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El Congreso y los partidos políticos asumen actitud de fuerza en violación de la Constitución, del TC y del estado de derecho.
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1 mes agoon
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José CabralPor José Cabral
El Senado de la República Dominicana aprobó unínimente en primera y ahora en una segunda lectura, pero con algunos votos en contra, un proyecto de ley que busca eliminar los artículos 156,157 y 158 de la Ley 20-23, orgánica del régimen electoral, el cual pasa a la Camara de Diputados, pero de antemano con el aval de los legisladores del partido oficial, que son la mayoria en ese hemicible, cuyo propósito es sepultar o sumergir en el olvido la sentencia del Tribunal Constitucional que dispone mediante una interpretación de la norma constitucional la doble vía para participar en el control y la dirección del Estado.

La sentencia interpretativa aditiva TCF/0788/24 fundamentada en el principio de legalidad y de juridicidad y en el articulo 22 de la Constitución, que dispone la vía directa o indirecta, es decir, ciudadana y o de los partidos politicos para la presentacion de candidaturas a cargos electivos para la direccion del Estado, ha generado reacciones contrarias a la labor en esta materia del TC, ya que incluso los legisladores, con más miedo que vergüenza, consideran que este órgano extra poder se excedió porque ha entrado en el terreno del legislador positivo para emitir una decisión que en su opinión pone en peligro el sistema de partidos en la República Dominicana.
Las candidaturas independientes, que no han sido un invento del Tribunal Constitucional, ya que son encontradas en el régimen legal de la nación desde el año 1926, cuyo fundamento era muy cuestionado porque su texto vulneraba la Constitución de la República, pero en el 2024 fue impactada por la labor de la alta corte mediante el proceso de constitucionalización que vive el derecho dominicano.
El asunto ha implicado que tome mucha fuerza la confrontación entre el derecho y la política, la última de las cuales tiene el control del poder público y en consecuencia podría echar a perder los avances que ha tenido el país en lo que respecta al Estado Social y Democrático y de Derecho que consigna la carta magna en su artículo 7.
Las candidaturas independientes, de acuerdo a los diputados y senadores, en estos momentos representan una amenaza para los partidos políticos porque se observa que pueden por esta vía ser desplazados del poder, naturalmente, aunque todo va a depender de cómo se asuma la figura, ya que ante la grave crisis de valores y del liderazgo nacional la sociedad podría sufrir serias distorsiones que pongan en peligro la vulnerable democracia que prevalece en el país.
El problema que representan las candidaturas independientes, siempre de acuerdo con la partidocracia, es que pone en peligro su existencia, cuya actitud de fuerza no sólo impacta peligrosamente la precaria institucionalidad de la República Dominicana, sino también los derechos fundamentales que están seriamente amenazados de que su violación tome mayor cuerpo, sobre todo a partir de las dudas que dejan las autoridades nacionales ante la pérdida de su legitimidad con elecciones en las que cantidad de votantes es prácticamente irrelevante cada cuatro años.
La falta de credibilidad de los partidos se vuelve tan importante que en las encuestas que salen regularmente en el país su bajo nivel de aceptación popular disminuye como si el votante ya se resistiera a darle apoyo a estas organizaciones para que controlen y dirijan un Estado que permanente se vuelve más incapaz para resolver los problemas nacionales.
El descrédito de la llamada partidocracia requiere de la creación de alguna válvula de escape de una sociedad en la que los problemas de la violencia, el tránsito, el alto costo de la vida, la deuda pública, incluida la per cápita, la educación, la salud, el sistema eléctrico nacional sólo tienen solución en los discursos y las mentes de los actores de la vida política nacional, lo que ha dado paso a las candidaturas independientes como una vía de darle oxígeno a un sistema que está al borde de la muerte y cuya salida está consignada constitucionalmente para mejorar la democracia nacional al hacerla más participativa sobre la base del derecho fundamental de elegir y ser elegido a partir del mandato de la ley sustantiva de la nación a través de su artículo 22 y 216, que consignan que la participación electoral puede ser directa o indirecta, es decir, a través de los ciudadanos o de los partidos políticos.
Las candidaturas independientes es una figura jurídica que no es extraña al derecho internacional comparado, como la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José, Costa Rica, cuyo artículo 23 habla claro sobre los derechos ciudadanos, entre los que cita el de elegir y ser elegido, de manera que tanto en el derecho interno como en el externo es un derecho que no está en cuestionamiento.
