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Anormalidades en licitaciones INAPA y Plan Social

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SANTO DOMINGO.- Vuelven a aparecer anormalidades en licitaciones en el  Instituto Nacional de Alcantarillado y Aguas Potables (INAPA) y el Plan Social de la Presidencia, según un reportaje del programa Nuria Investigación Periodística.

El primero de octubre de 2021, el presidente Luis Abinader anunció el saneamiento de la cañada Arroyo Gurabo, cuya obra contempla una inversión estimada total de más de 1,204 millones de pesos, con una proyección de tiempo de ejecución de dos años e impactará la vida de unas 900 mil personas.

Dos semanas después, el 14 de octubre de 2021, INAPA convocó a los interesados en presentar propuestas en la obra “construcción sistema de saneamiento Arroyo Gurabo y su entorno, municipio Santiago” mediante una publicación en un periódico de circulación nacional, como establece la Ley.

Dos meses después, el 13 de diciembre de 2021, INAPA recibió las ofertas referentes a la adjudicación de la Licitación Pública Nacional número INAPA-CCC-LPN-2021-0044 para la obra, en la que participaron 13 oferentes y finalmente fueron seleccionados ocho empresas constructoras, incluyendo Rigarunville SRL, a la que le fueron adjudicados trabajos por más de 316 millones de pesos.

La empresa, cuyas actividades comerciales van desde servicios profesionales de ingeniería hasta banca e inversiones, fue creada el 15 de febrero de 2012 por Ignacio Manuel González Franco y Domingo Antonio Balbuena, con 999 cuotas y una cuota, respectivamente.

El nombre del socio minoritario, Domingo Antonio Balbuena Mena, predomina en un aviso de inactivación del Registro Nacional de Contribuyentes de empresas fantasmas o no localizadas por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

De un total de 200 empresas, unas 44 tienen como representante a Domingo Antonio Balbuena Mena, lo que nos da a entender que es una compañía de carpeta que pareciera que estuvo desactivada hasta que en el 2021, donde en este registro mercantil ya ni Balbuena Mena ni González Franco están como socios sino Mario Rafael Sarkis Llaneza Kury, quien vende sus 900 cuotas por un valor de 90 mil pesos a Jeannette Isabelle Llaneza Luna, una joven estudiante de apenas 21 años de edad, quien también asumió como gerente.

El equipo de Nuria Investigación Periodística consultó a un experto para que dé su opinión ante estas situaciones que se presentan con mucha regularidad: la activación de compañías viejas o de carpetas para dar la apariencia de años de experiencia o recién creadas y la colocación como gerente de una joven inexperta.

En el pliego de condiciones se establece que deben tener cinco años de experiencia en la materia y la pregunta es cómo esta compañía que estuvo inactiva pudo tener más de 5 años de experiencia en el rubro en el que participó.

El ingeniero Teodoro Tejada, experto en compras públicas, señaló que un tipo de obra así debe estar sustentado por un principio de razonabilidad, que no la hay, porque obviamente una persona con 20 años no tiene calidad ni el tiempo ni la experiencia para poder licitar en ninguno de ese tipo de obra. Básicamente, no obstante de que se aplique la libre empresa, no debió participar de la propuesta.

No se explica cómo una empresa puede ganar una licitación cuando presenta por ejemplo que fue creada en Neyba en 2012, cambió su dirección al Distrito Nacional en 2014 y actualmente, está supuestamente en la avenida Rómulo Betancourt, pero presenta una certificación de la DGII de la oficina de Neyba.

“Por qué se fueron a Neyba? Eso había que verlo. Ahora yo estoy seguro. Yo estoy seguro que con una solicitud que hubiese hecho el comité de licitación era a la vez a la de a la DGII se hubiera eliminado. Por qué? Porque muchas veces en esas oficinas locales se tejen muchísimos problemas, muchísima componenda, que a veces hasta por un pago mínimo le dan una certificación”, dijo el ingeniero Tejada.

Otra demostración de la poca rigurosidad de los comités de compras y contrataciones es que no verifican que las certificaciones de experiencia que el pliego de condiciones exigen a las empresas para garantizar su expertis en dicha construcciones.

Por ejemplo, una certificación de experiencia dada por la constructora Harmaville, cuyo director general es Rafael Llaneza, curiosamente el mismo apellido de la actual gerente, Jeanette Isabelle Llaneza.

