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Opinión

Donald Trump: ¿Cómo terminará…?

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(segunda entrega)

Por Oscar López Reyes

Antes que Donald Trump, dos presidentes de Estados Unidos confrontaron ásperamente a la prensa, John F. Kennedy (1961-1963) y Richard Nixon (1969-1974): El primero sufrió un atentado fatídico y el segundo se vio compelido a renunciar como jefe de Estado. El tercero, Trump, más contestatario en el contrapunteo, si prosigue con su megalomanía e irreflexivo comportamiento, seguirá desencadenando más percances/heridas a los habitantes del globo terráqueo y por la turbulencia no fondeará la barca presidencial en buen puerto.

Trump, osado hasta el extremo, triunfó en las elecciones del 8 de noviembre de 2016 por la manipulación oculta del presidente ruso Vladimir Putin, y el 30 de octubre de 2025 escuchó con torcimiento la retórica de paz del presidente de China, Xi Jinping, en Corea del Sur: En son de concordia, este ha invitado a Trump a visitar próximamente a Zhongguo -la tierra de la muchacha o sirvienta- y luego Jinping estará en Estados Unidos. Contemplando las siete asombrosas maravillas contemporáneas de China, ¿cederá el presidente norteamericano en su beligerancia?

Desde su campaña electoral de 2016, Trump ha desbordado todos los límites frente a los medios de comunicación: Ha impedido el acceso de reporteros a actos y a la Casa Blanca, suspendió la estatal La Voz de América y la Agencia de Estados Unidos para los Medios Globales; ha demandado judicialmente a más de 30 periodistas y medios, y amenazado con suspender licencias de transmisión.

Y se solaza –con gesto teatral- endilgándolos como “enemigos del pueblo, que se inventan fuentes anónimas” y actúan ilegalmente, y a los periodistas los ha calificados como “Cerdita, silencio”, “izquierdistas”, “corruptos” difusores de “noticias falsas”, “imprudentes y maliciosos”, “deshonestos”, “desagradables”, “reporteros de baja calaña” y “escorias humanas”.

“¿Saben por qué lo hago?”, se preguntó. Y contestó: “Lo hago para desacreditarlos y menospreciarlos a todos, para que cuando escriban historias negativas sobre mí, nadie les crea”.

Aparte de las eventuales recomendaciones de Jinping y Putin, un trío de amigos de confianza o familiares de Trump tendrá que pedirle un encuentro íntimo, que comience con una sesión de meditación yoga para la relajación -repitiendo con los ojos cerrados por media hora- un mantra que le tranquilice la mente. ¿Aceptará?

Esos tres atrevidos deberán fungir como consejeros y razonarle -que interprete diáfanamente que se trata de un mensaje de ayuda- que sus disposiciones están impactando perjudicial/dañinamente a los mercados y la economía política global, y en particular a Estados Unidos, que conducían a un holocausto nuclear; que está perdiendo la batalla en la opinión pública y que su desafiante postura de no tener miedo, el establishment y el primer ministro de Israel, el genocida de Gaza Benjamín Netanyahu, lo han colocado peligrosamente en el filo de la navaja.

Además de los medios de comunicación, Trump no deja pasar el tren para pactar marchs, encarar a los superpoderes globales, como China y Rusia; amenazar a distintos países y arreciar la crueldad contra el sufrido, digno y solidario pueblo de Cuba. Pero no se percata que respalda a numerosos presidentes absolutistas, por coincidencias estratégicas, y que se ha convertido en el presidente más anti-democrático en la historia estadounidense.

En su segundo mandato iniciado el 20 de enero de 2025, Trump ha realimentado la Doctrina Monroe de 1823, reetiquetada como la «Doctrina Donroe», en su visión de «la Gran América del Norte» y con una política exterior de «Escudo de las Américas», guarecida en la meta de supremacía universal de Estados Unidos.

