Opinión
Danilo perdió la oportunidad de aclarar lo de Odebrecht
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9 años agoon
Por Juan Bolívar Díaz
El discurso del presidente Danilo Medina del 27 de febrero aportó pocas novedades, no fue un informe sobre su gestión del 2016, sino de todo su periodo, ni solo de sus proyectos para el 2017, sino para todo el cuatrienio, repitiendo en gran proporción los logros y proyectos que enunció al rejuramentarse el 16 de agosto, hace solo seis meses.
Centró sus argumentos en justificar la utilidad de las plantas de Punta Catalina, que no es lo que está en discusión, y trató de convencer sobre la independencia de una Procuraduría General sin rigor investigativo y que recibió esta semana un grave revés con el rechazo judicial a un acuerdo con la Odebrecht ampliamente cuestionado.
Discurso para marear. Dos horas y diez minutos es mucho tiempo de discurso por casi todos los medios de comunicación nacionales, para marear, lo consideraron las redes sociales, repetitivo y detallista, que rebasó la rendición de cuentas del año pasado y volvió sobre sus primeros cuatro años de Gobierno y se proyectó no solo al año ya en curso, sino para todo el nuevo período, demasiado parecido al de su juramentación del 16 de agosto último.
La perorata tuvo pocas novedades aún en los mayores logros de su gestión que, además de la mayor inversión en educación, ha sido el mantenimiento del crecimiento económico, con tasa de 6.6% el año pasado, baja inflación y estabilidad cambiaria, ya que hacía apenas tres semanas que los había informado el Banco Central y el Gobierno los publicitó en exceso hasta horas antes del discurso presidencial.
Tiene poco sustento que salieran de la pobreza un millón 72 mil personas en 4 años, con 480 mil nuevos empleos, la mitad en actividades tan precarias como el motoconcho, o con otras 200 mil con tarjeta Solidaridad de 800 pesos por mes. Parece optimista que el año pasado Infotep “preparó 667 mil nuevos técnicos profesionales, con índice de empleabilidad de 83%”, con solo 148 mil nuevos empleos, el 28%, un déficit de 519 mil.
El 2016 fue el “Año de la vivienda”, pero el mandatario solo informó de 256 apartamentos entregados por el INVI, y otros 864 mil casi listos, más los 1,600 de su excelente proyecto “La Nueva Barquita”, quedando bien lejos de la meta de 25 mil viviendas anuales. Pero repitió los proyectos de la Ciudad Juan Bosch en la capital y Santiago, basados en inversión privada, y el rescate de La Ciénega y Los Guandules anunciado desde finales de la década de 1980.
Abundancia de promesas. El Presidente respondió las demandas de mejoramiento de los salarios de los policías, y en julio de los ya más de 60 mil militares, aunque su entusiasmo lo cifró hasta en 131% y “una parte importante” más del 100%, pero lo recibido gira entre 20 y 50 por ciento, que es muy bueno con limitaciones financieras. Ponderó los aumentos ejecutados ya en los sectores básicos de educación y salud, aunque en este último menos generoso.
Donde fue más optimista fue en la “revolución del transporte urbano” que anunció, aunque días antes la OPREP se quejaba en público de que no recibe el financiamiento para concluir la segunda línea del Metro con 6 años en construcción y dijo que del mismo dependen los vagones y otros equipos que tomarían hasta año y medio. Repitió el sistema ideal de un solo boleto por recorrido, pasando de autobús, a Metro o Teleférico y autobús, que implica una alta inversión adicional y fuerte subsidio y desplazaría no solo a los 19 mil carros-concho que promete reubicar, sino también a decenas de miles de moto-conchos.
Las promesas de Danilo abundan en nuevas obras públicas, por ejemplo en siete grandes proyectos para el desarrollo sostenible de las cuencas hidrográficas de la región Sur, “que elevarían a sus moradores a la clase media”, aunque allí la presa de Monte Grande lleva 6 años paralizada por falta de financiamiento, tras una pequeña inversión. Y que este año concluirá la remodelación de 57 hospitales iniciada absurdamente al mismo tiempo hace 4-5 años, aunque solo informó la terminación de cuatro en el 2016.
