Análisis Noticiosos
El auto de la Fiscal abona la impunidad
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13 años agoon
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LA REDACCIÓNPor Juan Bolívar Díaz
El archivo definitivo de la querella de Guillermo Moreno para que se investigue la fortuna del expresidente Leonel Fernández y su Fundación Global, dispuesto por la procuradora fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, contiene elementos de racionalidad pero abona la impunidad en la gerencia pública nacional.
Llama la atención que el dictamen sugiere la comisión de actos reñidos con la moral y la ética sancionados en las sociedades democráticas, pero al mismo tiempo se rechaza realizar una investigación a fondo para verificar sus reales alcances, bajo el alegato de que no hay tipificación delictual.
Nada sorprendente
A nadie debe haber sorprendido la decisión de la fiscal de disponer el archivo definitivo de la querella contra el doctor Leonel Fernández y su Fundación Global, pues desde que fue presentada el 24 de enero pasado se advirtió que ese sería su destino, dado el absoluto control de los mecanismos judiciales que dejó amarrado el querellado.
La leve esperanza de independencia que se desprendía de las condiciones éticas y profesionales de la joven fiscal fue aniquilada por las presiones públicas y privadas que se ejercieron sobre ella, con concertados ataques políticos y personales a través de medios de comunicación, al extremo de haberle llevado una turba vociferante y amenazante disfrazada de abogados frente a su despacho el 5 de abril.
Ya en el análisis
“El Nunca Jamás de Guillermo Moreno” (HOY 17 de febrero) se advertía que esa querella “constituye una carga muy pesada que podría poner en juego la tranquilidad y hasta la carrera de la joven abogada Yeni Berenice Reynoso…La generalidad de los observadores cree que es un peso demasiado grande por los poderes que concentra el expresidente Fernández, especialmente en las altas cortes”.
La decisión de la joven fiscal pudo haber quedado sellada al final de abril cuando el expresidente de la Suprema Corte de Justicia Jorge Subero Isa confesó que ese organismo se inclinó ante el presidente Fernández en el escandaloso caso de la Sun Land. Si 18 magistrados de experiencia, muchos en el final de sus carreras, con por lo menos tres de ellos favoreciendo el imperio de la justicia, no pudieron desafiar el poder, por qué habría de hacerlo una joven fiscal solitaria y apenas en el inicio de su carrera.
Salida con racionalidad
En medio de un fuego cruzado, la talentosa Yeni Berenice Reynoso se buscó una salida con un elemento que no deja de tener racionalidad, acogiéndose al “Principio de Legalidad Penal”, sobre la base de que las acusaciones contenidas en la querella del doctor Moreno no están tipificadas como delitos.
Cita el artículo 40 de la Constitución que proclama que “Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan infracciones penal o administrativa”.
Ella pudo haberse inhibido en el caso, aduciendo que tenía conflicto, ya que la defensa la encabeza el exprocurador general Radhamés Jiménez, quien la designó fiscal, o porque ella misma es una beneficiaria de la Fundación Global donde cursa una maestría de 10 mil dólares, pero para muchos habría sido una forma de escapatoria.
El auto de archivo se fundamenta en que “la falta de tipificación de las acciones impide que el Ministerio Público pueda actuar, más aún hace de las diligencias de investigación propuestas por el querellante un proyecto de caso fracasado, ya que estando la Fiscalía convencida, en base a criterios jurídicos, que por la deficiencia del sistema legislativo dominicano, en lo que respecta al tema en cuestión, no es posible imputar determinadas conductas, embarcarse en la empresa de una investigación en esas circunstancias es violatorio de los principios de razonabilidad, lógica jurídica y contraviene la disposición del principio dos del Código Procesal Penal”…
Se afianza citando el artículo 146 de la Constitución, invocado por el querellante, que condena toda forma de corrupción en los órganos del Estado, y plantea que “Será sancionada con la pena que la ley determine, toda persona que sustraiga fondos públicos o prevaleciéndose de sus posiciones dentro de los órganos y organismos del Estado, sus dependencias o instituciones autónomas, obtenga para sí o para terceros provecho económico”. Para sostener a continuación que se trata de un principio general que aún no ha sido objeto de una legislación específica.