Otra certificación otorgada por la Constructora Rallak, cuyo titular es nada más y nada menos que Mario Llaneza, el antiguo dueño de Rigarunville, quien vendió la compañía a su hija, Jeanette Isabelle Llaneza. Además de que los familiares son los que están emitiendo las certificaciones, otra falta evidente es que no mostraron experiencia en obras similares a la licitada.

El Plan Social de la Presidencia, dirigido por Yadira Henríquez, es otra institución del gobierno que se salta los controles de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas, al hacerse de la vista gorda con anomalías de los oferentes que ganan las licitaciones que convoca la entidad encargada de suplir la ayuda social del Gobierno.

Por ejemplo, la adquisición de alimentos crudos para ser donados número PASP-CCC-LPN-2021-0001, que inició en febrero de 2021, y el proceso número PASP-CCC-LPN-2021-003 de compra de electrodomésticos del 23 de abril de 2021, por más de 432 millones de pesos, en el que solicitan una carta de autorización del fabricante, la cual no está contemplada en la Ley.

El programa consultó a expertos en compras públicas, que han participado en varios procesos, para que den su opinión, incluyendo uno que prefirió ocultar su identidad y considera que esta carta del fabricante se presta a irregularidades y a una posible confabulación entre oferente-industrial e incluso hasta la misma institución.

“Cuando ese fabricante o esa industria dice bueno, yo se lo voy a dar a X persona, es porque ya tiene básicamente lo que podríamos llamar un arreglo previo con esa persona y no se lo da a nadie más”, dice uno de los expertos.

Mientras el ingeniero Teodoro Tejada, experto en compras públicas, explicó que es una carta violatoria al artículo 3 de la Ley 3 41 06, por un principio de contratación, viola el principio de equidad, viola el principio de transparencia y viola el requisito de igualdad.

Todos estos requerimientos del comité de compras han beneficiado a empresas ligadas a una persona en particular: Munir Manuel Kury Hazoury.

En la licitación de abanicos ganó su empresa Inversiones Qtek, porque La Innovación solo le dio la carta de autorización a ellos. La empresa Inversiones Qtek, registrada en mayo de 2011, propiedad de Munir Manuel Kury Hazoury y su padre Christian Kury Rosario, recibió la adjudicación de más de 42 millones de pesos por la compra de aceite, sardinas, pastas y agua embotellada y más de 192 millones de pesos por concepto de abanicos, neveras, licuadoras, estufas, entre otros enseres del hogar a ser donados por el Plan Social.

Otras empresas que ganaron también estuvieron ligadas a Munir Kury. Tal es el caso de Comerdom, que hasta el 17 de febrero de 2021, meses antes de la licitación era propiedad de él pero el Plan Social le adjudicó 82 millones de pesos en enseres del hogar y más de 29 millones en alimentos.

En la actualidad, según consta en su certificado de registro mercantil, Comerdom tiene como socios a José Oscar Báez Aquino y a Nicanor Peralta Brito. Este último se desempeña como gerente. Sin embargo, para nuestra sorpresa, al llamarlo dijo que se dedica a otra actividad.

“Es inaudito, no debió permitir eso, porque es que lo peor de condiciones, muchas veces lo que es ir a gente que el comité de compra y contrataciones que tiene que velar por los pliegos de condiciones establecidas en el artículo 36 del Reglamento de 43, que yéndose ese Comité de compra y contratación, es responsable de que nada de eso suceda ahora. Muchas veces ellos saben exactamente lo que está pasando y se hacen los locos”, dice el experto Tejada.

También, el Comité de Compras del Plan Social tampoco se dio cuenta de que otra de las empresas adjudicadas con más de 31 millones de pesos en electrodomésticos se encuentra cerrada.

Se trata del hipermercado La Canasta del Pueblo SRL, ubicada en la Zona Industrial de Herrera, creada en 2013 por su titular, José Luis Beato Casanova. Como pueden apreciar, actualmente, sus instalaciones están funcionando como un parqueo de camiones.

“Muchas veces ellos saben exactamente lo que está pasando y se hace lo loco. Muchas veces, porque no es verdad que ellos no se van a dar cuenta que su compañía tuvo inactiva o es empresa para vender. Por lo tanto. Entonces obviamente hay una violación de la ley que hay que investigar”, añadió Tejada.

