Análisis Noticiosos
El auto de la Fiscal abona la impunidad
Published
13 años agoon
By
LA REDACCIÓNPor Juan Bolívar Díaz
El archivo definitivo de la querella de Guillermo Moreno para que se investigue la fortuna del expresidente Leonel Fernández y su Fundación Global, dispuesto por la procuradora fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, contiene elementos de racionalidad pero abona la impunidad en la gerencia pública nacional.
Llama la atención que el dictamen sugiere la comisión de actos reñidos con la moral y la ética sancionados en las sociedades democráticas, pero al mismo tiempo se rechaza realizar una investigación a fondo para verificar sus reales alcances, bajo el alegato de que no hay tipificación delictual.
Nada sorprendente
A nadie debe haber sorprendido la decisión de la fiscal de disponer el archivo definitivo de la querella contra el doctor Leonel Fernández y su Fundación Global, pues desde que fue presentada el 24 de enero pasado se advirtió que ese sería su destino, dado el absoluto control de los mecanismos judiciales que dejó amarrado el querellado.
La leve esperanza de independencia que se desprendía de las condiciones éticas y profesionales de la joven fiscal fue aniquilada por las presiones públicas y privadas que se ejercieron sobre ella, con concertados ataques políticos y personales a través de medios de comunicación, al extremo de haberle llevado una turba vociferante y amenazante disfrazada de abogados frente a su despacho el 5 de abril.
Ya en el análisis
“El Nunca Jamás de Guillermo Moreno” (HOY 17 de febrero) se advertía que esa querella “constituye una carga muy pesada que podría poner en juego la tranquilidad y hasta la carrera de la joven abogada Yeni Berenice Reynoso…La generalidad de los observadores cree que es un peso demasiado grande por los poderes que concentra el expresidente Fernández, especialmente en las altas cortes”.
La decisión de la joven fiscal pudo haber quedado sellada al final de abril cuando el expresidente de la Suprema Corte de Justicia Jorge Subero Isa confesó que ese organismo se inclinó ante el presidente Fernández en el escandaloso caso de la Sun Land. Si 18 magistrados de experiencia, muchos en el final de sus carreras, con por lo menos tres de ellos favoreciendo el imperio de la justicia, no pudieron desafiar el poder, por qué habría de hacerlo una joven fiscal solitaria y apenas en el inicio de su carrera.
Salida con racionalidad
En medio de un fuego cruzado, la talentosa Yeni Berenice Reynoso se buscó una salida con un elemento que no deja de tener racionalidad, acogiéndose al “Principio de Legalidad Penal”, sobre la base de que las acusaciones contenidas en la querella del doctor Moreno no están tipificadas como delitos.
Cita el artículo 40 de la Constitución que proclama que “Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracciones penal o administrativa”.
Ella pudo haberse inhibido en el caso, aduciendo que tenía conflicto, ya que la defensa la encabeza el exprocurador general Radhamés Jiménez, quien la designó fiscal, o porque ella misma es una beneficiaria de la Fundación Global donde cursa una maestría de 10 mil dólares, pero para muchos habría sido una forma de escapatoria.
El auto de archivo se fundamenta en que “la falta de tipificación de las acciones impide que el Ministerio Público pueda actuar, más aún hace de las diligencias de investigación propuestas por el querellante un proyecto de caso fracasado, ya que estando la Fiscalía convencida, en base a criterios jurídicos, que por la deficiencia del sistema legislativo dominicano, en lo que respecta al tema en cuestión, no es posible imputar determinadas conductas, embarcarse en la empresa de una investigación en esas circunstancias es violatorio de los principios de razonabilidad, lógica jurídica y contraviene la disposición del principio dos del Código Procesal Penal”…
Se afianza citando el artículo 146 de la Constitución, invocado por el querellante, que condena toda forma de corrupción en los órganos del Estado, y plantea que “Será sancionada con la pena que la ley determine, toda persona que sustraiga fondos públicos o prevaleciéndose de sus posiciones dentro de los órganos y organismos del Estado, sus dependencias o instituciones autónomas, obtenga para sí o para terceros provecho económico”. Para sostener a continuación que se trata de un principio general que aún no ha sido objeto de una legislación específica.
Admite hechos condenables
Como en el caso Sun Land, donde la Suprema Corte rechazó conocer la instancia de inconstitucionalidad aunque admitía que aquel endeudamiento público debía ser autorizado por el Congreso Nacional, la querella contra Leonel Fernández y Funglode se desestima aduciendo falta de tipificación penal, pero el dictamen reconoce que las imputaciones deberían ser objeto de sanción.
