Opinión
Derecho a la propina en la Republica Dominicana.
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1 año agoon
Por Robinson Lebrón Céspedes
Concepto:
En todas partes del mundo la propina se considera como un aporte a los meseros o saloneros por la satisfacción del servicio recibido.
Cabanellas afirma que desde el primer día que el hombre tuvo la idea de recompensar por un servicio o de solicitar un favor, expresado con una retribución de agradecimiento, nació la propina.
1 Cabanellas Guillermo, compendio de derecho laboral, Argentina, editorial bibliográfica Omeba, 1968, P., 610. .
La propina en República Dominicana.
En nuestro país la propina se estableció mediante Ley No. 5432, de fecha 24 de noviembre de 1960, G. O. Núm. 8524, que establece la propina en hoteles, restaurantes, cafés, bares, y otros establecimientos comerciales y su reglamento 6293 sobre la ley de la propina obligatoria de fecha 24 de diciembre de 1960, que establecía que En los hoteles, restaurantes, cafés, bares, clubes, o casinos y, en general en los establecimientos comerciales donde se expenden, para su consumo en esos mismos lugares, bebidas o comidas, es obligación de los dueños, gerentes, representantes o encargados, tomar las providencias necesarias para la percepción del 10% por concepto de la propina establecida por la Ley.
En la República Dominicana, es obligatorio el diez por ciento (10%) de propina legal el cual solo ha de ser cobrado en los casos en que el usuario consuma dentro del establecimiento, ya que dicha proporción se cobra a fin de “ser distribuido íntegramente entre los trabajadores que han prestado servicio”, acorde a lo establecido en el artículo 228 de la Ley No. 16-92 el Código de Trabajo de la República Dominicana. Es por esto que cuando el usuario indique que su compra será “para llevar” (take-out) o “a domicilio” (delivery) dicho porcentaje no puede ser aplicado.
Así lo ha establecido la institución que ha sido creada por la Ley No.358-05 para la Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario y la Ley No.166-12 que crea el Sistema Dominicano para la Calidad, establecen que el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), le da calidad a esta institución para velar por la protección de los derechos fundamentales de los consumidores.
En Estados Unidos, muchos trabajadores de restaurantes, bares y hoteles, reciben buena parte de sus ingresos en propinas de los clientes. Algunos piensan que este sistema, no tan común en otros países, garantiza que los trabajadores de servicios atenderán mejor a la clientela, y que, al final del día, el buen servicio será recompensado con mayores ingresos. Esta idea está abierta al debate, y existen muchos puntos válidos a favor y en contra, pero vayamos a lo nuestro: la ley.
Las propinas son para el trabajador.
La principal norma es que todas las propinas deben quedarse en manos del trabajador, no del patrón, jefe o propietario del negocio. Está prohibido que los jefes busquen quedarse con las propinas o parte de ellas, a excepción de aquellos casos en los que se acuerda mantener un “pozo de propinas” o tip pool. De todos modos, el pozo de propinas solo aplica para algunos empleados, y el propietario no puede participar de él.
Propinas, salarios y “tip credit”
En gran parte de los Estados Unidos, excepto California, Minnesota y Oregon, los negocios en los que los empleados reciben propinas pueden pagar a sus trabajadores montos por debajo del salario mínimo, siempre y cuando la cantidad de dinero que reciben como propina compense la diferencia. Esta práctica se conoce como “crédito de propinas” o tip credit, en inglés.
En la India: es otro de los países donde si no dejas propina los verdaderos perjudicados son los camareros ya que su sueldo depende, en gran parte, de lo generosos que sean sus clientes.
República Checa: La cantidad depende del sitio en el que te encuentres, pero suele variar entre el 5 y el 15% en estos países la propina se entrega al camarero directamente en metálico.
Reino Unido: las famosas ‘tips’ de Reino Unido aparecen incluidas en las facturas bajo el epígrafe “service included”. El Gobierno británico afirmo que los clientes tienen el privilegio de elegir si dejar o no propina.
