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Abogados de Andrés Bautista dicen su cliente no influenció para aprobación contratos a Odebrecht.

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SANTO DOMINGO  – Los abogados de Andrés Bautista, expresidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM),  intentaron demostrar en el tribunal que conoce el caso Odebrecht, que su cliente desde el Senado  nunca influenció para la aprobación del Acueducto de la Línea Noroeste y la Hidroeléctrica Palomino fase I, contrario a lo que sostiene el Ministerio Público mediante lo que la defensa considera una acucación fabricada por el entonces procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez.

La defensa del expresidente del Senado, Andrés Bautista, demostró en el juicio de fondo de este jueves sobre el caso Odebreht, con las mismas actas del Senado aportadas por el Ministerio Público, que su defendido no fue quien solicitó la inclusión en la agenda ni la aprobación de los contratos de financiamientos para la ampliación del Acueducto de la Línea Noroeste y la Hidroeléctrica Palomino Fase I, contrario a la acusación “fabricada” por el entonces procurador general, por Jean Alain Rodríguez.

En ese sentido, la defensa de Bautista García señaló que “son las pruebas y no los jueces quienes condenan y que, en consecuencia, es la ausencia de pruebas las que habrán de descargar al exlegislador y no las juezas del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional”.

Durante el juicio sobre el caso Odebrecht la defensa demostró, con el acta 227 del Senado que aportó el Ministerio Público, que Andrés Bautista no gestionó la aprobación, el 20 de marzo de 2002, del contrato de financiamiento para el citado acueducto de la Línea Noroeste y que, por el contrario, votó en contra de que se incluyera en la agenda.

Para reforzar su argumento, la defensa precisó que, sin que eso implique violación a la ley, que fue el senador Cesar A. Matías Pérez quien solicitó la inclusión de dicho contrato en la agenda del día y que fuera liberado de trámite.

Asimismo, estableció que de acuerdo con el acta 00149 del Senado, Andrés tampoco gestionó la aprobación del contrato de financiamiento de la ampliación del Acueducto de La Línea Noroeste, aprobado el 22 de agosto de 2005, y que, conforme a los Reglamentos, cumplió con dar lectura al informe de comisión y al contrato.

Al respecto, la defensa señaló que en esa sesión fue el senador Fausto López Solís quien solicitó que sé que aprobara el informe rendido por la comisión y se aprobara dicho contrato, por la imperiosa necesidad de la obra.

También, la defensa sostiene que Andrés Bautista no influenció en el Senado para la aprobación del contrato para los estudios de la Hidroeléctrica Palomino, aprobado el 8 diciembre de 2005, de conformidad con el acta No. 00163. La solicitud de que aprobara el informe rendido por la comisión y se aprobara dicho contrato, fue del senador César Díaz Filpo.

El licenciado Jorge López Hilario, señaló categóricamente que, con las pruebas aportadas por el Ministerio Público, en específico con las actas del Senado, se demuestra que Andrés Bautista no fue quien solicitó la inclusión en la agenda ni mucho menos la aprobación de esos contratos de financiamiento.

“Demostramos que ninguno de los hechos imputados a Andrés Bautista ocurrió, que la acusación del Ministerio Público es contraria a la realidad respecto de nuestro defendido, ya que no recibió sobornos, ni se enriqueció ilícitamente ni lavó dinero, razón por la cual procede sentencia absolutoria”, sostuvo López Hilario.

Asimismo, estableció que el tipo penal de soborno no es aplicable a Andrés Bautista, “en razón de que éste no hizo ningún acuerdo ilícito con Ángel Rondón, y que como presidente del Senado nunca incurrió en alguna acción de influenciar a los demás legisladores u omisión de los procedimientos para beneficiar a la constructora brasileña Odebrecht”.

Señaló, además, que la defensa ha demostrado en todo momento que Andrés Bautista no cometió el hecho que se le atribuye de recibir sobornos, al tiempo de afirmar que al exsenador no le es aplicable los artículos 177 y 178 del Código Penal, por no ser uno de los funcionarios públicos allí descritos, sino uno de mandato electivo.

Demostró también el origen lícito del patrimonio de Andrés Bautista, el cual lejos de estar ocultado, está registrado públicamente a su nombre y de su esposa en el Registro de Títulos y Cámaras de Comercio competentes, respectivamente.

CONCLUSIONES

La barra de la defensa del señor Andrés Bautista concluyó en el día de hoy (jueves) formalmente ante el  Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, solicitando dictar sentencia absolutoria a favor de Andrés Bautista, toda vez que ha quedado demostrado por la defensa, a través de la contestación de cada uno de los elementos de pruebas aportados por el Ministerio Público, que el exsenador no incurrió en ningún hecho que viole la ley penal y que los hechos penales atribuidos a su persona no existieron, en acatamiento de lo dispuesto por el Código Procesal Penal Dominicano.

Al mismo tiempo resaltó la barra de la defensa del señor Andrés Bautista que el tribunal tiene incidentes reservados para su fallo, como lo es la prescripción que debe ser acogido antes de la contestación al fondo.

De igual modo la barra de la defensa solicitó el rechazo del decomiso de sus bienes y el cese inmediato de toda medida de coerción que pese en su contra. Así lo afirmó López Hilario, acompañado de sus compañeros de barra, Carlos Salcedo y Thiaggo Marrero.