Admite hechos condenables
Como en el caso Sun Land, donde la Suprema Corte rechazó conocer la instancia de inconstitucionalidad aunque admitía que aquel endeudamiento público debía ser autorizado por el Congreso Nacional, la querella contra Leonel Fernández y Funglode se desestima aduciendo falta de tipificación penal, pero el dictamen reconoce que las imputaciones deberían ser objeto de sanción.
En su punto 16 establece que la legislación dominicana “para tipificar y sancionar hechos que en la mayoría de las sociedades democráticas se consideran delitos es obsoleta, no facilita la imputación objetiva ni contribuye, en lo referente al marco legal, a hacer eficiente la persecución contra la corrupción”.
En su punto 84 “la Fiscalía del Distrito es de criterio que en un Estado Social, Democrático y de Derecho, no es posible que se tenga que perseguir la corrupción con un Código Penal que data del 1808, no obstante de que su promulgación en República Dominicana es de 1882. Es necesario que el sistema dominicano sea dotado de una legislación que se corresponda con los tiempos actuales, a los fines de no tener que seguir llamando ¨indelicadeza¨ a acciones que deben ser sancionadas penalmente, pero que la Fiscalía en ninguna circunstancia puede inobservar el principio de legalidad y mucho menos usurpar la función de legislador”.
En el punto 33 del auto la Fiscalía expresa su criterio de que “es indispensable que el legislador pueda regular y obligar a transparentar cualquier donación que reciba un funcionario público”, indicando que países como Colombia y Estados Unidos, “que han reconocido que a través de ¨donaciones¨ se cometen verdaderos actos de corrupción, han tomado medidas al respecto”.
Al fundamentar el archivo de la querella, el punto 20, expresa que “mal haría la Fiscalía con iniciar una investigación para probar hechos que en cierto modo han sido admitidos por los querellados, pero que la legislación dominicana no tipifica y en consecuencia no sanciona”. En el 49 plantea que “no es posible perseguir penalmente a nadie por cometer actos que riñan contra la ética o la moral, si el legislador no ha convertido esas conductas, acciones u omisiones en tipo penales que describan y sancionen de forma clara una conducta”. Y en el 62 argumenta que la competencia de la Fiscalía “no incluye investigar o juzgar penalmente el ámbito de la ética o la moral”.
Podía encontrar agravantes
La debilidad de la decisión de la Fiscalía radica en que renuncia a investigar para determinar el monto de las multimillonarias donaciones recibidas por Funglode, si rebasaban el límite de lo voluntario para caer en la extorsión, soborno, cohecho, tráfico de influencia, conflictos de intereses o en “delitos de los funcionarios que se hayan mezclado en asuntos incompatibles con su calidad”, invocados por la querella, como sancionados en los artículos 166, 167, 174,176, 177 y 361 del Código Penal. También evadió determinar la responsabilidad del presidente Fernández quien, según su defensa, durante sus últimos 8 años de Gobierno era apenas un “directivo honorario” de Funglode, aunque se paseó por el mundo en su calidad de Presidente, pero firmando acuerdos para beneficio de su fundación y despachaba todas las noches en su edificio.
La Fiscalía desestimó tres propuestas de diligencias de investigación que presentó el querellante para establecer las funciones públicas y privadas y las diligencias de las personas que sin ser dirigentes de Funglode manejaron sus cuentas con decenas de millones de pesos. La segunda para requerir los registros contables que conforme a la ley debía llevar la fundación, solicitud al Ministerio de Obras Públicas sobre obras concedidas y pagos a cinco empresas donantes de Funglode, así como a la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado sobre otras diez. En la tercera instancia se pedía interrogar a cinco personas específicas que habrían tenido que dar contribuciones a Funglode para recibir pagos por servicios al Estado.