La disputa en la República Dominicana en esta materia traslada la nación a los tiempos de las cavernas, porque el proceso de constitucionalización del derecho tiene su origen en el país en la Constitución del 2010, la cual se sustenta en los derechos fundamentales y cuya base legal de la facultad interpretativa del Tribunal Constitucional descansa en la Ley 137-11, Orgánica del TC, ya que su artículo 47 le da la fuerza para desarrollar la labor que se ha buscado cuestionar, pero de igual modo lo autoriza el 184 y 185 de la ley suprema de la nación.
Las candidaturas independientes han traído consigo un cuestionamiento al Tribunal Constitucional que no tiene asidero ni justificación desde el marco legal, ya que tiene la facultad que se le ha querido cuestionar, dado que cuando este órgano extra poder sienta alguna jurisprudencia, la cual es irrevocable y vinculante como la de la especie, pasa de ser de legislador negativo a positivo porque la misma es de obligatorio cumplimiento para todos los poderes públicos y los ciudadanos.
Otro detalle importante en esta disputa es que el Tribunal Constitucional es el único autorizado para interpretar aquellas normas que violan o que están ajustadas a la carta magna como en el presente caso, pero que esa función pueden hacerla los senadores y diputados sólo en su labor legislativa, sin que la misma sea definitiva y vinculante, dado que esa facultad sólo la tiene la alta corte.
La facultad del Tribunal Constitucional ya no es sólo del dominicano, sino que es una atribución que tiene este tipo de corte en todo el derecho internacional comparado y que va desde el continente europeo hasta naciones de otros lugares del mundo que asimilaron las enseñanzas en esta materia del gran filósofo y jurista australiano Hans Kelsen.

La actitud ilegal y de fuerza de los partidos políticos en contra de las candidaturas independientes y de igual modo de algunas instancias del poder público como la Junta Central Electoral y el Congreso Nacional, se constituye en una causa más para que el sistema institucional de la nación corra mayores peligros y pueda colapsar definitivamente, porque por ahí se crea un cuestionamiento que no tiene ninguna base de sustentación legal y que proyecta la idea de que las mafias que se mueven en el escenario electoral no creen en la ley y en la regla del juego democrático.
La aprobación de una ley que modifique o cambie lo ya decidido por el Tribunal Constitucional como lo pretenden los diputados y senadores conllevaría la presentación ante el mismo órgano extra poder de una nueva acción directa de inconstitucionalidad para declarar su nulidad y hacer valer una jurisprudencia sentada por la alta corte sobre las candidaturas independientes, la cual no hay forma posible de borrarla o eliminarla del derecho nacional, a menos que no sea a través de una figura para la que no se dan las condiciones para que se aplique en el presente caso.
La introducción en el Senado del proyecto de ley para intentar eliminar las candidaturas independientes es un esfuerzo perdido que no va a surtir ningún efecto desde el punto de vista jurídico, aunque sí político y en lo que respecta a la credibilidad y la sepultura social de los que pretenden ser ley batuta y constitución sin tener la autoridad para ello.
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La colegiación profesional otro fiasco nacional como parte de todo el desastre que afecta a la sociedad dominicana.
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3 días agoon
abril 16, 2026Por Elba García
Los colegios profesionales, que nacen en el mundo desde años muy remotos, se han convertido en otro gran fracaso en la República Dominicana, tal vez porque son el resultado de una cultura anárquica, caracterizada por la improvisación y el poco respeto por la institucionalidad.
Frente a este cuadro, el cual está explicado por un asunto profundamente cultural, puede decirse que esta figura jurídica representa un gran fracaso para los profesionales académicos que cifraron sus esperanzas en que los colegios serian una vía de solución de sus grandes problemas de seguridad social y ético-moral.
Pero en realidad los mismos son parte de un sueño que parece que no se concreta, ya que por lo que se ve no hay uno solo de los colegios profesionales que opere en función de la ley que lo crea, sobre todo por ser entes mediante los cuales el Estado se desplaza para que los profesionales del sector de que se trate se auto-regulen y al propio sean un soporte de la precaria institucionalidad que caracteriza al país.
Los colegios profesionales que proyectan mayor fortaleza en el país no es verdad que así sea, ya que los mismos son controlados por grupos que operan a lo interno de ellos, a los fines de satisfacer intereses particulares y no de la profesión que representan.
