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Principales imputados de casos de corrupción han salido de la cárcel.

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Mientras los principales imputados de los casos de corrupción ya están en su casa, la procuradora general de la República, Miriam Germán Brito, instó a los miembros del Ministerio Público, en todos los niveles, a reafirmar su compromiso con los deberes jurídicos y éticos de la profesión y a obviar la crítica ácida contra la reputación de las personas que ejercen la judicatura.

«Permanezcamos al servicio de la sociedad y la administración de justicia, no utilicemos vías distintas a los procesos judiciales para hacer valer nuestros reclamos, porque si con sus actuaciones provocan la pérdida de la confianza en nuestros honorables jueces y juezas, les fallamos a las víctimas, a los imputados y a la sociedad», le pidió la magistrada a los procuradores adjuntos en un carta.

Precisó que la crítica a los miembros del Poder Judicial en el contexto de sus atribuciones es sana, sobre todo debido al nivel de legitimidad que los distingue de aquellos elegidos mediante voto popular, pero la crítica, a veces fuerte, a las decisiones del proceder judicial no puede entenderse en una crítica al juez como persona, es decir, a su reputación.

A continuación carta íntegra de la magistrada Germán Brito

21 de diciembre de 2022.

A los (as) Procuradores(as) Adjuntos (as) de la Procuradora General

Distinguidos(as) Adjuntos(as):

Durante los últimos días, se han producido una serie de situaciones que coloca a nuestra Procuraduría General de la República, y a la totalidad del Ministerio Público, en un estado de vulnerabilidad y, por qué no, con un paño de vergüenza ajena.

Parte de lo que hace la administración de justicia lo que es, se debe a que los juristas actuando como abogados, jueces y ministerios públicos deben seguir cada uno su rol. En el caso del Ministerio Público existe una entrega mayor a la legalidad y a la imparcialidad para mantener la integridad del sistema de justicia como auxiliares de los jueces con quienes se comparten. Aunque el Ministerio Público es una parte del proceso, se debe a otras virtudes y compromisos éticos distintos a los del abogado de la defensa que se debe enteramente a su cliente de conformidad con el derecho. El Ministerio Público no solo se debe a la sociedad, incluso se debe al imputado, pero, por igual a mantener la confianza en el sistema de justicia en su totalidad.

La crítica a los miembros del Poder Judicial en el contexto de sus atribuciones es sana, sobre todo debido al nivel de legitimidad que los distingue de aquellos elegidos mediante voto popular. Por ello la crítica a sus decisiones es la mejor manera de asegurar la transparencia e integridad de la labor judicial. Pero, la crítica, a veces fuerte, a las decisiones del proceder judicial no puede entenderse en una crítica al juez como persona, es decir, a su reputación. Ciertamente, hay decisiones que deben ser cuestionadas, no hay mejor espacio para hacerlo que a través de las vías de recursos, con respeto y deferencia, pero bien fundamentado y con una exposición clara de los agravios.

Lo anterior, sin embargo, no es posible con una respuesta apresurada apenas salido el dispositivo de la sentencia o la decisión íntegra, pero, sin haber sido debidamente leída. Los jueces y juezas, como administradores de justicia, son criticados de otra manera y atendiendo a la santidad de su función, no podemos comportarnos como si el Ministerio Público tuviese un interés actual y directo en el desenlace del caso. Nuestro trabajo es, ante todo, defender los intereses de la sociedad, incluso del imputado cuando sabemos que no hay pruebas o surgen pruebas en beneficio de este.

Incluso como abogadas y abogados, en nuestra posición como miembros del Ministerio Público, sobre todo aquellos que llevan casos complejos, es necesario un ejercicio de prudencia y ponderación. Las respuestas deben ser limitadas, directas y precisas, pero, no alimentar la posible desconfianza de la sociedad en las instituciones, sobre todo contribuir con los juicios paralelos: nuestro trabajo es en los tribunales e informar a la opinión pública, pero no, continuar el litigio por los medios, así como en otras esferas distintas a los tribunales.

A modo de ejemplo, un magistrado investigado entabló una disputa culpando al Ministerio Público de las actuaciones en su contra. En vez de realizar una intervención que afecta la percepción de las investigaciones y su integridad, hubiese bastado que se le hiciera notar que la actuación fue iniciativa de la inspectoría del Poder Judicial que observó tener evidencias sobre posibles conductas dolosas de aquel magistrado. Bastaba, por igual, indicar que de parte del Ministerio Público solo se procedió iniciar la investigación pertinente como parte de nuestros deberes bajo la Ley Orgánica del Ministerio Público y otras normas aplicables

Al examinar las decisiones y evaluar los agravios, como Ministerio Público debemos hacerlo con una veta de autocrítica tendente a confirmar si en alguna medida contribuimos a dar argumentos a la decisión que cuestionamos. No se pretenda partir del supuesto que todas las sentencias son conforme al derecho, en particular con el debido proceso y la tutela judicial efectiva, ajenas a cualquier crítica.

