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Abogados de Andrés Bautista dicen su cliente no influenció para aprobación contratos a Odebrecht.

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SANTO DOMINGO  – Los abogados de Andrés Bautista, expresidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM),  intentaron demostrar en el tribunal que conoce el caso Odebrecht, que su cliente desde el Senado  nunca influenció para la aprobación del Acueducto de la Línea Noroeste y la Hidroeléctrica Palomino fase I, contrario a lo que sostiene el Ministerio Público mediante lo que la defensa considera una acucación fabricada por el entonces procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez.

La defensa del expresidente del Senado, Andrés Bautista, demostró en el juicio de fondo de este jueves sobre el caso Odebreht, con las mismas actas del Senado aportadas por el Ministerio Público, que su defendido no fue quien solicitó la inclusión en la agenda ni la aprobación de los contratos de financiamientos para la ampliación del Acueducto de la Línea Noroeste y la Hidroeléctrica Palomino Fase I, contrario a la acusación “fabricada” por el entonces procurador general, por Jean Alain Rodríguez.

En ese sentido, la defensa de Bautista García señaló que “son las pruebas y no los jueces quienes condenan y que, en consecuencia, es la ausencia de pruebas las que habrán de descargar al exlegislador y no las juezas del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional”.

Durante el juicio sobre el caso Odebrecht la defensa demostró, con el acta 227 del Senado que aportó el Ministerio Público, que Andrés Bautista no gestionó la aprobación, el 20 de marzo de 2002, del contrato de financiamiento para el citado acueducto de la Línea Noroeste y que, por el contrario, votó en contra de que se incluyera en la agenda.

Para reforzar su argumento, la defensa precisó que, sin que eso implique violación a la ley, que fue el senador Cesar A. Matías Pérez quien solicitó la inclusión de dicho contrato en la agenda del día y que fuera liberado de trámite.

Asimismo, estableció que de acuerdo con el acta 00149 del Senado, Andrés tampoco gestionó la aprobación del contrato de financiamiento de la ampliación del Acueducto de La Línea Noroeste, aprobado el 22 de agosto de 2005, y que, conforme a los Reglamentos, cumplió con dar lectura al informe de comisión y al contrato.

Al respecto, la defensa señaló que en esa sesión fue el senador Fausto López Solís quien solicitó que sé que aprobara el informe rendido por la comisión y se aprobara dicho contrato, por la imperiosa necesidad de la obra.

También, la defensa sostiene que Andrés Bautista no influenció en el Senado para la aprobación del contrato para los estudios de la Hidroeléctrica Palomino, aprobado el 8 diciembre de 2005, de conformidad con el acta No. 00163. La solicitud de que aprobara el informe rendido por la comisión y se aprobara dicho contrato, fue del senador César Díaz Filpo.

El licenciado Jorge López Hilario, señaló categóricamente que, con las pruebas aportadas por el Ministerio Público, en específico con las actas del Senado, se demuestra que Andrés Bautista no fue quien solicitó la inclusión en la agenda ni mucho menos la aprobación de esos contratos de financiamiento.

“Demostramos que ninguno de los hechos imputados a Andrés Bautista ocurrió, que la acusación del Ministerio Público es contraria a la realidad respecto de nuestro defendido, ya que no recibió sobornos, ni se enriqueció ilícitamente ni lavó dinero, razón por la cual procede sentencia absolutoria”, sostuvo López Hilario.

Asimismo, estableció que el tipo penal de soborno no es aplicable a Andrés Bautista, “en razón de que éste no hizo ningún acuerdo ilícito con Ángel Rondón, y que como presidente del Senado nunca incurrió en alguna acción de influenciar a los demás legisladores u omisión de los procedimientos para beneficiar a la constructora brasileña Odebrecht”.

Señaló, además, que la defensa ha demostrado en todo momento que Andrés Bautista no cometió el hecho que se le atribuye de recibir sobornos, al tiempo de afirmar que al exsenador no le es aplicable los artículos 177 y 178 del Código Penal, por no ser uno de los funcionarios públicos allí descritos, sino uno de mandato electivo.

Demostró también el origen lícito del patrimonio de Andrés Bautista, el cual lejos de estar ocultado, está registrado públicamente a su nombre y de su esposa en el Registro de Títulos y Cámaras de Comercio competentes, respectivamente.

CONCLUSIONES

La barra de la defensa del señor Andrés Bautista concluyó en el día de hoy (jueves) formalmente ante el  Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, solicitando dictar sentencia absolutoria a favor de Andrés Bautista, toda vez que ha quedado demostrado por la defensa, a través de la contestación de cada uno de los elementos de pruebas aportados por el Ministerio Público, que el exsenador no incurrió en ningún hecho que viole la ley penal y que los hechos penales atribuidos a su persona no existieron, en acatamiento de lo dispuesto por el Código Procesal Penal Dominicano.

Al mismo tiempo resaltó la barra de la defensa del señor Andrés Bautista que el tribunal tiene incidentes reservados para su fallo, como lo es la prescripción que debe ser acogido antes de la contestación al fondo.

De igual modo la barra de la defensa solicitó el rechazo del decomiso de sus bienes y el cese inmediato de toda medida de coerción que pese en su contra. Así lo afirmó López Hilario, acompañado de sus compañeros de barra, Carlos Salcedo y Thiaggo Marrero.

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Bebé ultimada en San Cristóbal sufrió fractura, edema cerebral y mordeduras, según autopsia.

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Santo Domingo, R.D.-La autopsia del INACIF  practicada a la bebé de ocho meses que murió la madrugada del 19 de abril en la provincia San Cristóbal revela fractura cranealhemorragia cerebral y huellas de mordedura humana en distintas partes del cuerpo.

