunta el jurista.

Con esta ley, sostiene Perdomo Cordero, “la simple voluntad de algunos funcionarios puede servir para obligarnos a convertirnos en oídos y ojos del Estado y a estar dispuestos a denunciar cualquier real o presunta desviación”, lo que definió como “la antítesis de una sociedad democrática”.

JORGE PRATS

Ayer, el doctor Eduardo Jorge Prats, experto en derecho constitucional, “Las leyes establecen informaciones de carácter privado, reservado, privilegiado o confidencial en el ámbito del secreto bancario, el secreto profesional, la confidencialidad de las fuentes periodísticas, los secretos de negocios o industriales y la reserva de información de la Administración Monetaria y Financiera, que exoneran a quienes poseen esta información del deber de entregar esta información a la DNI”, declaró Jorge Prats.

Manifestó que no se debe confundir la investigación de los delitos a cargo de los poderes públicos, con la actividad de inteligencia de la DNI, la que no debe indagar actos delictivos, ni siquiera sobre la base de una posible conculcación del ordenamiento jurídico.

Advirtió que si la DNI detecta la comisión de un delito en el curso de sus investigaciones, no debe intervenir ni detener a una persona, sino ponerlo en conocimiento del ministerio público y de la Policía, que tienen ámbitos constitucionalmente reservados para la investigación penal.

OBSERVACIONES DE ABA

Mientras, la Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA) mostró satisfacción, debido a que las observaciones que presentó inicialmente la entidad fueron acogidas favorablemente, específicamente en lo concerniente al artículo 11, párrafo IV de la Ley.

“Nos place informarle que las observaciones presentadas inicialmente por esta Asociación de Bancos, específicamente al artículo 11, párrafo IV, de la Ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), fueron acogidas favorablemente por los legisladores y han quedado satisfechas con la redacción de la citada pieza legislativa, referente a la entrega de las informaciones a la Dirección Nacional de Inteligencia que se hará con las limitaciones y observaciones establecidas en la Constitución de la República y las leyes sectoriales.” Señaló la asociación de bancos en un comunicado.

Precisó que en el caso del sector financiero, incluyendo la banca múltiple que representa la ABA, las informaciones se suministran vía la Superintendencia de Bancos y la Unidad de Análisis Financiero (UAF). Agregó que esas entidades deben velar por su protección, resguardo integral y buen uso, conforme lo establecido por la Ley 183-02 Monetaria y Financiera y la Ley 155-17 de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

ARTÍCULO CONTROVERSIAL

Entre los artículos cuestionados de la nueva ley figura el 11, que establece que “Todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas, sin perjuicio de las formalidades legales para la protección y garantía del derecho a la intimidad y el honor personal, estarán obligadas a entregar a la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) todas las informaciones que ésta requiera sobre las cuales se tengan datos o conocimiento, relativas a las atribuciones señaladas en el artículo 9 de esta ley, para el cumplimiento de sus funciones de inteligencia y contrainteligencia, a los fines de salvaguardar la seguridad nacional”.

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Tribunal escuchó varios testigos del Ministerio Público contra Elizabeth Silverio

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SANTO DOMINGO.- La  Novena Sala de la Cámara Penal del Distrito Nacional, presidida por la jueza Milagros Ramírez, aplazó este lunes para el próximo 16 de marzo la continuación del nuevo juicio contra Elizabeth Silverio (neurocientífica), directora del Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, acusada de ejercer la medicina de manera ilegal en el país.

La decisión fue tomada luego de que el tribunal escuchara a varios testigos presentados por el Ministerio Público, entre ellos madres y padres de las presuntas víctimas del caso. Los testigos relataron las situaciones que vivieron y pidieron justicia por los perjuicios que, según denunciaron, sufrieron sus hijos.

Durante la audiencia también ofreció su testimonio el director de Habilitación del Ministerio de Salud Pública, como parte de las pruebas presentadas por el Ministerio Público.

Aplazan para marzo nuevo juicio contra Elizabeth Silverio por ejercicio ilegal de la medicina

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Previo al inicio del proceso, Elizabeth Silverio aseguró que demostrará su inocencia frente a los hechos que se le imputan.

De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, Silverio ejercía la medicina sin contar con el exequátur correspondiente, en violación de la ley, lo que presuntamente afectó la salud de decenas de menores con condiciones especiales.

Asimismo, se le atribuye el uso de títulos falsos, con los cuales hacía creer que era psicóloga con especialidad en neurociencia.

Se recuerda que el 10 de octubre de 2025, los jueces de la Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional anularon la sentencia que condenaba a Silverio a siete años de prisión, dictada el 21 de octubre de 2024 por las magistradas del Tercer Tribunal Colegiado.
Tras esa decisión, la corte ordenó la celebración de un nuevo juicio.

Centro Kogland fue clausurado

El Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas Kogland, ubicado en el sector Gascue, fue creado en diciembre de 2021. Su directora, Elizabeth Silverio, de 30 años, afirmaba poseer cinco maestrías.

La situación provocó que Silverio fuera intimada a presentar su exequátur ante el Ministerio de Salud Pública y, ante la inexistencia de la documentación correspondiente, se procedió al cese de las operaciones del centro Kogland.

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Audiencia preliminar de exjefe de la DEA en el país es aplazada para abril.