Los colegios profesionales, los cuales tuvieron un mayor proceso de constitución en la década de los ochenta, pese a que su nacimiento data de los 40 e incluso de la tiranía trujillista, son una expresión de lo que de manera integral constituyen los países que cuentan con un Estado no viable.
Entre los surgidos en el año 1983 están el Colegio de Abogados y el de periodistas, aunque éste último se desnaturalizó y en los actuales momentos no pasa de ser una asociación creada mediante una ley especial que está más en el contexto del derecho privado que del público, cuyo nivel de regulación es prácticamente nulo, aunque igual ocurre con los que tienen la facultad de hacerlo.
Hay otros colegios como el de Ingenieros y Agrimensores (CODIA) que data de la que se podría definirse como la tercera etapa de la creación de este tipo de organización en el país, pero prácticamente ninguno de ellos ha podido cumplir con el rol ético que está llamado a jugar este modelo de entidad que cuenta con poder público para regular la profesión.
Este tipo de institución ha corrido la misma suerte de aquellas impactadas por el fenómeno como el grupismo que se ha apropiado de ellas para desnaturalizarlas y no dejarlas cumplir con su rol, muchas veces por la politización que impacta negativamente a toda la sociedad dominicana.
E incluso el propio legislador ha cometido serios errores al momento de aprobar las leyes para la creación de cada uno de los colegios profesionales, ya que, por ejemplo, el de médico parece ser un hibrido de una organización gremial y las particularidades que tienen este tipo entidad, que rompe con los principios de igualdad y de razonabilidad que han sido muy trabajado en el proceso de constitucionalización del derecho en el país tras la entrada en el 2010 del neo-constitucionalismo.
Hay otros colegios que en las leyes que los crean el legislador se preocupó de establecer literalmente que no tienen carácter gremial, lo cual impacta de forma positiva el principio de igualdad y de razonabilidad, pese a que de ninguna manera se cumple con el mandato de la ley, máxime en lo que respecta al rol ético de este tipo de modelo institucional.
La cuestión es que el aspecto más importante de los colegios profesionales, como es el ético, porque impacta positivamente a la sociedad, es muy poco el aporte de esta figura jurídica, la cual debe velar de que los egresados universitarios exhiban una conducta acorde con ese valor en el ejercicio de la profesión para beneficio de la sociedad.
Los colegios profesionales son parte de un problema nacional que está muy ligado a la cultura nacional, la cual parte de la improvisación y el poco respeto de la ley y de la conducta ética de todos los ciudadanos para conformar una mejor sociedad.
Uno de los mejores ejemplos en este campo es el Colegio Dominicano de Notarios, cuyos miembros, que son oficiales con fe pública, con el aval del Estado, porque son nombrados por la Suprema Corte de Justicia, emiten una serie de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de la Ley 140-15, Orgánica de la entidad, pero se conocen muy pocas las sanciones impuestas en contra de los que distorsionan sus funciones y ponen en peligro la seguridad jurídica.
Igual ocurre con los abogados, los médicos, los ingenieros y muchos otros profesionales colegiados, pero que todo es parte de un fenómeno general que explica la esencia de una sociedad no viable y carente de un régimen de consecuencia.
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Abinader compromete su legalidad y cae en prevaricacion con promulgación sobre candidaturas independientes.
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2 semanas agoon
abril 5, 2026Por José Cabral
El Tribunal Constitucional de la República Dominicana emitió en el año 2024 la sentencia TC/0788/24, mediante la cual interpretó a partir de la facultad que le otorgan los artículos 184 y 185 de la Constitución y el 47 de su ley orgánica, la 137-11, los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 del régimen electoral, a los fines de no extirpar la norma del ordenamiento jurídico nacional, sino de ajustarla al espíritu de la carta magna, la cual ha sido gravemente violada por el presidente Luis Abinader con la promulgación de la Ley 13-26 que persigue la anulación de las candidaturas independientes.
La jurisprudencia sentada por el TC es parte del proceso de constitucionalización del derecho que se inicia en el país partir del año 2010 cuando hace su entrada el neo-constitucionalismo que surge como parte del derecho constitucional moderno luego de la Segunda Guerra Mundial y tras el constitucionalismo clásico crear dictaduras tan férreas como la de Adolfo Hitler, la cual ha sido vulnerada por el presidente Luis Abinader con la inobservancia de los artículos 2,6,7,22, 127, 148, 184 y 185 de la ley sustantiva de la nación.
