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El dilema de Danilo ante la Corte Interamericana

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Por Juan Bolívar Díaz

16_11_2014-HOY_DOMINGO_161114_-El-País13-A-445x441La sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declara inconstitucional el instrumento de ratificación de la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) obligaría al presidente Danilo Medina a someterla de nuevo al Congreso Nacional o cargar la responsabilidad de denunciar la Convención Americana de Derechos Humanos.

La denuncia de la Convención conlleva un año de preaviso, período en que seguirían surtiendo efecto violaciones de derechos humanos y no invalidaría las condenas emitidas por la CIDH, cuyo incumplimiento podría ser dilucidado en la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos y otros foros internacionales.

Una carga bien pesada. Es criterio generalizado entre especialistas en derecho constitucional y relaciones internacionales que la sentencia 256-14 del TC constituye una carga muy pesada para el Gobierno del presidente Medina, que ha consumido tiempo y energía durante los últimos 14 meses tratando de paliar la reprobación universal desde la emisión de la sentencia 168/13 que dejó sin nacionalidad a decenas de miles de dominicanos descendientes de inmigrantes irregulares, en gran proporción haitianos.

Entre septiembre de 2013 y mayo pasado el Gobierno tuvo que concentrar esfuerzos para afrontar las consecuencias de la sentencia que desconoció retroactiva mente hasta 1929 los registros de nacimiento de decenas de miles de personas, lo que generó un amplio rechazo internacional y una profunda división nacional. Durante ese período, el presidente Danilo Medina y sus principales colaboradores del Ministerio de la Presidencia tuvieron que emplearse a fondo para buscar “una salida humanitaria” a la masiva y grave exclusión.

La mayoría de los dirigentes del partido de Gobierno y de sus aliados parecieron ignorar la posición del mandatario y se sumaron a los planteamientos ultranacionalistas que reivindican una soberanía absoluta que los tratados internacionales han relativizado. Creyeron encontrarla en la aprobación y promulgación de la Ley 169-14 que devuelve la nacionalidad a los descendientes de inmigrantes irregulares que no hayan incurrido en falsedad de escritura pero obligaba a inscribirse como extranjeros al segmento que nunca fue inscrito en el Registro Civil.

En medio de denuncias sobre incumplimiento de esta ley y acabando de ampliar el estrecho plazo que se otorgó a los nacidos en el país carentes de registro civil, el Gobierno se enfrentó a la sentencia condenatoria de la CIDH y al reactivo dictamen del TC que complica las relaciones exteriores del Estado dominicano, con grave responsabilidad sobre el presidente Medina, situación en la que el Gobierno no quería verse comprometido.

Serias consecuencias. Expertos, como Eduardo Jorge Prats, han sostenido que para denunciar la Convención se requiere una previa reforma constitucional, en virtud del artículo 74.3 de la Carta Magna que indica que “Los tratados, pactos y convenios relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por el Estado dominicano, tienen jerarquía constitucional y son de aplicación directa e inmediata por los tribunales y demás órganos del Estado.

La denuncia conlleva muchos riesgos. El primero será afrontar un escenario internacional todavía más desfavorable que el que en el último año trajo al país a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, al secretario general de las Naciones Unidas, al presidente de la Unión Europea y al vicepresidente de Estados Unidos, movidos por el interés de abrir a la nación espacio de reconciliación con el derecho internacional.

Baste advertir que esta semana se produjo un hecho tan inesperado como la declaración del Gobierno de Uruguay que deploró el intento de desconocer la CIDH “porque podría tener consecuencias jurídicas que debilitarían el compromiso de República Dominicana con el sistema interamericano de derechos humanos” y reafirmó la posición uruguaya de “firme respaldo” al mismo y a sus dos órganos fundamentales, la Comisión y la Corte Interamericanas.

Así como en el país han sido escasos los expertos que han defendido las sentencias del TC, en el exterior lo que puede esperarse es comunicados como el de esta semana de 52 organizaciones encabezadas por Amnistía Internacional, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional, la Fundación Robert Kennedy y la Oficina para América Latina de la Conferencia Nacional de Iglesias de Estados Unidos. El Caucus Negro del Congreso estadounidense y un grupo de estados africanos han mantenido expectativa de que la desnacionalización masiva sea revocada, y se dice que prestos a declarar boicots contra la República Dominicana, bajo acusación de discriminación racial y apatridia. Todo lo que puede esperarse será dañino para la imagen de un país muy dependiente del turismo, remesas, la inversión y el crédito internacional. Situarse fuera del derecho internacional implica riesgos.

