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Pagos adicionales contemplaba el contrato del Intrant.
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LA REDACCIÓNSanto Domingo, R.D.-Pagos adicionales, no especificados, contemplaba el contrato suscrito entre el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) y la empresa Transcore Latam S.R.L. para la instalación de la red semafórica del Gran Santo Domingo contempla.
Otros pagos adicionales, cuyos montos no se consignan, son por los «licenciamientos y softwares» preinstalado en las cámaras adquiridas para la detección de infracciones de tráfico y anomalías en el tránsito.
Estos pagos, que deberían realizarse a lo largo de cinco años, comprometen el presupuesto de la institución contratante y los fondos provenientes de las infracciones de tránsito que se fiscalizarían con las cámaras instaladas en los semáforos.
«El Intrant se compromete a realizar los pagos adicionales a favor de la Prestadora de Servicio, por concepto de Soporte 24/7, traslados y reparaciones de equipos a intersecciones en otros puntos del país mediante la evaluación del servicio, cotización, presentación de la orden de servicio y facturados mensualmente. Dichos pagos serán realizados por el Intrant con los fondos del presupuesto anual de la Institución», expresa el artículo 5.3 del contrato.
Sobre las licencias y los softwares el artículo 5.3.1 refiere que para dar cumplimiento a las atribuciones contenidas en la Constitución y la Ley Núm. 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana, así como las leyes y tratados internacionales que rigen los aspectos de licencias y software informáticos, se utilizará el software «Claudia», el cual está preinstalado en las cámaras de detección adquiridas para la detección de infracciones de tráfico y anomalías en el tránsito.
«El Intrant se compromete a realizar el pago a favor de la Prestadora de Servicio, mediante la presentación de la orden de servicio y facturados mensualmente. Por el uso de dicha herramienta se erogará un pago mensual a la prestadora del servicio el cual se saldará con los fondos provenientes de las infracciones de tránsito que fiscalizaran las mencionadas cámaras», se estableció.
Lo que dice el artículo 11 de la Ley 340-06
El artículo 11 de la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones establece que las prácticas corruptas o fraudulentas comprendidas en el Código Penal o dentro de la Convención Interamericana contra la Corrupción, o cualquier acuerdo entre proponentes o con terceros, que establecieren prácticas restrictivas de la libre competencia, serán causales determinantes del rechazo de la propuesta en cualquier estado del proceso o de la rescisión del contrato, si este ya se hubiere celebrado.
335 semáforos en GSD
El representante de la empresa Transcore Latam SRL, Pedro Vinicio Padovani Báez, indicó que actualmente hay 335 semáforos en el Gran Santo Domingo, con seis drones contratados para fortalecer el sistema de control del tráfico. Este servicio se llevaba a cabo de la mano de un sistema de monitoreo, el cual, aunque actualmente opera desde su compañía, debería estar al mando del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).
Explicó que todo el monitoreo lleva una información visual proporcionada por los drones, especialmente en situaciones complicadas. Destacó la versatilidad de la tecnología, la cual permite incluso la grabación de videos en tiempo real para evaluar situaciones específicas.
Padovani también abordó sobre la renovación de los semáforos, explicando cómo se pintaron y actualizaron para mejorar la visibilidad y homogeneidad del sistema. La luz más grande es de 300 milímetros.
Este martes el TSA conoce la primera audiencia del caso
Este martes 5 de diciembre, a las dos de la tarde, será conocida en el Tribunal Superior Administrativo (TSA) la primera audiencia sobre la solicitud de «medida cautelar anticipada administrativa» contra la decisión de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) que anuló el procedimiento y el contrato firmado por Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) con Transcore Latam, S.R.L. La empresa llevó a los tribunales al órgano rector de las compras y contrataciones que decidió, previa investigación, anular por una serie de ilegalidades, el procedimiento para la instalación de la red semafórica del Gran Santo Domingo, con una inversión superior a los 1,317 millones de pesos.Los abogados de la empresa han solicitado una «medida cautelar anticipada administrativa» en busca de que se anule la Resolución RIC-156-2023 de la DGCP que suspende, de oficio, el Contrato Núm. DJ-CSB-009-2023, suscrito entre el Intrant y la razón social Transcore Latam, S.R.L., en el marco de la Licitación Pública Nacional Núm. INTRANT-CCC-LPN-2023-0001.