No obstante haber proclamado que pondría fin a la participación de Estados Unidos en costosas y destructivas guerras extranjeras, ha llevado a cabo una ofensiva a gran escala contra jefes de Estado, detrás de concesiones para reforzar la presencia de su nación imperialista y limitar influencias externas en el hemisferio Occidental.

Resumamos en 10 puntos las más de 30 controversias y traspiés de Trump:

1.- Imposición unilateral de aranceles globales a importaciones, entre un 10 y un 100%.

2.- Enfrentamiento con Cuba, Canadá, Panamá y su canal, Venezuela y su petróleo, Colombia, Brasil, China, la Unión Europea/OTAN, Rusia, Corea del Norte, México y su Golfo, Dinamarca y su Groenlandia, y Harvard y la primera universidad norteamericana.

3.- Apoyo al exterminador de la Franja de Gaza – Benjamín Netanyahu- y las guerras en Ucrania, Irán, El Líbano y otros territorios de Asia y África.

4.- Destrucción extrajudicial de embarcaciones sospechosas de transportar drogas en aguas del Caribe y el Pacífico, con un balance de 175 muertos.

5.- Intensa presión sobre el presidente de la independiente Reserva Federal (Fed), Jerome Powell, a quien el gobernante amenazó con despedirlo si no reducía drásticamente la tasa de interés.

6.- Reveses por parte de jueces que han frenado disposiciones suyas, como la protección a periodistas y a medios de comunicación.

7.- Paralizaciones judiciales sobre repatriaciones.

8.- Purgas en jerarcas castrenses y destituciones del secretario de Seguridad Nacional, la Fiscal General, el asesor de Seguridad Nacional y otros miembros de su gabinete.

9.- Suspensión de visas a una larga lista de ciudadanos de 75 países.

10.- Insultos y choque con el papa León XIV.

Sin referencias metafóricas, estrategas políticos y militares han dado relevancia, en eventos y en textos, que cuando el líder de una instancia con facultad de mando -presidentes de la República, corporaciones privadas, organizaciones políticas, religiosas, sindicales y otras- se abren múltiples frentes simultáneamente manipulan una caja giratoria que pilotea hacia el desgaste de su liderazgo, su legitimidad y vulnerabilidad.

Psiquiatras y psicólogos puntualizan que cuando una persona está abrumada aparece el “efecto bloqueo” mental y lidiando con tantos frentes, un gobierno se vuelve reactivo y sobrevienen la desconfianza, la incertidumbre, los sometimientos judiciales, las presiones externas, los conflictos, la inestabilidad en los precios, la violencia y el colapso de la economía y la función presidencial.

Trump ha creado tensión en más de 30 rejas político/sociales y militares, que lo han colocado en la cuerda floja: inflación aupada por la guerra de Irán, conflictividad con otras organizaciones políticas y otras estructuras internas de gran influencia, con mandatarios y naciones; pierde la confianza a todos los niveles, desciende el número de turistas que viaja a Estados Unidos y baja su popularidad. La flecha apunta a que tendría su descarga (Arrow End o Arrow Pointing Left Then Down) en un impeachment o juicio político por «incapacidad moral o física» o «falta absoluta» en el Congreso, que llevaría a su vacancia presidencial o destitución.

Avizorando que su Partido Republicano perdería las elecciones de medio término programada para el martes 3 de noviembre de 2026, Trump ha advertido que pueden pasar “cosas malas”. En tanto, la Cámara de Representantes sancionó la Ley de Protección de la Elegibilidad de los Votantes Estadounidenses (SAVE), que exigiría a las personas presentar una identificación y una prueba de ciudadanía para votar, mientras que el mandatario presiona para que acojan la legislación, que los demócratas afirman que privaría del derecho al voto a los electores elegibles.

Desconcertado (“¿Qué está pasando…?”) porque su índice de aprobación ciudadana está en el suelo, los informes indican que Trump contempla evitar la celebración de las elecciones de noviembre, en las cuales los republicanos podrían perder el control de la Cámara de Representantes y el Senado. ¿Aceptará el envalentonado los consejos de Putin, Jinping y el posible trío de amigos y familiares que acudiría en su auxilio?

