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Junta Central Electoral se suma a desacato de jurisprudencia del T.C. sobre candidaturas independientes.
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LA REDACCIÓNPor José Cabral
La República Dominicana entra en el campo de la incertidumbre o el limbo legal con el desconocimiento del mandato de la carta magna que otorga la facultad al Tribunal Constitucional para interpretar las normas a los fines de someterlas al control de constitucionalidad.
Una comunicación del Pleno de la JCE pone en cuestionamiento la seguridad jurídica nacional con su respuesta a la intimación vía alguacil del Frente Cívico y Social, en la que dice que se suma a la violación mediante de la ley promulgada por el Poder Ejecutivo, la 13-26, que busca la nulidad de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre las candidaturas independientes.

La Junta Central Electoral (JCE) ante la intimación hecha por el FCS para que el órgano del Estado que tiene la facultad de dirigir y fiscalizar el proceso electoral, mediante el cual se eligen las autoridades nacionales, anunció que se acoge al desacato de la jurisprudencia establecida por el TC a través de la cual dispone que las aspiraciones para ocupar una posición electiva en el sector público tiene las vías directa e indirecta, tal y como lo consignan los articulos 216 y 22 de la Constitución de la República.
La sentencia del TC sobre las candidaturas independientes se fundamenta en los articulos 184 y 185 de la Constitución de la República, así como en el 47 de la Ley 137-11, Orgánica del órgano extra poder, los cuales le otorgan poder para interpretar las normas que se contraponen con la carta magna, como los articulos 156 y 157 de la Ley 20-23 del régimen electoral, cuyo desconocimiento del rol de la alta corte deja en un limbo el regimen legal del país.
El desacato de la jurisprudencia sobre la jurisprudencia sentada por la alta corte en torno a las candidaturas independientes ha dejado claro que la democracia dominicana sólo existe en el papel, pero no en la realidad, ya que la Ley 13-26, la cual provino del Congreso Nacional y que ahora recibe el apoyo de la Junta Central Electoral, constituye un desconocimiento de la funcion que juega en materia de interpretacion el Tribunal Constitucional.
Es la segunda que vez que el el Pleno de la JCE se pone al margen del derecho constituicional, ya que la primera ocasion fue con el sometimiento al Congreso Nacional de un proyecto de ley para regular las candidaturas independientes que violaba todos los derechos, valores y principios fundamentales que ha hecha valer el Tribunal Constitucional, incluido el de elegir y ser elegido.
La controversia generada en el país tras la emisión de la sentencia TC/0788/24, que se deriva de la interpretación del TC, facultad consignada en el artículo 47 de su ley orgánica, la 137-11, así como del 184 y 185 de la Constitución de la República, cuyo resultado fue la modificación de los textos de los artículos 156 y 157 de la carta magna, que ha dejado muy mal parada la justicia constitucional en el país.
La cuestión confirma que la Constitución dominicana no es más que un pedazo de papel que no respeta nadie y que sólo se invoca para la conveniencia de aquel que entiende que ha sido utilizada para violarle sus derechos fundamentales, cuya confrontación envuelve una serie de valores y principios, como el de elegir y ser elegido, el de legalidad, proporcionalidad, dignidad humana y pro-participación.
La decisión de la Junta Central Electoral crea un problema legal de fondo en el país en razón de que el Tribunal Constitucional en la práctica ha sido sustituido por el Congreso Nacional y el Poder Ejecutivo, lo que en consecuencia invalida todas las decisiones que provienen de este alto tribunal, porque si uno de sus fallos no tiene legalidad ni fuerza de aplicación, igualmente ocurre con los demás, lo cual equivale a su extirpación del sistema jurídico nacional.
En los actuales momentos el TC ha quedado sin legitimidad para operar en el país y en esas condiciones debe ser eliminado de la vida nacional, a los fines de que la nación sea dirigida y controlada por un régimen de fuerza como en los tiempos de la dictadura trujillista, ya que no es la primera sentencia desacatada de las emitidas en virtud de su facultad interpretativa otorgada por el artículo 47 de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional.