¿Dónde están los cuartos? El tiempo no le alcanzó a Danilo Medina para explicar cómo financiará todos esos planes que abarcaron la mitad de su discurso. Mucho menos para abordar los desafíos de sostenibilidad fiscal que le plantean sistemáticamente los economistas independientes y sectores sociales que incluyen el empresariado, retomados en el informe de la misión del Fondo Monetario Internacional que visitó el país en enero y dejó una veintena de recomendaciones que incluyen reformas institucionales y revisión del gasto público. El endeudamiento, a ritmo de 200 millones de dólares mensuales, tampoco fue tocado.
Siguió evadiendo el mandato del Pacto Fiscal establecido en la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo, consciente de que la sociedad pondrá sobre la mesa las imprescindibles revisiones de la malversación, del clientelismo y el rentismo que mantiene organismos redundantes e inoperantes.
Del otro pacto pendiente, el eléctrico, dijo que “avanza ahora a buen ritmo”, aunque ya cumplió dos años en discusión, por la falta de transparencia en el sector. El Presidente escogió a los generadores privados de energía para una práctica de “demagogia nacionalista”, como escribió Bernardo Vega, pretendiendo levantar las tribunas como hace cuatro años por el contrato con la Barrick Gold sobre el oro de Cotuí.
Un golpe al Procurador. El discurso presidencial dio pleno respaldo a la gestión del procurador general en el escándalo Odebrech, bajo términos que con asombrosa exactitud adelantó el jueves 23 la columna Fogaraté de Ramón Colombo: “caiga quien caiga”, “hasta las últimas consecuencias”, “Hemos impartido instrucciones”, y “Aquí no hay vacas sagradas”. Aunque las redes dijeron que sí hay toros y gatos sagrados y revivieron al genial Cantinflas en su película Patrullero 777, donde proclamó: “Mucho se ha dicho que se hará justicia caiga quien caiga, y resulta que caen los que no debieran caer, mientras aquellos a quienes cae de todo, nunca caen”. Muchos recordaron los pactos reeleccionistas que implicaron “no ha lugar” a los expedientes de grave corrupción de Félix Bautista y Víctor Díaz Rúa.
Medina avaló una gestión de su procurador general Jean Rodríguez que identificó a Angel Rondón como el distribuidor de los 92 millones de dólares de los sobornos que confesó Odebrecht, pero ni siquiera allanó sus oficinas en busca de documentos, ni le impuso la menor coerción.
Que interrogó a los opositores exdirigentes de las cámaras legislativas que aprobaron el 9 por ciento del monto de los contratos bajo sospecha, pero no ha hecho igual con los oficialistas que aprobaron el 91 por ciento, como advirtió esta semana el Partido Revolucionario Moderno.
El Presidente apoyó el “acuerdo confidencial” de la Procuraduría General con Odebrech, que solo establece multa por los sobornos, e ignora la Ley de Compras y Contrataciones, los 163 millones de dólares que la empresa delincuente confesó haber derivado como beneficios, y las denuncias de sobrevaluaciones. Pero dos días después el juez José Alejandro Vargas, basado en principios de justicia, sentó precedente al rechazar una conciliación inaceptable por la gravedad del delito.
Se ha reafirmado la convicción de que solo la sostenida presión de la sociedad obligará a alguna sanción del escándalo Odebrecht.
Por Oscar López Reyes
Pretendiendo prolongar la creencia de internet del “chivo sin ley” (“fake news” o noticias falsas, desinformación, manipulación, coerción, ciberdelincuencia, etc.), el nuevo Código Penal -estipula condenas hasta de 40 años- ha sido rebautizado como la Ley Mordaza por pseudo-periodistas, “comunicadores” sin títulos universitarios ni otro aval académico o gremial que ejercen el chantaje extorsivo mediático monetario. ¿Acaso asistimos a una revancha en favor de la impunidad de los delitos de palabras (más devastadores que una bala), el aborto, la corrupción y el narcotráfico?
Está en marcha, y crece, la industria de la intimidación, amparados los extorsionadores en el libertinaje digital, la dañina viralidad y la percepción de impunidad por la ausencia de sanción penal. Pululan, especialmente en las redes sociales y la radio, las advertencias de divulgar datos comprometedores o retirar los difundidos si no les efectúan transferencias económicas inmediatas.
Nunca como ahora, malandrines con el antifaz de periodistas presionan y emprenden campañas de descréditos contra figuras públicas, empresarios y políticos con noticias falsas o descontextualizadas, montajes digitales, ediciones tendenciosas, titulares sensacionalistas, perfiles falsos, fotografías e informaciones íntimas y sensibles, rumores espúreos, imágenes o videos manipulados y otros datos personales perjudiciales.