En su punto 16 establece que la legislación dominicana “para tipificar y sancionar hechos que en la mayoría de las sociedades democráticas se consideran delitos es obsoleta, no facilita la imputación objetiva ni contribuye, en lo referente al marco legal, a hacer eficiente la persecución contra la corrupción”.
En su punto 84 “la Fiscalía del Distrito es de criterio que en un Estado Social, Democrático y de Derecho, no es posible que se tenga que perseguir la corrupción con un Código Penal que data del 1808, no obstante de que su promulgación en República Dominicana es de 1882. Es necesario que el sistema dominicano sea dotado de una legislación que se corresponda con los tiempos actuales, a los fines de no tener que seguir llamando ¨indelicadeza¨ a acciones que deben ser sancionadas penalmente, pero que la Fiscalía en ninguna circunstancia puede inobservar el principio de legalidad y mucho menos usurpar la función de legislador”.
En el punto 33 del auto la Fiscalía expresa su criterio de que “es indispensable que el legislador pueda regular y obligar a transparentar cualquier donación que reciba un funcionario público”, indicando que países como Colombia y Estados Unidos, “que han reconocido que a través de ¨donaciones¨ se cometen verdaderos actos de corrupción, han tomado medidas al respecto”.
Al fundamentar el archivo de la querella, el punto 20, expresa que “mal haría la Fiscalía con iniciar una investigación para probar hechos que en cierto modo han sido admitidos por los querellados, pero que la legislación dominicana no tipifica y en consecuencia no sanciona”. En el 49 plantea que “no es posible perseguir penalmente a nadie por cometer actos que riñan contra la ética o la moral, si el legislador no ha convertido esas conductas, acciones u omisiones en tipo penales que describan y sancionen de forma clara una conducta”. Y en el 62 argumenta que la competencia de la Fiscalía “no incluye investigar o juzgar penalmente el ámbito de la ética o la moral”.
Podía encontrar agravantes
La debilidad de la decisión de la Fiscalía radica en que renuncia a investigar para determinar el monto de las multimillonarias donaciones recibidas por Funglode, si rebasaban el límite de lo voluntario para caer en la extorsión, soborno, cohecho, tráfico de influencia, conflictos de intereses o en “delitos de los funcionarios que se hayan mezclado en asuntos incompatibles con su calidad”, invocados por la querella, como sancionados en los artículos 166, 167, 174,176, 177 y 361 del Código Penal. También evadió determinar la responsabilidad del presidente Fernández quien, según su defensa, durante sus últimos 8 años de Gobierno era apenas un “directivo honorario” de Funglode, aunque se paseó por el mundo en su calidad de Presidente, pero firmando acuerdos para beneficio de su fundación y despachaba todas las noches en su edificio.
La Fiscalía desestimó tres propuestas de diligencias de investigación que presentó el querellante para establecer las funciones públicas y privadas y las diligencias de las personas que sin ser dirigentes de Funglode manejaron sus cuentas con decenas de millones de pesos. La segunda para requerir los registros contables que conforme a la ley debía llevar la fundación, solicitud al Ministerio de Obras Públicas sobre obras concedidas y pagos a cinco empresas donantes de Funglode, así como a la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado sobre otras diez. En la tercera instancia se pedía interrogar a cinco personas específicas que habrían tenido que dar contribuciones a Funglode para recibir pagos por servicios al Estado.
La investigación podía arrojar luces sobre las triangulaciones en operaciones como construcción y equipaje de su edificio, así como en torno a los donantes y el volumen de dinero recibido en sus primeros 9 meses durante la primera gestión presidencial de Fernández. Tan solo en Baninter, al quebrar en el 2003, había 119 millones de pesos en cuentas de la fundación.
Es obvio que la Fiscalía llegó a la conclusión de que los fondos obtenidos por la fundación del presidente Fernández fueron donaciones lícitas sin haber realizado la menor investigación. No siguió el ejemplo de Francia o España, donde se investiga a la directora del Fondo Monetario Internacional Christine Lagarde y a la infanta Cristina, hija del Rey, para determinar si son imputables de tráfico de influencia. La primera cuando era funcionaria francesa y la segunda por acciones de su esposo.
Aunque hace esfuerzo por fundamentar su dictamen, la fiscal Reynoso sienta un precedente que abona a favor de la impunidad. Como escribió el notable jurista Francisco Alvarez Valdez, “la percepción que quedará es que Leonel Fernández es intocable, que no puede ser objeto ni siquiera de un proceso de investigación, que nadie puede llamarlo a interrogatorio, y que esta es la prueba final de que se ha convertido en el nuevo Balaguer o sencillamente que no hemos superado esa época”.