Hay sentencias que pudieran ser valoradas como no apegadas a derecho, y que no resistiría un examen desde el punto de vista de la coherencia y la lógica, pero los medios de comunicación no son el espacio pertinente para dirimir estos asuntos

. No se cuestiona el derecho de nadie a expresarse sobre distintos temas, en especial en casos de interés público, pero, no al precio de comprometer la integridad y la objetividad del Ministerio Público, así como de las investigaciones en curso. Los miembros del Ministerio Público somos, ante todo, auxiliares de la justicia y debemos colaborar en mantener la confianza en las instituciones y contribuir a su mejora, con independencia que se discrepa de la decisión.

A pesar de que están en juego valores que no corresponden a la lógica de la sociedad del espectáculo, hay otros que trascienden un caso determinado y puedan frustrar el justo deseo de justicia en la población. Un amigo que me suele decir «hoy usted está en modo juez”, todos los oficios marcan y pueden que me hayan marcado los años de jueza. No olvido un caso durante dicho periodo, en el cual tuve una disidencia porque creí que debía retenérsele la falta; el Procurador de entonces, aparentemente recibió una directriz política de no recurrir y que, pues, solo se le ocurrió nada más que salir con que «no recurrir porque los jueces no le merecían confianza». Este no debe ser el ejemplo de las relaciones entre el Poder Judicial y el Ministerio Público, no es la relación que se espera en un Estado social y democrático de derecho.

Esta agresividad mutua que ahora existe nos lleva a preguntarnos a quién beneficia, porque el perjudicado es evidente, al sistema de administración de justicia y sociedad. La población y la toma de los medios de comunicación para continuar el proceso por otras vías, pero, contra los jueces, no son más que municiones para aquellos que no quieren una administración y auxilio de la justicia fuerte e independiente.

Así las cosas, apelando al deber de decoro y respeto que todos los miembros del Ministerio Público deben no solo a todas las partes del proceso y la sociedad, también a los jueces y juezas que participan en la administración de justicia. Esta es una obligación que viene de las mejores virtudes de los miembros del Ministerio Público, por igual de la Ley Orgánica del Ministerio Público, el Reglamento Disciplinario y de la Constitución, a propósito del derecho al debido proceso, en su vertiente de la independencia, presunción de inocencia y tutela judicial efectiva.

Por tales motivos, se insta a los miembros del Ministerio Público, en todos los niveles, a reafirmar su compromiso con los deberes jurídicos y éticos de la profesión, obviar la crítica ácida contra la reputación de las personas que ejercen la judicatura. Permanezcamos al servicio de la sociedad y la administración de justicia, no utilicemos vías distintas a los procesos judiciales para hacer valer nuestros reclamos, porque si con sus actuaciones provocan la pérdida de la confianza en nuestros honorables jueces y juezas, les fallamos a las víctimas, a los imputados y a la sociedad.

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Obispos plantean que autoridades del país ejerzan un liderazgo que promueva diálogo

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Santo Domingo, R.D.-Los obispos de la Republica Dominicana en una eucaristía celebrada en la Catedral Primada de América dedicaron la misa de este domingo al pueblo de Venezuela, donde más de mil personas han fallecido a causa de dos terremotos.

Al iniciar la eucaristía, monseñor Piergiorgio Bertoldi hizo eco de las palabras del Santo Padre pronunciadas al finalizar el ángelus de este domingo, refiriéndose al reciente terremoto ocurrido en Venezuela: «Ruego al Señor por el eterno descanso de los fallecidos, renuevo mi cercanía espiritual a sus familiares, a los lesionados y a quienes han sido golpeados por esta tragedia».

Asimismo, manifestó su gratitud y aliento a cuantos trabajan con generosidad en las labores de búsqueda y de asistencia.Durante la homilía, citando al Papa León XIV, Bertoldi afirmó que toda acción pastoral, catequética, legislativa, judicial y gubernamental debe sustentarse en “el reconocimiento de la dignidad inviolable de la persona humana”, por encima de intereses o mayorías circunstanciales.

Explicó que cuando esta convicción guía el actuar de los miembros de la Iglesia, los gobernantes y magistrados, “el derecho se convierte en amparo y garantía de todos”.

Al reflexionar sobre la defensa de la vida, señaló que “la grandeza moral de una nación no se mide por su crecimiento económico sino por su capacidad de proteger a los más débiles”.