El desconocimiento de lo que dispone la Constitución expone al presidente de la República a un juicio político que puede derivar en su destitución, lo cual no es posible en la República Dominicana porque no existe en la realidad la independencia de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial y porque el Congreso Nacional es una especie de sello gomígrafo del primer mandatario de la nación, lo cual imposibilita que se pueda seguir el procedimiento constitucional de presentar una acusación en su contra a través de la Cámara de Diputados para que la conozca el Senado, sobre todo porque la decisión del jefe de Estado obedece a un plan político concebido por el Partido Revolucionario Moderno (PRM) al que pertenecen todos los actores responsables de la inconstitucionalidad.
El neo-constitucionalismo es una corriente que persigue que el derecho se fundamente más en principios y valores que en las reglas y las normas, cuya visión es encontrada en todo el derecho comparado internacional, máxime en los países del continente europeo y de Latinoamérica, cuyo promotor fue Hans Kelsen, el gran filósofo del derecho australiano.
La sentencia del TC hizo una interpretación de una serie de artículos de la Constitución, así como del 156 y 157 de la Ley 20-23, orgánica del régimen electoral, para entonces concluir que en el sistema electoral pueden coexistir las vías directa e indirecta, es decir, que las aspiraciones de ir a un cargo público pueden ser presentadas a través del ciudadano o de los partidos políticos.
Ambas opciones están claramente plasmadas en la carta magna en sus artículos 22 y 216, en los que deja lo suficientemente claro que son derechos de los ciudadanos elegir y ser elegido para los cargos que establece la propia ley sustantiva de la nación, al cual se debe agregar el mandato de la ley de leyes en su artículo 2 cuando dispone que la soberanía reside exclusivamente en el pueblo de quien emanan todos los poderes que ejerce de forma directa.

Sin embargo, los senadores y diputados, representantes de los partidos políticos en el Congreso Nacional, sostienen que en ninguna parte de la Constitución se habla de candidaturas independientes y que la presentación de aspiraciones de ir a la administración pública deben ser canalizadas exclusivamente a través de los partidos políticos, lo que distorsiona el espíritu de la carta magna, cuya equivocada interpretación ha sido avalada con la promulgación por parte del presidente Abinader de una ley que viola la ley de leyes del pais.
El artículo 216 de la Constitución dice textualmente lo siguiente: La organización de partidos, agrupaciones y movimientos políticos es libre con sujeción a los principios establecidos en la Constitución. Su conformación y funcionamiento deben sujetarse a la democracia interna y a la transparencia de conformidad con la ley.
En el numeral 1 del referido artículo de la Constitución dispone que se garantice la participación ciudadana en los procesos políticos que contribuyan al fortalecimiento de la democracia, mientras que en el 2 dice que deben contribuir en igualdad de condiciones a la formación y voluntad ciudadana, respetando el pluralismo político mediante la propuesta de candidaturas a los cargos de elección popular y el 3 plantea que se debe servir al interés nacional y al desarrollo integral de la sociedad dominicana, cuyos mandatos no cumplen los partidos políticos.
Como se ve, el decreto del presidente Luis Abinader para la promulgación de la ley que pretende eliminar las candidaturas independientes parte de una premisa falsa, ya que ahí el jefe de Estado establece que la Constitución consigna que los partidos son los únicos que tienen la exclusividad de presentar candidaturas a los cargos de elección popular.
En esa virtud, Abinader se ha apoyado en un planteamiento inexistente en la Constitución dominicana y en consecuencia ha violado la ley sustantiva de la nación y ha lesionado todo el régimen legal e institucional y pone en peligro la seguridad jurídica, ya que incluso ha vulnerado una serie de principios constitucionales como el de legalidad, proporcionalidad, pro-participación y de dignidad humana, lo que lo ha dejado sin base legal para atacar a todo aquel que pretenda violar la carta magna para fines que no tengan nada que ver con la institucionalidad que debe prevalecer en la nación.
El problema planteado por quien se supone que debe defender la Constitución y que no ha cumplido con su juramento en función de lo establecido en el artículo 127, consiste en que se inclina por una opción violatoria de la carta magna, lo que deja claro que el presidente Abinader también está lleno de miedo de que en el país surja una propuesta que acabe de una vez y para siempre con la corrompida partidocracia.
