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Principales imputados de casos de corrupción han salido de la cárcel.

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Mientras los principales imputados de los casos de corrupción ya están en su casa, la procuradora general de la República, Miriam Germán Brito, instó a los miembros del Ministerio Público, en todos los niveles, a reafirmar su compromiso con los deberes jurídicos y éticos de la profesión y a obviar la crítica ácida contra la reputación de las personas que ejercen la judicatura.

«Permanezcamos al servicio de la sociedad y la administración de justicia, no utilicemos vías distintas a los procesos judiciales para hacer valer nuestros reclamos, porque si con sus actuaciones provocan la pérdida de la confianza en nuestros honorables jueces y juezas, les fallamos a las víctimas, a los imputados y a la sociedad», le pidió la magistrada a los procuradores adjuntos en un carta.

Precisó que la crítica a los miembros del Poder Judicial en el contexto de sus atribuciones es sana, sobre todo debido al nivel de legitimidad que los distingue de aquellos elegidos mediante voto popular, pero la crítica, a veces fuerte, a las decisiones del proceder judicial no puede entenderse en una crítica al juez como persona, es decir, a su reputación.

A continuación carta íntegra de la magistrada Germán Brito

21 de diciembre de 2022.

A los (as) Procuradores(as) Adjuntos (as) de la Procuradora General

Distinguidos(as) Adjuntos(as):

Durante los últimos días, se han producido una serie de situaciones que coloca a nuestra Procuraduría General de la República, y a la totalidad del Ministerio Público, en un estado de vulnerabilidad y, por qué no, con un paño de vergüenza ajena.

Parte de lo que hace la administración de justicia lo que es, se debe a que los juristas actuando como abogados, jueces y ministerios públicos deben seguir cada uno su rol. En el caso del Ministerio Público existe una entrega mayor a la legalidad y a la imparcialidad para mantener la integridad del sistema de justicia como auxiliares de los jueces con quienes se comparten. Aunque el Ministerio Público es una parte del proceso, se debe a otras virtudes y compromisos éticos distintos a los del abogado de la defensa que se debe enteramente a su cliente de conformidad con el derecho. El Ministerio Público no solo se debe a la sociedad, incluso se debe al imputado, pero, por igual a mantener la confianza en el sistema de justicia en su totalidad.

La crítica a los miembros del Poder Judicial en el contexto de sus atribuciones es sana, sobre todo debido al nivel de legitimidad que los distingue de aquellos elegidos mediante voto popular. Por ello la crítica a sus decisiones es la mejor manera de asegurar la transparencia e integridad de la labor judicial. Pero, la crítica, a veces fuerte, a las decisiones del proceder judicial no puede entenderse en una crítica al juez como persona, es decir, a su reputación. Ciertamente, hay decisiones que deben ser cuestionadas, no hay mejor espacio para hacerlo que a través de las vías de recursos, con respeto y deferencia, pero bien fundamentado y con una exposición clara de los agravios.

Lo anterior, sin embargo, no es posible con una respuesta apresurada apenas salido el dispositivo de la sentencia o la decisión íntegra, pero, sin haber sido debidamente leída. Los jueces y juezas, como administradores de justicia, son criticados de otra manera y atendiendo a la santidad de su función, no podemos comportarnos como si el Ministerio Público tuviese un interés actual y directo en el desenlace del caso. Nuestro trabajo es, ante todo, defender los intereses de la sociedad, incluso del imputado cuando sabemos que no hay pruebas o surgen pruebas en beneficio de este.

Incluso como abogadas y abogados, en nuestra posición como miembros del Ministerio Público, sobre todo aquellos que llevan casos complejos, es necesario un ejercicio de prudencia y ponderación. Las respuestas deben ser limitadas, directas y precisas, pero, no alimentar la posible desconfianza de la sociedad en las instituciones, sobre todo contribuir con los juicios paralelos: nuestro trabajo es en los tribunales e informar a la opinión pública, pero no, continuar el litigio por los medios, así como en otras esferas distintas a los tribunales.

A modo de ejemplo, un magistrado investigado entabló una disputa culpando al Ministerio Público de las actuaciones en su contra. En vez de realizar una intervención que afecta la percepción de las investigaciones y su integridad, hubiese bastado que se le hiciera notar que la actuación fue iniciativa de la inspectoría del Poder Judicial que observó tener evidencias sobre posibles conductas dolosas de aquel magistrado. Bastaba, por igual, indicar que de parte del Ministerio Público solo se procedió iniciar la investigación pertinente como parte de nuestros deberes bajo la Ley Orgánica del Ministerio Público y otras normas aplicables

Al examinar las decisiones y evaluar los agravios, como Ministerio Público debemos hacerlo con una veta de autocrítica tendente a confirmar si en alguna medida contribuimos a dar argumentos a la decisión que cuestionamos. No se pretenda partir del supuesto que todas las sentencias son conforme al derecho, en particular con el debido proceso y la tutela judicial efectiva, ajenas a cualquier crítica.