Análisis Noticiosos
El Clientelismo y la Instrumentalización Económica del Elector y Electora.
Published
3 días agoon
julio 1, 2026Por Robinson Lebrón Céspedes.
La mercantilización del sufragio: Compra de votos y pérdida de autonomía.
A pesar del blindaje garantista introducido por la reforma constitucional de 2010 y la modernización logística de la Junta Central Electoral (JCE), el mercado electoral dominicano durante el periodo 2006-2026 ha seguido condicionado por la persistencia del clientelismo sistémico. La práctica de la compra directa e indirecta de votos en las inmediaciones de los recintos electorales comúnmente operada a través de las denominadas «casas de campaña» informales o logísticas partidarias de último minuto constituye una de las agresiones más severas a la dignidad humana.
Desde una perspectiva ética y sociológica, la transacción monetaria o el intercambio del voto por bienes materiales (como raciones de alimentos, materiales de construcción o promesas de empleo público) despoja al ciudadano de su condición de agente político libre y deliberativo. Este fenómeno genera una «mercantilización del sufragio», donde el votante es percibido por las élites partidarias no como un depositario de la soberanía nacional, sino como un recurso transaccional cuantificable. La autonomía moral del individuo núcleo esencial de la dignidad según la doctrina constitucional queda subordinada a la coacción de sus necesidades materiales básicas, viciando el consentimiento político y erosionando la legitimidad moral de la representación democrática. El uso político-electoral del gasto social estatal.
La instrumentalización de los programas de asistencia social del Estado representa otra vulneración estructural a la dignidad de los sectores más vulnerables de la sociedad dominicana. Durante las últimas dos décadas, y a pesar de la introducción de legislaciones restrictivas como la Ley No. 33-18 de Partidos Políticos y la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral, la frontera entre la acción institucional del Gobierno y la promoción de las candidaturas oficialistas ha sido históricamente difusa.
El condicionamiento implícito o explícito de subsidios condicionados, tarjetas de ayuda social, programas de transferencias monetarias y planes de empleo coyunturales durante los meses previos a los comicios electorales lesiona gravemente la dignidad ciudadana. Al utilizar los recursos públicos —que constituyen un derecho colectivo— como un mecanismo de chantaje o de inducción del voto, el aparato político instrumentaliza la pobreza. Esta práctica reduce al ciudadano a una condición de dependencia y subordinación psicológica ante el gobernante de turno, transformando lo que constitucionalmente debe ser un ejercicio de libertad soberana en un acto de supervivencia económica forzada.
Desigualdad en el financiamiento y la exclusión de candidaturas idóneas.
La dignidad humana, en su vertiente política, no solo ampara el derecho a elegir en libertad, sino también el derecho a ser elegido en condiciones de equidad e igualdad de oportunidades (artículo 39 de la Constitución). Sin embargo, el ecosistema electoral dominicano ha operado bajo una profunda distorsión provocada por el alto costo de las campañas políticas y la insuficiencia de los mecanismos de fiscalización del financiamiento privado.
La irrupción de capitales no transparentes y el desborde de los topes de gastos permitidos por la ley generan una plutocratización fáctica de la política. Aquellos ciudadanos e intelectuales idóneos que aspiran a puestos de elección popular, pero que carecen de grandes fortunas personales, el patrocinio corporativo o el acceso a redes clientelares, quedan excluidos de facto de la competencia electoral. Esta asimetría económica no solo vulnera el derecho a la igualdad de los aspirantes, sino que limita la libertad de opción de los electores, quienes ven reducida su oferta política a opciones validadas por el poder económico y no por el mérito programático, consolidando una democracia de exclusión que lesiona la dignidad del debate público.
Las prácticas de clientelismo, la instrumentalización de los programas sociales y la desigualdad en el financiamiento electoral representan desafíos estructurales para la democracia dominicana, al comprometer la dignidad humana y la libertad del sufragio. Superar estas distorsiones requiere fortalecer la transparencia, la fiscalización y la educación cívica, garantizando procesos electorales más equitativos y respetuosos de los principios constitucionales y del Estado social y democrático de derecho.
Robinson Jesús Lebrón Céspedes.
Abogado y Docente Universitario.
Análisis Noticiosos
Irresponsabilidad del Estado ante la posible ocurrencia de un terremoto en Santiago.
