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Opinión

Cuando la Legalidad no Basta…

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Por Isaías Ramos

Una democracia en la que más del 46% de la población no participa, expresa su voto nulo o en blanco, y donde existen prácticas como el uso indebido de recursos y métodos de coerción para influir en las elecciones, plantea serias preocupaciones sobre la legitimidad y representatividad del proceso electoral. Estas cifras no solo revelan un desinterés o descontento generalizado, sino que también ponen en tela de juicio la integridad de nuestro sistema político.

Los recientes resultados electorales nos ofrecen una fotografía clara de la situación actual. El alto porcentaje de votos nulos, blancos o la abstención directa, así como la evidencia de que muchos votantes se presentan a las urnas motivados por incentivos económicos, demuestra una erosión significativa del principio de libre elección, que es fundamental en cualquier democracia.

Este comportamiento no es espontáneo, sino el resultado de décadas de prácticas corruptas, clientelismo político y decisiones electorales que no reflejan necesariamente el verdadero apoyo popular hacia determinados candidatos o partidos.

Un presidente que sea elegido con la aprobación de menos del 31% de sus electores enfrenta un dilema de legitimidad, especialmente en un contexto donde los favores estatales y el clientelismo político han tenido más peso que la propia voluntad de la ciudadanía.

Aunque el sistema electoral pueda cumplir con todas las formalidades legales, su legitimidad se ve comprometida cuando una parte significativa de la población demuestra, mediante la abstención, que no se siente representada por los actores políticos impuestos por el sistema.

La diferencia entre lo legal y lo legítimo se vuelve crucial en este contexto. Una democracia robusta no solo debe adherirse a las normas y procedimientos jurídicos; también debe fomentar valores como la participación activa de los ciudadanos, la integridad electoral y el respeto por los derechos individuales, incluyendo la libertad de conciencia asegurada por el artículo 45 de nuestra Constitución.

Las leyes pueden ser ajustadas, como lo sugieren aquellos que abogan por el voto obligatorio, proponiendo una modificación al artículo 208 de nuestra Constitución. Sin embargo, esto podría ser una solución superficial si no se aborda la raíz del problema.

Modificar la legislación para hacer el voto obligatorio podría parecer una solución viable, pero esencialmente no aborda el desencanto y la alienación que sienten muchos votantes.

En el Frente Cívico y Social, consideramos que la respuesta no yace en imponer más reglas, sino en restaurar los principios y valores que le dieron origen a nuestra nación. Entendemos que el problema fundamental es un sistema político que ha demostrado no poseer las virtudes esenciales como la honestidad, la integridad, la transparencia, la empatía y el compromiso con el bienestar de la sociedad.

Es por esto que, a partir de este proceso electoral, en el FCS hemos decidido continuar nuestra batalla cultural para instaurar los principios y valores que heredamos de nuestros libertadores.

Es hora de reclamar una democracia que sea tanto legítima como legal, una que verdaderamente represente la voluntad y los intereses de su gente.

¡Despierta, RD!

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Opinión

La irracionalidad del PRM.

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Por José Cabral

No bien concluidas las elecciones presidenciales y congresuales el presidente Luis Abinader convocó a los aspirantes a la jefatura del Estado en los comicios del 2028, lo que resulta una insensatez, una falta de visión y además una falta de respeto hacia el ciudadano.

Ello así, porque en el país hay bastantes precedentes de que este tipo de proselitismo a destiempo representa una vía para que el que ocupa una posición en el Gobierno no cumpla con su responsabilidad, pero que además busque acumular fortuna del dinero público para satisfacer las exigencias de aspirar a semejante posición.

Lo lamentable de esto es que sea el propio presidente de la República quien estimule este tipo de campaña a destiempo, lo que representa una falta de prudencia y de respeto hacia el votante y hacia toda la sociedad.

El encuentro convocado al respecto tiene otras aristas que deben analizarse a partir de los posibles aspirantes presidenciales para el 2028 por el PRM, entre las que se encuentran el nivel de cualquierización de los que se consideran con condiciones para ocupar la jefatura del Estado.

Gente que por lo único que debe aspirar a la presidencia de la República es por su condición de ciudadano, no porque tenga algún mérito y mucho menos formación para ese propósito.

