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Dominicanos no deberían ir a elecciones en 2020 sin Ley de Partidos y Electoral
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8 años agoon
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LA REDACCIÓNSANTO DOMINGO. Tras asegurar que llegó el momento de que la clase política asuma su responsabilidad, el director regional para América Latina y el Caribe de Idea Internacional, advirtió que la República Dominicana no debería ir a unas próximas elecciones sin las leyes de partidos políticos y de régimen electoral.
Daniel Zovatto consideró que los órganos electorales deben ser dotados de los instrumentos jurídicos, y no se les pida a la Junta Central Electoral llenar los vacíos legislativos con reglamentaciones administrativas.
A su juicio, ese es un juego muy peligroso que expone institucionalmente al país al riesgo de una crisis.
“Sobre todo en materia del financiamiento, condiciones de equidad, de la competencia electoral, fiscalización, regulación del financiamiento privado y acceso equitativo a los medios de comunicación “
Sostuvo que la República Dominicana se está quedando atrasada de la tendencia regional de ir actualizando sus legislaciones, en temas tan fundamentales como los mecanismos internos de elección, la paridad y el financiamiento.
Indicó que no vino al país a decirle a los partidos políticos lo que deben hacer, sino a contarle los que otras organizaciones están haciendo.
“Le llegó la hora de la reforma, no pueden seguir pateando la pelota para delante, la han pateado hacia delante hace 15 años, se está convirtiendo en un acto de irresponsabilidad, lo digo con mucho respeto, pero lo quiero decir muy claro”
¿Primarias abiertas o cerradas?
Aunque dice que tiene un componente jurídico muy importante, Zovatto entiende que el tema de las primarias es político.
Ello, según explica porque la Suprema Corte de Justicia (SCJ) determinó mediante sentencia el 16 de marzo del 2005, que las primarias abiertas no eran procedentes, pero que ahora se habla de la posibilidad de revisar la decisión.
“Creo que lo que está obstaculizando avanzar en este tema, no es ni lo jurídico ni financiero sino lo político y lo político fundamentalmente, dentro de un partido político y yo creo que hay que entrar en ese tema y dilucidarlo, no es un tema fácil y tampoco hay una respuesta única”, enfatizó.
Destacó que en América Latina hay modalidades para todos los gustos, pues no hay un modelo único.
Dijo que habrá que preguntarse las consecuencias a tener sobre las celebraciones de primarias abiertas donde participen personas ajenas al partido que podrían imponerse.
“Esa es la pregunta de fondo, después buscamos si es constitucional, si no es constitucional, si se puede revisar o no se puede, si es cara o no, o si hay recursos”, apuntó.
La reelección
Hipólito Mejía tiene el récord latinoamericano de ser el presidente que reformó la Constitución para ganar un segundo período consecutivo y no lo logró.
Manifestó que en el país costó una crisis interna y una división partidaria.
“República Dominicana tiene también el récord de ser el país que de 1978 a la fecha más veces reformó la Constitución, fundamentalmente por el tema de la reelección”, refirió.
Eso, indicó, revela que el sistema político partidista debe encontrar una manera más institucional de resolver el problema de sucesión de liderazgo.
El financiamiento
Si hay una debilidad manifiesta que tiene el sistema político dominicano y su marco jurídico, es en materia de financiamiento, afirma Zovatto.
“República Dominicana en todos los indicadores The Economist, Transparencia Internacional, etc., presenta una zona de riesgo muy peligrosa en materia de corrupción y su vinculación con el tema de financiamiento político”, apuntó.
Sostuvo que hay que prevenir el dinero del narcotráfico y del crimen organizado, pues el país cada vez está más expuesto.
Asimismo, el director regional de Instituto Internacional para la Democracia y Asistencia Electoral (Idea Internacional), advirtió que si no se controla el uso abusivo de los recursos del Estado es muy difícil ganarle al oficialismo. Afirmó que, en los países donde el Presidente cambia la Constitución, gana, salvo el caso de Hipólito Mejía.