México y Uruguay: Los sueldos de los camareros en esta parte de Latinoamérica son tan bajos que muchos de ellos consiguen sobrevivir gracias a las propinas que dejan los clientes. No obstante, las leyes de estos países respaldan a los comensales para que no estén obligados a dejar más dinero que lo que marca su cuenta. De todas formas, lo más común es dejar entre el 10 y el 15% de la cuenta total.
Cuba: es uno de los casos más paradójicos de todos. En cuestión de unos años pasó de estar prohibida a la norma no escrita de dejar un 10% en los restaurantes. Países en los que es opcional.
Rusia, Ucrania y Rumania: En los dos primeros la propina estuvo prohibida durante todo el régimen comunista. Sin embargo, en los últimos años se ha popularizado. En estos tres países la costumbre es dejar entre el 5 y el 10% de la cuenta total.
Italia, Portugal y España: Son países flexibles en cuanto a la propina, tanto así que no tienen ni un porcentaje estipulado. Se tiende al redondeo y basta con dejar unas monedas encima de la mesa.
Hungría y Alemania: En estos dos países no se deja la propina encima de la mesa, hay que dársela al camarero en la mano.
Argentina y Chile: Lo recomendable es dejar un 10% extra. Países en los que están acostumbrados a dos propinas, estos países la propina es una costumbre.
Francia, Holanda, Austria, Polonia y Suecia: Los hay que no se conforman con incluir las propinas en la cuenta que también quieren que se les deje otro porcentaje más a sus camareros. Este es el caso de los tres países anteriores donde, aunque la cuenta ya incluye un pago extra, los camareros están acostumbrados a recibir un 10% más por sus servicios.
Brasil: Lo mismo pasa en este país los camareros esperan que se les pague un 10% extra al 10% que ya se añade de más en la cuenta de los clientes. Dónde no se recomienda dejar propina.
Este apartado es importante conocerlo bien. Pese a que puede parecer paradójico hay sitios en los que dejar más dinero de lo señalado en la cuenta es gesto de mala educación.
Japón: Los camareros nipones pueden sentirse ofendidos si dejas dinero sobre la mesa por lo que lo recomendable es decir gracias.
China: Pueden incluso perseguirte por la calle para devolverte tu dinero si decides dejar propina a los camareros. No obstante, es una costumbre que cada vez se ve más en las partes más occidentales del país.
Singapur: Este país lo tenía prohibido por la ley ya que estaba mal visto. Sin embargo, el creciente turismo que está llegando al país ha introducido la costumbre en sus zonas más visitadas.
Venezuela: el pasado mes de marzo aprobó un proyecto de ley que dicta normas sobre protección al consumidor y defensa de la competencia. Se trata de una ley que impide a los comerciantes sugerir o incluir en las facturas, las propinas o gratificaciones al personal del establecimiento. 5
Bibliografía.
Cabanellas Guillermo, compendio de derecho laboral, Argentina, editorial bibliográfica Omeba, 1968, P., 610.
Ley No. 5432, de fecha 24 de noviembre de 1960, G. O. Núm. 8524, que establece la propina en hoteles, restaurantes, cafés, bares, y otros establecimientos comerciales.
Reglamento 6293 sobre la ley de la propina obligatoria De fecha 24 de diciembre de 1960.
https://www.lainformacion.com/mundo/paises-obligatorio-dejar-propina- prohibido_0_913409158.html.
http://proconsumidor.gob.do/2016/08/30/comunicado-oficial-sobre-el-cobro-del-10-de-propina-legal/.
Por: Ma. Robinson Jesús Lebrón Céspedes.
El autor es Abogado y Docente Universitario.
(Exposición de este sábado 29-8-2026 en el Segundo Festival Literario y Cultural de Cayoletras al Mar, dedicado a Negro Suero, que conmovió a familiares, entre ellos a su nieto, el gremialista médico Waldo Ariel Suero; poetas de izquierda y dederecha del país y el extranjero, y a Wilson Gómez Ramírez, ex juez del Tribunal Constitucional y presidente del Instituto Duartiano).
