Nacionales
Delatores han sido claves en casos de corrupción
Published
2 años agoon
By
LA REDACCIÓNEn búsqueda de informaciones valiosas, el Ministerio Público ha llegado a acuerdos con estas personas, dándoles un trato privilegiado, que va desde excluirlos del expediente y usarlos solo como testigos o de solicitar una medida de coerción menos gravosa
En búsqueda de informaciones valiosas, el Ministerio Público ha llegado a acuerdos con estas personas, dándoles un trato privilegiado, que va desde excluirlos del expediente y usarlos solo como testigos, o de solicitar una medida de coerción menos gravosa, que no sea la prisión preventiva.
“Todo el que colabore con una investigación del Ministerio Público tendrá la seguridad que sea necesaria para garantizar su integridad física y las de sus familiares”, expresó en una ocasión el titular de la Procuraduría Especializada contra la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho.
Uno de los nombres que ha tenido más notoriedad es el mayor del Ejército Raúl Alejandro Girón Jiménez, implicado en la red de corrupción desarticulada mediante la operación Coral, que tiene como principal acusado al mayor general Adán Cáceres, exjefe de la seguridad del expresidente Danilo Medina.
El exdirector financiero del Cuerpo Especializado de Seguridad Turística empezó a mostrar su interés de cooperar con el Ministerio Público desde las primeras audiencias de medida de coerción, en mayo del 2021, cuando admitió su implicación y advirtió que iba a decir toda la verdad sobre el entramado.
Su nombre se popularizó tanto que en siguientes procesos se escuchaba alguna gente comparar a delatores con éste, refiriendo que tal persona era el “Girón” de ese nuevo caso que había sido sometido. Públicamente dijo cómo operaba la red. Señaló que le pidió borrar las nóminas de las instituciones que administraba y responsabilizó de algunos hechos a otros vinculados.
Por esa colaboración de Girón, el ministerio público no pidió prisión preventiva en un centro de corrección, como hizo con los demás implicados, sino domiciliaria, la cual cumple en una residencia desconocida hasta el momento por razones de seguridad.
El caso Medusa
En la red de corrupción desmantelada en la operación Medusa sobresale como delatora Rainery Elizabeth Medina Sánchez, exencargada del departamento de Almacén de la Procuraduría en la pasada administración, que no figura entre los acusados.
A esta mujer, la corte de apelación de Santo Domingo le varió la prisión preventiva por arresto domiciliario, al ser acusada de encabezar una banda que sustrajo televisores de la Procuraduría, cuando era encargada del área de almacén.
El ministerio público no se opuso a la variación de la coerción, entre otras razones, porque se mantiene cooperando con el proceso.
En una ocasión, el principal acusado en el caso Medusa, el exprocurador Jean Alain Rodríguez, consideró que el proceso en su contra no sería más que una fábula inventada por la exempleada de la Procuraduría.
La mujer admitió su participación a los fiscales en el entramado de corrupción, realizando entradas irreales de órdenes de producto incompletos, facturas adulteradas y en licitaciones amañadas, responsabilizando de estos ilícitos a otros implicados en el caso.
Luego, cuando el Ministerio Público presentó la acusación y solicitud de apertura a juicio, la semana pasada, dejó fuera a uno de los que inicialmente figuraba, por su cooperación.
Se trata del exjefe de Gabinete de la Procuraduría, Rafael Stefano Canó Sacco, quien no fue procesado judicialmente junto a los demás que se le conoció la medida de coerción porque logró salir del país y fue declarado prófugo. Después fue solicitada su extradición, pero no ha sido traído al país.
Otro que cooperó, denunciando los sobornos y aportando evidencias fue el ingeniero Antón Casanova, quien tampoco aparece en el expediente, pero le atribuye las maniobras fraudulentas a Canó Sacco.
En el caso Pulpo, que fue el primero desmantelado, a final del 2020, el Ministerio Público también ha contado con la cooperación de imputados, personas investigadas o mencionadas en el expediente, en el que figura como cabecilla Alexis Medina.
En este incluso, varios investigados decidieron devolver dinero obtenido de forma ilícita. Tal es el caso de Wilfredo Arturo González Castillo y Bolívar Antonio Ventura Rodríguez.