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El autor: Expresidente Colegio de Periodistas y Asoc. Escuelas de Comunicación Social (AdecomRD), y presidente Asoc. Dom. Profesionales de Relaciones Públicas (Asodoprep).

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Opinión

La justicia-espectáculo no devuelve lo robado

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Por Isaías Ramos

Una nación no se empobrece solamente cuando le roban dinero. Se empobrece cuando el robo se normaliza, cuando la impunidad se administra, cuando la persecución de la corrupción se percibe como selectiva y cuando la justicia se convierte en espectáculo para entretener la indignación, pero no para devolverle al pueblo lo que le quitaron.

La corrupción no vive solo en expedientes, titulares o ruedas de prensa. Se siente cuando falta medicina en un hospital, cuando una escuela se deteriora, cuando un apagón apaga un negocio, cuando una familia se endeuda para comer y cuando un joven descubre que el mérito no pesa tanto como la conexión.

Después de hablar de un país donde la movilidad social está bloqueada, hay que decirlo con claridad: la corrupción es una fábrica de inmovilidad social. Roba dinero, sí; pero también roba confianza, oportunidades, futuro y dignidad.

El informe de clima social de LS Consulting confirma que corrupción y costo de vida se consolidan como ejes del malestar: el costo de vida es la experiencia diaria; la corrupción, la explicación de por qué ese costo no se administra mejor. También muestra que 78% de los consultados siente que el gobierno no da el ejemplo cuando pide austeridad.

Ahí está el fondo: el pueblo recorta, se endeuda, sacrifica salud, alimentación, transporte y tranquilidad; mientras observa que arriba muchas veces no hay la misma disciplina, transparencia ni sacrificio.

Por eso la lucha contra la corrupción no puede ser selectiva ni teatral. Cuando no recupera bienes, no desmonta redes, no cambia reglas, no audita subsidios, no transparenta concesiones, no revisa exenciones y no devuelve recursos al pueblo, deja de ser justicia y se convierte en espectáculo. Una justicia-espectáculo puede producir titulares, pero no reconstruye movilidad social.

El país no necesita “pan y circo” anticorrupción. Necesita justicia con recuperación de activos y reforma institucional.

Y aquí cabe una pregunta que la República debe hacerse sin miedo: ¿para qué se aprobó y promulgó una Ley de Extinción de Dominio si los bienes ilícitos no se persiguen con firmeza, si lo robado no se recupera con transparencia y si esos recursos no vuelven a escuelas, hospitales, agua, seguridad, electricidad y oportunidades?

La Ley núm. 340-22 regula la extinción de dominio como acción autónoma, independiente y patrimonial, ejercida contra bienes ilícitos y no como sustituto del juicio penal contra una persona. Reconoce derechos y garantías de las partes afectadas y exige declaración judicial a favor del Estado.

Hay que hablar con rigor. La extinción de dominio no significa quitar bienes por discurso, presión política o condena mediática. La ley dispone que el juicio sea en audiencia pública, oral y contradictoria; que las pruebas se debatan; que el Ministerio Público pruebe las causales de procedencia y la ausencia de buena fe; y que el estándar aplicable sea la preponderancia de la prueba.

Pero tampoco puede convertirse en letra muerta. Frente a una acción debidamente sustentada, quien ostenta bienes cuestionados tiene derecho a defenderse y aportar prueba fehaciente sobre su origen lícito y su buena fe. Si un tribunal competente determina que esos bienes tienen origen o destino ilícito y que no existe buena fe jurídicamente protegida, no deben seguir amparados por la lentitud, la influencia o el poder económico. Deben pasar al Estado y volver al bien común.

Cada peso robado que no se recupera se convierte en deuda moral, fiscal y social que terminarán pagando nuestros hijos.

No basta con presentar culpables si los bienes robados no regresan al patrimonio público. Y no basta con perseguir casos si las mismas prácticas vuelven con otro contrato, otra nómina, otra exención o una nueva concesión.