En los actuales momentos y tras la promulgación de la ley que choca directamente con la Constitución de la República y que si en el país hubiera una verdadera independencia de los poderes el presidente estaría expuesto un juicio político para su destitución a través de lo consignado en el artículo 83 de la ley sustantiva de la nación, pero que ante la imposibilidad de acogerse a esa figura no queda otra cosa que la interposición de una acción directa de inconstitucionalidad para anular la decisión ilegal de Abinader y de esa manera darle el lugar que debe tener la jurisprudencia sentada al respecto.
Otra vía que puede ser utilizada para retornar a la legalidad el debate de las candidaturas independientes es someter una acción de amparo constitucional para que la promulgación de una ley que ha entrado ya en vigencia sea revocada por violar una serie de derechos fundamentales como el de elegir y ser elegido, así como el de la dignidad humana, entre otros.
Naturalmente, es una batalla que habría que ganarles a los partidos porque en realidad se trata de una confrontación entre la política y el derecho y estas organizaciones son las dueñas del sistema, las cuales sólo hablan del mandato imperativo de la Constitución siempre y cuando no impacten sus intereses económicos que están de por medio.
De lo que sí este periódico está plenamente consciente es de que el presidente Abinader ha promulgado una ley que violenta la Constitución de la República y que da pie a que no se respete hasta su propiedad legalidad como jefe de Estado, cuya medida es el resultado de que en el país cualquiera llega a la jefatura del Estado sin tener la más mínima idea de lo que ello implica.
La decisión de Abinader también pone en cuestionamiento el derecho internacional del que el Estado dominicano es signatario, como el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos de San José, Costa Rica, que consigna el derecho ciudadano de elegir y ser elegido de lo que reniega el mandatario dominicano mediante la promulgación de la Ley 13-26.
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¿Está R.D. en la puerta de entrada al escenario político de un “outsider”? ¿Sería esa una solución posible y viable?
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3 semanas agoon
marzo 31, 2026Por José Cabral
La República Dominicana es una de las naciones del planeta, donde la promoción social y económica generalmente está asociada al poder público, lo que parece ofrecer la explicación de lo difícil que ha resultado que en el panorama político nacional haya surgido lo que se conoce como un “outsider”, ya que la gente busca vincularse por intereses muy personales con el que muestra tener más recursos económicos y que siempre aparece en la palestra pública, además que acumula un cierto nivel de aceptación popular.
Peor aún, para que la figura del “outsider” aparezca en el escenario electoral del país tiene como contrapeso el hecho de que la política en la República Dominicana descansa en un clientelismo que sólo se valora al que ofrece algo, así sea la promesa de otorgar un cargo público al que se enrola en un proyecto con alguna vocación de poder, cuya condición generalmente la tienen los partidos del sistema.
Sin embargo, el hecho de que los partidos que tradicionalmente han tenido el control del Estado se encuentren en su peor momento, dada su pérdida prácticamente total de su credibilidad, ha creado la expectativa de que en el país puede surgir la figura del “outsider”, el cual generalmente se trata de un personaje que sale solo al mercado electoral y con una visión muy personal de los problemas que aquejan a una nación.
Por la razón que sea, el “outsider” no ha hecho asomo en la sociedad dominicana, tal vez porque el ciudadano está muy inmerso en la solucion de problemas personales o en una lucha por sobrevivir y cuando no por empeñarse en buscar fortunas a través de aquel partido que luce mejor posicionado en el mercado electoral, sin mirar hacia la posibilidad de una opción nueva, aunque no represente un cambio real.


Lucio Gutierrez, expresidente de Ecuador
En los actuales momentos se produce un amplio debate sobre si a través de las candidaturas independientes podría surgir una respuesta a la falta de credibilidad de los partidos políticos, lo cual independientemente de la oposición que proviene de estas organizaciones está por verse si el dominicano está en capacidad de articular una propuesta que saque al país del derrotero en que se encuentra.
Desde esta perspectiva hay que necesariamente ponderar algunas cuestiones que parecen representar un escollo para que surja el “outsider” de que tanto se habla, lo cual está concretado en que por las razones que sean los problemas en la sociedad dominicana no tienen que ver sólo con el gobernante, es decir, el que ostenta el poder público, sino también con el gobernado o lo que es lo mismo el ciudadano en general.