La investigación podía arrojar luces sobre las triangulaciones en operaciones como construcción y equipaje de su edificio, así como en torno a los donantes y el volumen de dinero recibido en sus primeros 9 meses durante la primera gestión presidencial de Fernández. Tan solo en Baninter, al quebrar en el 2003, había 119 millones de pesos en cuentas de la fundación.
Es obvio que la Fiscalía llegó a la conclusión de que los fondos obtenidos por la fundación del presidente Fernández fueron donaciones lícitas sin haber realizado la menor investigación. No siguió el ejemplo de Francia o España, donde se investiga a la directora del Fondo Monetario Internacional Christine Lagarde y a la infanta Cristina, hija del Rey, para determinar si son imputables de tráfico de influencia. La primera cuando era funcionaria francesa y la segunda por acciones de su esposo.
Aunque hace esfuerzo por fundamentar su dictamen, la fiscal Reynoso sienta un precedente que abona a favor de la impunidad. Como escribió el notable jurista Francisco Alvarez Valdez, “la percepción que quedará es que Leonel Fernández es intocable, que no puede ser objeto ni siquiera de un proceso de investigación, que nadie puede llamarlo a interrogatorio, y que esta es la prueba final de que se ha convertido en el nuevo Balaguer o sencillamente que no hemos superado esa época”.
Por José Cabral.
Nadie puede negar que la República Dominicana está en medio de la gran posibilidad de que pueda surgir un “outsider” en la política nacional, aunque el problema descansa en que no se ha articulado una propuesta que responda al nicho que se ha creado en esta dirección.
Prácticamente todas las encuestas colocan en un 54 ó 55 por ciento, aunque se piensa que es mucho mayor, las personas que no sienten ningún respeto ni vinculación con los partidos políticos, los cuales han llegado a un nivel de descrédito que nadie podía imaginarse.
Es tan grave el problema que esa realidad amenaza la democracia representativa, ya que en las últimas elecciones el país ha terminado con autoridades que no cuentan con la legitimidad necesaria para garantizar una buena gobernabilidad.
Pero frente a esa realidad la pregunta que todo el mundo se hace es si valdría la pena que en el país se produzca el fenómeno del “outsider” como que ya ha pasado en muchas naciones latinoamericanos e incluso en los Estados Unidos de América.
El último caso de este tipo se ha producido en Colombia, donde un abogado penalista, un depravado, defensor de narcotraficantes, de evasores de impuestos y de los paramilitares ha quedado en primer lugar en las elecciones presidenciales.
A Abelardo de la Espriella, un ultraderechista, sin ningún mérito, pero sin venir de las estructuras tradicionales del partidarismo político, se ha colocado en la puerta de la presidencia de Colombia, con un discurso agresivo y con una visión de cuestionamiento del derecho internacional que lo acerca al actual jefe de Estado de los Estados Unidos, Donald Trump, quien incluso ya lo ha apoyado.
El asunto es que este tipo de “outsider” no es saludable para que ningún país del mundo, porque representa un antivalor, un enemigo del derecho internacional y además un depravado que no respeta absolutamente nada ni a nadie.
Entonces, si la República Dominicana se viera en ese espejo estaría en un escenario que significa un evidente retroceso al bienestar que se supone debe garantizar todo aquel que se opone a la partidocracia, que nadie puede negar que en todas estas naciones ha implicado una gran desgracia para los pueblos.
Por esta razón es que creo que, si en la República Dominicana se crean las condiciones, como ya parece que ocurre, para desplazar del poder a los partidos políticos, tiene que ser para bien, no para mal, ya que debe ser un “outsider” que cuente con un plan programático y estratégico a corte, mediano y largo plazo para poder lograr las transformaciones que demanda la sociedad.