Hay sentencias que pudieran ser valoradas como no apegadas a derecho, y que no resistiría un examen desde el punto de vista de la coherencia y la lógica, pero los medios de comunicación no son el espacio pertinente para dirimir estos asuntos

. No se cuestiona el derecho de nadie a expresarse sobre distintos temas, en especial en casos de interés público, pero, no al precio de comprometer la integridad y la objetividad del Ministerio Público, así como de las investigaciones en curso. Los miembros del Ministerio Público somos, ante todo, auxiliares de la justicia y debemos colaborar en mantener la confianza en las instituciones y contribuir a su mejora, con independencia que se discrepa de la decisión.

A pesar de que están en juego valores que no corresponden a la lógica de la sociedad del espectáculo, hay otros que trascienden un caso determinado y puedan frustrar el justo deseo de justicia en la población. Un amigo que me suele decir «hoy usted está en modo juez”, todos los oficios marcan y pueden que me hayan marcado los años de jueza. No olvido un caso durante dicho periodo, en el cual tuve una disidencia porque creí que debía retenérsele la falta; el Procurador de entonces, aparentemente recibió una directriz política de no recurrir y que, pues, solo se le ocurrió nada más que salir con que «no recurrir porque los jueces no le merecían confianza». Este no debe ser el ejemplo de las relaciones entre el Poder Judicial y el Ministerio Público, no es la relación que se espera en un Estado social y democrático de derecho.

Esta agresividad mutua que ahora existe nos lleva a preguntarnos a quién beneficia, porque el perjudicado es evidente, al sistema de administración de justicia y sociedad. La población y la toma de los medios de comunicación para continuar el proceso por otras vías, pero, contra los jueces, no son más que municiones para aquellos que no quieren una administración y auxilio de la justicia fuerte e independiente.

Así las cosas, apelando al deber de decoro y respeto que todos los miembros del Ministerio Público deben no solo a todas las partes del proceso y la sociedad, también a los jueces y juezas que participan en la administración de justicia. Esta es una obligación que viene de las mejores virtudes de los miembros del Ministerio Público, por igual de la Ley Orgánica del Ministerio Público, el Reglamento Disciplinario y de la Constitución, a propósito del derecho al debido proceso, en su vertiente de la independencia, presunción de inocencia y tutela judicial efectiva.

Por tales motivos, se insta a los miembros del Ministerio Público, en todos los niveles, a reafirmar su compromiso con los deberes jurídicos y éticos de la profesión, obviar la crítica ácida contra la reputación de las personas que ejercen la judicatura. Permanezcamos al servicio de la sociedad y la administración de justicia, no utilicemos vías distintas a los procesos judiciales para hacer valer nuestros reclamos, porque si con sus actuaciones provocan la pérdida de la confianza en nuestros honorables jueces y juezas, les fallamos a las víctimas, a los imputados y a la sociedad.

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Reunion bilateral se produce entre Abinader y la mandataria electa de Costa Rica, Laura Fernández

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Santo Domingo, R.D.-El presidente Luis Abinader sostuvo una reunión bilateral en el Museo de Arte Costarricense con la presidenta electa de Costa Rica, Laura Fernández Delgado, en la que abordaron diversos temas de interés común orientados a continuar fortaleciendo los lazos fraternales, comerciales y diplomáticos entre ambas naciones.

Durante la reunión, ambos líderes intercambiaron muestras de afecto y reafirmaron la cercanía histórica entre la República Dominicana y Costa Rica; además, abordaron la importancia de mantener un diálogo permanente y de continuar trabajando de manera conjunta en iniciativas que contribuyan al desarrollo, la integración regional y el fortalecimiento de las relaciones entre ambos pueblos.

La presidenta electa expresó su interés en continuar consolidando los lazos fraternales entre ambos países, promoviendo mayores oportunidades de intercambio comercial y fortaleciendo la cooperación en áreas estratégicas para el desarrollo de ambas naciones.

De igual forma, reafirmó el compromiso de Costa Rica con la Alianza para el Desarrollo en Democracia (ADD), destacando que su gobierno continuará formando parte activa de este mecanismo regional de cooperación.