Ello así en razón de que aun aquel que sólo tiene ideas muy superficiales de la política, recibir un llamado para construir una propuesta nueva está precedido por la pregunta de que “hay para mí”, es decir, que ante todo prevalece más lo individual que lo colectivo, lo cual parece ser un resultado de la cultura impuesta por los partidos políticos y de los cambios de valores por antivalores llegados al país tras el ascenso al poder del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) a través de Leonel Fernández.

Javier Milei, presidente de Argentina
Pero el criterio de primero “lo mío” antes cualquier otra cosa, luce representar el principal escollo para que pueda surgir esa nueva propuesta que necesita la sociedad dominicana, que, si bien puede estar simbolizada en un “outsider”, pero la figura debe estar sustentada en un proyecto país, avalado por un plan programático y estratégico a corte, mediano y largo plazo.
Además, el “outsider” debe ser un individuo que esté formado para dirigir un Estado prácticamente fallido como el dominicano y que si bien tenga muy buenos asesores, que entiendan la transitoriedad de la vida y la importancia de dejar un legado para la presente y futuras generaciones, pero también que en pocas palabras digiera el fenómeno de continuar la construcción de un nuevo liderazgo sobre la base de los valores indicados.

Manuel López Obrador, expresidente de México
Debe ser un ejemplo más asociado a lo ocurrido en México con Manuel López Obrador y no una réplica como pregonan muchos de Nayib Bukele de El Salvador, cuya diferencia entre ambos descansa en que el primero no bien cumplió sus seis años en la dirección del Estado como lo dispone la Constitución de ese país salió del poder para que entrara otra persona con la misma visión ética con que se debe manejar la administración pública, mientras que en el segundo caso éste ha buscado reformar la carta magna de allí para perpetuarse en la Presidencia de la República, lo cual es lo que regularmente ocurre en las naciones donde hay una herencia caudillista de la actividad política.

Nayib Armando Bukele Ortez, presidente de El Salvador
Estos son partes de los grandes problemas que afronta la política partidista en los países latinoamericanos, en cuyo contexto se encuentra la República Dominicana, por lo que para hablar en el país de “outsider” habría que ver si se trata de un proyecto muy personal o de tipo más colegiado en el que el instrumento u organización usada para llegar al poder no sea propiedad del líder del momento, a los fines de garantizar alternabilidad y de que el criterio de “lo mío” no predomine en cualquier cambio surgido, igual como ha ocurrido hasta ahora con los partidos políticos.

Alberto Fujimori,
Ex presidente del Perú
De manera, que el surgimiento de un “outsider” parece ser una posibilidad, que, aunque puede surgir en el país, pero en realidad la sociedad se ha vuelto tan compleja y afectada de grandes intereses individuales que no luce que sea muy fácil, amén de que el ciudadano sólo se fija en aquellos proyectos políticos que les puedan generar algún beneficio muy personal.
Sin embargo, en la actualidad nadie puede negar que sea por la vía que sea e incluso mediante las candidaturas independientes, en el país podría venir un cambio para bien o para mal, pero que ante el alto nivel de corrompimiento de la sociedad dominicana el riesgo tiene sentido y es una ficha que deben jugar los ciudadanos que piensan en el futuro de una nación que ofrezca más garantía a sus descendientes como hijos y nietos.
Puede advertirse que el proceso de agotamiento de la sociedad dominicana con unos partidos que no creen en la democracia, aunque prevalezcan en el mercado, se dirige a arruinar totalmente el sistema representativo en virtud de los altos niveles de abstención electoral, lo cual despoja de la legitimidad suficiente a los que van a la dirección del Estado sin tener el respaldo necesario del votante.
De modo, que trabajar para crear el “outsider” de la política dominicana tiene que estar soportado por un proceso que persiga legitimar un candidato con un alto nivel de disciplina, espiritualidad y lo suficientemente formado, a los fines de que no se repita lo que ha ocurrido en los paises donde ha surgido la figura y que, sin lugar a dudas, han sido un gran fracaso, igual o peor que la gestion de los partidos politicos tradicionales, lo cual es la única garantía para convertir a la República Dominicana en un país próspero y con altos niveles de institucionalidad, ademas de una nación que signifique un ejemplo de crecimiento y desarrollo nacionales de Latinoamericana y el mundo, pese a que no se puede negar que un “outsider” podría constituirse en una amenaza si quien ostenta el mismo es una persona sin escrúpulo ni respeto a la ética y la moral que deben restablecerse urgentemente en la sociedad dominicana.
