Opinión
El acuerdo Procuraduría-Odebrecht
Published
7 años agoon
Si la Procuraduría General de la República (PGR) hubiese demandado a la constructora brasileña Odebrecht el cumplimiento del acuerdo de cooperación firmado entre ambas, ya estaría en condiciones de formular un poderoso expediente acusatorio por lo menos sobre los responsables de haber recibido los 92 millones de dólares que la empresa confesó haber pagado de sobornos en el país.
De haber habido intención de llegar a las últimas consecuencias sobre las implicaciones en el país del mayúsculo escándalo transnacional, hasta se hubiese obtenido información específica de Odebrecht sobre las obras sobrevaluadas, y quién sabe si hasta detalles sobre los financiamientos de campañas electorales también confesados.
Debe recordarse que en virtud del acuerdo la PGR se comprometió a no iniciar ninguna acción judicial contra Odebrecht ni sus ejecutivos, a cambio de lo cual la empresa entregaría toda la información sobre sus operaciones ilegales en el país, con detalles y exactitudes y pagaría una multa equivalente al doble de los sobornos, en un cómodo plazo de 8 años.
También conviene actualizar que un párrafo del artículo 3 del documento establece que “El incumplimiento de Odebrecht a su obligación de entrega de información y pago de las cuotas en la extensión y en los plazos convenidos en este acuerdo, facultará al MP a dar por terminado el presente acuerdo, a retener las sumas que hubiesen sido pagadas, y a reiniciar las persecuciones penales y civiles en su contra, como si el presente acuerdo nunca hubiese sido suscrito”.
El compromiso de la sobornadora fue, “a título enunciativo y no limitativo, a suministrar toda documentación e información que posea, conozca y conserve de los hechos vinculados a la República Dominicana y toda información útil que obtenga en relación a los mismos, que permita al MP: i) Identificar los funcionarios públicos sobornados en la República Dominicana, y toda la información que conduzca a determinar co-autores y cómplices; ii) Identificar las obras que resultaron adjudicadas como consecuencia de los sobornos pagados; iii) Identificar las personas físicas y jurídicas que facilitaron y/o coadyuvaron a entregar los sobornos; iv) Indicar los montos de los sobornos entregados y el mecanismo financiero utilizado para hacerlos llegar a los sobornados, intermediarios o personas interpósitas, debiendo suministrar en ese sentido las cuentas bancarias, registros contables y cualquier otra información relevante a tales fines”. Eso entre otros enunciados.
Cumplidos ya diez meses del acuerdo, precipitado el 20 de enero, y siete de su homologación por un juez, el 19 de abril, todavía la PGR no ha reclamado su cumplimiento, y nadie cree que se haya avanzado en las investigaciones, faltando apenas diez semanas para el plazo de 8 meses en que debe fundamentar las imputaciones presentadas ante el juez instructor, que dictó medidas de coerción el 7 de junio.
Muchos piensan que si no se hubiese firmado tan generoso acuerdo o si se hubiese exigido su cumplimiento, la Odebrecht no estaría en condiciones de exigir otros 708 millones de dólares para concluir las plantas de carbón de Punta Catalina, lo que mantiene en zozobra al gobierno de Danilo Medina, que hizo de esa obra su buque insignia de inversión y hasta corre el riesgo de no poder terminarla en su último período de gobierno.
La única explicación lógica para la precipitación en la firma del acuerdo con Odebrecht y que no se haya exigido su cumplimiento es un pacto implícito para que los ejecutivos de la constructora no dejaran escapar detalles que pudieran comprometer la actual gestión gubernamental, ya suficientemente salpicada por la asesoría de Joao Santana y Mónica Moura, convictos de la justicia brasileña por haber sido instrumento de Odebrech en financiamientos de campañas electorales, tanto en Brasil como en otros países.
Con el reclamo de los 708 millones de dólares a adicionales para concluir las plantas eléctricas, Odebrecht le saca la lengua al gobierno de Danilo Medina.-
Opinión
Impugnación de la competencia de la Corte Penal Internacional
Published
1 día agoon
marzo 13, 2025Por Rommel Santos Díaz
La Corte Penal Internacional se cerciorará de ser competente en todas las causas que le sean sometidas. La CPI podrá determinar de oficio la admisibilidad de una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma.
De acuerdo con el Estatuto de Roma podrán impugnar la admisibilidad de la causa, por uno de los motivos mencionados en el artículo 17, o impugnar la competencia de la Corte Penal Internacional:
- a)El acusado o la persona contra la cual se haya dictado una orden de detención o una orden de comparecencia con arreglo al artículo 58;
- b)Un Estado que tenga jurisdicción en la causa porque esta investigando o enjuiciando o lo ha hecho antes; o
- c)Un Estado cuya aceptación se requiera de conformidad con el artículo 12.
El Fiscal podrá pedir a la Corte Penal Internacional que se pronuncie sobre una cuestión de competencia o de admisibilidad. En las actuaciones relativas a la competencia o la admisibilidad, podrán presentar asimismo observaciones a la Corte quienes hayan remitido la situación de conformidad con el artículo 13 del Estatuto de Roma y las víctimas
.
La admisibilidad de una causa o la competencia de la CPI sólo podrán ser impugnadas una sola vez por cualquiera de las personas o los Estados a que se hace referencia en el párrafo 2. La impugnación se hará antes del juicio o a su inicio.
En circunstancias excepcionales la Corte Penal Internacional podrá autorizar que la impugnación se haga más de una vez o en una fase ulterior del juicio. Las impugnaciones a la admisibilidad de una causa hechas al inicio del juicio, o posteriormente con la autorización de la Corte, sólo podrán fundarse en el párrafo 1 c) del artículo 17 del Estatuto de Roma.