¿Por estos y otros tipos de modus operandi, ha oído usted que condenaron a un director de diario, a un egresado universitario de comunicación social o a otros profesionales del ecosistema informativo?
Sencillamente, “agua pasada no mueve molino”. Más que una persecución contra la libertad de expresión, las campanas repican contra el delito de extorsión mediática, una modalidad delictiva que le está ganando a los abogados extorsionistas.
Categóricamente, ha tomado cuerpo un delito penal grave, que conlleva a penas de cárcel, útil como un mecanismo disuasivo para sujetos con patrones de conductas impulsivas, terroríficas e incontrolables. Ellos están atrapados por trastornos episódicos y sin arrepentimiento, que se vuelven un peligro público, y que ameritan de psicoterapia, como palpablemente se ha visto últimamente. La prisión apuntala como un preferible tono de voz para calmar el dolor de las víctimas y evitar que respondan con el castigo de una paliza o la muerte.
Alégase que el Tribunal Constitucional ha despenalizado delitos de prensa, pero no olvidemos que últimamente esa instancia se ha constituido en una afrenta para la sociedad. Ha estado aplicando el derecho desde la Luna, divorciado de la realidad, y creándole más conflictos al Estado, sancionando sentencias absurdas, que instituciones oficiales no están en capacidad de cumplir, porque de hacerlo dejarían sin presupuesto la salud, la educación, las obras públicas y otros servicios sociales.
Igual de mal andan senadores y diputados, que son marionetas del populismo y que se doblegan en un santiamén, como si asistieran a un convite de comadres. Luego de más de 20 años discutiendo para lograr la aprobación del Código Penal, ahora esos legisladores acceden fácilmente, como si tuvieran en brazos de Morfeo, a dar rienda suelta a la propuesta para modificarlo sin ser sometido a pruebas, porque ni siquiera ha entrado en vigencia.
Valga referir, como aporte adicional a las anotaciones preexistentes, que los más diversos autores doctrinarios internacionales sobre el derecho a la información concuerdan en que la libertad de expresión es un derecho fundamental, pero no absoluto, que precisa de límites para proteger derechos de terceros y garantizar el orden social. Basta citar a Alejandro Fuenmayor E. en El derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública, Francisco Morera Alfaro en Los derechos de los ciudadanos frente a las tareas de la información, Enrique Villalobos Quirós en El derecho a la información y Manuel Fernández Areal en Introducción al derecho de la información.
Y, ¿cuál otro? Sí, podemos leer a Carlos Soria en Derecho a la información y derecho a la honra; A. Hugo Osorio Meléndez en Políticas de información y derecho. Estudio comparativo; Eduardo Nova Monreal en Derecho a la vida privada y libertad de información. Un conflicto de derechos; Ernesto Villanueva e Issa Luna Pla en El derecho de acceso a la información, y Orrin E. Klapp en Información y moral. Estrategias de apertura y cierre ante la nueva información.
En esa óptica, ¿qué dice el nuevo Código Penal?
Acerca de la difamación extorsiva, el artículo 209 expresa que “Quien haga imputación pública a una persona, física o jurídica, de un hecho preciso o concreto que le afecta en su honor o en su consideración, buen nombre, imagen, dignidad e integridad familiar, por cualquier forma pública, … le cause un perjuicio, y con ello obligue o procure obligar a la víctima a ceder a sus exigencias, será sancionado con pena de cinco a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público”.
En esta circunstancia, más que acudir a la violencia como los iracundos, la alternativa más expedita para los injuriados y acosados está en el sometimiento judicial para que un juez decida, interponiendo las pruebas y colocando otras piezas regidos por los fundamentos del derecho, dictaminen la culpabilidad o inocencia del imputado. Y todavía para las partes queda la opción de apelar la sentencia.
Si el Congreso Nacional y el Tribunal Constitucional modifican el nuevo Código Penal, al unísono tendrán que hacer una revolución, en virtud de que en República Dominicana a través de varias leyes son perseguibles y sancionables con prisión el chantaje, las campañas injuriosas y difamatorias, los rumores falsos, las expresiones ofensivas o despectivas por medios informáticos, telemáticos o audiovisuales (redes sociales, internet, blogs) y prensa escrita.
¿Y cuáles son esas disposiciones legales?
Son la Ley 183-02 Monetaria y Financiera, la Ley 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales; la Ley 53-07 Contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, la Ley 136-03 o Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y otras, que contemplan encierros carcelarios de hasta diez años y multas de hasta dos millones 500 mil pesos o 500 veces el salario mínimo del sector público. ¡Muy bien!