Por Oscar López Reyes
BARAHONA.- Angel Augusto Suero Ramírez (Negro Suero) farola en la municipalidad de Barahona en un largometraje multifacético y que, en la aureola de sus resonantes éxitos como empresario agrícola, autoridad edilicia, promotor cultural, funcionario público, escritor y dirigente balaguerista/reformista, guardó prisión imputado de un asesinato, por una confrontación política que ensombreció su peregrinaje existencial.
Nació el 10 de mayo de 1908 y contrajo matrimonio con Juana Lucila Méndez y Méndez, con quien engendró diez hijos: Waldo Ariel (abogado), Angel Augusto (abogado), Willy Eleazar (médico ortopeda), Wanda Amalia (abogada), Luisa Altagracia (farmacéutica), Walter Somer (odontólogo), Wilhelmina o Willita (abogada), Helga Solygeng (ingeniera), Carmen Esdra (odontóloga) y Alda Altagracia, fallecida a destiempo.
Propietario del más pueblerino de los teatros de aquí, el Bahoruco, se destacó en el Partido Dominicano de Trujillo, y figura como miembro fundador en 1963 del Partido Acción Social de Joaquín Balaguer, rebautizado luego como Partido Reformista y hoy timbrado como Partido Reformista Social Cristiano (PRSC). Perteneció a numerosas entidades culturales y publicó 14 libros de cuentos y novelas.
Falleció el 2 de enero de 1997, y por promover los valores históricos y culturales de la región, el 19 de junio de 2008 la sala capitular del Ayuntamiento municipal designó con su nombre una calle de la ciudad.
Confrontación política y cárcel
Negro Suero se estrelló, abruptamente, contra las olas de la adversidad. Su confrontación política con un poderoso sector del Partido Reformista, con asiento en el Palacio Nacional, y su alegada amenaza de muerte a su más cercano rival lo sacudieron emocionalmente, apaciguando su dinamismo y empañando su imagen. Le arropó el desconcierto y a la nave le extrajo el piloto automático, para derrotar las escenificaciones políticas masivas. El recorrido hacia el santuario se volvió un viacrucis, con llantos perturbadores, por la sangre y el dolor.
El espasmo. El sábado 6 de abril de 1968 cayó abatido de un tiro, en las inmediaciones del parque infantil del Malecón, Carlos Julio González Lebreault, quien fuera integrante del Partido Dominicano de Trujillo y síndico municipal en esa época; miembro fundador del Partido Reformista, ayudante civil del presidente Balaguer y casado con Clidia Díaz Santana, hermana de Polibio Díaz, entonces consultor jurídico del presidente Joaquín Balaguer.
¿Y qué pasó…?
La Policía Nacional arrestó y acusó del homicidio a Negro Suero, a su chofer Osiris Peña y a sus colaboradores Félix Féliz, Lila Antonio López y Manuel Ortiz Merette. Por razones de seguridad, el primero fue recluido en el penal de La Victoria, en Santo Domingo, en el que duró seis meses, y los otros imputados hicieron un periplo por prisiones de la capital, La Vega, Moca y Santiago.
Judicialmente, ¿qué ocurrió?
El proceso fue ventilado en Santiago y se interpusieron dos recursos de casación: uno el 9 de diciembre de 1969 y otro el 5 de junio de 1973. Negro Suero apoderó como abogados a Héctor Sánchez Morcelo, a Víctor Manuel Amengual, a Juan Luperón Vásquez y Ernesto Ravelo García; sus guardaespaldas fueron representados por Quintino Ramírez, en tanto que por la parte demandante actuó Ramón Pina Acevedo y Martínez.
La Cámara de Calificación del Distrito Judicial de Santiago dictó sentencia de descargo, sin que el expediente llegara a juicio de fondo. Se tiene el informe de que Negro Suero dejó un libro manuscrito en torno a esta imputación, que atribuye a razones políticas, pero este “no ha podido ser localizado”.
Dos barbaridades políticas
Ahora un antiguo activista del Frente Estudiantil Flavio Suero (Feflas) hace un relato impactante, que desclasifica extraoficialmente un archivo secreto adornado de mentiras. La política, ¡cuántas falacias!