La aprobación en el Congreso Nacional de la Ley 13-26, la cual implica una interpretación para la que no tienen la facultad los diputados y senadores, y su posterior promulgación por parte del presidente Abinader, indica que estos órganos han dictado la muerte de la democracia nacional y han promovido la imposición de un régimen de fuerza.
Las decisiones del Senado y la Cámara de Diputados, así como del Poder Ejecutivo, conllevan que no puedan hablar de golpe de Estado si algún sector se revela y depone por la fuerza a las autoridades nacionales, ya que la Constitución en la práctica no existe, porque ha sido eliminada por los que deben velar por su cumplimiento
La irregular situación impone que el TC sea disuelto y que las sentencias emitidas sobre el principio de igualdad y de otros valores y principios fundamentales deben ser anuladas para que el país regrese a las violaciones que contenían las mismas y que se creen las vías que se entiendan más atinadas para la defensa de sus intereses y para que se elimine en el país el llamado Estado Social Democrático y de Derecho, establecido en el artículo 7 de la carta magna y que se establezca por ley que en el país se impone el más fuerte en desconocimiento de los avances logrados tanto en el derecho interno como en el externo.
No es la primera vez que la Junta Central Electoral incurre en una acción inconstitucional e ilegal en lo que respecta a la violación de derechos, valores y principios fundamentales, ya que en una ocasión anterior sometió un proyecto de ley al Congreso Nacional a través de la Cámara de Diputados que no respetó su propia legalidad y que también vulneró la facultad del TC de emitir sentencias interpretativas.
El órgano comicial ha dejado demostrado que no responde a los intereses del ciudadano dominicano y mucho menos de la democracia, sino de los partidos políticos, por lo que nunca ha hecho el menor esfuerzo para establecer un control para que prevalezca la transparencia de estas organizaciones en el manejo de fondos públicos como lo manda el artículo 216 de la carta magna y la Ley 33-18.
Si el Congreso Nacional, el Poder Ejecutivo, a través del presidente de la Republica, y la Junta Central Electoral se han puesto de acuerdo para quitarle la facultad que tiene el TC de interpretar las normas que violan la Constitución como la que se refiere a las candidaturas independientes, entonces se puede decir que todas las decisiones del órgano extra poder tampoco tienen validez y que debían ser eliminadas del ordenamiento jurídico nacional.
Pero además con las acciones ilegales de los órganos anteriormente citados, que le quitan validez a una parte de la ley sustantiva de la nación, igual se supone que debe ocurrir con los artículos, como el 124, que se refiere a la elección presidencial, porque si una cosa es ilegal la otra también.
Se asume que, si una parte de la Constitución no tiene validez por la actitud de fuerza de algunos actores del sistema, incluido el presidente de la República, lo mismo debe ocurrir con el texto íntegro de la carta magna, ya que no puede haber una lectura parcial de lo que dispone la misma, lo que acerca mucho más a los Estados dominicano y haitiano en lo que respecta a su existencia de derecho, pero no de hecho, es decir, que sólo existen en el papel, pero no en la práctica, lo que los convierte en no viables o fallidos.
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República Dominicana impactada por violencia machista, las infancias robadas y la corrupción pública.
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2 días agoon
julio 8, 2026Por Elba García
La República Dominicana sufre el impacto severo de tres flagelos que constituyen, sin lugar a dudas, una gran desgracia nacional y la tendencia parece advertir consecuencias aún más devastadoras en el seno de la sociedad y del Estado.
Estos tres flagelos son los feminicidios, los embarazos en adolescentes y el peor que representa el motor para hacer crecer los dos primeros se trata de la corrupción pública y privada, en cuyos renglones el país ocupa lugares de primer orden en el Caribe, Latinoamérica y el mundo.
Estos problemas se han convertido en una amenaza para la estabilidad social, económica y moral de la sociedad dominicana, cuyos protagonistas no se acogen a los escarmientos que se han querido imponer en lo que respecta al comportamiento de los actores de la vida pública de la nación, los cuales provienen de la manzana podrida de los partidos políticos.
La conciencia nacional no termina de recibir heridas profundas en el ámbito de las tres cuestiones que constituyen una especie de tragedia para los dominicanos, porque representan atrasos y deterioro ético y moral de la población.