Mandarla al Congreso. Las demandas internas para que el Gobierno evite denunciar la Convención y convertirse en paria de los derechos humanos, incluyeron esta semana a 36 organizaciones, y no son muchas más por temor al chantaje nacionalista pero la preocupación abarca a importantes sectores empresariales.

Frenando el derrotero de simple rechazo de la sentencia de la CIDH, el canciller Andrés Navarro anunció al comenzar la semana que el Gobierno había decidido iniciar una serie de consultas con los expertos constitucionalistas y en derecho internacional. Se sabe que varios de los más acreditados han sido ya escuchados y que fuera de los militantes en los grupos nacionalistas, hay consenso sobre la “orfandad jurídica” de la sentencia del TC.

En un panel realizado el miércoles en Teleantillas, los juristas Carlos Salcedo, Francisco Alvarez Valdez, Naseff Perdomo y Fernanda Frías coincidieron en declarar vergonzosa y carente de argumento la sentencia. Ellos, como antes Jorge Prats y Flavio Darío Espinal, señalaron que una salida para el presidente Medina, sin contradecir la sentencia del TC, podría ser enviar al Congreso la declaración de adhesión a la CIDH solicitándole una nueva ratificación.

Eso no sería del agrado de los radicales nacionalistas, pero remitiría el debate a un escenario legítimo y pluripartidista y el presidente no cargaría él solo con la responsabilidad de denunciar el sistema de derechos humanos con argumentos risibles.

Consultar a la misma CIDH. El punto 22 del dispositivo de la reciente condena de la CIDH da un plazo de un año al Estado dominicano a partir de su notificación para “rendir al Tribunal un informe sobre las medidas adoptadas para cumplir con la misma”, por lo que el Gobierno no tiene que precipitar ninguna decisión.

Tiene derecho incluso a apelar a la misma corte acogiéndose al artículo 67 de la Convención, que aunque plantea que el fallo de la corte es definitivo e inapelable, “En caso de desacuerdo sobre el sentido o alcance del fallo, la Corte lo interpretaría a solicitud de cualquiera de las partes, siempre que dicha solicitud se presente dentro de los noventa días a partir de la notificación del fallo”.

Con ratificar que se estudia la situación y pedir la consulta, que podría incluir la pregunta de si es posible desconocer la corte sin denunciar la Convención, se ganaría tiempo y el Gobierno podría desplegar una estrategia destinada a buscar apoyo para ver con frialdad las consecuencias de la ruptura y de un “ilícito internacional”, como lo calificó el exembajador ante la OEA Roberto Alvarez, que generaría por lo menos aislamiento.

Si en el ínterin se decide cumplir la Ley 169-14, entregando las actas de nacimiento retenidas ilegítimamente, podría fortalecerse la posición de que el Estado trata de evitar la apatridia. En organismos internacionales hay desconcierto porque a seis meses de promulgada esa ley apenas un puñado de los desnacionalizados han recibido sus documentos.

Para todo eso se precisa un mayor protagonismo presidencial, por ejemplo para persuadir a la Junta Central Electoral para que acate definitivamente la ley que dispone la entrega de las actas de nacimiento y cédulas a los hijos de inmigrantes irregulares que no hayan sido responsables de falsificación de documentos, que son la inmensa mayoría.

Si Danilo Medina quiere seguir gobernando sin contradecir a los ultranacionalistas, no tiene ninguna opción que no sea cargar con la responsabilidad histórica de denunciar la Convención Interamericana de Derechos Humanos y dejar a la sociedad dominicana sin ese recurso.

LA CLAVE

Sobre la JCE

Se precisa un mayor protagonismo presidencial para persuadir a la Junta Central Electoral para que acate definitivamente la ley que dispone la entrega de las actas de nacimiento y cédulas a los hijos de inmigrantes irregulares que no hayan sido responsables de falsificación de documentos.