La verdadera lucha contra la corrupción debe responder tres preguntas: ¿dónde está el dinero?, ¿quiénes se beneficiaron?, ¿qué reglas deben cambiar para que no vuelva a ocurrir?

La corrupción también se disfraza de legalidad. A veces ocurre con contratos blindados, incentivos eternos, obras sobrevaluadas, compras sin competencia real, subsidios sin beneficiario claro y privilegios convertidos en política pública.

Por eso el combate a la corrupción no puede limitarse al funcionario que mete la mano. También debe mirar al modelo que permite capturar decisiones públicas, recibir beneficios sin retorno y trasladar el costo al ciudadano común.

Esto no es contra empresarios productivos ni contra inversión responsable. Es contra privilegios sin consecuencia, subsidios sin auditoría, incentivos sin resultados e impunidad vestida de normalidad.

La Constitución dominicana no manda un Estado de espectáculo. Manda un Estado Social y Democrático de Derecho, fundado en dignidad humana, derechos fundamentales, trabajo, soberanía popular y separación de poderes. Cuando los recursos se pierden en corrupción, clientelismo o privilegios, no solo se viola la ética pública: se contradice el mandato constitucional.

En el Frente Cívico y Social estamos convencidos de que la lucha anticorrupción debe dejar de ser temporada de titulares y convertirse en política permanente de Estado: registro público de bienes recuperados, auditorías de subsidios y exenciones, contrataciones transparentes, control ciudadano de obras, protección a denunciantes, sanción patrimonial y destino social de los recursos recuperados.

Cada peso recuperado debe tener rostro y destino: escuelas, hospitales, agua, seguridad, transporte, electricidad, apoyo productivo, juventud y movilidad social. Porque lo robado no puede quedarse en expedientes. Lo robado debe volver al pueblo.

No se trata de venganza. Se trata de República. No se trata de dividir al país. Se trata de unir a la ciudadanía alrededor de una regla básica: quien robe al pueblo debe responder ante la justicia y ante la República.

Porque un país donde la corrupción entretiene más de lo que repara no está haciendo justicia: está administrando indignación. Y una nación que administra indignación, pero no recupera lo robado, no abre camino. Lo bloquea.

Ya basta de justicia-espectáculo: lo robado debe volver al pueblo y la República debe ser gobernada con orden constitucional.

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Opinión

El Giro Constitucional de 2010 y la Inclusión Electoral como Expresión de la Dignidad

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Por Robinson Lebrón

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El bloque de constitucionalidad y la dimensión sustantiva del sufragio

La proclamación de la Constitución del 26 de enero de 2010 supuso una ruptura paradigmática en el ordenamiento jurídico de la República Dominicana, al transicional formalmente desde un Estado clásico de derecho hacia un Estado Social y Democrático de Derecho. Esta transformación situó a la dignidad humana en la cúspide axiológica del sistema, definiéndola en su artículo 5 como el fundamento ético y ontológico de la República, y reforzándola en el artículo 38 como un valor sagrado, innato e inviolable.

Bajo esta nueva matriz dogmática, los derechos políticos tradicionalmente interpretados como meras facultades procedimentales para la alternancia del poder adquirieron la categoría de derechos fundamentales vinculados directamente al libre desarrollo de la personalidad y a la autonomía individual. Votar y ser elegible dejaron de ser simples mecanismos técnicos de agregación de preferencias para convertirse en un canal de autorrealización ciudadana.

El Tribunal Constitucional dominicano, a través de su prolífica jurisprudencia a partir de 2012, consolidó este criterio al establecer que los derechos de ciudadanía no pueden ejercerse plenamente si se despoja al individuo de las condiciones mínimas materiales y de respeto a su integridad moral. Por consiguiente, la legitimidad de los procesos electorales en los últimos veinte años empezó a medirse no solo por la pulcritud del cómputo de las boletas, sino por la capacidad del Estado para garantizar que cada ciudadano concurra a las urnas en condiciones de libertad, igualdad y no discriminación.