Aunque luzca una irreverencia y un riesgo decirlo, el sometimiento judicial a un periodista por difamación e injuria representa una prueba para demostrar su profesionalidad y apego a las leyes y a los principios y valores éticos en el manejo informativo y el análisis interpretativo. Si así fuere, ¿por qué tanto miedo?
Con frecuencia, ciertas esferas de los diarios exageran y procuran rehuir para no colocarse frente a un crucifijo, por la aversión y el temor traumático, arrastrado por sangrientas experiencias pretéritas. Preservemos el contenido del nuevo Código Penal, y actuemos con la potestad de informar y opinar sin censura ni autocensura, pero ajustados al derecho, y caminando derecho.
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El autor: Periodista, mercadólogo, catedrático, escritor y gremialista.
Por Isaías Ramos
República Dominicana no enfrenta solo un debate salarial. Enfrenta una crisis de arraigo, identidad, soberanía laboral y cumplimiento constitucional. Durante las últimas tres décadas se consolidó un modelo de bajos salarios, débil fiscalización y desorden migratorio-laboral. Pero desde la Constitución de 2010, que consagra el Estado Social y Democrático de Derecho, esa falla dejó de ser solo económica: se convirtió en contradicción frontal con el mandato constitucional. Hoy el problema se ha agudizado. La pregunta es necesaria: ¿para quién funciona realmente este modelo económico?
Según el Informe sobre Democracia y Desarrollo 2026 del PNUD, 39.5% de las personas en República Dominicana contempla irse a vivir o trabajar a otro país, frente a 31.7% en América Latina y el Caribe: 395 de cada 1,000 personas, contra 317 de cada 1,000 del promedio regional. La principal razón para emigrar es la falta de oportunidades económicas: 58.4%.
Ese dato debe estremecer. Los dominicanos no contemplan irse porque no amen su patria. Contemplan irse porque trabajan, luchan, pagan transporte, comida, impuestos y deudas, y aun así sienten que no avanzan. La emigración deseada es un voto de desconfianza contra un modelo que produce crecimiento, pero no suficiente esperanza.
La Constitución no manda una República para administrar resignación. Define al país como Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en la dignidad humana, los derechos fundamentales, el trabajo y la soberanía popular. También reconoce que todo trabajador tiene derecho a un salario justo y suficiente para vivir con dignidad, y declara de alto interés la nacionalización del trabajo.
Por eso, el salario justo no es una consigna. Es mandato constitucional.
La evidencia salarial es contundente. En el primer trimestre de 2026, la ONE reportó que el salario mensual promedio por empleado formal fue RD$34,621. Incluso los sectores mejor remunerados —minas y canteras, organismos extraterritoriales y electricidad— promediaron RD$79,724, RD$70,541 y RD$67,246. Si ese es el techo salarial formal, el país debe preocuparse: muchos ingresos permiten consumir, pero no necesariamente progresar, ahorrar, comprar vivienda o construir patrimonio.
La canasta básica familiar nacional llegó en mayo de 2026 a RD$49,268.36; la del primer quintil fue RD$29,489.84 y la del segundo RD$38,441.67. Frente a eso, demasiados salarios formales siguen siendo salarios de supervivencia. Ahí está el corazón del problema: están convirtiendo la pobreza salarial en ventaja competitiva.
El primer deber de los gobiernos debe ser garantizar salarios justos y dignos. El segundo, aplicar la indexación del mínimo exento del impuesto al salario. La DGII reconoce para 2026 una exención contributiva hasta RD$416,220 anuales y, al mismo tiempo, que por la Ley de Presupuesto queda sin efecto el ajuste previsto en el artículo 327 del Código Tributario. En palabras simples: los gobiernos siguen cobrándole inflación al trabajador formal.
La excusa fiscal tampoco basta. Hacienda estima el gasto tributario de 2026 en RD$393,541.54 millones, equivalente a 4.54% del PIB. Entonces la pregunta no es si hay recursos; la pregunta es a quién deciden proteger primero los gobiernos.
Tercer deber: no hay exenciones sin salario digno. Todo régimen con privilegios fiscales debe demostrar retorno social: salario digno, formalidad, transparencia, capacitación y movilidad salarial.