Además, motivó a las autoridades públicas a ejercer un liderazgo que promueva el diálogo y que respete la conciencia y libertad religiosa de los ciudadanos, al afirmar que, la autonomía del Estado nunca “debe interpretarse como hostilidad” hacia la fe, puesto que “la conciencia cristiana es la que ha enseñado históricamente a nuestros pueblos que los pobres pertenecen plenamente a la comunidad y que la vida humana jamás puede ser tratada como una mercancía”.

La celebración eucarística fue transmitida por diversos medios de comunicación y contó con la participación de diplomáticos, sacerdotes, diáconos, religiosos, religiosas y laicos.

Desde el domingo 28 de junio hasta el viernes tres de julio los obispos están reunidos en Asamblea Plenaria. Es el conjunto de los obispos de la CED, quienes sostienen un encuentro anual para tratar una temática específica: elección de la nueva directiva, informar sobre las diócesis, conocer el trabajo de las comisiones, y temas varios de interés para la institución.

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El debate se enciende por el nuevo Código Penal

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Santo Domingo, R.D.-Se ha reabierto en el pais la discusion sobre los límetes entre la proteccion del honor y la libertad de expresion ante la inminencia de la entrada   en vigor en agosto de este año del nuevo Código Penal, cuyas disposiciones sobre injuria y difamación no solo actualizan figuras jurídicas existentes, sino que extienden su alcance al entorno digital, un aspecto que ha generado interrogantes entre juristas, periodistas y defensores de la libertad de prensa.

Entre quienes han analizado los cambios se encuentra el fiscal adscrito a la Procuraduría General de la República, Jonathan Pérez Fulcar, quien considera que la principal novedad de la Ley 74-25 radica en la ampliación de estas conductas al ciberespacio. Mientras la legislación anterior, sustentada principalmente en la Ley 61-32 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento, estaba enfocada en medios tradicionales como la prensa escrita, la radio y la televisión, los artículos 208 al 212 del nuevo Código incluyen expresamente las redes sociales, plataformas de streaming, medios electrónicos y servicios de mensajería.

La reforma también incorpora nuevas figuras, entre ellas la denominada «difamación extorsiva» (artículo 209), que sanciona la utilización de imputaciones como mecanismo de presión. Asimismo, el artículo 212 contempla la posibilidad de atribuir responsabilidad penal a personas jurídicas, una disposición que podría alcanzar a empresas y medios de comunicación, además de los individuos involucrados.

Uno de los aspectos que más debate ha generado es la forma en que estas disposiciones podrían afectar el trabajo periodístico, particularmente las investigaciones sobre asuntos de interés público.

Pérez Fulcar advierte que, bajo el nuevo esquema, podrían surgir controversias cuando una investigación publicada por un periodista sea objeto de cuestionamiento judicial. Según explica, la regulación sobre difamación no establece expresamente una excepción basada en la veracidad de la información ni condiciona su configuración a la existencia de mala fe, elementos que suelen formar parte de las discusiones sobre libertad de expresión en otras jurisdicciones.

La preocupación también se extiende a la valoración de las pruebas dentro de estos procesos. De acuerdo con el fiscal, en la práctica podría generarse un escenario en el que el comunicador deba demostrar la veracidad de lo publicado, lo que podría incrementar la carga procesal para quienes realizan investigaciones periodísticas.

Este panorama ha llevado a algunos especialistas a advertir sobre un posible «efecto inhibidor» o chilling effect, término utilizado en el derecho comparado para describir situaciones en las que periodistas o medios optan por evitar determinadas publicaciones para reducir el riesgo de enfrentar litigios o procesos penales.

La discusión no se limita a los medios de comunicación. Las disposiciones también alcanzan a los usuarios que participan diariamente en plataformas digitales.

El artículo 210 sanciona la injuria, entendida como una expresión ofensiva o despreciativa que no implique necesariamente la atribución de un hecho concreto. Sin embargo, la aplicación práctica de esta figura plantea desafíos relacionados con la interpretación de determinadas expresiones.

Para Pérez Fulcar, una de las dificultades radica en definir dónde termina la crítica legítima y dónde comienza una conducta sancionable. A modo de ejemplo, señala que una publicación en redes sociales podría ser interpretada de distintas maneras dependiendo del contexto y de la valoración realizada por los tribunales.

El debate también ha puesto sobre la mesa la relación entre las nuevas disposiciones y las garantías constitucionales sobre libertad de expresión.

El artículo 49 de la Constitución dominicana reconoce el derecho a expresar libremente pensamientos e informaciones, protege la libertad de prensa y prohíbe la censura previa. A partir de ese marco, diversos sectores han examinado cómo las nuevas figuras penales podrían interactuar con precedentes establecidos por el Tribunal Constitucional.