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Las demandas de los jueces y juezas y las falencias del sistema de justicia.

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Por José Cabral

Un total de 450 jueces y juezas de los 737 que hay en todo el país, así como sus 6,516 empleados fijos del Poder Judicial han paralizado sus laborares en demanda de aumento e indexación salarial, contratación de más personal en los tribunales y por mejores condiciones de trabajo.

Estos reclamos no pueden ser soslayados porque el sistema está lleno de deficiencias y debilidades de las que no se puede excluir a nadie, ya que todo obedece a las grandes distorsiones que sufre el Estado.

Entiendo que es un grave problema de institucionalidad, lo cual afecta a todos los actores del sistema, desde los jueces, fiscales y personal administrativo.

Tengo este criterio porque nadie puede discutir que las distorsiones que caracterizan al Estado no sólo se pueden ver en el sistema de justicia, sino también en el Poder Legislativo y el Ejecutivo.

Entonces, en el marco de estas debilidades y deficiencias que ponen en tela de juicio la democracia, se encuentran los bajos salarios de los jueces y todo el personal de la judicatura nacional.

Esta realidad lleva a todo el que tiene dos dedos de frente a entender que las demandas de los jueces y juezas son justas desde cualquier perspectiva que se vea y a cuyo problema debe buscársele una salida saludable, sin soslayar los demás asuntos que impactan negativamente al sistema de justicia.

El Consejo del Poder Judicial no sólo debe procurar darle salida a esa deficiencia y a sus problemas financieros, sino que al propio tiempo debe crear los mecanismos necesarios para que los tribunales del país tengan otro desempeño.

De manera, que la solución debe ser integral, no sólo a nivel de los salarios y las mejores condiciones laborales de los jueces, ya que las deficiencias tienen implicaciones que también tienen que ver con la arbitrariedad con que se manejan los casos en los tribunales, lo que muchas veces implican la violación de los derechos de los que buscan hacer justicia sobre la base de los derechos fundamentales.

Es decir, que, si bien los bajos salarios de los jueces es un problema grave en el marco del Estado dominicano, también debe decirse que hay otros de igual o peor magnitud que no tienen la mejor de las salidas.

Lo que pretendo establecer es que el problema no sólo tiene que ver con los salarios, el cúmulo de trabajo y el poco personal, sino también del manejo jurídico de los casos, porque es bueno que se entienda que muchos jueces y juezas violan hasta el derecho de recurrir de muchos justiciables y naturalmente los que incurren en esas inconductas no es que deben tener un mal salario, sino que deben ser expulsados del sistema de justicia para bien de la sociedad y la democracia.

Es oportuna la ocasión para que los que dirigen el Estado dominicano no sólo se aboquen a mejorar los salarios y las condiciones de trabajo de los jueces y juezas, lo cual me parece de justicia, sino también a fiscalizar mejor su desempeño porque hay que buscar la forma de mejorar el sistema justicia para bien de todas y cada de las personas, porque no hay derechos sin deberes.

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Análisis Noticiosos

La torpeza y la ignorancia de un fiscal

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Por José Cabral

Este miércoles participé de una conciliación en la fiscalía del juzgado de paz de Santiago sobre una pensión alimenticia y el magistrado que condujo la misma expresó tantos contrasentidos jurídicos que cualquiera siente vergüenza ajena.

Entre los disparates jurídicos de este fiscalizador está que antes de que se iniciara la vista de conciliación, que se hizo a solicitud de un padre que propone el pago de un monto especifico y concreto de pensión alimenticia, el funcionario incitó a la madre citada a que presentada una denuncia en contra de éste en violación de los procedimientos establecidos al respecto.

Pero peor fue todo lo que dijo este señor, como por ejemplo sostener que cualquier poder de una de las partes que llegue a sus manos de antemano es cuestionado porque alega que allí se llevan muchos títulos auténticos de este tipo falsificados, lo cual me llevó a llamar a la atención a este funcionario porque las leyes establecen los procedimientos al respecto.

Los contrasentidos del magistrado no pararon e incluso llegó a decir que en términos de pensión o manutención los hermanos y otros familiares del padre son también responsables de suplir de alimentos al niño víctima de una situación de irresponsabilidad paternal, pese a que no era el caso  de la especie,  lo que también me llevó a recordarle que lo que decía era una violación al principio constitucional de que nadie es responsable por los hechos que cometen otros sin  importar los vínculos de familiaridad, a menos de que se trate de un menor no emancipado.