SEPA MÁS
Legalidad
La ley 76-02, que instituye el Código Procesal Penal, contempla el criterio de oportunidad, en el artículo 34, que otorga potestad al Ministerio Público para prescindir de la acción pública sobre uno o varios de los hechos atribuidos o de imputados. El artículo 281 establece las causales para disponer el archivo de un caso, incluyendo que las partes hayan conciliado y que se proceda aplicar un criterio de oportunidad, con lo cual se extingue la acción penal. El artículo 363, señala el procedimiento penal abreviado, que lo propone previo a que se ordene la apertura de juicio.
Nacionales
PLD, parte de la cúpula de la partidocracia, afirma que sentencia del TC puede atentar contra sistema de partidos
Published
20 mins agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo. – Los partidos tradicionales dominicanos, incluido el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), han mostrado su preocupación y rechazo a la sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional (TC), que establece que en un proceso eleccionario se podrá presentar candidaturas independientes de carácter nacional, provincial y municipal que surjan a través de agrupaciones cívicas o sociales de ciudadanos.
En un comunicado, el secretario general de la organización política, Johnny Pujols, señaló que la decisión de la alta corte plantea serios riesgos para la estabilidad del sistema político.
Lea también: Sentencia habilita candidatos independientes suscita temor
El dirigente morado aseguró que la sentencia del Tribunal Constitucional facilita la desigualdad en la competencia electoral, la infiltración para el crimen organizado, la división y el transfuguismo, así como el caos logístico y administrativo.
Según Pujols, esos puntos también son compartidos por otras organizaciones políticas y sociales, con las que ya se han “adelantado encuentros para tratar el tema”.
“Desde el Partido de la Liberación Dominicana reiteramos nuestra más alta preocupación por la sentencia TC/0788/24, así como la voluntad de construir junto a los actores del sistema de partidos una salida prudente que proteja el sistema de partidos y la democracia dominicana”, expresó.
En ese sentido, destacó que es crucial emprender acciones que permitan establecer reglas claras, límites y parámetros para esas candidaturas.
“Esta sentencia podría convertirse en un atentado mortal contra el sistema de partidos y la estabilidad política, social y democrática del país”, argumentó.
El dictamen del Tribunal Constitucional emitido el pasado lunes, también permite que agrupaciones cívicas o sociales propongan candidaturas independientes sin necesidad de inscripción previa, siempre que lo declaren ante la Junta Central Electoral (JCE) al menos 75 días antes de las elecciones.
Nacionales
Alarmas entre partidos políticos que conforman partidocracia por sentencia del TC.
Published
29 mins agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo.- Sigmund Freud Mena, delegado del Partido Revolucionario Moderno (PRM) ante la Junta Central Electoral (JCE), anunció que los principales partidos políticos han adoptado una posición conjunta en rechazo a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declaró inconstitucionales los artículos 157 y 158 de la Ley Electoral.
Esta decisión permite la inscripción de candidaturas independientes ante el órgano electoral.
“Hay una postura unificada entre los partidos con los que hemos dialogado en torno a la preocupación generada por esta decisión. Permitir candidaturas independientes sin una mínima regulación es peligroso, ya que los partidos políticos están estrictamente regulados, desde el financiamiento hasta su conformación y su participación electoral”, expresó Freud Mena.
El dirigente político señaló que la sentencia plantea serios desafíos técnicos y jurídicos, ya que, según explicó, interfiere con las facultades del Congreso Nacional.
“El Tribunal Constitucional detalló cómo debía redactarse la ley respecto a las agrupaciones sociales, ahora denominadas así, lo que entendemos como una invasión a competencias exclusivas del poder legislativo. Esto sienta un precedente alarmante”, afirmó.
Freud Mena recordó que los partidos políticos están consagrados en la Constitución como los principales vehículos de representación ciudadana para acceder a posiciones electivas.
Según el artículo 216 de la Carta Magna, esta función es exclusiva de los partidos, y la creación de nuevas figuras atenta contra el sistema político establecido.
Preocupaciones y acciones conjuntas
Ante esta situación, los dirigentes de los principales partidos han iniciado conversaciones con la JCE y han acordado tomar acciones conjuntas.
Freud Mena explicó que, si bien respetan la institucionalidad del Tribunal Constitucional, como actores políticos directamente afectados, están en la obligación de plantear soluciones para regular esta nueva figura de candidaturas independientes.