El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Julio César Castaños Guzmán, considera que “si no se tiene la ley en 150 días de la legislatura, el tiempo se habría ido, porque los calendarios no permitirían aplicar esa ley”.
El empresario Celso Marranzini expresó: “Usted me va a regular a mí, cuando usted no es capaz de autoregularse, no, eso no es posible, es un contrasentido del sistema”.El presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Julio César Castaños Guzmán, consideró que el debate de las primarias no es jurídico sino por conveniencia.
“Lo que hemos debido es identificar los intereses comunes y sobre eso hacer el acuerdo, pero mientras sea por la personalidad eso no va para ninguna parte, eso lo sabe todo el mundo”, aseveró al tiempo de señalar que en el caso se necesita un poco de humildad.
Mientras el empresario Celso Marranzini, precisó que las discusiones de las primarias han perdido la objetividad en un tema tan importante como ese.
Criticó que se regule a la clase empresarial y se les aplique impuestos, cuando los políticos impiden su regulación.
“Hay que limitar la cantidad de recursos porque es una vergüenza que en un país como este, con tantas necesidades se invierta tanto en política”, enfatizó.
diariolibre.com
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JCE presenta plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género de la institución, presentó a la ciudadanía a través de sus redes sociales la plataforma digital del Observatorio de Participación Política de las Mujeres, espacio que estará integrado en la página de la institución.
Mediante un comunicado, la JCE explicó que el observatorio tiene como finalidad asesorar, diseñar, implementar, desarrollar y evaluar las acciones orientadas a fomentar la participación de las mujeres en la política.
Asimismo, indicó que esta iniciativa, que se encuentra bajo la coordinación de la miembro titular del Pleno y coordinadora de la Comisión de Políticas de Igualdad de Género, Dolores Fernández, es una plataforma que busca recopilar, analizar y visibilizar información sobre los avances, brechas y desafíos de la participación política femenina en República Dominicana.
Además, destacó que el observatorio funciona como una herramienta dinámica de estadísticas interactivas que permite conocer la evolución de la participación política de las mujeres en el país y a través de sus secciones, se podrán explorar datos sobre: candidaturas y cargos electos, participación en los partidos políticos, concurrencia electoral por sexo y participación de mujeres en juntas y colegios electorales.
La misión de este observatorio es, en primer lugar, analizar los niveles de cumplimiento de metas y objetivos nacionales e internacionales en torno a la igualdad de género en materia de representación política y, en segundo lugar, motivar e impulsar la participación paritaria de las mujeres en la toma de decisiones.
Entre los objetivos de esta propuesta, figuran: generar información cuantitativa y cualitativa sobre la representación política de mujeres y hombres en el ámbito nacional; medir los niveles de cumplimiento de metas y objetivos internacionales en torno a la igualdad de género; visibilizar avances de igualdad de género en los partidos políticos y aportar datos que sirvan para elaborar insumos claves para el análisis, la formulación de propuestas y el diseño de estrategias de incidencia política.
Asimismo, procura fortalecer las políticas públicas de igualdad, promover la paridad y la representación política equitativa, garantizar los derechos políticos de las mujeres e impulsar acciones para prevenir y erradicar la violencia política hacia las mujeres.
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Telemicro: TSA indicó que Indotel actuó de forma precipitada al asignar frecuencia del Canal 3
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Grupo Telemicro reaccionó al fallo judicial del Tribunal Superior Administrativo (TSA) sobre la asignación de la frecuencia del canal 3 VHF. En un documento indicó que la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) reconoció que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), en su rol de autoridad para la gestión del espectro radioeléctrico, actuó de forma «imprudente y precipitada» al asignar el Canal 3 digital a favor de Franasyn, S.R.L., mediante la Resolución núm. 132-2024 dictada el 14 de noviembre de 2024.
Indicó que el tribunal estableció, luego del análisis de las pruebas aportadas por las partes en el litigio sobre el Canal 3 en la banda VHF, que el «regulador (Indotel) tenía pleno conocimiento de que existía un proceso judicial abierto sobre el derecho de uso y explotación de esa frecuencia».