Este fiscal llegó al colmo de violar la Constitución de la República cuando mandó a retirarse a todos aquellos abogados que él considera que tienen una edad que a su juicio deben darles paso a otros profesionales del derecho más jóvenes, lo que también representa una vulneración del artículo 39 la carta magna cuando dice que nadie debe ser discriminado por sexo, color, edad y preferencia sexual, entre otras cosas.

Este comportamiento del Ministerio Público no es de ahora, ya que se trata de una debilidad que arrastra desde hace décadas, porque la verdad es que nadie sabe de dónde saca el órgano a este tipo de personaje, quien además decía y reiteraba con la anuencia de algunos abogados presentes que un poder no tenía validez en la jurisdicción de niñas, niños y adolescentes por tratarse de una ley especial.

Yo he sido uno de los que se han quejado por la tolerancia con que el sistema trata la emisión de actos auténticos que no cumplen con las formalidades de ley y que representan una falsedad, no sólo material, sino también intelectual, pero el problema consiste en que es letra muerta lo que dispone la Ley 140-15 y el propio Código Civil Dominicano al respecto.

Regularmente los jueces no estatuyen sobre este tipo de delito, pero ello de ninguna manera justifica que un fiscal o fiscalizador ignore los procedimientos a seguir cuando sospeche que un título autentico es falso, porque no puede hacer como el personaje de este miércoles que actúa como si tuviera la competencia para emitir sentencias o desempañar funciones jurisdiccionales.

Y no se trata sólo de un abuso de poder, sino de una gran ignorancia que daña y lesiona gravemente la credibilidad de todo el sistema de justicia.

No obstante, no es mucho lo que se puede pedir al respecto, porque es un problema integral que sólo una transformación total del Estado podrá resolver.

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Análisis Noticiosos

La figura de la inadmisibilidad como sustituta de la mora judicial.

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Por José Cabral

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) mantiene una campaña para crear la percepción de que la mora judicial ha sido reducida a su más mínima expresión.

Sin embargo, cuando cualquier ciudadano se aboca a un análisis de fondo del problema, descubre que se trata de un truco para vender una percepción que no tiene nada que ver con la realidad.

La disminución de la mora judicial ha sido concebida sobre la base de la negación de la tutela judicial efectiva, el debido proceso y el derecho a la defensa, porque el arma usada para este fin es la figura de la inadmisibilidad.

Ello se puede observar con el llamado interés casacional, el cual se sustenta en un criterio subjetivo del derecho, pero que la figura puede ser utilizada para descongestionar el sistema de justicia sobre la base de decisiones que se apoyan en la inadmisiblidad.

Este mecanismo jurídico permite que se proyecte una eficiencia que no existe y que tampoco representa una solución a un problema que en vez de disminuir se complica.

Por lo que se ve, la SCJ utiliza un arma que no es válida para acabar un problema que desde cualquier perspectiva que se analice representa denegación de justicia.

Justicia tardía es, sin lugar a dudas, denegación de justicia, pero peor aún recurrir a una interpretación como el interés casacional para declarar inadmisibles una gran cantidad de casos y buscar descongestionar el sistema y en esas condiciones en el país no se puede hablar de una mejoría del Estado Social Democrático de Derecho.

Lo que se sí ocurre ahora con el recurso extraordinario de casación es un aumento preocupante de la figura de la inadmisibilidad, a los fines de proyectar lo que en la realidad no se produce, aunque ciertamente genera un descongestionamiento sobre una base ficticia y negadora de derechos.

En este aspecto sostengo que se reasume una percepción que ha hecho tanto daño a la democracia dominicana, cuya credibilidad ya parece irrecuperable.

La mora judicial es un fenómeno que abarca todo el sistema de justicia, desde los juzgados de paz hasta los tribunales de primera instancia y las cortes de apelación, pero naturalmente en el nivel que causa mucha mayor preocupación es en casación, cuya Ley 2-23 se ha convertido en un instrumento para ahora apoyarse en la inadmisibilidad para la denegación de justicia.

 

 

 

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