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Hombres que robaban alimentos fueron apresados por Policía Nacional.

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Santo Domingo. – Este jueves la Policía Nacional informó que detuvo cuatro hombres involucrados en el robo de fundas con alimentos de primera necesidad, sustraídos de varios camiones que transitaban por la avenida del Puerto del Distrito Nacional.

El cuerpo del orden dijo que los detenidos son Aaron Ezequiel Cabrera, de 36 años; Breilin José Vizcaíno Capellán, de 18; Ángel Reguillo Emiliano, de 26, y Miyel Ambiórix Morillo, de 27, todos residentes en la citada demarcación.

Según la entidad, la detención fue realizada por agentes de la Dirección Central de Investigación (Dicrim), quienes actuaron de manera inmediata tras dar seguimiento a los responsables, identificados a través de un video que se hizo viral en redes sociales y medios de comunicación.

Los cuatro apresados serán puestos a disposición del Ministerio Público para los fines legales correspondientes.

La Policía Nacional reafirma su compromiso de actuar con prontitud frente a hechos delictivos y garantizar la seguridad ciudadana.

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Presidente de la República solicita al Congreso agilizar modificación de ley de Compras y Contrataciones.

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Santo Domingo, R.D.- Luis Abinader solicitó este jueves al Congreso Nacional agilizar la aprobación del proyecto que modificaría la ley de Compras y Contrataciones, la cual tiene el objetivo de establecer sanciones más severas contra la corrupción y fortalecer el marco regulador de las contrataciones del Estado.

Esta normativa, que fue propuesta por la exsenadora y ministra de Interior y Policía, Faride Raful, derogará la Ley 340-60, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, que data del 2006.

El director de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, destacó que una de las tareas fundamentes de esta nueva ley es devolver el sistema de consecuencias, que fue eliminado en el mismo año que fue aprobada.

El mandatario y Pimentel hablaron del tema al encabezar el acto en el que se anunció que República Dominicana fue escogida por primera vez como sede de la Conferencia Internacional Anticorrupción (IACC), la cual se llevará a cabo en el 2026.

Prohibiciones que propone proyecto de ley

  • El artículo 25 prohíbe a los exfuncionarios gestionar o representar intereses privados y particulares ante la institución a la que prestaron sus servicios, o ante las instituciones que les sean subordinadas, durante los 12 meses siguientes a la fecha de su salida del cargo.
  • También castiga con uno a tres años de prisión a los que incurran en falsedad en las declaraciones juradas requeridas para registrarse como proveedor del Estado o para participar de un procedimiento de contratación.
  • Además, sanciona con dos a cinco años de prisión y hasta multa de 50 salarios mínimos a los servidores del Estado que, en ejercicio de sus funciones intervengan en la tramitación, aprobación o celebración de un contrato, de manera dolosa, en violación al régimen de inhabilidades y prohibiciones previsto en la presente ley.
  • El proyecto establece que, cada institución contratante deberá contar con un apartado integrado a su portal institucional en donde se agrupen las informaciones y documentaciones relativas a su actividad contractual, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a estas.
  • Establece que los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta 30 % del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de la ley.

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No habrán elecciones extraordinarias en La Vega

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Santo Domingo, R.D.-Las solicitudes de convocatoria de elecciones extraordinarias en La Vega fueron rechazadas este jueves por la Junta Central Electoral (JCE).

El órgano indicó que no tiene competencia legal para convocar a elecciones extraordinarias en el municipio, pese al vacío que se generó hace tres meses con la renuncia del alcalde Kelvin Cruz y la vicealcaldesa Amparo Custodio.

En sus motivaciones, la JCE acotó que la Ley 20-23, de Régimen Electoral, solo la faculta a convocar elecciones extraordinarias cuando se anulan las anteriores, aspecto que no ocurrió en este caso de La Vega.

«De la lectura del referido numeral 2 del artículo 95 se comprueba claramente que el legislador dominicano, al momento de definir los casos en los que procedería a convocar elecciones extraordinarias, no contempló el escenario que alegan los solicitantes, de lo cual se deduce que no existe competencia legal para que la Junta Central Electoral proceda a la convocatoria de elecciones extraordinarias en el municipio La Concepción de La Vega«, expresó el pleno del organismo electoral en uno de sus considerandos.

El exalcalde Kevin Cruz fue escogido con el 73 % de los votos de La Vega, fue juramentado en el cargo y lo asumió por casi cuatro meses, antes de que el presidente Luis Abinader lo designara ministro de Deportes. Su vicealcaldesa, Amparo Custodio, quien podía sucederlo en el puesto, renunció indicando que ese cargo debía ocuparlo un dirigente del Partido Revolucionario Moderno, que ganó la plaza.

Sin embargo, para resolver este impasse, la semana pasada el Concejo de Regidores de La Vega, revocó la renuncia de Custodio para que esta regresara a la alcaldía y el pasado 15 de noviembre fue juramentada como la nueva alcaldesa.

No obstante, los partidos de oposición Fuerza del Pueblo y de la Liberación Dominicana (PLD) insisten en que el Concejo de Regidores no tiene facultad para nombrar alcaldes. Los dos partidos han sometido recursos ante la justicia para tratar de revertir la decisión de los regidores.

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