Pérez Fulcar cita tres decisiones que considera especialmente relevantes. La sentencia TC/0075/16 estableció que la prisión por difamación contra funcionarios públicos vulnera el núcleo esencial de la libertad de expresión; la TC/0437/16 reconoció que internet y las redes sociales merecen la misma protección constitucional que otros medios de comunicación; y la TC/0092/19 consideró desproporcionado imponer sanciones más severas únicamente por el uso de plataformas digitales.

A juicio del fiscal, algunos aspectos de la Ley 74-25 podrían generar futuras discusiones constitucionales debido a que reincorporan sanciones privativas de libertad y contemplan agravantes vinculadas a medios digitales.

La controversia refleja una tensión permanente entre dos derechos fundamentales. Quienes respaldan las nuevas disposiciones sostienen que el alcance de las redes sociales ha multiplicado la difusión de acusaciones falsas y ataques a la reputación, por lo que consideran necesario fortalecer los mecanismos de protección del honor.

Por otro lado, sectores vinculados a la libertad de prensa entienden que cualquier regulación debe evitar generar efectos que limiten la investigación periodística o el debate público sobre asuntos de interés colectivo.

Para Pérez Fulcar, más allá de la eventual decisión de los tribunales, una de las principales preocupaciones radica en los costos personales, económicos y profesionales que implica enfrentar una querella penal. En ese contexto, considera que el verdadero desafío será encontrar un equilibrio que permita proteger la reputación de las personas sin desalentar la circulación de informaciones de interés público.

La discusión, en definitiva, trasciende el ámbito penal. Lo que está en  juego es cómo armonizar la defensa del honor con la libertad de expresión en una sociedad cada vez más digitalizada, donde la información circula con rapidez y donde las decisiones que adopten los tribunales podrían definir el alcance de ambos derechos durante los próximos años.

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RD tiene 14 fallas sísmicas activas, advierte la Defensa Civil.

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Santo Domingo.- Las alarmas se han encendido en la República Dominicana a propósito del movimiento telúrico de magnitud 5.0 registrado al sur de La Romana, sumado a los recientes fuertes terremotos en Venezuela.

El director de la Defensa CivilJuan Salas, reiteró este viernes que el país “vive en una zona sísmicamente activa” y recordó que existen al menos 14 fallas sísmicas que pueden activarse en cualquier momento, por lo que la preparación ciudadana puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.

Salas insistió en que la población debe mantenerse informada, organizada y lista para responder ante un evento súbito, al tiempo que anunció que el organismo cuenta con una nueva herramienta técnica para ofrecer respuestas más rápidas ante emergencias.

En medio del contexto regional, el titular de la Defensa Civil advirtió sobre la vulnerabilidad del país.

“Una brigada de técnicos dominicanos está trabajando en esta dirección… lo ocurrido en Venezuela, país con una placa tectónica similar a la nuestra, nos llama a mantenernos atentos. Somos un país con 14 fallas que pudieran activarse en cualquier momento”, expresó Juan Salas.

Además, explicó que el equipo técnico realiza demostraciones constantes sobre qué hacer antes, durante y después de un sismo, destacando tres acciones esenciales:

  • Mantener la calma
  • Identificar salidas seguras
  • Seguir un comportamiento correcto en medio de la emergencia.
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil
Delfín Rodríguez, sub director de la Defensa Civil

Durante la jornada informativa también intervino el subdirector de la Defensa Civil, Delfín Rodríguez, quien detalló los protocolos básicos que debe seguir la población en caso de un sismo.

“Antes de un sismo hay que capacitarse, hacer un plan familiar y comunitario de emergencia para saber qué hacer antes, durante y después”, explicó.

Rodríguez enfatizó el uso del silbato como herramienta de rescate, especialmente en casos de colapso estructural.

“El silbato sirve para que, si quedamos atrapados, podamos emitir sonido y los equipos de rescate nos localicen. Si no hay silbato, se puede golpear metal o piedras para ser ubicados”, señaló.

También indicó que las unidades de rescate cuentan con equipos especializados como cámaras telescópicas con alcance de hasta 12 metros entre escombros, además de tecnología de ultrasonido para la localización de personas atrapadas.

En cuanto a la respuesta inmediata, fue enfático en la técnica básica que toda la población debe memorizar:

Agáchate, cúbrete y protégete”, reiteró, explicando que durante el sismo las personas deben proteger la cabeza, adoptar posición segura y evitar correr de manera descontrolada.

Rodríguez explicó que el país comparte una compleja estructura tectónica en la isla, incluyendo fallas como la trinchera de los Muertos, ubicada al sur del territorio nacional, la cual ha sido históricamente responsable de eventos sísmicos en la región.

Recordó además el terremoto de Haití como un punto de reflexión para fortalecer la descentralización de los equipos de emergencia.

“Hoy contamos con equipos distribuidos en las nueve regiones del país. Si una región colapsa, otra puede brindar apoyo inmediato mientras llegan ayudas internacionales”, afirmó.

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Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
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