Según el Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe de la CEPAL la República Dominicana en el 2020 fue el segundo país de la región con la tasa más alta de feminicidios, con 24 mujeres asesinadas por cada 100 mil por habitantes.
El mes de abril fue estremecido por el asesinato de la modelo y locutora Shantal Jiménez, quien fue ultimada por su expareja y éste también tomó la decisión de suicidarse, cuya herida no parece que vaya cicatrizar tan fácil en un país marcado por la violencia del hombre en contra de la mujer.
Sin embargo, peor ocurrió en el 2022 en lo que respecta al impacto de este flagelo de los feminicidios, ya que, de acuerdo a la misma institución, el país tuvo 58 casos de asesinatos de mujeres, ocho más que en el 2021.
En el 2026, desde el 8 de enero hasta la fecha, se ha producido más de una docena de feminicidios, lo cual indica que la velocidad en esta materia es peor que en tiempos anteriores, cuyo fenómeno parece que en el país llegará a una cantidad récord en los meses que restan del año que discurre.
Este flagelo no es tan fácil de combatir, pero igual ocurre con otro de los problemas analizados en este trabajo, como lo es la corrupción administrativa, que se deriva del caudillismo, el machismo, el amiguismo y de otros antivalores que tienen un profundo contenido cultural y que en consecuencia su combate resulta complejo si el Estado no se arma de un plan al respecto.
Los embarazos en adolescentes que se podría afirmar que se deriva de la falta de oportunidades de jóvenes dominicanos que terminan en estado de gestación a temprana edad, constituye otro factor muy preocupante para los dominicanos.
En este fenómeno la República Dominicana ocupa el primer lugar en américa latina y el Caribe y el 26 en todo el mundo en cuanto a la tasa de fecundidad en jóvenes de 15 a 19 años de edad, según un estudio del Fondo de población de las Naciones Unidas (UNFPA) sobre las consecuencias socioeconómicas del embarazo en adolescentes.
Los embarazos en adolescentes tienen riesgos adicionales de salud tanto para la madre como para el bebé, con el agravante de que con frecuencia éstas no reciben cuidados prenatales a tiempo, lo que provoca problemas posteriores, ya que tienen mayor riesgos de hipertensión arterial y de complicaciones diversas.
A pesar de que existe la percepción de que la corrupción ha disminuido en el país, lo cierto es que el fenómeno es cada más preocupante, porque quita oportunidades de mejoría en lo que respecta a salud, educación y desarrollo humano en sentido general.
El país obtuvo 32 puntos en el índice de percepción de la corrupción pública que publica la organización para la transparencia internacional, cuyo sitial ha disminuido en los pasados años, pero que la realidad es que se trata de un flagelo que constituye un motivo de preocupación para los que vigilan este tipo de fenómeno a nivel internacional.
La República Dominicana pasó del 123 al 180 del ranking de corrupción gubernamental, pero sus habitantes consideran que hay mucha más de esta aberración en esta materia en el sector público, pese a que la misma se mide de 0 a 100.
Las posibilidades de que estos flagelos mejoren en el país no parecen viables en virtud de que a nivel del Estado no existe una política seria y con la inversión económica necesaria para cambiar el cuadro que impacta de muy mala manera a los dominicanos.
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Altas torres exponen a Santiago a una tragedia de magnitudes insospechadas ante la ocurrencia de un terremoto.
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2 semanas agoon
junio 28, 2026Por Elba García
Santiago, segunda ciudad en importancia del país, está frente a una amenaza muy grande ante la posibilidad de que se produzca un terremoto como los ocurridos en Venezuela, sin que ello no implique que no sea un problema nacional, pero que la construcción de grandes y altas torres de viviendas y negocios en la «Ciudad Corazón» sin tomar en cuenta el tipo de suelo rudimentario, no rocoso de la zona, revela la imprudencia en que se incurre.
La República Dominicana tiene una permanente amenaza de los grandes huracanes, terremotos y otros fenómenos naturales que ocurren cíclicamente en diferentes lugares del mundo.
La improvisación y la falta de planificación estratégica es parte de una cultura nacional que implica un gran peligro ante la posibilidad de la ocurrencia de grandes tragedias como resultado de los fenómenos naturales como los terremotos a partir de que se trata de un país altamente sísmico.