José (Santo) Alcántara, entonces militante del Movimiento Popular Dominicano (MPD) en Barahona, explica que “en el partido del presidente Joaquín Balaguer en esta ciudad había muchas contradicciones, que se manifestaban a través de insultos, empujones y amenazas de muerte, entre otros tipos de intimidación…afloraban inmediatamente los malestares y objeciones entre unos y otros”.
“Para tratar de resolver los conflictos internos dentro de esa entidad política, algunos de los grupos existentes se repartieron los puestos de dirección, empleos y la conducción del Partido Reformista. Es así como llega el rumor a Barahona de que supuestamente el presidente Balaguer había enviado a la ciudad un telegrama dando la información de que el sector Carlos Julio González pasaría a ser el próximo dirigente de la agrupación, por las arbitrariedades cometidas por su directorio. Eso molestó bastante al presidente del partido, César Augusto Suero (Negro), quien amenazó de muerte al señor González”, expuso.
Se intensifica la batahola. “Por el apoyo militar de Negro Suero actuaba con total impunidad”, añade Alcántara. “El MPD lo calificó como objetivo militar, pero nunca pudieron ubicarlo fuera de su entorno debido a que siempre andaba protegido por varios ex miembros del instituto castrense, encabezados por el ex suboficial Félix Feliz, entre otros. No pudiendo ajusticiar a Negro Suero y en vista de las diferentes conspiraciones que se gestaban desde diferentes estamentos militares y de la izquierda revolucionaria para derrocar a Balaguer, conociendo los problemas del reformismo en Barahona, el partido Marxista Leninista se propuso agudizar esas contradicciones”.
Atrapado en esa penumbra, advino la tenebrosidad, que se atraviesa como una afrenta a las leyes, a la dignidad humana y a los principios revolucionarios: “la dirección regional Sur del MPD decide dar de baja al Dr. Carlos Julio González. Para esa organización, su objetivo era matar tres pájaros de un tiro: pegarle esa muerte a Negro Suero y sacarlo de circulación; denunciar el sicariato de los exmiembros del Ejército y agudizar las contradicciones entre los militares y los reformistas para que se agilizara el golpe de Estado revolucionario”.
Aniquilado físicamente el cuñado del consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Polibio Díaz, la maquinaria represiva entró en acción, a través del jefe de la Policía, coronel Rafael Guillermo Guzmán Acosta y el comandante de Barahona, coronel Valentín Despradel Brache. Se pusieron a la orden del día los apresamientos y las torturas más crueles, hasta que los imputados –allegados a Negro Suero- admitieron culpabilidad en el asesinato e involucraron al principal dirigente reformista local.
Una fuente de confianza del MPD aclaró -el viernes 28 de agosto de 2026- a quien escribe que el homicidio fue cometido, inconsultamente, por un militar de esa organización, que fue sancionado con su expulsión y que posteriormente abandonó la República Dominicana. Este reside en el exterior.
Si se aplica una encuesta a pobladores de Barahona de las décadas de 1960, 1970 y 1980 sobre la autoría de la muerte de Carlos Julio González, casi a unanimidad se apunta hacia Negro Suero. Hasta años recientes, yo me inscribía en esa lista.
A principios de 1980, Antonio Méndez, el filántropo y comunitario más conspicuo de la historia de Barahona, y la abogada Wilita Suero, otra respetada miembro de esta localidad, en privado y bajo la condición del anonimato me relacionaron el hecho con la izquierda, y guardé los datos para seguir urgando, porque son dos personas altamente creíbles, pero sobresalía que el primero era cuñado y la segunda hija de Negro Suero.
El intachable y puro de Antonio Méndez falleció el 17 de octubre de 2002, y Wilita –que vive menguada severamente en su salud- no pudieron entregarme el libro inédito de Negro Suero, “Historia de una Falsa Trama”, ni la sentencia de descargo, presumo que por la oposición de una parte de la familia para supuestamente no reabrir heridas. ¿Aparecerán esas piezas de valor histórico? Aguardo por los dos.
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El autor: Investigador de Barahona, con 6 libros publicados y 4 inéditos sobre la provincia.