Antes de la confirmación de los cargos, la impugnación de la admisibilidad de una causa o de la competencia de la CPI será asignada a la Sala de Cuestiones Preliminares. Después de confirmados los cargos, será asignada a la Sala de Primera Instancia. Las decisiones relativas a la competencia o la admisibilidad podrán ser recurridas ante la Sala de Apelaciones de conformidad con el artículo 82 del Estatuto de Roma.
Hasta antes de que la Corte Penal Internacional se pronuncie, el Fiscal podrá pedirle autorización para:
- a)Practicar las indagaciones necesarias de la índole mencionadas en el párrafo 6 del articulo 18 del Estatuto de Roma;
- b)Tomar declaración a un testigo o recibir su testimonio, o completar la recolección y el examen de las pruebas que hubiere iniciado antes de la impugnación; y
- c)Impedir, en cooperación con los Estados que corresponda, que eludan la acción de la justicia personas respecto de las cuales el Fiscal haya pedido ya una orden de detención en virtud del artículo 58 del Estatuto de la Corte.
La impugnación no afectará a la validez de ningún acto realizado por el Fiscal, ni de ninguna orden o mandamiento dictado por la CPI, antes de ella.
Si la CPI hubiere declarado inadmisible una causa de conformidad con el artículo 17 del Estatuto de Roma, el Fiscal podrá pedir que se revise esa decisión cuando se haya cerciorado cabalmente de que han aparecido nuevos hechos que invalidan los motivos por los cuales la causa había sido considerada inadmisible de conformidad con dicho artículo.
Finalmente, el Fiscal, si habida cuenta de las cuestiones a que se refiere el artículo 17 del Estatuto de Roma suspende una investigación, podrá pedir que el Estado de que se trate ponga a su disposición información sobre las actuaciones. A petición de ese Estado, dicha información será confidencial. El Fiscal, si decide posteriormente abrir una investigación, notificará su decisión al Estado cuyas actuaciones hayan dado origen a la suspensión.
Rommelsantosdiaz@gmailcom
Por Nelson Encarnación
Son muchos los dominicanos que no se reponen del shock que les provocaron las diversas manipulaciones y mentiras vertidas por el expresidente Danilo Medina durante su comparecencia de la semana pasada en un importante medio radial de nuestro país.
Cuando se anunció días antes que el líder del Partido de la Liberación Dominicana aparecería en un medio público, hubo la apreciación generalizada de que aprovecharía el alcance de este para al menos desvestir su alma y bajar al terreno de la humildad para pedir algún tipo de perdón—aun fuese en voz baja—por las muchas culpas que necesitan urgentemente su expiación.
Sin embargo, es evidente que Danilo está convencido de que todas sus actuaciones en el Gobierno estuvieron ajustadas a la decencia más absoluta, cuando la realidad apunta precisamente en otra dirección.
Para él, los expedientes que involucran a familiares y entorno político más estrecho, son simples majaderías urdidas para molestarle, o una manifestación de la llamada judicialización de la política o politización de la justicia, mediante la cual han sido quitados del camino potenciales competidores de la corriente predominante.
Con ese convencimiento resulta improbable que el expresidente se humanice y entienda que admitir los errores hace grandes a las personas, y que, por el contrario, encerrarse en una convicción pueril las reduce.
Hay más de una evidencia que Danilo fue advertido por cercanos acerca del comportamiento depredador de algunos de sus íntimos, pero obvió tomar las medidas aconsejables, para dejar campo abierto a la continuación de los desmanes, muchos de los cuales se han reflejado en los casos que actualmente se ventilan en justicia, y que él los atribuye a “persecución política”.
En el campo de la lucha propiamente política, Medina trata de convencernos de que su laborantismo encaminado a propiciar el escenario para una segunda reelección en 2020 es un espejismo o un invento de sus adversarios.
Eso de que no tenía votos para modificar la Constitución es un ardid y una expresión fehaciente de su condición de simulador, pues todos vivimos aquel trance que mantuvo en vilo a la nación hasta que la administración Trump—en una intromisión inaceptable, eso sí—le apeó del carro reeleccionista que pudo haberse descarrilado hacia una situación de manejo muy complejo.
Danilo podrá decir lo que quiera, pero la historia no se puede borrar.
Por Narciso Isa Conde
Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.
La que debe ser emplazada NO ES MIRIAM, es Yeni Berenice, acompañada de Camacho, el del PEPCA y ahora ascendido, ambos con fuertes vínculos con la Embajada, FBI, DEA…Leonel, Abinader…Ahora la PGR cae bajo control absoluto de esa tríada, vía los ascensos de Berenice y Camacho.
Miriam German ha sido víctima de su entorno, de un acorralamiento programado en medio de una gran soledad y de su propio institucionalismo (excesivo respeto a la separación de funciones dentro de la PGR). Además, la amenaza del cártel del Cibao y del tal J, fue manipulada para amarrarla más. Hicieron un gran bulto desde la DNCD y dejaron todo igual: el cartel sigue impune. Abinader, Cabrera-DNCD y la DEA dirigieron esa operación.
Berenice y el PEPCA han bloqueado muchos expedientes, incluso los presentados por nosotros. El caso de ANTENA LATINA es emblemático y yo lo entregué personalmente, y muchas veces demandé respuesta y nada. A esos encargados de investigar y perseguir los delitos, se le entregaron numerosas denuncias del Archivo Abierto de Marcha Verde y no hicieron nada: siguen abundando las vacas sagradas oligárquicas y transnacionales denunciadas; y estas abundan junto a la impunidad del leonelismo, de políticos ladrones y generales asesinos.
Una PGR manipulada por la EMBAJADA-EU, Leonel y Abinader y un Poder Judicial maleado y muy influido por el PLD, están descalificados para ponerle fin a la impunidad.