Al igual que esta otra irregularidad. Según la Base de datos del Ministerio de Industria y Comercio, la empresa era Gran Contribuyente y la licitación estaba dirigida a mipymes. Uno de los expertos establece que aun con pleno conocimiento, el Plan Social realizó la adjudicación.

“Se le demuestra que no es mipyme. Entonces en el sobre a. Ellos certifican, bajo fe pública, que la empresa es mi pyme. Luego de demostrarle todo eso vía alguacil en el sobre, me dijeron que se confundieron, que la empresa no es mi pyme. Que se confundieron”.

Ante todas estas anomalías que detectamos en pocos minutos de análisis, la gran cuestionante es cómo estas empresas logran burlar los controles de transparencia.

“Mientras usted tenga un comité de licitación que lo dirija el titular, lo compone el administrativo, el corredor jurídico, el director de libre Acceso a la información pública y el de planificación. Todos son cautivos empleados del titular. Entonces es ese comité es culpable”, indicó el ingeniero Tejada.

Plantea que deben ser incluidos técnicos especialistas en el rubro. Incluso va más lejos y asegura que los pliegos de condiciones se han convertido en el principal vector de corrupción en las compras y contrataciones públicas.

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Tres meses de prisión preventiva al hijo de Sonia Mateo y a otros dos por decomiso de droga

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Santo Domingo, R.D.-La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santiago, dirigida por la jueza Yaritza Cabral de la Cruz, impuso este miércoles tres meses de prisión preventiva como medida de coerción contra Rafael José de la Rosa Mateo  y a otros dos hombres, vinculados al decomiso de 161 libras de presunta marihuana.

El tribunal dispuso que el otro imputado pague una garantía económica de RD$500 mil, impedimento de salida del país y presentación periódica.

Rafael José de la Rosa Mateo es hijo de la exlegisladora Sonia Mateo y debe cumplir la sanción en un centro carcelario de Dajabón.

Mientras que Juan Carlos Pérez y José Raúl Feliz cumplirán la medida en el Centro de Corrección y Rehabilitación El Pinito, en La Vega.

Carlos Miguel Reyes realizará el pago de la garantía económica a través de una compañía aseguradora.

Los cuatro imputados fueron detenidos por el decomiso de 161 libras de presunta marihuana durante una intervención en una casa en Santiago.

Mediante allanamiento, los agentes y los fiscales, atendiendo a la orden número 03137-2024, realizaron una intervención en una residencia ubicada en la calle C, del sector América Palma de Santiago, donde supuestamente varios hombres realizarían una transacción de sustancias narcóticas.

En la vivienda, las autoridades arrestaron a dos hombres y ocuparon en la marquesina, así como en la parte trasera de un vehículo, 15 pacas presumiblemente marihuana, envueltas en cintas adhesivas de color marron, con un peso preliminar de 161 libras.

Durante el seguimiento y tras recibir informes de inteligencia, las autoridades ejecutaron otra intervención en el puesto chequeo de Jicomé, provincia Valverde, donde detuvieron a otros dos hombres, entre ellos el hijo de la dirigente del partido opositor, Sonia Mateo.

Al abordar la camioneta, marca Chevrolet Silverado, con dos caletas habilitadas para para transportar drogas ilícitas, se ocupó en su interior la suma de trescientos ocho mil pesos, treinta dólares estadounidenses, una radio de comunicación, tres celulares, prendas, dos cápsulas calibre nueve milímetros, documentos personales.

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A toda capacidad sala de audiencia en espera del fallo del caso Joshua Fernández

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Santo Domingo, R.D.-En espera del fallo en contra de implicados en caso  Joshua Fernández, cuya decisión tomarán las juezas que integran el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional,  Claribel Nivar Arias, Yissel Soto y Clara Sobeida Castillo, quienes pasadas las 9 de la noche  no han terminado de deliberar para emitir su fallo, ya que la audiencia estaba pautada iniciar a las 4:00 de la tarde de este miércoles.

Wesly Vincent Carmona (el Dotolcito), Alison de Jesús Pérez Mejía (Chiquito) y Luis Brito Troncoso (Luisito) fueron señalados por el Ministerio Público como los responsables de la muerte de Joshua Fernández, un joven que acudió a la discoteca Kiss Bar para celebrar su cumpleaños número 18, sin pensar que en medio de un atraco a terceros le alcanzaría una bala mortal a la salida de ese centro de diversión.