Published
5 días agoon
junio 29, 2026Por José Cabral
La indignación del ciudadano dominicano no tiene otra razón de ser que la irresponsabilidad, la negligencia y la complicidad de las autoridades edilicias de Santiago y de todo el Estado ante la posibilidad de que el país pueda ser afectado por un terremoto que supere los siete grados como ha ocurrido en Venezuela.
Ya Santiago muchas décadas atrás fue víctima de un fenómeno natural que prácticamente borró del mapa a la segunda ciudad en importancia del país.
Sin embargo, por las propias características de una ciudad que ya representa una gran metrópolis como lo es Santiago, sus residentes están expuestos a un gran peligro, a una tragedia nacional de magnitudes insospechadas.
Los grandes terremotos son cíclicos, ya que hay expertos que sostienen que se producen cada 60 ó 70 años, el cual no debe ser el punto de referencia para que las autoridades tomen las medidas pertinentes, no para que no ocurran, sino para que los daños no sean tan cuantiosos, sobre todo en lo que respecta a pérdida de vidas humanas.
Pero como el asunto tiene su base en una cultura como la improvisación y la falta de planificación estratégica de las autoridades que gobiernan el país, no sólo de las actuales, sino también de las pasadas, en Santiago, cuyo suelo no es recoso, han permitido la construcción de grandes torres que representan una gran amenaza ante la ocurrencia de este tipo de fenómeno natural.
Lo peor de todo es que nada les sirve de escarmiento y sólo el problema se aborda cuando surge una tragedia, como la que ha afectado a Venezuela, la cual luce que esperan tanto las autoridades municipales como las nacionales.
Un ejemplo de la irresponsabilidad y cómo opera el tráfico de influencia es que, por la propia naturaleza del tipo de suelo de Santiago, la ciudad tenia prohibida la construcción de edificios que superaran las cuatro plantas, pero de unos años para acá ha tolerado el levantamiento de altas torres en lugares como “La Trinitaria”, donde algunas alcanzan hasta casi los 30 pisos.
El tema ha sido puesto sobre el tapete ante los terremotos y la gran tragedia que se ha producido en Venezuela por causas parecidas a las que se concretan en Santiago, donde la llamada falla de la zona Septentrional atraviesa la cordillera del mismo nombre, cuyo desplazamiento horizontal parte del límite de la que se conocen como las placas de Norteamérica y del Caribe.
Esta falla atraviesa el norte del país por unos 228 kilómetros desde la bahía de Manzanillo en Montecristi y llega hasta la de Samaná, la cual tiene una gran cercanía a centros urbanos como Santiago y Puerto Plata, la cual es considerada la más peligrosa y con mayor potencial para generar grandes sismos en la región.
Lo más grave del asunto es que hay personas que se les ha ocurrido construir viviendas hasta en la falda de la Cordillera Septentrional, cuyo peligro tiene mucho que ver con la tolerancia, la ignorancia, pero sobre todo con la irresponsabilidad de las autoridades.
A Dios que reparta suerte.
Análisis Noticiosos
Alofoke y la cualquierización de la política.
Published
1 semana agoon
junio 24, 2026Por Antonio Salcedo
El descredito de los partidos políticos en la República Dominicana ya deja la sensación de que en el 2028 cualquier cosa puede ocurrir.
Pero el hecho de que cualquiera se pueda encamarar en el poder es un fenómeno que ya ha ocurrido en más de una ocasión en el país y en otras naciones del hemisferio.
La República Dominicana ya ha tenido que soportar a varios presidentes que definitivamente no tienen bien puestas sus cabezas.
La cualquierización de que hablo podría representar un gran peligro para la nación, porque ello podría traer consigo una debacle nacional, tal vez el abismo total del país.
Sin embargo, a pesar de la fuerza que toma el fenómeno de que alguien venga desde fuera de la política tradicional y se encaramarse en el poder, es una posibilidad muy real, pero no luce que el país pueda fijarse en una figura vulgar y estrafalaria como Alofoque.
Aunque, repito, cualquier cosa puede ocurrir, ya que cuando una sociedad entra en crisis puede producirse lo que nadie se imagina.
No obstante, no me luce que Alofoke pueda capitalizar la crisis que impacta a los partidos políticos, porque muy difícilmente una figura de las redes sociales con las características de este personaje pueda tener éxito político.
De lo que sí hay que estar consciente es que en la República Dominicana las travesuras de los actores de la clase política no van a dejar nada bueno.
Pero me ratifico en la idea de que no será un Alofoke, un personaje de muy mala procedencia y con una pobre formación, quien capitalice la decepción del ciudadano con la partidocracia.
El tiempo hablará.