Naturalmente, la crisis de valores que impacta la ciudadana dominicana permite que cualquier pelafustán se crea que puede ser presidente de la República.

Nadie puede poner en duda que estas aspiraciones a destiempo y estimulada por quien ocupa la Presidencia de la República, es un motivo más que suficiente para que también comiencen las confrontaciones y las calificaciones y descalificaciones entre unos y otros.

Lo que pasa es que en el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y en los demás partidos del sistema, incluso de la llamada izquierda nacional, se ha perdido la perspectiva y colocan a cualquier pelafustán en el cargo que sea de la administración pública, electivo o no electivo.

 Otro ejemplo de insensatez es lo que dicen muchos supuestos comunicadores de que por el hecho de que el hijo de Leonel Fernández, Omar, se enbotellara algunas cosas en el debate frente a Guillermo Moreno, ya es considerado presidenciable.

Pero el asunto no termina ahí, sino que hay una gran cantidad de sujetos que no bien ocupan cualquier cargo en la administración pública y salen ricos de esas posiciones se autocalifican como líderes y presidenciables, cuyos ejemplos para actuar de ese modo están ahí a la vista de todos, como son Julio Cesar Valentín y Abel Martínez, entre muchos otros.

No hay forma de que el PRM abandone la irracionalidad y falta de planificación estratégica que le ha caracterizado, ya que no se trata de algo que ocurre porque sí, sino porque para encontrar la explicación correcta habría que recurrir a la famosa expresión de que no se le puede pedir peras al olmo.

Así de sencillo.

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Opinión

La Revisión del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Díaz

El artículo 123 del Estatuto de Roma dispone que siete años después de la entrada en vigor del Estatuto, el Secretario General de las Naciones Unidas convocará a una Conferencia de Revisión. Posteriormente a la Conferencia, la Asamblea considerará aquellas enmiendas propuestas por los Estados Partes, de conformidad  con el artículo 121 La Asamblea de los Estados Partes y el Secretario General de las Naciones Unidas podrán convocar a conferencias  de revisión posteriores cuando lo consideren necesario.

El Acta Final de la Conferencia de Roma recomienda que se considere  incorporar  los crímenes de terrorismo  y tráfico internacional de drogas ilegales a la lista de crímenes de la competencia de la Corte Penal Internacional. Adicionalmente la definición y asuntos jurisdiccionales referentes al crimen de agresión serán discutidos en la Conferencia de Revisión.

En términos generales, el derecho  a enmendar el Estatuto, las Reglas de Procedimientos y Prueba y los Elementos de los Crímenes  es uno de los derechos más importantes de aquellos Estados que ratifiquen o se adhieran al Estatuto de Roma .

Debido a que las reformas podrían cambiar la relación de los Estados con la CPI establecida en el Estatuto, los Estados Partes tienen derechos especiales y deberán seguir los procedimientos específicos  para la propuesta de enmiendas, así como para su adopción en una reunión de la Asamblea de Estados Partes  , y para su efectividad.

Lo anterior significa, que los Estados Partes pueden querer implementar los procedimientos  relevantes con el fin de agilizar el ejercicio de estos derechos.

Normalmente, solamente después de transcurridos  siete años desde la entrada en vigor del Estatuto de Roma se podrán proponer enmiendas al mismo, según el artículo 121.

Adicionalmente, solo podrá ser propuesta  por un Estado Parte, deberá ser presentada  al Secretario General de las Naciones Unidas, quien la deberá distribuir a los Estados Partes, sólo podrá discutirse pasados tres meses desde la fecha de la notificación al Secretario General y no podrá considerarse su adopción  si una mayoría de los Estados Partes presentes y votantes en la próxima  sesión de la Asamblea de los Estados Partes así lo decida.

Si la mayoría requerida decide examinarla  ,  podrá ser decidida directamente por la Asamblea de los Estados Partes o en una Conferencia de Revisión si la cuestión lo justifica.

La adopción de una enmienda en el Estatuto requiere de una aprobación de una mayoría de dos terceras partes de los Estados Partes, según el artículo 121 del Estatuto de Roma.

Cabe destacar que el artículo 121 del Estatuto de Roma enfatiza  que las medidas se tomen de manera consensual, tal y como lo dispone  el artículo 112, y dispone una mayoría de dos terceras partes de todos los miembros sólo cuando el consenso no sea posible.