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Por Isaías Ramos
No siempre admiramos por complicidad. A veces admiramos porque estamos cansados, porque alguien expresa nuestra rabia o nos hace sentir escuchados, o porque confundimos “resolver” con servir.
El cansancio puede explicar nuestra admiración. Pero no debe sustituir nuestro discernimiento.
¿Cómo es posible que personas seriamente cuestionadas por corrupción sean tratadas como celebridades y respaldadas en las urnas? ¿Cómo aceptamos que quienes ejercieron funciones públicas exhiban patrimonios difíciles de conciliar con sus ingresos sin exigir explicaciones? ¿Y cómo devolvemos la confianza a quienes tuvieron la oportunidad de servir y usaron el poder para servirse?
La pregunta más incómoda no es solo qué hicieron ellos. Es qué hacemos nosotros después.
Ninguna figura se convierte sola en referente. La construimos con atención, aplausos, fotografías y aquello que justificamos porque entretiene, tiene dinero, “resuelve” o pertenece al partido con el que simpatizamos.
Antes de votar con la cédula, votamos culturalmente.
La corrupción no siempre se lava en un banco. A veces la lavamos nosotros con aplausos.
Aparece una fortuna que nadie explica. Llegan mansiones, yipetas, relojes y viajes. Y, en lugar de crecer nuestras preguntas, crece nuestra admiración.
No se trata de condenar la riqueza ni de convertir señalamientos en sentencias. Una democracia seria respeta el debido proceso y el derecho ciudadano a preguntar, investigar y exigir cuentas.
Una nación que aspira a progresar debe celebrar a quien trabaja, emprende, innova y prospera legítimamente. Por eso debemos preguntar: ¿de dónde salió todo ese dinero?
Preguntar no es envidia. Es ciudadanía.
Cuando esa fortuna busca influencia o poder político, la pregunta se vuelve democrática. Quien quiere administrar el patrimonio de todos debe explicar el suyo.
Alguien puede apropiarse de recursos para escuelas, hospitales, agua, seguridad y oportunidades y luego regresar, rodeado de opulencia, a repartir fundas, favores o unos cuantos pesos.
Nos quitan derechos y nos devuelven migajas.
La necesidad jamás deshonra a quien recibe. Deshonra a quien la utiliza para comprar gratitud, silencio o votos. El problema no es solo el saqueo: es convertir al ciudadano en cliente y el derecho en deuda de agradecimiento.
Después ocurre algo peor: olvidamos.
A quien nunca ha gobernado no debemos evaluarlo solo por sus propuestas. También cuentan su trayectoria, la coherencia entre palabras y hechos, la credibilidad, el aporte cívico y social y el uso de sus responsabilidades, recursos e influencia.
La candidatura puede ser nueva. El carácter no comienza con ella.
Quien ya gobernó debe responder por su historial: qué hizo, qué permitió, cómo administró, a quién protegió y si dejó una institución mejor o una red de privilegios para allegados y socios políticos.
Quien juró cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes debe responder por la distancia entre aquel juramento y su manera de ejercer el poder.
Cambian los afiches, las consignas, las alianzas y hasta los partidos. Pero el historial permanece.
Las urnas no son una lavandería de reputaciones.
Además de la impunidad, la corrupción tiene otro aliado poderoso: nuestra amnesia ciudadana.
Esto explica el hartazgo: promesas que regresan cada cuatro años, dirigentes que aparecen cuando necesitan votos y desaparecen cuando necesitamos respuestas, nombres que cambian mientras las prácticas sobreviven.
Ese hartazgo es legítimo. Pero no debemos permitir que también nos lo roben.
Una sociedad decepcionada puede buscar no a quien mejor la conduzca, sino a quien mejor represente su rabia. Puede confundir irreverencia con carácter, agresión con franqueza, espectáculo con autenticidad y popularidad con capacidad.
El sistema no siempre combate el cambio. A veces lo captura.
Puede cambiar de rostro y de lenguaje, sustituir el mitin por un live y conservar el personalismo, los favores, el dinero sin explicar y el poder sin límites.
Ser diferente no consiste en parecerse menos a los políticos. Consiste en hacer política de manera diferente.