El relato del Ministerio Público es que sus acusados se presentaron en ese lugar para atracar y realizaron un disparo que terminó quitándole la vida a Joshua.

Pasado un año del suceso, la sociedad dominiciana está lista para conocer el fallo del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que convocó a las partes para las 4:00 de la tarde de este miércoles.

En la sala de audiencia están presentes amigos y familiares de los imputados, incluso expectadores sin ningún vínculo con los procesados.

El influencer Vincent Carmona, padre de el Dotolcito no se ha presentado en la sala de audiencia.

En estas dos horas de espera, los imputados han solicitado permiso para ir al baño.

´El Dotolcito´, en primera fila

Chiquito y Luisito están sentados juntos en el banquillo de los acusados. Se les observa hablar entre ellos con sus abogados y otros imputados de otros casos.

¿Habrá condena?

El Ministerio Público solicita como condena 40 años de prisión contra Alison de Jesús Pérez Mejía (Chiquito) y Luis Brito Troncoso (Luisito) y 30 para Wesly Vincent  Carmona (el Dotolcito).

En tanto que los abogados de el Dotolcito solicitan la absolución, cese de la prisión preventiva y el rechazo al pago de indemnización solicitada por la defensa de la víctima.

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Fallecimiento de embajador Enriquillo aun genera expresiones de dolor.

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Santo Domingo, R.D.-Diferentes sectores de la vida diplomática internacional, incluida la Misión Permanente de República Dominicana ante las Naciones Unidas (ONU), han dejado sentir su pesar  a varios días de la muerte del embajador Enriquillo Rosario Ceballos,  quien jugo un papel importante en este sector.

La ONU destacó la trayectoria de Rosario Ceballos como un diplomático que dedicó su vida al servicio del país, dejando una gran huella y gratas experiencias.

«Con profundo pesar anunciamos el fallecimiento del embajador Enriquillo del Rosario Ceballos«, escribió la misión a través de su cuenta oficial de X.

«Le expresamos nuestras más sentidas condolencias a sus hijos, nietos y demás familiares.Querido Embajador y amigo, lo extrañaremos y recordaremos siempre. Descanse en paz», escribió la misión diplomática mediante un tuit.

Hasta el momento se desconocen las causas del deceso.

«Embajador emérito postmortem»

Mientras que el exembajador dominicano en Reino Unido , Hugo Guiliani Cury, consideró que Del Rosario debe ser designado como embajador emérito postmortem, acorde al artículo 77 de la ley 630-16 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana ( MIREX).

«En una ocasión en el MIREX se discutió sobre distinguir como embajadores eméritos a los más experimentados de esa institución y el nombre de Enriquillo del Rosario era uno de ellos, sin embargo, la decisión fue postergada. Lo que debió hacerse en vida, no se hizo», dijo Guiliani Cury a través de la red social X.

El ex-diplomatico señaló que  Enriquillo del Rosario Ceballos fue «testigo privilegiado» de las relaciones diplomáticas con los Estados Unidos, en la transición de la dictadura hacia una democracia. «Realizo un efectivo trabajo para que EEUU, siempre nos viera bajo un prisma de vecino y aliado».

Artículo 77 de la Ley 630-16 cita que dentro del rango de embajadores habrá un máximo de cinco plazas de embajadores eméritos, quienes serán designados o designadas por su actuación destacada de servicios a la República en el ámbito de la política exterior, de una lista de candidatos y candidatas que el Ministro o la Ministra de Relaciones Exteriores someterá a la consideración del Presidente o la Presidenta de la República, que reúnan los siguientes requisitos:

1) Ser embajador o embajadora retirado o retirada, o en servicio activo en el Ministerio de Relaciones Exteriores, con una permanencia de por lo menos 25 años en funciones.

Párrafo I.- Los embajadores eméritos, cuando estén en retiro, tendrán como función atender las consultas que les formule el Ministro o la Ministra de Relaciones Exteriores.

Párrafo II.- A estos funcionarios y funcionarias se les podrá fijar una compensación económica adicional a la que reciben por su retiro, de acuerdo al reglamento interno.

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