Naturalmente, la preocupación de que el problema del país no sólo descansa en el funcionario público, el cual procede de los partidos políticos, instancias totalmente corrompidas y enemigas del progreso nacional, sino también en la visión y actitud distorsionada del ciudadano como resultado del neoliberalismo salvaje introducido en el país por Leonel Fernández.
Tal vez ahí esté la explicación de que una opción con una visión colectiva, no individual, no haya podido consolidarse en el país, ya que articular este tipo de propuesta implica, según lo que se ve, romper con lo que luce ser una utopía por la forma en que el neoliberalismo se ha apropiado de la mente y el sentir de la gente.
Pero si Dios quiere y en razón de que las condiciones están dadas para que en el país surja un “outsider”, ojalá sea para bien y no para mal, contrario a como se observa que se produce en Colombia y en otros países latinoamericanos.
El “outsider” dominicano tiene que ser para romper con la vieja política, a los fines de acabar con la corrupción y los principales males que aquejan a la sociedad en asuntos tan fundamentales para tener crecimiento y desarrollo nacionales como el empleo, la institucionalidad, la seguridad pública y ciudadana y en otros aspectos que durante décadas han representado una retranca para la nación.
Análisis Noticiosos
El sistema de justicia nacional y una democracia que agoniza.
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1 semana agoon
junio 3, 2026Por José Cabral.
Los jueces y juezas son considerados emperadores que tienen el privilegio de juzgar la conducta de los demás, pero nunca la de ellos, convirtiéndose muchas veces en los funcionarios públicos que violan más que cualquier otro agente del Estado los derechos de las personas.
La explicación del abuso de poder desde la condición de juez, jueza o fiscal consiste en que somos una nación donde la democracia existe más de apariencia que de realidad y que ello obedece a la herencia patriarcal, machista, caudillista y de amiguismo que genera mucha tolerancia con el que infringe la ley desde la sombrilla del Estado, cuya visión descansa en la herencia histórico-cultural anti-democrática.
La República Dominicana ha pretendido desarrollar una democracia en la que prevalezca el principio de legalidad, juridicidad y de igualdad, pero este propósito ha resultado ser una utopía porque los tiempos de dictaduras tienen un fuerte peso en la vida nacional.
En el Estado democrático los derechos no están por encima de los deberes, ambos van de la mano, pero en los países con escaso nivel de desarrollo la gente piensa que no tiene que cumplir con sus obligaciones y que los derechos son absolutos.
Hace muy pocos días que los actores del sistema de justicia se lanzaron a un paro de labores en demandas de mejores condiciones salariales y de trabajo en sentido general, lo que nadie le regatea porque la realidad es que las mismas son deprimentes, aunque ello no justifica la forma en que muchos tribunales se manejan en los casos que les llegan.
Todo el mundo sabe o por lo menos constitucionalmente está establecido que los jueces son garantes fundamentales de la justicia y la paz social, ya que su principal papel es administrar justicia mediante la solución de conflictos de manera imparcial, aunque este concepto luce ser una utopía.
Los jueces se supone que actúan como puente mediador entre las leyes y los ciudadanos, asegurando la equidad, el respeto a las garantías constitucionales y la estabilidad del Estado de Derecho, ya que en la sociedad contemporánea el ejercicio de la judicatura abarca funciones esenciales que van más allá de simplemente aplicar la ley escrita, sobre todo en una época en que el derecho ha entrado en un profundo proceso de constitucionalización.
Sin embargo, cuando el sistema de justicia no cumple con su rol, entonces llega la distorsión que tiene que ver con la vía de hecho, dado que éste tiene la misión teórica de darle a cada ciudadano lo que le corresponde, a los fines de evitar hacer justicia con sus propias manos y para garantizar una convivencia ordenada.