«El órgano apuntó que, en tales circunstancias, esa entidad encargada de gestión radioeléctrica debía actuar con la debida prudencia y observar el principio de realizar una buena administración, absteniéndose de adoptar decisiones que pudieran incidir en el proceso, como lo fue asignar el Canal 3 a favor de un tercero, en este caso la sociedad Franasyl. S.R.L.», dice un documento enviado por la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
Derechos de Franasyl
La Tercera Sala del TSA reconoció la legitimidad de los derechos alegados por Franasyl, S.R.L. en torno al Canal 3 virtual y declaró válida su intervención voluntaria en el proceso.
En su decisión, el tribunal rechazó en todas sus partes el recurso contencioso administrativo interpuesto por Telemicro y confirmó íntegramente la Resolución núm. 080-2022 emitida por el Indotel.
La sentencia se produce tras el reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia mediante la decisión SCJ-TS-25-0203, que instruyó una nueva valoración del caso después de identificar un vicio de desnaturalización de los hechos en un fallo anterior.
- Telemicro buscaba que la justicia anulara la resolución del Indotel alegando derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF derivados de una comunicación emitida por el órgano regulador en 2004.
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Senado contra la pared con el CPP: aprobar o rechazar
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1 día agoon
diciembre 5, 2025
Santo Domingo, R.D.-El Senado de la República conocerá este viernes en única discusión el proyecto de ley del nuevo Código Procesal Penal, con las decenas de modificaciones que hizo la Cámara de Diputados y la opción de aprobar o rechazar el documento.
El pleno senatorial deberá decidir “lo más rápido posible”, debido al plazo que le otorga el Tribunal Constitucional en la sentencia 0765/24. En su fallo, emitido el 6 de diciembre de 2024, la alta corte declaró nula la Ley 10-15, que modifica el Código Procesal Penal del 2002, y dio un año al Congreso Nacional, hasta el 11 de este mes, para tener listo un nuevo marco legal.
La pieza de ley que estudian los congresistas generó fuertes debates en la Cámara de Diputados mientras era conocida, por artículos que tienen que ver con las facultades del Ministerio Público (MP) en los procesos, como los de peritajes. Uno de ellos es el artículo 211, sobre el nombramiento de peritos.
La moción de Pacheco y Díaz, que es similar a la versión que llegó del Senado, consiga tres párrafos, en el que establecen que los peritos en cualquier otro momento son nombrados, mediante resolución motivada, por el juez o tribunal, a propuesta de parte; el número de peritos es determinado según la complejidad de las cuestiones a plantear, considerando las sugerencias de las partes; y el dictamen o la resolución que ordena el peritaje fija con precisión las razones que lo motivan, su objeto y alcance, así como el plazo para la presentación de dichos dictámenes.
El Procesal Penal vigente no condiciona el nombramiento del perito por el Ministerio Público a que no sea “anticipo jurisdiccional”. Dice, más bien, que durante la etapa preparatoria los nombra el Ministerio Público.
Ejecución del peritaje
Amado Díaz propuso también -siendo acogida por la mayoría-, modificar el artículo 215 del nuevo Código, que trata sobre la ejecución del peritaje, para agregar al MP, quien había sido dejado fuera de ese apartado en la aprobación en primera discusión. Se estableció que el órgano persecutor, juez o tribunal que ha dispuesto el peritaje, resuelva todas las cuestiones que se planteen durante su realización.
La CD modificó el artículo 48 de la pieza
Otro punto de debate en los diputados fue el de la interrupción de la prescripción, artículo 48, numeral 1, uno de los que se quejó Eugenio Cedeño. La Cámara modificó dicho apartado -al dejar quitar la frase “presentada por el Ministerio Público”, para que diga que la prescripción se interrumpe por: la imposición de medida de coerción; la presentación de la acusación; y el pronunciamiento de la sentencia, aunque sea revocable.