Conectar con millones y recuperar la atención de ciudadanos desencantados tiene mérito. Pero gobernar una República exige mucho más: principios, preparación, discernimiento, carácter y coherencia entre discurso, trayectoria y conducta.
Hablar fuerte no es tener carácter. Humillar no es ejercer autoridad. Hacer reír no es saber gobernar. Repartir dinero no es servir.
Audiencia no es ciudadanía.
La popularidad puede abrir las puertas del poder, pero no demuestra qué hará alguien cuando la decisión correcta sea impopular, cuando deba decir que no o cuando hacer lo correcto no produzca aplausos.
Y aquí debemos regresar al espejo.
Cada vez que convertimos dinero en respetabilidad, humillación en autenticidad, fama en mérito, dádivas en generosidad o notoriedad en liderazgo, estamos enseñando.
Una sociedad educa también con sus aplausos.
Nuestros hijos observan qué produce respeto, qué abre puertas y qué significa triunfar.
En el Frente Cívico y Social creemos que cambiar de presidente no basta: la República también debe transformar su sistema de prestigios.
Volvamos a admirar al que cumple, trabaja bien, prospera sin atropellar, sirve sin servirse, ejerce influencia con responsabilidad y conserva sus principios cuando nadie está mirando.
No necesitamos apagar nuestra indignación. Necesitamos convertirla en criterio.
Necesitamos memoria para juzgar a quien ya tuvo poder, discernimiento para evaluar a quien aspira a ejercerlo y carácter ciudadano para dejar de premiar aquello que después decimos combatir.
Porque mucho antes de llegar al Palacio, el poder comienza a construirse en nuestra cultura.
Y, al final, una nación termina pareciéndose a aquello que premia, a aquello que tolera y, sobre todo, a aquello que decide admirar.
Opinión
La ejecución de las sentencias de la Corte Penal Internacional
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13 horas agoon
septiembre 2, 2026Por Rommel Santos Diaz
De acuerdo al Artículo 77 del Estatuto de Roma, la Corte Penal Internacional puede establecer las siguientes sanciones a las personas que sean encontradas responsables de los crímenes que ha juzgado:
- a)La reclusión (privación de libertad) por un número determinado de años que no exceda de 30, o
- b)La reclusión (privación de libertad) a perpetuidad cuando lo justifiquen la extrema gravedad del crimen y las circunstancias personales del condenado.
Corresponde a la Corte Penal Internacional designar al Estado donde se cumplirá la sanción de reclusión que ha decretado en relación a una persona. Esta designación no puede recaer sobre cualquier Estado que ha suscrito el Estatuto de Roma sino sólo respecto de aquellos ¨que hayan manifestado a la Corte que están dispuestos a recibir condenados¨, según el artículo 103 del Estatuto de Roma.
La precisión del Estatuto de Roma en relación a este tema es importante, puesto que ningún Estado se encuentra obligado a ser la sede para la ejecución de una de las sentencias emitidas por la Corte Penal Internacional.
De otro lado, si un Estado manifiesta su disposición a recibir personas condenadas por la Corte Penal Internacional y es elegida para tal efecto, pero luego manifiesta que no puede continuar ejecutando esa sentencia en su territorio, el Estatuto de Roma señala en su Artículo 104 que ¨la Corte podrá en todo momento decidir el traslado del condenado a una prisión de un Estado distinto del Estado de ejecución¨.
Es importante destacar la flexibilidad del Estatuto de Roma en relación al tema de la ejecución de la pena, puesto que facilita la actuación de los Estados en relación a la misma.
En cuanto al contenido de las penas, la reclusión o privación de la libertad es una sanción prevista en los ordenamientos jurídicos de la región latinoamericana, por lo que la ejecución de una sentencia de la Corte Penal Internacional no entraría en contradicción con las normas internacionales.
Sin embargo, en donde sí se pueden presentar contradicciones es en relación a la duración de la pena, pues algunos países prohíben la cadena perpetua como una sanción por la comisión de un delito, prohibición que incluso en algunos casos se encuentra prevista a nivel constitucional.