El paso a seguir para enmendar el Estatuto de Roma es el proceso de ratificación o aceptación señalado en el párrafo  4 del artículo 121, que prevé la aprobación de siete octavos  de los Estados Partes. Estas enmiendas entrarán en vigor para todos los Estados en este momento.

Sin embargo , como se mencionó anteriormente, las enmiendas pueden afectar de manera importante la relación del Estado Parte con la  CPI, por lo cual cualquier Estado Parte que no esté de acuerdo con una enmienda de este tipo tiene el derecho  a renunciar al Estatuto con efecto inmediato.

[email protected]

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Opinión

Mi pueblo perece por falta de conocimiento…

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Por Isaías Ramos

Desde 1996, nuestro país ha estado bajo el liderazgo de hombres carentes de amor a la patria y de temor a Dios. Este liderazgo ha marcado un camino peligroso para nuestro futuro. En dos años, completaremos 30 años de una gobernanza que ha dejado cicatrices de deterioro político, económico y social sin precedentes. La acumulación de hambre y sed de justicia tensa las cuerdas del orden y la paz como nunca antes. Parece que nuestros gobernantes se hacen los desentendidos; insisten, persisten y profundizan la deuda social, excluyendo de sus planes los derechos económicos y sociales no resueltos y, a través de sus acciones, incluso violan los derechos fundamentales consagrados en nuestra constitución.

Es alarmante escuchar al Presidente de la República hablar de su deseo de dejar un “legado” que imponga un candado a la constitución para asegurar el “nunca jamás”, y además pretender convertir el Ministerio Público en un “organismo independiente”. Parece que el presidente desconoce o subestima la constitución que juró cumplir y hacer cumplir. Aunque no es perfecta, nuestra constitución es moderna y, si se implementara correctamente por un verdadero estadista, traería gran bienestar a la nación dominicana. El artículo 124 es explícito en su último párrafo: “El Presidente o la Presidenta de la República podrá optar por un segundo período constitucional consecutivo y no podrá postularse jamás al mismo cargo ni a la vicepresidencia de la República”. ¿Qué necesidad hay de modificar esto? La respuesta es clara.

Es positivo que el Presidente quiera dejar un Ministerio Público independiente; sin embargo, esto no requiere una modificación constitucional, ya que el artículo 170 establece claramente: “El Ministerio Público goza de autonomía funcional, administrativa y presupuestaria”. ¿Qué más es necesario?

En el Frente Cívico y Social creemos que si el Presidente realmente busca lo mejor para el pueblo, debería demostrarlo con acciones concretas que separen la justicia del poder político. Podría comenzar modificando la ley 133-11 en su artículo 28, sobre la designación: “El Procurador General de la República será designado por el Presidente de la República”. Eliminando al presidente de esta ecuación y dejando la responsabilidad a “académicos y técnicos nacionales e internacionales”, aseguraríamos que el poder político no influya en las decisiones del Ministerio Público. Una acción similar podría aplicarse al artículo 178 de la constitución, con respecto a la integración del Consejo Nacional de la Magistratura, para que también incluya académicos y técnicos de moral prestigiosa y conocimientos sólidos.

Desde el Frente Cívico y Social elevamos un clamor ardiente a cada corazón dominicano, en este momento crítico de evidentes retrocesos en nuestra democracia. La historia nos convoca a estar más vigilantes que nunca ante las maniobras oscuras detrás de las reformas propuestas. Estas no son más que meros parches que, lejos de sanar, solo perpetúan el sufrimiento de nuestro pueblo y lo conducen hacia un abismo del que quizás nunca podamos resurgir. Las lecciones de nuestros países vecinos deben despertarnos a la triste realidad que nos espera si ignoramos los signos de alarma. Este es un llamado a la unidad, a la defensa férrea de nuestra soberanía y a la preservación de nuestra dignidad nacional. Juntos, con firmeza y decisión, podemos rechazar estas reformas superficialmente atractivas pero fundamentalmente destructivas. ¡Levantemos la voz, actuemos con valor y devolvamos la esperanza a nuestra amada República Dominicana! ¡Despierta, RD!

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Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
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