Análisis Noticiosos
Cuidemos la libertad de expresión
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14 años agoon
Por Juan Bolívar Díaz
Nunca me he situado entre los comunicadores que se creen por encima del bien y del mal, como tampoco he procurado privilegios en la vida profesional o en la social o personal. Proclamo que cada comunicador debe ser responsable de sus mensajes. Lo que no se puede sostener ante un juez, no debe comunicarse por ningún medio.
Pero a la vez siempre he militado en la defensa de la libertad de expresión, no sólo como uno de los derechos humanos fundamentales, sino porque es el primer valladar a la tiranía y la opresión, como también instrumento fundamental en la lucha de los pueblos, los grupos sociales y las personas por la justicia y el desarrollo.
Entre los periodistas dominicanos vivos tengo probablemente la más amplia experiencia en las consecuencias del ejercicio libre de la comunicación, pues sufrí la voladura con una bomba de mi automóvil, un segundo intento de asesinato, un autoexilio, una condena a dos años de cárcel y multa millonaria en un fusilamiento jurídico-político posteriormente anulado por la Suprema Corte de Justicia tras dos años de lucha, y he sido blanco de intensas campañas de ataques e intentos de descrédito.
Por eso enarbolo militantemente el artículo 13 de la Convención América de Derechos Humanos que obliga a proteger la más amplia libertad de expresión, como lo hace también la Constitución de la República y creo necesario advertir sobre los artículos 191-93 del proyecto de nuevo Código Penal aprobado en primera lectura por la Cámara de Diputados. El primero establece que “Constituye difamación la imputación pública a una persona, física o moral, algo que le afecta en su honor o en su consideración, buen nombre, imagen, dignidad e integridad familiar, y se sanciona con pena de uno a dos años de prisión menor y multa de tres a seis salarios”.
El 193 amplía la pena “de dos a tres años de prisión menor y multa de siete a nueve salarios” cuando la infracción perjudique al presidente o vicepresidente, a un legislador o al Congreso Nacional, jueces de todas las cortes, Junta Central Electoral, Cámara de Cuentas o alguno de sus miembros, lo mismo que de la inexistente defensoría del pueblo. También incluye a la Procuraduría General y el Ministerio Público y cualquiera de sus integrantes, a los ministros, embajadores acreditados en el país y a los gobernantes de otras naciones.
La protección no podría ser más abarcadora del estamento político y tiene el claro objetivo de intimidar y reducir la investigación y denuncias de la podredumbre que envilece la función pública en el país. Y es más grave porque hace cierto tiempo no se esconden pujos autoritarios que pretenden uniformar la sociedad dominicana.
Esta misma semana en su autodefensa del déficit fiscal, el expresidente Leonel Fernández usó los términos más ácidos al referirse a “cierta parcela de la opinión pública” que lo acusa de haber dejado el país en insostenibilidad económica. Denunció a quienes creen que un déficit fiscal por encima de la ley de presupuesto es un delito, calificándolas como personas con “cerebro más orientado hacia la calumnia que a la razón, a la manipulación que a la verdad, y a un alma tenebrosa corroída por bajas pasiones”, tras proclamar que la opinión pública “no puede ser manipulada de manera antojadiza, sin consecuencias”. Observen que no habló de difamación ni injuria, sino de calumnia y manipulación. El aviso está dado, y el que no reciba el mensaje y guarde indiferencia, no tendrá derecho a quejarse cuando se vean las “consecuencias”. Hay que enfrentar con toda energía el proyecto de los diputados, que contradice la tendencia universal de las democracias a despenalizar los llamados delitos de prensa, precisamente para evitar que el látigo de los poderosos se imponga sobre la libertad de expresión.
Vale recordar que hace años el presidente Fernández creó una comisión para actualizar la legislación dominicana de las comunicaciones sociales, de la que salió un proyecto que obviamente no satisfizo sus expectativas, pues nunca lo ha enviado al Congreso. Ahora se pretende imponer otro parche, no tributario sino intimidatorio.
Artículo originalmente publicado en el periódico HOY.
Análisis Noticiosos
Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.
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3 días agoon
mayo 21, 2026Por José Cabral
Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.
Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.
Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.
Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.
Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.
Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.
El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.
De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.
Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.
Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.
Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.
Por José Cabral
Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.
Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.
Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.
Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso de la especie, lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.
Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.
Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.
Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.
Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.
Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.
No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.
Análisis Noticiosos
La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.
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3 semanas agoon
mayo 6, 2026Por José Cabral
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.
Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.
La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.
Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.
Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.
Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.
Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.
Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.
En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.
La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.