De su lado, el presidente Abinader reiteró la disposición del Gobierno dominicano de continuar afianzando las relaciones de amistad, cooperación y entendimiento mutuo con Costa Rica. Asimismo, destacó la importancia de mantener una agenda conjunta orientada al crecimiento económico, la defensa de la democracia y el fortalecimiento de los vínculos regionales entre ambas naciones.

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Incautan 1,295 paquetes de drogas en costas de Pedernales

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Santo Domingo, R.D.-Un cargamento de 1,295 paquetes de presunta cocaina y marihuana fueron confiscados por  agentes de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) durante dos operaciones simultáneas ejecutadas en las costas de Pedernales.

En la intervención fueron arrestados tres dominicanos y un venezolano.

El vocero del organismo antinarcóticos, Carlos Devers, identificó a los detenidos como Walkin Marino Montás Tapia, Luis Alberto Figueroa Ariza, Manolo Resello Amador y Luis Alberto Acosta Santana.

Señaló que los 1,295 paquetes fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses (INACIF), bajo estrictos protocolos de cadena de custodia, para determinar el tipo y peso exacto de la sustancia.

Devers explicó que las operaciones fueron realizadas por efectivos de la Armada de República Dominicana (ARD), la Fuerza Aérea (FARD) y organismos de inteligencia del Estado, con el apoyo de la Fuerza de Tarea Interagencial Sur (JIATFS) y la DEA de los Estados Unidos.

Indicó que la primera lancha era una embarcación de 24 pies con motores de 100 HP. Allí se arrestó a Resello Amador y Acosta Santana, incautando 16 pacas que contenían 314 paquetes de cocaína y 89 de marihuana (403 en total).

Mientras que, en la segunda lancha, fue neutralizada tras una intensa persecución en coordenadas cercanas. En esta se ocuparon 836 paquetes de marihuana y 56 de cocaína (892 en total). Fueron arrestados Montas Tapias y Figueroa Ariza.

El vocero reafirmó que se continuarán fortaleciendo las operaciones de interdicción como parte de la política de seguridad del Gobierno dominicano para garantizar la soberanía y la paz nacional.

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Rechazan traslado de proceso de Donni Santana a otra jurisdicción

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Santo Domingo, R.D.-Por sospecha legitima el Pleno de la Suprema Corte de Justicia desestimó la demanda en declinatoria por causa interpuesta por Donni Mayobanex Santana Cuevas, exembajador del Consejo Nacional de Frontera.

Este hombre, que cumple una condena de 20 años de prisión por la violación sexual de su hijastra menor de edad, buscaba que su proceso judicial fuera transferido fuera de la jurisdicción de San Cristóbal.

Santana Cuevas, quien se encuentra en libertad tras un permiso laboral, presentó el recurso contra la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Cristóbal.

El Pleno de la Suprema Corte, encabezado por su presidente Luis Henry Molina Peña, determinó que la defensa de Santana no logró probar hechos graves o concordantes que permitieran inferir una falta de imparcialidad u objetividad por parte de los magistrados de San Cristóbal.

En su resolución, la Suprema fue enfática al aclarar que “la simple discrepancia con decisiones judiciales desfavorables no constituye un fundamento válido para alegar sospecha de parcialidad”.

Asimismo, la Suprema ratificó como correcta la actuación de la Corte de Apelación al fallar sobre recusaciones previas con sus propios integrantes, siempre que se cumpla con el cuórum legal requerido.

La solicitud de declinatoria, depositada el pasado 9 de diciembre de 2025, argumentaba que existía un «ambiente hostil» debido a la presión mediática y un supuesto comportamiento prejuiciado de los jueces.

Pese a la decisión mayoritaria, el fallo contó con el voto disidente de los magistrados Fran Soto, María Garabito Ramírez, Rafael Vásquez Goico y Yorlin Vásquez Castro.

Los jueces disidentes argumentaron que la figura de la «declinatoria por sospecha legítima» no está contemplada de forma expresa en la normativa procesal penal vigente, lo cual ha provocado decisiones contradictorias dentro del mismo órgano judicial en ocasiones anteriores.

Sostienen que el ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción; por tanto, el examen de la cuestión planteada por ante esta Alzada lesiona el principio de legalidad, como se ha indicado precedentemente.

En ese orden, alegan que su posición radica en establecer que en todos los casos de solicitud de declinatoria por seguridad pública o sospecha legítima, lo que procede es declarar la inadmisibilidad de la misma, por carecer de base legal, como ocurre en otras materias y se ha expuesto en el cuerpo del presente voto.

Con esta resolución, el expediente de Donni Santana permanecerá en San Cristóbal, donde se decidirá finalmente la validez de los beneficios carcelarios que reclama el condenado.

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