La madre de muchas de las desgracias de la sociedad dominicana no sólo tiene que ver con el criterio equivocado aplicado a la economía, la educación y la salud, sino también a la falta de planificación estratégica por parte de los gobiernos en temas como el de los fenómenos naturales que se producen cíclicamente en el país.

A propósito de los terremotos que han sacudido a Venezuela, los expertos dominicanos explican que en este tipo de fenómeno natural no sólo importa la magnitud del sismo o la cercanía al epicentro, sino también el tipo de suelo sobre el que se encuentra levantada una ciudad, lo cual puede influir en la intensidad con la que se sientan las vibraciones y en la respuesta de las edificaciones.
La especialista en ingeniería sísmica Claudia Germoso al abundar sobre el particular dice que la registración de un sismo de 5.0 en aguas del Caribe, con epicentro a 58 kilómetros al sur de Boca de Yuma, podría estar asociado a lo ocurrido en Venezuela por tratarse de la misma placa tectónica.
Sin embargo, la parte más importante de su análisis tiene que ver con las altas edificaciones de apartamentos en zonas que no están preparadas para un terremoto por el tipo de suelo que prevalece allí, como el caso de Santiago, crea la posibilidad de una gran tragedia nacional.
Sostiene la experta que sectores específicos donde predominan esos materiales más blandos, como Los Prados y Arroyo Hondo de Santo Domingo, no debían levantarse altas estructuras por el peligro que conllevan las mismas.
Pero hace un mayor hincapié en Santiago, la segunda ciudad en importancia del país, donde se han levantado altos edificios que podrían ser una grave amenaza en contra de los que viven allí como consecuencia de que son tierras blandas que amplifican los efectos de los terremotos.
Lo cierto que de este tipo de conducta de las autoridades nacionales y de la ciudad de Santiago sólo tiene una explicación y es la falta de prevención y como consecuencia la improvisación y la no planificación estratégica.
Naturalmente, esta recomendación no es válida para todo el territorio, aunque hay zonas del país donde la construcción de altas estructuras no representa un aumento del peligro que se corre ante la ocurrencia de un terremoto.
Se ha establecido que la República Dominicana presenta una gran diversidad de suelos y que esa condición debe ser tomada en cuenta al momento de levantar un gran edificio, como el caso de Santiago, donde la tierra no es rocosa, sino más blanda.
Hace varias décadas que en Santiago estaba prohibido construir estructuras de más de cuatro plantas, precisamente por el impacto que han tenido los terremotos que se han producido en el pasado, pero ante la irresponsabilidad de las autoridades edilicias ahora se levantan edificios que alcanzan las 30 plantas sin fijarse en las consecuencias que podría tener para un lugar que ya ha sido devastado por fenómenos naturales de la misma naturaleza en décadas pasadas.
El peligro de las construcciones en Santiago no sólo consiste en sus grandes alturas, sino también en que las estructuras que se levantan están prácticamente en el mismo lugar donde estaría el epicentro de un terremoto que se origine en la falla que pasa por la Cordillera Septentrional.
La imprudencia a este respecto tiene que ver con la ignorancia de las personas que tienen responsabilidades públicas de fiscalizar el problema y que se manejan al azar y con la carencia de la visión de evitar la ocurrencia de una gran tragedia nacional como la que se ha producido en Venezuela.
Un lugar en Santiago donde se han construido grandes torres de viviendas que llegan hasta casi treinta pisos es un otrora sector de la clase media alta que lleva por nombre “La Trinitaria”, el cual se ha convertido en los últimos años en un gran peligro para los que allí residen ante la ocurrencia de un terremoto que supere los siete grados.
La principal advertencia de los expertos en la materia es que al momento de diseñar una infraestructura se debe tomar en cuenta el tipo de suelo, a los fines de disminuir los efectos que puede producir un terremoto de gran intensidad como los ocurridos en Venezuela.
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Abinader es el presidente que más descrédito ha generado a los actos de la administración pública.