El informe forense, presentado por el Ministerio Público, determinó que la menor, Lauren Bonilla, falleció a causa del «Síndrome del Niño Maltratado«, tras sufrir una muerte violenta y rápida de etiología médico legal homicida.

Por el hecho, el órgano acusador solicitó prisión preventiva contra Joel Carmona Pinales, de 25 años, acusado de homicidio voluntario y actos de tortura y barbarie contra la hija de su pareja.

La autopsia también reveló que la infante sufrió fractura cranealhemorragia, contusión y edema cerebral y pulmonar.Expandir imagen

Infografía
Joel Carmona Pinales, acusado por el Ministerio Público de la muerte de su hijastra de ocho meses en un hecho ocurrido en San Cristóbal.

En un comunicado, el Ministerio Público indica que el hecho ocurrió en una vivienda del sector Jeringa, en la referida provincia, donde el imputado tenía poco tiempo conviviendo con la madre de la niña, Laudry Bonilla, de 22 años.

Según el expediente, Carmona Pinales habría levantado a la bebé por el cuello mientras dormía y posteriormente la colocó nuevamente en la cama al notar que era observado por la madre. Minutos después, la mujer detectó que la pequeña se encontraba mal de salud y la trasladó a un centro médico, donde se confirmó su fallecimiento.

La mañana del 23 de abril, mientras Bonilla se disponía a interponer una querella contra Carmona Pinales en la Fiscalía de San Cristóbal por la muerte de su hija, relató ante las cámaras de Diario Libre que a pesar de que mantenía una relación reciente con el acusado y nunca imaginó que pudiera agredir a su hija, al tiempo que pidió justicia por la muerte.

Asimismo, contó que el día del hecho, la menor se encontraba durmiendo y que, mientras ella se disponía a bañarse, encontró en la habitación a su pareja sosteniendo a la bebé por el cuello.

«La puso en la cama para que yo viera que a mi bebé no le había pasado nada», recordó.

Sin embargo, al tomar a la niña, notó que algo no estaba bien. En medio de la desesperación, afirmó que el hombre le quitó a la bebé y salió de la habitación, y le echó agua en la cabeza.

La madre explicó que en ese momento buscaron ayuda y que, cuando llegaron al hospital, la bebé ya no tenía signos vitales.

Bonilla también denunció que el acusado intentó que ella declarara en el hospital que la niña se había caído de la cama, versión que ella negó.

La audiencia para el conocimiento de la medida de coerción contra Carmona Pinales fue fijada para mañana, 15 de mayo, a las 9:00 de la mañana.

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Para disminuir tapones Gobierno integrará colegios privados al TRAE

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Santo Domingo, R.D.-El Sistema Nacional de Transporte Estudiantil (TRAE) implementará con el Gabinete de Transporte, junto a la Asociación de Colegios Privados, un plan  en el sector  para mitigar los taponamientos en  las  principales vías.

Durante el Almuerzo de Comunicaciones del Grupo Corripio, el director de la Institución Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Milton Morrison, dio a conocer este acuerdo con los colegios privados como una de las medidas para disminuir los tapones en el Distrito Nacional.

“Estamos viendo cómo incluimos a los colegios privados en un piloto para el tema del transporte escolar, porque se ha detectado que uno de los elementos que más contribuye al congestionamiento del tránsito en la mañana es la cantidad de colegios que tenemos en puntos estratégicos”, manifestó.

El TRAE es el servicio de transporte escolar diseñado e implementado por el presidente Luis Abinader, para garantizar la llegada y salida de los estudiantes a los centros educativos y así estos estén resguardados de manera segura.

Los recorridos de este transporte inician desde las 6:00 a 8:00 de la mañana. De 12:00 del mediodía a 2:00 de la tarde y de 4:00 a 6:00 de la tarde.

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Tráfico ilicito de migrantes en Santiago lleva a tribunal a condenar a 10 años de prisión a tres hombres.

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Santo Domingo, R.D.-A diez años de  prisión condenó el Cuarto Tribunal de Santiago a tres hombres tras ser encontrados culpables de tráfico ilícito de 16 inmigrantes haitianos en un hecho ocurrido en enero de 2023 en el municipio San José de las Matas.

El tribunal dispuso que Víctor José Valenzuela Ortiz, Ronny Gabriel Santana Rosa y José Luis Familia (Dany) cumplan la pena impuesta en la cárcel de Rafey de esa jurisdicción.

El grupo fue hallado culpable de asociarse para intentar transportar hacia Santiago a 16 inmigrantes haitianos indocumentados, incluyendo a dos niños.

En la audiencia, la fiscal había pedido al tribunal declarar culpable a los imputados de incurrir en violación de los artículos 1 letra F y 2 párrafo de la Ley 137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas en perjuicio del Estado dominicano.

La acusación del Ministerio Público explica que los hechos ocurrieron el 19 de enero del año 2023, cuando Valenzuela Ortiz y Santana Rosa se desplazaban en una yipeta Ford Explorer por calles de la comunidad Caobanico Inoa, en El Rubio, municipio San José de las Matas, cuando una patrulla de la Policía Nacional les ordenó detenerse, solicitud que fue ignorada por los malhechores, quienes emprendiendo la huida, lo que originó una persecución que terminó con la captura de ambos.

Al profundizar en su investigación, el Ministerio Público identificó y arrestó a José Luis Familia, quien lideraba la estructura criminal, teniendo a su cargo cobrar el dinero a los inmigrantes y coordinar el transporte ilegal de los mismos en territorio dominicano.

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