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PLD, parte de la cúpula de la partidocracia, afirma que sentencia del TC puede atentar contra sistema de partidos
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21 horas agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo. – Los partidos tradicionales dominicanos, incluido el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), han mostrado su preocupación y rechazo a la sentencia TC/0788/24 del Tribunal Constitucional (TC), que establece que en un proceso eleccionario se podrá presentar candidaturas independientes de carácter nacional, provincial y municipal que surjan a través de agrupaciones cívicas o sociales de ciudadanos.
En un comunicado, el secretario general de la organización política, Johnny Pujols, señaló que la decisión de la alta corte plantea serios riesgos para la estabilidad del sistema político.
Lea también: Sentencia habilita candidatos independientes suscita temor
El dirigente morado aseguró que la sentencia del Tribunal Constitucional facilita la desigualdad en la competencia electoral, la infiltración para el crimen organizado, la división y el transfuguismo, así como el caos logístico y administrativo.
Según Pujols, esos puntos también son compartidos por otras organizaciones políticas y sociales, con las que ya se han “adelantado encuentros para tratar el tema”.
“Desde el Partido de la Liberación Dominicana reiteramos nuestra más alta preocupación por la sentencia TC/0788/24, así como la voluntad de construir junto a los actores del sistema de partidos una salida prudente que proteja el sistema de partidos y la democracia dominicana”, expresó.
En ese sentido, destacó que es crucial emprender acciones que permitan establecer reglas claras, límites y parámetros para esas candidaturas.
“Esta sentencia podría convertirse en un atentado mortal contra el sistema de partidos y la estabilidad política, social y democrática del país”, argumentó.
El dictamen del Tribunal Constitucional emitido el pasado lunes, también permite que agrupaciones cívicas o sociales propongan candidaturas independientes sin necesidad de inscripción previa, siempre que lo declaren ante la Junta Central Electoral (JCE) al menos 75 días antes de las elecciones.
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Alarmas entre partidos políticos que conforman partidocracia por sentencia del TC.
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21 horas agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo.- Sigmund Freud Mena, delegado del Partido Revolucionario Moderno (PRM) ante la Junta Central Electoral (JCE), anunció que los principales partidos políticos han adoptado una posición conjunta en rechazo a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declaró inconstitucionales los artículos 157 y 158 de la Ley Electoral.
Esta decisión permite la inscripción de candidaturas independientes ante el órgano electoral.
“Hay una postura unificada entre los partidos con los que hemos dialogado en torno a la preocupación generada por esta decisión. Permitir candidaturas independientes sin una mínima regulación es peligroso, ya que los partidos políticos están estrictamente regulados, desde el financiamiento hasta su conformación y su participación electoral”, expresó Freud Mena.
El dirigente político señaló que la sentencia plantea serios desafíos técnicos y jurídicos, ya que, según explicó, interfiere con las facultades del Congreso Nacional.
“El Tribunal Constitucional detalló cómo debía redactarse la ley respecto a las agrupaciones sociales, ahora denominadas así, lo que entendemos como una invasión a competencias exclusivas del poder legislativo. Esto sienta un precedente alarmante”, afirmó.
Freud Mena recordó que los partidos políticos están consagrados en la Constitución como los principales vehículos de representación ciudadana para acceder a posiciones electivas.
Según el artículo 216 de la Carta Magna, esta función es exclusiva de los partidos, y la creación de nuevas figuras atenta contra el sistema político establecido.
Preocupaciones y acciones conjuntas
Ante esta situación, los dirigentes de los principales partidos han iniciado conversaciones con la JCE y han acordado tomar acciones conjuntas.
Freud Mena explicó que, si bien respetan la institucionalidad del Tribunal Constitucional, como actores políticos directamente afectados, están en la obligación de plantear soluciones para regular esta nueva figura de candidaturas independientes.
“Existen dos alternativas: que el Congreso Nacional modifique la Ley Electoral para incluir estas disposiciones y establecer las regulaciones necesarias, o que la Junta Central Electoral emita reglamentos en caso de que el Congreso no actúe. Es crucial garantizar el control de esta nueva posibilidad, ya que no existe una vía jurídica para revisar una decisión definitiva del Tribunal Constitucional”, precisó.