“Existen dos alternativas: que el Congreso Nacional modifique la Ley Electoral para incluir estas disposiciones y establecer las regulaciones necesarias, o que la Junta Central Electoral emita reglamentos en caso de que el Congreso no actúe. Es crucial garantizar el control de esta nueva posibilidad, ya que no existe una vía jurídica para revisar una decisión definitiva del Tribunal Constitucional”, precisó.
Impacto político
Freud Mena también advirtió sobre las posibles divisiones internas que la sentencia podría generar en los partidos.
“Cualquier persona en desacuerdo con las decisiones internas de un partido podría optar por postularse como independiente, lo que fragmentaría aún más a las organizaciones políticas”, alertó.
Finalmente, el delegado del PRM reiteró la necesidad de establecer normativas claras para evitar el desbalance en el sistema político.
“La apertura a las candidaturas independientes debe contar con regulaciones mínimas que aseguren la estabilidad del sistema partidario y político del país. No podemos permitir que esta nueva realidad desestabilice el orden político nacional”, concluyó.
Nacionales
Sentencia del TC es motivo de análisis de los medios de comunicación del pais.
Published
39 mins agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo, R.D.-El principal diario impreso y digital de la República Dominicana, el Listín Diario, trajo en su portada este domingo un análisis de la sentencia del Tribunal Constitucional, número TC-0788-24, la cual declara inconstitucional los artículos 156 y 157 de la ley 20-23, de Régimen Electoral, que tratan sobre las candidaturas políticas independientes por entender que hay una “desconexión” entre el título y el contenido de los artículos impugnados porque se condicionaba la posibilidad de participar en esa condición a la creación de una organización política.
Esos artículos manifestaban que para sustentar una candidatura independiente a la Presidencia de la República, se requiere una organización de cuadros directivos igual a la de los partidos políticos en todo el país, además de un programa de gobierno definido; la 20-23 igual señala que para los cargos de senadores y diputados al Congreso Nacional deberán ser sustentadas por la misma organización de cuadros directivos fijos para los partidos, agrupaciones o movimientos políticos, pero limitada a la demarcación electoral respectiva; mientras que el nivel de alcaldías y regidurías, estos tienen que presentar una organización municipal que los abale.
El párrafo tres del articulo 157 reseña que “serán aplicables a las candidaturas independientes y a las organizaciones que las sustenten, las demás disposiciones que establece esta ley, en lo que se refiere a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos y a las candidaturas sustentadas por estos, con las adaptaciones a que hubiere lugar y de acuerdo con las disposiciones de la Junta Central Electoral (JCE).
«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», señala el dispositivo de la sentencia.
Una “amenaza” al sistema de partidos
Tras la sentencia, que se produjo a raíz de un recurso interpuesto por Roberto Fiallo, el tema se ha mantenido en el escaparate público en los últimos días; tanto que varios dirigentes de partidos han indicado que la sentencia sería una “amenaza” al sistema político.
“Imaginas que ahora todo el que sienta que puede ser candidato vaya y se inscriba, porque eso es lo que están diciendo. O sea, no habrá ningún requisito previo. ¿Cómo se van a contar los votos o repartir los fondos cuando hayan 200 candidaturas?», cuestionó Freund al conversar con representantes de los medios de comunicación.
Sin respuesta de la JCE
Con el pasar de los días, el pleno de la JCE aún no ha dado a conocer su posición sobre el tema ni los nuevos lineamientos que se estarían implementando a raíz de la sentencia de la alta corte.
La sentencia prepara el camino para que la ley 20-23, de Régimen Electoral, tenga que ser modificada para eliminar los artículos declarados inconstitucionales. Sería la tercera vez desde el 2018 que las leyes que rigen el sistema partidos y democracia de República Dominicana tengan que ser cambiados.
Precisamente en 2018 fue promulgada la ley 33-18 sobre Partidos Políticos tras varios años de debate en el Congreso Nacional; luego fue aprobada la 15-19, de Régimen Electoral; ambos textos legislativos sustituían a la antigua “Ley Electoral” que regía en el país desde 1997.
Tras las elecciones de 2020 y varias sentencias, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Superior Electoral (TSE) recriminando la ambigüedad de la ley con relación a varios temas, se hizo imperiosa la necesidad de modificar la misma.
«El Congreso Nacional debe aprovechar esta situación para evaluar todas las cuestiones que han sido declaradas inconstitucionales», exclamó Freund.