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3 semanas agoon
junio 22, 2026Por Elba García
Son innumerables los decretos publicados por el presidente que han sido anulados por el Tribunal Constitucional (TC) por representar una violación de leyes y de la Constitución de la República, lo que pone en peligro la seguridad jurídica, la institucionalidad y la vida democrática de la nación.
El sistema jurídico dominicano se rige por una jerarquía en la que ocupa el lugar preponderante y cimero la Constitución y luego van las leyes orgánicas y ordinarias y en ese mismo orden los decretos, las resoluciones y otros actos que no pueden estar por encima de los que ocupan los primeros lugares en el orden legal.
Evidentemente que el gobierno de Luis Abinader no tiene la menor idea de este concepto de jerarquía, lo cual provoca que regularmente emita decretos que rompen con el principio de legalidad y de juridicidad por el que deben regirse los poderes públicos.
Para cuidar detalles como éste es que existe la Consultoría del Poder Ejecutivo, a los fines de asesorar al presidente de la República de lo que puede hacerse o no en el marco de la administración pública para evitar que el mandatario pierda su credibilidad como se produce en la gestión de Luis Abinader.
En la actualidad cursan varias acciones de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional para anular la promulgación de leyes por parte del Poder Ejecutivo que violan la jerarquía jurídica, amén de que ya ha ocurrido lo propio con decisiones del presidente que proyectan ignorancia o sencillamente un desacato que rompe con la seguridad jurídica, la institucionalidad y el orden democrático.
Una de las metidas de «patas» del presidente Abinader fue la promulgación de la Ley 13-26 que persigue anular las candidaturas independientes cuando las mismas son el resultado de la facultad interpretativa del TC a través del mandato otorgado a este órgano extra poder mediante los artículos 184 y 185 de la Constitución de la Republica y el 47 de la Ley 137-11.
Ahora, si bien la promulgación de la ilegal norma por violar o desacatar una jurisprudencia del alto tribunal proyecta una mala imagen del presidente Abinader, pero peor ocurre con quien ostenta la dirección de la Consultoría del Poder Ejecutivo, cuyo titular al momento de las acciones antijurídicas es nada más y nada menos que el expresidente de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Subero Isa.
La nulidad más reciente de un decreto de Abinader, que atenta en contra de la jerarquía jurídica, tiene que ver con la violación de la Constitución mediante la vulneración de derechos fundamentales, usurpación de poderes por parte del Poder Ejecutivo y el Congreso Nacional.
El TC tiene la facultad de anular decretos relativos a la creación de escalas de rangos, pensiones o reglamentos orgánicos cuando el presidente excede su potestad y vulnera la Constitución de la República.
Muy recientemente el TC emitió la sentencia TC/0287/26 que anuló el decreto 178-25 del pasado 02 de abril del 2025 expedido por el presidente Luis Abinader, el cual tenía el propósito de implementar una escala de rangos entre alistados y suboficiales de las Fuerzas Armadas de la República Dominicana desde raso hasta sargento mayor de comando abracando a los suboficiales dentro sus tres categorías de subtenientes, respectivamente.
Como se ve, el presidente de la República ha buscado modificar el otorgamiento de rangos mediante un derecho cuando las Fuerzas Armadas se rigen por una ley orgánica, que jerárquicamente es superior a la facultad que tiene en esta materia el jefe del Poder Ejecutivo.
Abinader con el referido decreto se llevó de paro la Ley 139-13, orgánica de las Fuerzas Armadas, que es la que otorga la autoridad para hacer los ascensos de rangos que el presidente ha tratado de hacer de forma ilegal, lo cual conllevó la nulidad de la referida norma.
Este escenario se repite regularmente, cuyo proceder del mandatario no sólo revela una mala asesoría legal, sino también un nivel de ignorancia que crea preocupación en la ciudadanía, ya que se pone en peligro la seguridad jurídica, la institucionalidad y la democracia nacional.
Los casos de este tipo son numerosos y los mismos ponen en tela de juicio la capacidad de un presidente que no tiene claros estos detalles, lo que constituye un atentado al régimen legal de la nación, ya que ello también implica incumplir, sobre todo cuando hay violación de derechos fundamentales, con las normas ya no sólo del derecho interno, sino también del externo.