Impacto político
Freud Mena también advirtió sobre las posibles divisiones internas que la sentencia podría generar en los partidos.
“Cualquier persona en desacuerdo con las decisiones internas de un partido podría optar por postularse como independiente, lo que fragmentaría aún más a las organizaciones políticas”, alertó.
Finalmente, el delegado del PRM reiteró la necesidad de establecer normativas claras para evitar el desbalance en el sistema político.
“La apertura a las candidaturas independientes debe contar con regulaciones mínimas que aseguren la estabilidad del sistema partidario y político del país. No podemos permitir que esta nueva realidad desestabilice el orden político nacional”, concluyó.
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Sentencia del TC es motivo de análisis de los medios de comunicación del pais.
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21 horas agoon
diciembre 22, 2024Santo Domingo, R.D.-El principal diario impreso y digital de la República Dominicana, el Listín Diario, trajo en su portada este domingo un análisis de la sentencia del Tribunal Constitucional, número TC-0788-24, la cual declara inconstitucional los artículos 156 y 157 de la ley 20-23, de Régimen Electoral, que tratan sobre las candidaturas políticas independientes por entender que hay una “desconexión” entre el título y el contenido de los artículos impugnados porque se condicionaba la posibilidad de participar en esa condición a la creación de una organización política.
Esos artículos manifestaban que para sustentar una candidatura independiente a la Presidencia de la República, se requiere una organización de cuadros directivos igual a la de los partidos políticos en todo el país, además de un programa de gobierno definido; la 20-23 igual señala que para los cargos de senadores y diputados al Congreso Nacional deberán ser sustentadas por la misma organización de cuadros directivos fijos para los partidos, agrupaciones o movimientos políticos, pero limitada a la demarcación electoral respectiva; mientras que el nivel de alcaldías y regidurías, estos tienen que presentar una organización municipal que los abale.
El párrafo tres del articulo 157 reseña que “serán aplicables a las candidaturas independientes y a las organizaciones que las sustenten, las demás disposiciones que establece esta ley, en lo que se refiere a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos y a las candidaturas sustentadas por estos, con las adaptaciones a que hubiere lugar y de acuerdo con las disposiciones de la Junta Central Electoral (JCE).
«El mecanismo previsto para la presentación de candidaturas independientes requiere la creación de agrupaciones políticas accidentales, estructuradas de manera similar a los partidos políticos tradicionales. Esto desnaturaliza la figura de las candidaturas independientes y limita su accesibilidad para quienes deseen optar por esta vía», señala el dispositivo de la sentencia.
Una “amenaza” al sistema de partidos
Tras la sentencia, que se produjo a raíz de un recurso interpuesto por Roberto Fiallo, el tema se ha mantenido en el escaparate público en los últimos días; tanto que varios dirigentes de partidos han indicado que la sentencia sería una “amenaza” al sistema político.
“Imaginas que ahora todo el que sienta que puede ser candidato vaya y se inscriba, porque eso es lo que están diciendo. O sea, no habrá ningún requisito previo. ¿Cómo se van a contar los votos o repartir los fondos cuando hayan 200 candidaturas?», cuestionó Freund al conversar con representantes de los medios de comunicación.
Sin respuesta de la JCE
Con el pasar de los días, el pleno de la JCE aún no ha dado a conocer su posición sobre el tema ni los nuevos lineamientos que se estarían implementando a raíz de la sentencia de la alta corte.
La sentencia prepara el camino para que la ley 20-23, de Régimen Electoral, tenga que ser modificada para eliminar los artículos declarados inconstitucionales. Sería la tercera vez desde el 2018 que las leyes que rigen el sistema partidos y democracia de República Dominicana tengan que ser cambiados.
Precisamente en 2018 fue promulgada la ley 33-18 sobre Partidos Políticos tras varios años de debate en el Congreso Nacional; luego fue aprobada la 15-19, de Régimen Electoral; ambos textos legislativos sustituían a la antigua “Ley Electoral” que regía en el país desde 1997.
Tras las elecciones de 2020 y varias sentencias, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Superior Electoral (TSE) recriminando la ambigüedad de la ley con relación a varios temas, se hizo imperiosa la necesidad de modificar la misma.
«El Congreso Nacional debe aprovechar esta situación para evaluar todas las cuestiones que han sido declaradas inconstitucionales», exclamó Freund.