Mecanismos de inclusión fáctica: El Voto Accesible

Uno de los hitos más tangibles en la operativización de la dignidad humana dentro del sistema electoral dominicano ha sido el desmantelamiento progresivo de las barreras arquitectónicas y metodológicas que históricamente excluyeron a las personas con discapacidad y a los adultos mayores. En consonancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y el mandato de igualdad del artículo 39 de la Carta Magna, la Junta Central Electoral (JCE) implementó de manera sistemática a partir de la década de 2010 la política de Voto Accesible.

Esta política institucionalizada se ramificó en tres componentes principales que devolvieron la autonomía al elector:

  • Colegios Electorales en Primeros Niveles: La reubicación obligatoria de las mesas de votación en las plantas bajas de los recintos escolares y recintos públicos para garantizar el libre acceso de ciudadanos con movilidad reducida o usuarios de sillas de ruedas.
  • Plantillas Braille: La introducción de boletas auxiliares con relieve para las personas con discapacidad visual, permitiendo por primera vez el ejercicio del voto secreto e independiente, eliminando la necesidad de delegar su voluntad en un tercero, práctica que lesionaba directamente su dignidad y privacidad.
  • El Programa de Voto en Casa: Un plan piloto ejecutado en los últimos ciclos electorales diseñado para trasladar al personal de las mesas de votación y las urnas directamente a los hogares de ciudadanos con condiciones de salud extremas o inmovilidad absoluta, reconociendo su estatus de miembros plenos de la soberanía política del Estado.

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Opinión

Cumplimiento  de la condena de la Corte Penal Internacional

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Por Rommel Santos Diaz

El Estatuto de Roma dispone lo que debe realizarse luego del cumplimiento de la condena, según las limitaciones sobre el enjuiciamiento o el castigo de otros delitos. El Estatuto prevé sobre la transferencia de la persona que no sea un nacional de Estado que ejecuta, extradita o entrega al Estado que lo solicite.

La descripción que hace el Estatuto de Roma podría verse detallada de la regla de especialidad. Regula el derecho individual de proteger a una persona que esta condenada o que cumple una condena, para que no sea enjuiciada o extraditada, salvo que la CPI lo acepte a solicitud del Estado.

Sin embargo, el Estatuto de Roma establece que la Corte Penal Internacional sólo podrá referirse a la solicitud de un Estado ¨¨¨luego de haber escuchado la opinión de la persona condenada¨.

Si un Estado acepta a una persona condenada, se necesitaran procedimientos apropiados para que se respete a cabalidad con este requisito. Particularmente los Estados de ejecución deberán adherirse a lo dispuesto en varias partes del Estatuto de Roma.

En cuanto a las medidas de parte de los Estados Partes de la CPI para la implementación cabe destacar  que esto podría requerir de cambios tanto legislativos como administrativos por parte de los Estados aceptantes.

En lo referente a la revisión por parte de la CPI para reducir condenas, el Estatuto de Roma establece claramente que solo la Corte tiene la potestad de reducir la condena luego de haber dado audiencia a la persona condenada.

La revisión de una sentencia por parte de la CPI deberá llevarse a cabo cuando la persona haya cumplido dos tercios de la condena, o 25 años en el caso de la cadena perpetua. La CPI podrá reducir la sentencia basándose en los elementos en lo que al respecto establece el Estatuto de Roma.

En el contexto de cumplimiento de las obligaciones los Estados no deberán interferir con las condenas impuestas por la Corte Penal Internacional, ya sea reduciendo o modificando la sentencia. En este sentido se recomienda que los Estados  deberán revisar su legislación para evitar esta posibilidad.

Rommelsantosdiaz@gmail.com

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Edificio La República: Restauración No. 138, cuarta planta, Santiago, República Dominicana. Teléfono: 809-247-3606. Fax: 809-581-0030.
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