Cuarto deber: hacer cumplir el 80/20 laboral. El Código de Trabajo establece que al menos 80% de los trabajadores de una empresa debe ser dominicano, y que al menos 80% de la nómina debe corresponder a trabajadores dominicanos, con las excepciones previstas por la ley.
La alerta está en los medios. Almomento, citando la Encuesta Sectorial Construcción 2025 del Instituto Nacional de Migración, afirma que la mano de obra haitiana representa 68.3% de los trabajadores de la construcción, frente a 31.1% de locales; en empresas formales, la proporción sería 69.1% haitiana y 30.2% dominicana. Ese dato exige auditoría nacional. Si se confirma, sería una inversión práctica del mandato de nacionalización del trabajo, con consecuencias salariales, demográficas, culturales e identitarias.
Hay que decirlo sin odio ni confusión: el problema no es el inmigrante pobre que busca trabajo. El problema son los gobiernos que han permitido el desorden. No son los extranjeros los culpables de desplazar al trabajador dominicano; los responsables son las autoridades llamadas a cumplir y hacer cumplir la Constitución, el Código de Trabajo, la ley tributaria y el orden migratorio-laboral.
Donde debía haber control, hubo tolerancia. Donde debían estar las fronteras resguardadas, hubo abandono, corrupción sin consecuencias y complicidad con el desorden. Donde debía prevalecer la Constitución, se traicionó el interés nacional. Donde debía haber salario justo, hubo precariedad. Donde debía haber defensa del trabajo dominicano, hubo indiferencia. Y donde debía haber cumplimiento de la ley, hubo gobiernos mirando hacia otro lado.
Ese desorden empuja al dominicano a emigrar y a la nación a perder cohesión, identidad, soberanía laboral y control sobre su destino.
Desde el Frente Cívico y Social sostenemos que la patria no se defiende culpando al inmigrante pobre. Se defiende cumpliendo la Constitución, pagando salarios dignos, indexando el impuesto al salario, ordenando la frontera y haciendo cumplir el 80/20.
República Dominicana no necesita una economía que administre resignación. Necesita una economía que produzca arraigo.
Los dominicanos no quieren irse. Los están empujando.
Ya basta. Llegó la hora de hacer valer la Constitución y activar, de verdad, el Estado Social y Democrático de Derecho: un Estado que no esté de rodillas ante los privilegios, sino de pie junto al pueblo trabajador.
Opinión
Derechos de las personas durante la investigación de la Corte Penal Internacional
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2 días agoon
julio 1, 2026Por Rommel Santos Díaz
En las investigaciones realizadas de conformidad con el Estatuto de la Corte Penal Internacional nadie será obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable.
De acuerdo con el Estatuto de Roma nadie será sometido a forma alguna de coacción, intimidación o amenaza, a torturas ni a otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes.
En el proceso de investigación de la Corte Penal Internacional , quien haya de ser interrogado en un idioma que no sea el que comprende y habla perfectamente contará, sin cargo alguno, con los servicios de un intérprete competente y las traducciones que sean necesarias a los efectos de cumplir el requisito de equidad.
De conformidad con el Estatuto de Roma nadie será sometido a arresto o detención arbitrarios ni será privado de su libertad salvo por los motivos previstos en el Estatuto y de conformidad con los procedimientos establecidos en él.
Cuando haya motivos para creer que una persona ha cometido un crimen de la competencia de la Corte Penal Internacional y esa persona haya de ser interrogada por el Fiscal o por las autoridades nacionales, o en cumplimiento de una solicitud hecha de acuerdo las disposiciones del Estatuto de Roma tendrá el derecho a ser informada.
Dentro de los derechos que tiene una persona en el proceso de investigación de la Corte Penal Internacional el Estatuto de Roma señala el de ser informada de que existen motivos para creer que ha cometido un crimen de la competencia de la Corte.
Antes del interrogatorio la persona también deberá ser informada de que tiene derecho a guardar silencio , sin que ello pueda tenerse en cuenta a los efectos de determinar su culpabilidad o inocencia.
Cabe destacar que en el proceso de investigación de la Corte Penal Internacional la persona tiene derecho a ser asistida por un abogado defensor de su elección o, si no lo tuviere, a que se le asigne un defensor de oficio, siempre fuere necesario en interés de la justicia y , en cualquier caso, sin cargo si careciere de medios suficientes.
Finalmente, la persona tendrá el derecho a ser interrogada en presencia de un abogado, a menos que haya renunciado voluntariamente a su derecho a asistencia letrada de conformidad con lo establecido en el Estatuto de Roma.