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Santo Domingo, R.D.-Un aplazamiento de la audiencia incial en el Tribunal del Distrito Columbia de Estados Unidos  fue concedido en el caso por presunta corrupción contra el dominicano Melitón Cordero, acusado de gestionar más de 100 solicitudes de visado en abuso  del programa para informantes confidenciales mientras se desempeñaba como supervisor de la oficina de la Administración para el Control de Drogas (DEA) en República Dominicana.

La audiencia inicial, prevista para el 6 de marzo, fue pospuesta por un plazo de 30 días para permitir que la defensa se reorganice y el gobierno prepare la evidencia, con la posibilidad de que el caso se resuelva antes de llegar a un juicio formal, según establecen documentos judiciales a los que este medio tuvo acceso.

En ese sentido, la audiencia preliminar quedó programada para el próximo 6 de abril a las 12:30 de la tarde.

La decisión del juez también incluye detener temporalmente el conteo del plazo legal que permite la celebración de un juicio rápido. Esto significa que los días entre el 6 de marzo y el 6 de abril no contarán para el cálculo de ese plazo.

Esto se debe a que, normalmente, el gobierno estadounidense dispone de 30 días desde el arresto para presentar cargos ante un gran jurado.

La decisión de posponer la audiencia preliminar fue tomada por el tribunal el 26 de febrero de 2026, un día después de que la defensa presentara la solicitud.

Los documentos judiciales explican varias razones por las que se concedió el aplazamiento en el caso penal federal contra Cordero. La primera de ellas es la contratación de una nueva abogada por parte del dominicano, quien pasa de ser representado por un defensor público federal a la abogada Mary Carpenito, que aún se encuentra en proceso de incorporarse formalmente al caso.

Otro de los motivos es que el gobierno entregará evidencia previa a la acusación formal, así como la intención de ambas partes de contar con más tiempo para prepararse.

Además, existe la posibilidad de resolver el caso antes de una acusación formal, lo que podría evitar un juicio, según se desprende de los documentos.

El pasado 12 de febrero, la embajadora estadounidense en República Dominicana, Leah Francis Campos, informó el cierre de la oficina de la DEA en el país «hasta nuevo aviso», mediante un comunicado difundido en redes sociales en el que calificó la corrupción como «una violación repugnante y deshonrosa de la confianza pública».

La acusación sostiene que  Cordero, de 47 años, habría utilizado su posición en la DEA para tramitar al menos 119 solicitudes de visa bajo un esquema fraudulento, presentando a los solicitantes como supuestas «fuentes confidenciales» de la agencia antidrogas. A cambio, se habrían pagado hasta 10,000 dólares por cada trámite.

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Ejecutivas de colegio Da Vinci reciben ratificacion de medida de coercion.

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Santo Domingo, R.D.-La medida de coercion en contra  varias ejecutivas del colegio Loenardo Da Vinci fue ratificada por el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo  por la muerte de la estudiante haitiana Stephonrra Mircie Jopseph, de 11 años de edad, quien se ahogó durante una excursioon escolar.

El tribunal confirmó la decisión dictada en primera instancia, que establece como medida de coerción una garantía económica de 500 mil pesos mediante compañía aseguradora, presentación periódica ante las autoridades e impedimento de salida del país contra las cuatro imputadas.

Las imputadas en el caso son Yris del Carmen Reyes Adames, directora administrativa del centro educativo; Gisela Altagracia de las Mercedes González Estrella, coordinadora general y asesora del equipo directivo; Francisca Josefina Tavares Vélez, orientadora, y Vilma Altagracia Vargas Morel, coordinadora del nivel secundario. Acudieron a la audiencia, y gozan de libertad, ya que cumplen medida poco gravosa.

A la salida de la audiencia, el abogado de la familia de la niña, Miguel Valdez Mar Díaz, cuestionó que en el proceso no se haya incluido a otros posibles responsables vinculados al centro educativo y al lugar donde ocurrió la tragedia.

El jurista indicó que durante la audiencia se discutió que las personas señaladas no serían las únicas responsables del descuido que provocó la muerte de la menor.

Valdez Mar Díaz también criticó el accionar del Ministerio Público, al señalar que el proceso ha sido complejo para la familia y que, hasta el momento, la madre de la niña no ha recibido las pertenencias que la menor llevó el día de la excursión, pese a los requerimientos realizados.

Asimismo, informó que el tribunal fijó para el 26 de marzo una audiencia en la que se conocerá el proceso contra representantes del colegio y los propietarios de la Hacienda Los Caballos.

La mujer estuvo acompañada por varios familiares, quienes intentaban consolarla mientras reiteraba su llamado para que las autoridades establezcan responsabilidades en el caso.

De su lado, la abogada de parte de las imputadas, María del Pilar Zuleta, manifestó su satisfacción con la decisión adoptada por el tribunal.

“La corte conoció el caso, tomó su tiempo y decidió ratificar la medida. Entendemos que fue una decisión ajustada a derecho y que no existe ninguna presunción de culpa contra nuestras representadas”, expresó.

Indicó además que el Ministerio Público había solicitado un aumento de la garantía económica impuesta como medida de coerción, solicitud que finalmente no fue acogida por el tribunal.

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