La justicia también debe velar porque prevalezca el principio de legalidad y de juridicidad para el control del poder, ya que representa un contrapeso vital al supervisar que los actos de los otros órganos del Estado se ajusten a la Constitución y al bien común, pero todo ello requiere, además, que los jueces, juezas y demás actores de la judicatura nacional también ajusten sus actuaciones a los deberes que les impone la ley sustantiva de la nación y las normas por las que se rige el Poder Judicial.
Análisis Noticiosos
Es imperdonable que Subero Isa haya mal asesorado al presidente de la República.
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2 semanas agoon
mayo 27, 2026Por José Cabral
Cuando el Congreso Nacional aprobó en violación de la Constitución la promulgada Ley 13-26 que persigue anular las candidaturas independientes, muchos confiamos en la amplia formación y la vocación democrática del expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa, quien ahora se desempeña como Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo.
Siempre pensé que lo mínimo que podía sugerirle Subero Isa a Luis Abinader era no promulgar esa pretendida ley y en su lugar recomendar observarla por constituir una violación muy grave a la Constitución de la República y a una jurisprudencia del Tribunal Constitucional que el jefe de Estado prometió cumplir cuando se juramentó en el cargo.
Pero aun después de la promulgación en una conversación con el promotor de la acción directa de inconstitucionalidad en contra de los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23, Alberto Fiallo, éste decía que parece que Subero Isa no había jugado ningún papel en semejante agravio a la democracia y al proceso de constitucionalización del derecho en la República Dominicana.
E incluso planteó el amigo Fiallo que Subero Isa no había tenido ninguna participación en semejante disparate jurídico, porque se veía que se trataba de un asunto manejado políticamente desde el Partido Revolucionario Moderno (PRM), lo cual parece lógico en razón de que fue algo manejado por los cuadros más importantes de la organización oficial.
Sin embargo, luego de ver la recomendación al presidente Abinader de Subero Isa en su condición de consultor jurídico del Poder Ejecutivo de que no se meta en lo referente al conflicto entre los jueces, juezas y demás personal del Consejo del Poder Judicial, todo indica que de igual modo debió haberlo hecho con la promulgación de la Ley 13—26.
No hay ninguna razón de que Subero Isa no haya intervenido en la decisión del presidente en lo que respecta a la promulgación de la Ley 13-26, máxime cuando el consultor jurídico ya había hecho pública su posición en contra de las candidaturas independientes.
De ser así, Subero Isa ha incurrido en su peor error como hombre público y jurista de una larga trayectoria, porque se trata de una acción antijurídica y que de alguna manera desmiente la creencia que nos hemos creado muchos de que este expresidente de la Suprema Corte de Justicia es un profesional del derecho lo suficientemente acabado y formado para el mejor de los consejos.
Si esta hipótesis es cierta entonces estaríamos ante un gran fiasco, porque no sé si Subero Isa sabe que con lo que podría ser esa asesoría a un hombre como el presidente Abinader, quien no tiene la menor idea de asuntos constitucionales, lo ha sumergido en una grave violación al derecho interno y externo, lo cual perdurará para toda la historia del país.
Sería imperdonable que Subero Isa no entienda la importancia que tiene en la democracia nacional el proceso de constitucionalización del derecho que se inicia en el país con la Constitución del 2010 y de la que se deriva la referida figura jurídica y que tampoco digiera el fenómeno que tiene que ver con la defensa y preservación de los derechos fundamentales en la sociedad dominicana, ya que la decisión de Abinader busca arruinar y eliminar el derecho, valores y principios de legalidad, proporcionalidad, pro participación y de dignidad humana.
No es que Subero Isa no tiene el derecho de estar en contra de lo que considere, pero de igual modo se entiende que es totalmente inaceptable que él se ponga en contra de una jurisprudencia que tiene el sustento del mandato de la Constitución.
Considero que la figura de Subero Isa se degrada y queda muy mal parada cuando entra en el juego de la politiquería al recomendar, si fue que así ocurrió, la promulgación de la Ley 13-26, que en buen derecho no es más que un contrasentido jurídico y que no puede tener otro destino que su nulidad.
